Hemos recopilado algunas de las mejores respuestas sobre el subsidio mayores 55 años que nos ha enviado nuestro colaborador y experto en este tipo de ayudas, Jose María. Desde aquí le agradecemos toda la labor que está haciendo de forma altruista.
Contenido del artículo
Cuentan las cotizaciones en el extranjero?
Para solicitar el subsidio de mayores de 55 años es necesario tener 15 años cotizado y 6 de ellos durante tu vida laboral cotizados a Régimen General. Yo he trabajado 15 en el extranjero (Alemania) a Régimen General y 11 en España como autónomo, podría con estas circunstancias solicitarlo?
La cotizaciones en el extranjero te valen, pero tienes que ir a la seguridad social para que te lo convaliden, seguramente te pedirán justificantes de dichos trabajos en Alemania, pero si que sirven.
Como calculo los ingresos con cargas familiares?
Las cargas familiares se calculan con el sueldo bruto x 14 pagas y se divide entre 12 y después se divide por los que conviven en casa. Se descuentan las retenciones de la nomina?
Si en nómina te meten cada mes la paga extra, ósea, solo tienes 12 pagas al año, tienes que coger el total devengado, que es lo que cobras neto, más todas las retenciones y nada más.
Si por el contrario las pagas extras las tienes en junio y diciembre, tienes que coger el total devengado y luego sumarle la prorrata de pagas extras, que es lo que le correspondería cada mes si las cobrara como el ejemplo anterior (esta cantidad casi siempre viene en la parte inferior a la izquierda y viene como te he dicho total devengado+prorrata de pagas.
Como ves es muy sencillo, el total devengado suele venir en el centro de la nómina en la parte derecha y de ahí le restan el IRPF, seguridad social, etc. y sacan el líquido a pagar. Para el INEM, todos los conceptos de la nómina se cuentan excepto las dietas que se dan por alojamiento, comida etc., por ejemplo a camioneros y viajantes.
Con respecto a lo que comentas de tu marido que tenia el mayor de 52 y luego trabajó tres meses y cogió 3 meses que le quedaban de paro, no te entiendo, dices que tenía el mayor de 52 y que hacia la declaración anual de rentas y luego me sales que le quedaban 3 meses de paro y no sé exactamente a qué te refieres, o cobraba el subsidio o tenía paro.
Cuando uno tiene un mayor de 52 o 55 años, supongamos que cobra 426 euros, y genera un derecho a paro, se pueden hacer 2 cosas: si ese paro es a tiempo completo puede pedir el paro y luego volver a pedir otro subsidio, el anterior le queda extinguido.
Otro ejemplo, generas paro pero a tiempo parcial (cuidado) el nuevo subsidio que generes será con la cuantía de la última parcialidad que te dé derecho a paro, es decir, el subsidio ya no lo cobrarás a 426 euros, entonces si te ves perjudicada, puedes optar por seguir cobrando tu subsidio y no cobrar el paro y perderás las cotizaciones, pero el subsidio será el mismo que tenías.
Otro ejemplo, estás cobrando el subsidio mayor de 52 años, el de antes de julio del 2012, este tipo de subsidio hasta marzo del 2013 no se pedían cargas familiares, por lo que sólo dependías de tus propias rentas, pues imagínate que cobras ese subsidio y general un derecho a paro, tienes igualmente 2 opciones, si el nuevo derecho te perjudica, porque estás casado por ejemplo y tu mujer se pasa de rentas con el nuevo subsidio esto ya se tiene en cuenta, entonces como seguramente no podrás acceder a las nuevas condiciones, puedes optar a seguir cobrando el antiguo subsidio y no cobrar el paro, eso si las cotizaciones de ese paro las perderías.
Espero no haberte liado mucho, la moraleja de todo es que si cobrando el subsidio mayores 55 años o 52 años, generas un derecho a paro y este te perjudica para un posterior subsidio, puedes optar, pues el legislador entiende que es una prestación hasta la jubilación y no se puede perjudicar a una persona por generar un paro que le perjudicaría para muchos años.
Cumplo todos los requisitos para solicitarla?
Acabo de cumplir los 55 y tengo todos los requisitos para cobrar el subsidio mayores 55 años, excepto a que el paro lo agoté hace muchísimo tiempo y de momento solo tengo unos 120 días cotizados…que puedo hacer para solicitar el subsidio?
Si crees que reúnes los requisitos para el mayor de 55 años, 15 años cotizados y de ellos 6 al desempleo, y ahora tienes más de 90 días cotizados, solamente necesitas un contrato de trabajo, a poder ser a jornada completa. El subsidio mayor de 55 años, se puede acceder con 90 días cotizados, no hace falta 180 en caso de carecer de rentas, así que con un contrato para tener situación de desempleo te bastaría.
Nuevos requisitos para cobrar el subsidio mayores 55 años
Cumplo todos los requisitos para solicitar la ayuda para mayores de 55 años, salvo uno, que al parecer es nuevo, o añadido a lo que ya había. ¿Es cierto que si no tienes 12 meses cotizados, debes tener al menos 3 meses -y aquí viene la novedad-, si tienes cargas familiares o seis si no las tienes. Yo tengo tres meses pero no cargas.
Efectivamente desde julio del 2012 ya no se puede acceder directamente al subsidio para mayores de 55 años, como se hacía antes, ahora tienes que cobrar un subsidio, agotar un paro que te dé derecho a subsidio y en su defecto tener 3 meses cotizados que te den derecho a acceder al subsidio mayores 55 años.
Efectivamente en los subsidios normales para acceder a un subsidio de 3 meses necesitas tener cargas familiares, pero el legislador ha entendido como este subsidio se puede tener sin cargas familiares con 3 meses es suficiente para acceder a él. Ojo, solamente para el mayor de 55 años, si no reunieras algunos de los requisitos, no podrías con estos 3 meses acceder a otro tipo de subsidio.
Por lo tanto si tienes los 3 meses cotizados solicita el subsidio.
Como se imputan los fondos de inversión a efecto de ingresos?
Tanto los fondos de inversión como las acciones se consideran incrementos patrimoniales y se pagan en un pago único.
Si tienes un fondo o unas acciones, los ingresos que se cuentan solo es a la hora del rescate de dicho fondo o con la venta de acciones.
Supongamos que tienes 1000 acciones y las compras a 20 euros y al cabo de unos meses, las vendes a 40 euros, la ganancia patrimonial es de 20000 euros, que dividido para 12 meses da una cantidad superior a 486 euros.
Si esas acciones las vendes el 15 de julio, se lo comunicas al SEPE y se te dará de baja ese mismo día y previa solicitud por tu parte se te reanudará con fecha 15 de agosto, por lo que solo se te suspenderá un mes, luego se puede cobrar el subsidio.
Para compensar ganancias con pérdidas, solo lo puedes hacer si ambas cosas coinciden el mismo mes, si ganas 20000 y pierdes con otra venta 15000, solo se considerarían unas ganancias de 5000 euros si se producen el mismo mes, si es en mes distinto tendrías unas ganancias de 20000 euros.
Con los fondos pasa igual, fecha de venta, se divide para doce y si el resultado es mayor de 486 euros, se suspende el subsidio un mes y se reanuda. Estas condiciones afectan en este caso solamente al subsidio mayores 55 años.
Las herencias, como afectan?
Como afecta el cobro de una herencia a las condiciones para seguir cobrando el subsidio mayores 55 años? Siempre hay que comunicar al SEPE, cualquier variación patrimonial.
El tema de la herencia va de la siguiente manera:
Hay que comunicar al SEPE el incremento patrimonial desde el mismo día que se formaliza la escritura, si superas rentas se suspende un mes y al mes siguiente se reanuda, si te das cuenta, es igual que lo que comento normalmente en este foro.
Como dicha vivienda, fondo, acciones etc., tiene un valor en la fecha en que pasa a tu propiedad, en caso de venta, hay que hacer la diferencia entre el valor en que recibiste dichos bienes y el valor de la venta, si la ganancia dividida para 12 supera 486 euros, tienes que volver a suspender la prestación.
O sea, tienes dos incrementos, uno cuando recibes la herencia que tiene un valor x, y otro cuando vendes que tienes ganancias o pérdidas, por lo tanto si tienes ganancias superiores sería otro incremento patrimonial.
Otras dudas
Si estoy cobrando el subsidio de desempleo por un contrato de tres meses, y cumplo los 55 años en el ultimo mes de subsidio, puedo solicitar el de los 55 años, o tiene que haber mas margen para poder solicitarlo?
Para acceder al mayor de 55 años tienes que estar cobrando el subsidio, da igual el primer o el último día, tienes que cumplir los 55 años durante la vigencia del subsidio, así que justo cuando cumplas la edad, acude a tu oficina para que te cambien el tipo de subsidio.
hola tengo 61 años pero no llego a los 15 años cotizados tng 12 y medio podría cobrar este subsidio y no es este podría cobrar algún otro? gracias
Hola. No tengo ninguna información para saber si tienes o no derecho a alguna prestación.
Está la RAI, para mayores de 45 años o la nueva ayuda SED , que se necesitan tener cargas familiares.
Un saludo
En Julio 2010, con 50 años (y 27 de cotización por cuenta ajena), agoté la prestación por desempleo.
En Septiembre 2012, con 52 años, me denegaron la ayuda para + 52 años, pues un mes antes “había cambiado para + de 55”.
En Octubre 2015, con 55 años, al solicitar la ayuda para + 55 años en el SEPE me sugieren desistir, por “exceder la suma de las rentas familiares”
En Septiembre 2018, con 58 años (y la nueva ley de rentas individuales) me deniegan de nuevo la ayuda + 55 años. Esta vez por (cito textual) “no tener cumplidos 55 años cuando se reúnen los requisitos para acceder al subsidio”. Fui al SEPE pensando que se trataba de un error. Pero el funcionario, escueto y tajante, ni me aclaró el motivo de la denegación ni me indicó cuales son los requisitos que yo incumplo ahora. Tan sólo insistió una y otra vez en que primero tengo que conseguir un nuevo contrato de, al menos, 3 meses
Jose Maria, ¿Me podrías aclarar si la denegación del SEPE por “…no tener cumplidos 55 años…” podría ser un error, y como reconducirlo? ¿También si eso del “nuevo contrato de mínimo 3 meses” es un requisito procedente?, pues resulta insalvable para quienes ya tenemos cierta edad. Gracias.
Hola. Es más complicado de lo que parece. Con las fechas que me pones no te corresponde subsidio, porque a lo primero no tenías la edad, al cumplir la edad ( seguramente no estabas cobrando subsidio) y en la tercera es lo mismo, necesitas 3 meses para poder acceder.
Salvo….. que cuando solicitaras en septiembre del 2012 no se te concediera el mayor de 55 , pero sí subsidio para mayores de 45 años con cargas y tuvieras derecho a 30 meses. Si te concedieron este subsidio, quizás hubieras podido llegar al cumplir 55 años y estar todavía cobrando dicho subsidio y si es así, tal vez tuvieras alguna oportunidad.
Tienes que tener en cuenta que cuando cumpliste 55 años, tenías que estar cobrando subsidio o tener derecho a uno ( 3 meses) , por lo tanto , si el ejemplo que te he puesto no sucedió así, no podrás acceder de momento, salvo que cotices 3 meses.
Un saludo
Hola de nuevo y gracias por la anterior respuesta.
Me faltan tres meses para tener 15 años cotizados, siempre en régimen general . Me serviría darme de alta tres meses como autonomo para llegar a los 15 años? Gracias
Hola. Claro k si, pero estamos hablando para tener 15 años cotizados ( pension de jubilacion), pero no sirven como cotizaciones al desempleo ( paro o subsidio)
Un saludo
Hola, gracias por la rápida respuesta, los tres meses los necesito para la ayuda de 55.
Un saludo
Cobrando el subsidio de mayores de 55 años si vendo un piso lo tengo que comunicar al S EPE y me quitarán el subsidio?
Hola. Tienes k comunicarlo. Y es dificil k te lo quiten, como mucho un mes de suspension
Un saludo
hola
de momento cobro subsidio para mayores de 55 años pero parcial unos 107 euros
si me encontró un trabajo a jornada entera cuanto meses son necesarias para al cambiar del parcial en entero
una duda
una amiga cobra subsidio parcial unos 280 ha encontrado un trabajo de 2 horas donde cobra unos 200 euros pero le ha chitado del subsidio unos 60 euros ajora cobra solo 220 de subsidio
entiendo que si me encontró un trabaja de 2 hora cobrando unos 200 mi se va a chitar unos dinero del subsidio que es de 107 euros
se hache un año de cuando pedio el RMI asta ajora he cobrado de dos vez ajuda del ayuntamiento de 200 tres y otra vez tres meses
tengo o no tengo derecho al RMI renta minima de inserción
cumplo todos requisitos y mi se ha pedido de tres vez lo mismo documentos
gracias
Hola. La renta minima de insercion es competencia de asuntos sociales de las comunidades autonomas.
En cuanto al subsidio, cuando uno trabaja a tiempo parcial y cobra subsidio, a este se le kita la parcialidsd del trabajo realizado, por eso a tu amiga l han kitado 60 euros
Un ssludo
Y ahora, Jose Maria, mi doble pregunta es : 1.- He leído en algún otro foro web que a quienes solicitaron entre 2013 y 2018 la ayuda para +55 años y se la denegaron por sobrepasar entonces el tope de rentas familiares, ahora el SEPE está aprobando el subsidio sin necesidad la “cotización de 90 días”, siempre y cuando durante todo ese periodo no se haya sobrepasado el límite de rentas individuales ¿Cuál es tu opinión al respecto? ¿Eso es así o se trata de un bulo infundado?. Y 2.- El tan temido (y nada fácil de conseguir) “nuevo contrato de, al menos, 90 días” para acceder a la ayuda de + 55 años, ¿Lo puede otorgar un familiar?. Gracias de nuevo y un fuerte abrazo.
Hola. Mi opinion es lo k dicen las instrucciones y has dicho en tu pregunta. Siempre k se compruebe k solo se han superado rentas la unidad familiar y nunca rentas propias por tiempo superior a un año, se reanudara el subsidio a dia siguiente de solicitud
Un saludo
Con respecto al familiar, se puede siempre k no exista convivencia, eso si, se puede dar conocimiento a inspeccion de trabajo en caso de k hayas dudas sobre la realizacion de dicho trabajo. Pero no hay problema, porwue el empresario sea familiar
Un saludo
Hola, Jose María : mis FELICITACIONES y AGRADECIMIENTO por tu implicación en este foro. Sin duda es la mejor fuente de información que he encontrado para calmar algo mis inquietudes. Y supongo que también la de tantas personas que, con cincuentaytantos cumplidos y tras cotizar montón de años, nos encontramos ahora al “borde del abismo” (o sea: a punto de quedarnos incluso SIN PENSION contributiva). Y todo ello por el arte y la gracia del gobierno de Rajoy y sus “tan necesarios” recortes sociales aplicados en 2012 y 2013 (supongo que para poder salvar alguna que otra Autopista o Caja de Ahorros más)
Hola, en 1 mes voy a cumplir 55 años y estoy pagando el convenio especial de la seguridad social desde hace mas de 6 años. Me gustaria saber si puedo acceder a la ayuda de mayores de 55 años o tengo que cotizar en regimen general al menos 3 meses. Se supone que estoy cotizando pagando el regimen especial pero no se si me sirve. Tsmbien me gustaria saber si cuentan los ingresos de la unidad familiar o solo los mios. Un saludo
Hola. Tienes k trabajar al menos 3 meses, el convenio especial cotiza para la jubilacion, pero no para las prestaciones por desempleo
Un saludo
en esa propuesta se trata y de ha se terminar con subsidio parcial y no mas importa ultima dia de trabajo para cobrar parcial o entero el subsidio como fue en 2012 era otra cosa
o solo se puede salir a la 52 años con 107 euros y has trabajado solo 2 horas diario no importa cuantos años
importa ultima dia de trabajo
ex
yo he trabajado 10 años 8 horas diario pero ultima dia 2 horas
cobro subsidio parcial por 2 horas
tu has trabajado 10 años 2 horas diario pero ultima dia 8 horas
tu vas ha cobrar subsidio entero
no importa eso
la ley es clara
para supra vivir 430 euro de ajuda
pero la verdad te paga partial 107 euros en mi caso
se vive ellos con este dinero
ya lo se que nu es tu culpa y no puedes hacher nada
perdona que he entrado en política
Lucian, toda la razón. Yo esta mañana he estado en el Inem y lo he comentado. Es una injusticia. Han aprobado que el subsidio sea a partir de los 52 y que no influyan otros sueldos en tu familia. Como siempre, medidas populistas con mucha publicidad y olvidándose del verdadero de la población más vulnerable. Los socialistas siempre lo hacen así. Eso sí, tienes que tener 15 años cotizados. Yo estoy en tu caso. Por suerte el último contrato mio fue a tiempo completo y ahora puedo cobrar paro y luego subsidio de mayores de 55 que hago este año, pero con 430 para mantener una casa y un hijo no llega. Si pudiera compatibilizar con un trabajar a tiempo parcial de hasta 450 hasta llegar a 900 euros todavía me puedo mantener así hasta la jubilación e incluso cotizar un poco más, Pero si me sale un trabajo a tiempo parcial y lo compatibilizo, luego, y a diferencia de los del subsidio de 52 que si les dejan, te obligan a cobrar el paro parcial, y a continuación, el subsidio parcial, como tu dices, puede llegar a ser de 200 o 100 euros hasta tu jubilación. Consejo del inem, si consigues tener subsidio de mayores de 55, no trabajes a tiempo parcial más de 1 año, para no perderlo. Esto beneficia solo a los que tienen otro ingreso en la familia, caso de una mujer que la mantiene su marido, ha trabajado de joven a tiempo parcial, y ahora, si consigue contrato a tiempo completo, de 3 meses, puede ser mantenida por el estado mientras su marido aporta también sus buenos ingresos. Esa es la reforma de Sánchez.
Hola, se comenta que el subsidio de 55 pasará a 52, pero se sabe si con los mismos requisitos.
Tengo 14 y 9 meses cotizados me serviría el servicio militar para llegar a los 15 años, muchas gracias
Hola. Esa propuesta saldrá, siempre k se aprueben los presupuestos o el gobierno lo tramite independientemente de estos. De momento solo es una propuesta. En cuanto a la mili, es la Seguridad Social quien te lo tendría k convalidar
Un saludo