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¿Qué es el ERTE por COVID?
A raíz de la pandemia actual del COVID-19, muchas de las empresas no pueden ejercer su actividad y tienen que prescindir de algunos de sus trabajadores. El Gobierno de España ha creado unas ayudas económicas para los empleados que han sido suspendidos de su actividad laboral temporalmente. El ERTE por COVID es la ayuda más demandada los últimos meses por una gran parte de la población residente en España. El año 2020 concluyó con 755.613 personas con prestación por ERTE. Existen dos tipos de ERTE: la suspensión de empleo o la reducción de jornada.
NO se puede cobrar al mismo tiempo el ERTE y el Subsidio Extraordinario por Desempleo.
Requisitos para cobrar la prestación
- Estar en situación de desempleo.
- Tener entre 18 y 65 años.
- Estar inscrito como demandante de empleo.
- No realizar trabajos por cuenta propia o ajena o recibir una pensión de la Seguridad Social.
- Para recibir esta ayuda, se debe haber trabajado y cotizado al desempleo un mínimo de 360 días en los últimos 6 años.
Quién, dónde y cuándo se solicita los ERTE por COVID.
Los trabajadores no tienen que tramitar la prestación por desempleo, ya que es la empresa o la asesoría laboral encargada del trámite quien se ponen en contacto con el SEPE y comunican a qué empleados afectará esta medida. De todas formas, los trabajadores tendrán que estar al corriente de la documentación requerida para cobrar la ayuda y cumplir todos los requisitos mencionados anteriormente.
La empresa pedirá el ERTE en la sede electrónica del SEPE.
La empresa deberá presentar la solicitud colectiva en un plazo máximo de 15 días hábiles desde que empieza el ERTE.
Documentación necesaria
- Rellenar este formulario: https://www.sepe.es/SiteSepe/contenidos/personas/prestaciones/pdf/impreso_solicitud_contributiva.pdf
- Comprobación de la persona que solicita el ERTE y los hijos a su cargo
- DNI o pasaporte
- Documento bancario con el número de cuenta
- Libro de familia
- Certificado que acredite haber trabajado en una empresa en los últimos 6 meses.
¿Cuánto se cobra estando en ERTE por COVID?
Los trabajadores que estén en ERTE cobrarán lo mismo que por una prestación por desempleo del SEPE: el 70% de su base reguladora, lo que es lo mismo, la media de los últimos 180 días trabajados en la empresa. De todas formas, hay unos máximos a ingresar:
- 1098 euros si no tienen hijos.
- 1298 euros si tienen un hijo.
- 1411 euros si tienen dos hijos
Se podrá cobrar la prestación hasta el 31 de mayo, a la espera de que las autoridades comuniquen una prórroga de 6 meses más si la situación no ha vuelto a la normalidad.
¿Qué día se cobra el ERTE por COVID?
El cobro del ERTE se ingresa en el banco normalmente entre el 10 y 15 de cada mes, dependiendo del banco. El pago es mensual. Debido a la gran cantidad de peticiones para cobrar la prestación, estos últimos meses hay retrasos de algunos días en el cobro.
¿Cómo sabemos si el ERTE ha sido aprobado?
- Entramos en la web del SEPE (Servicio Público de Empleo Estatal) ya que es la Administración encargada de la prestación.
- Localizamos la pestaña “Procedimientos y servicios” y clicamos.
- Seguidamente, clicamos en “Personas”.
- Después, clicamos en “Consulte los datos y recibo de su prestación”.
- Clicamos en “Consultar prestación”.
- Seleccionamos “Pin Teléfono Móvil”.
- Para comprobar si nuestro ERTE ha sido aprobado y cuándo recibiremos el cobro de la ayuda, introduzca su NIF/NIE y su número de teléfono.
- Si su prestación ha sido aprobada, podrá ver la cuantía y la duración.