En este artículo le explicamos el funcionamiento de la ayuda parados de larga duración, así como los días en que se están pagando en cada provincia.
Que es la Ayuda Parados de Larga Duración ?
Es una nueva prestación destinada a aquellos desempleados que hayan agotado todas las prestaciones a las que tuviera derecho. Hasta el momento solamente podría solicitar dos ayudas extraordinarias: la RAI y el Plan Prepara. Ahora tambien puede que le corresponda cobrar el Programa Extraordinario de Activación para el Empleo para los desempleados de Larga Duración. La principal novedad es que este Programa de Activación es compatible con un empleo por cuenta ajena (de momento no es posible cobrarla estando como autonomo), pensada para que los parados reciban ofertas de empleo acordes a su cualificación.
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El importe de esta ayuda es de 426 euros al mes.
Requisitos:
- Haber agotado el programa prepara, el PRODI o la tercera Renta Activa de Inserción RAI hace más de 6 meses, y además no tengan derecho a ninguna prestación por desempleo, subsidio o Renta Activa de Inserción
- Tener responsabilidades familiares
- No pueden
estar cobrando el salario social, Renta mínima o ayudas análogas concedidas por las comunidades autónomas o entidades locales
- Deben figurar como demandante de empleo y haber estado inscritos ininterrumpidamente durante al menos los 12 meses anteriores, salvo por haber encontrado un empleo de menos de 3 meses de duración
- Los beneficiarios deben suscribir un compromiso de actividad realizando las acciones que determinen los servicios públicos de empleo. Previamente deben haber realizado una búsqueda activa de empleo coma participar en acciones de políticas activas de empleo, así como no rechazar oferta adecuada de empleo
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- No tener ingresos superiores a 484 euros mensuales por cada miembro de la unidad familiar
- Estar inscrito ininterrumpidamente durante 12 meses como demandantes de empleo.
Duración: 6 meses
Para comprobar si le corresponde cobrar esta ayuda, tenemos esta guía:
| Beneficiarios: |
| Desempleados de larga duración |
- Haber cesado involuntariamente en un trabajo por cuenta ajena.
- Inscritos como demandantes de empleo a fecha 1 de diciembre de 2014.
- Haber estado inscritos al menos 12 de los 18 meses previos a la solicitud.
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| que han agotado sus ayudas por desempleo |
- Haber agotado hace al menos seis meses la tercera RAI, el PRODI o el PREPARA (excepto sanción o baja por causa imputable al beneficiario).
- Sin acceso a otras prestaciones o subsidios por desempleo.
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| y están en situación de necesidad. |
- Con cargas familiares
- No superan los umbrales de renta habituales para estas ayudas ni a nivel individual, ni a nivel de unidad familiar. Este requisito debe cumplirse durante toda la duración del programa.
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| Obligaciones: |
| En el plazo de un mes desde la solicitud |
- El solicitante realizará una búsqueda activa de empleo (BAE) y deberá acreditarla ante el SEPE.
- El Servicio público de empleo autonómico elaborará un itinerario personalizado de inserción (IPI) atendiendo al perfil del solicitante.
- El servicio de empleo autonómico le asignará un tutor individual.
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| Durante la participación en el programa |
- No rechazar ninguna oferta adecuada de empleo propuesta por los servicios de empleo o agencias colaboradoras.
- Realizar cualesquiera acciones de activación que le sean propuestas por los servicios de empleo y acreditarlo.
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| Compatibilidad con el empleo |
- El Programa permite compatibilizar hasta 5 meses la percepción de la ayuda de acompañamiento con el trabajo por cuenta ajena.
- El empresario descontará la cuantía de la ayuda económica del importe del salario
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| Cuantía y duración de la ayuda: |
| Ayuda económica 426€/mes |
- 80% del IPREM
- Incompatible con otras ayudas ligadas a programas de empleo y otras rentas mínimas si se superan los umbrales individuales y de núcleo familiar
- Durante un periodo máximo de seis meses.
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| Duración |
- Se podrá solicitar la admisión en el Programa desde el 15 de enero de 2015 al
15 de abril de 2016 (ampliado hasta el 15 de abril de 2017)
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Los beneficiarios de esta ayuda parados de larga duración deben haber agotado anteriormente la protección por desempleo.
Además, los que se acojan a este programa deberán acreditar de forma regular la búsqueda activa de empleo, asi como participar en acciones de inserción propuestas por los servicios de empleo.
La gestión de estas ayudas se harán a través de los servicios públicos de empleo de las comunidades autónomas, sus Oficinas de Empleo, y serán éstos los que trámiten el itinerario personalizado de inserción de cada demandante.
La ayuda será compatible con un empleo por cuenta ajena, si bien al sueldo que se perciba en ese trabajo se le descontará la ayuda.
El programa estará vigente desde el 15 de enero de 2015 hasta el 15 de abril de 2016 y se revisará su continuidad tres meses antes de su fnalización.
Comentarios destacados:
Flor: LA NUEVA AYUDA DEL GOBIERNO:No todo lo que reluce es oro. Vamos leyendo algunas cositas sobre la nueva ayuda, que como veréis es pura propaganda electoral, ya que se acercan las elecciones: ¿En qué consiste la Ayuda parados de larga duración? Se trata de un subsidio de 426 euros que podrán percibir durante seis meses los parados de larga duración. Además de la prestación económica, los servicios públicos de empleo tendrán que hacer un itinerario personalizado de cada beneficiario y ofrecerles servicios de orientación y formación para recualificarles.
La idea es, según han explicado los sindicatos, que estas personas reciban también ofertas de empleo acordes a su recualificación. De ser así, la prestación económica sería compatible con el empleo.
¿Quién puede cobrarla? Las personas que lleven al menos doce meses en el paro contando los últimos 18 meses. Esa situación de desempleo tiene que haber sido ocasionada por la pérdida de un trabajo, es decir, no es una prestación asistencial como puede serlo la Renta Activa de Inserción ni una ayuda para los que buscan su primer empleo. Hará falta también tener al menos un familiar a cargo. Los beneficiarios no pueden tener ingresos superiores al 75% del IPREM (unos 480 euros mensuales) y deben llevar al menos seis meses sin percibir ninguna prestación, un plazo que se ha reducido desde la anterior propuesta del Gobierno, que planteaba que hubiera transcurrido un año.
Jose Maria: Se necesitan muchos requisitos para esta nueva ayuda parados de larga duración y están muy bien explicados en esta página, pero uno de ellos es precisamente haber agotado PRODI, prepara o RAI y te repito uno de ellos es haber agotado el PRODI, que es la ayuda adicional que había antes del prepara. Si te ha dicho eso el funcionario, será mejor que se recicle un poco, porque es uno de los requisitos básicos. A modo resumen te digo el resto y si los cumples lo puedes echar.
Ojo, si después del prodi, has cobrado alguna otra prestación ya no podrías solicitar la nueva ayuda, el prodi, tiene que ser la última prestación cobrada, además de eso, no haber causado baja voluntaria en el último trabajo, tener cargas familiares, estar desempleado el 1 de diciembre del 2014 y llevar desempleado en los últimos 18 meses, al menos 1 año y no haber cobrado salarios sociales al menos los 6 meses anteriores.
Como puedes ver es lo mismo que tienes muy bien detallado en la página y te repito, el haber cobrado el prodi, ES PRECISAMENTE uno de los requisitos principales, además de los que te he comentado, mírate bien todos los requisitos de esta página y si crees que los cumples todos haz tu solicitud.
Fuentes: Comunicado ministerio Empleo
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hola Jose Maria!me han aceptao la nueva ayuda,pero me han dicho que para junio me ivan a contratar media jornada.osea no cobraria los 426 por el inem?entonces?como seria?213 del inem y 213 me pagaria el empresario?ufff….tengo un lio….!!!me lo puedes aclarar xfiiii…gracias
Hola. Si la empresa es privada, efectivamente tendrás que comunicar a tu tutor esta incidencia y si trabajas a media jornada cobrarás 213 euros y la otra mitad seria para el empresario.
Un saludo
Buenos días soy de Castellón tengo 44 años y un hijo de 21 años esta estudiando y echando oposición para policía local la nueva ayuda la tengo aprobada mi pregunta es.a los 45 años me dijeron en el sepe que no se me olvide solicitar la raíz en enero que es cuando cumplo los 45 años es cierto que poner 1 hijo me. La dan 3 años seguidos sin tener que esperar 1 año hasta acabar los 3 años?
Un saludo y gracias por tu ayuda
Hola. La RAI de mayores de 45 años, no se cobra seguido, sino en años alternos, tengas o no hijos, seguido cobran los de violencia y minusvalía.
Un saludo
echado la ayuda a primero de marzo m dicen q esta aprobada pero m an yamado para trabajar en el ayuntamiento a 3horas y media por dia m desquitaran algo de la ayuda
te pagaran los 426e..pero la empresa te los descontara..es decir:si tu sueldo va a ser de 526e..la empresa te pagara 100..pork ya cobraras la ayuda de 426e..espero ke lo hayas entendido ..un saludo
yo la eche el 19 de febrero y me asignaron tutor..pero no me dicen si esta aprobada..kien te lo a dicho??
Hola. Tienes que comunicar al empresario que estás cobrando la nueva ayuda, y la parte de la parcialidad de tu trabajo será para el empresario y para tí la parte no trabajada.
Para compatibilizar sólo tienes que decírselo a tu tutor, no hace falta que vayas al SEPE.
Esto vale para la empresa privada, dices que vas a trabajar para un ayuntamiento y esta se considera una empresa pública, por lo tanto no podrías compatibilizar.
Un saludo
Hola. Al trabajar en un organismo publico (ayuntamiento) no vas a poder cobrar la parte proporcional de la ayuda k te correspondería y tampoco el auto.
Si trabajas en empresa privada además de tu sueldo cobrarías la parte proporcional spde 426 euros, si por ejemplo estas a media jornada, 213 para ti y 213 euros para el k te contrata, pero en tu caso te tienes k conformar con tu sueldo
Un saludo
hola!!! presente la solicitud el 19 de febrero..estuve un mes haciendo lo de los curriculums..y hoy presente todo..y tb fui al tutor ke ya me asignaron..pero no se si esta aprobada y me la pagaran en abril..
hola otra ver!! perdón keria saber tambien si se cobra desde ke presentas la solicitud..o desde cuando?? gracias
Si tienes tutor, lo tienes aprobado y se empieza a cobrar desde el día k te asignan dicho tutor, si fue en marzo, cobraras el 10 de abril
Un saludo
gracias jose maria..osea ke cobro desde el dia 24 ke me dieron el tutor??? cuenta desde ese dia?? yo pense ke desde el d0ia de la solicitud..entonces creo entender ke cobrare solo unos dias…del 24 al 30 o 31…graciass de nuevo
Hola, hay algún teléfono de información para saber si tienes concedida la ayuda? Ya entregué toda la documentación y tengo tutor asignado pero no he cobrado ni recibido contestación ninguna, el 4 de marzo entregué el BAE en la provincia de Avila. Gracias
Si echaste la BAEel 4 de marzo, hasta abril, no puedes cobrar.
Un saludo
Buenas. Yo solicite esta ayuda en enero y estuve un mes sellando curriculum y los entregue el 5 d marzo y aun no me han llamado ni para cursos…ni orientacion laborla ni nada ni me ha llegado ninguna carta diciendome si esta aprobada y tampoco he cobrado. Alguien sabe como va?soy del puerto de santa maria en cadiz
Hola. Si echaste la BAE en marzo hasta abril no puedes cobrar, el sae normalmente te da el tutor nada mas echar los currículum, así k seguramente lo tendrás todo bien.
un saludo
Ola jose maria entregado el bae pero no me han asignado un tutor ni na con la orientadora como va eso?que es como el plan prepara dando unavez al mes una sesion grupal? Si man dicho que cobro en abril el dia 10
Hola Víctor, lo del tutor ira en función del personal k asignen, si has entregado la BAE, en Jaen, ya se tiene tutor aunque no te haya llamado, confía en lo k te han dicho sobre el cobro, ya te comento k en Jaen mi provincia, con problemillas pero se va cobrando puntualmente.
Un saludo
Hola. Estoy en situación de desempleada de larga duración, tengo 43 años, vivía sola hasta que hace un año me tuve que trasladar a casa de mi madre, si no quería vivir en la calle; pero quiero irme, sobretodo por mi propia salud, aún siendo a un piso alquilado y compartido con otras personas.
No he cobrado ningún tipo de ayuda social ni subsidio y no encuentro ningún trabajo. Me gustaría saber si tengo derecho a algún tipo de ayuda que me permita iniciar una nueva vida y salir de esta situación, aun sin tener hijos. No sé cómo se puede obtener un certificado de exclusión social y si tengo derecho a él, ya que muchas ofertas de trabajo indican ese requisito o el tener reconocida una discapacidad (que otorga beneficios a la empresa) o el de ser menor de 30 años (que también proporciona ventajas a la empresa, como descuentos en la S.S.). En mi situación, hace mucho tiempo, solía reconocerse situación de discapacidad mayor de 33%, pero yo siempre he trabajado y nunca pedí una baja, ni solicité ayudas. En la actualidad, con los recortes, es implanteable solicitar dicho reconocimiento, pues se deniegan a casos más graves incluso a los que antes se concedían (dicho por los médicos consultados). Por lo que tampoco tengo acceso a dichos empleos, a pesar de estar enferma. Mi situación es desesperada, pues mi salud se va resintiendo cada día que pasa, sin trabajo y sin vistas a un futuro.
Perdón por extenderme, mi duda fundamental es el certificado de exclusión social y dónde solicitarlo. O cualquier otra ayuda/orientación que puedan darme.
Muchas gracias por adelantado.
Hola Carmen. Yo, solo te puedo informar sobre prestaciones por desempleo y por lo k comentas, no tienes derecho a ninguna prestación
Un saludo
Para Carmen el certificado de exclusión social tienes que pedirlo a la asistente social del ayuntamiento en el que estés empadronada. Pides hora y tardan bastante así que no te duermas. No se si tendrás derecho al PREPARA para eso tienes que ir al INEM y que te informen.
Muchas gracias por tu respuesta, elobcn.
Probablemente, no tengo derecho a ninguna ayuda económica, pues tampoco las he podido solicitar con anterioridad por no cumplir los requisitos (hijos, discapacidad…).
El certificado de exclusión social es porque he visto que en algunas ofertas de empleo lo piden y por el hecho de llevar tanto tiempo desempleada y sin cobrar ayudas, creo que me lo darían.
Gracias de nuevo.
Un saludo.
Muchas gracias jose maria
Buenas tardes!! He cobrado por primera vez el RAI y se me acabo este mes!! Me gustaria saber si tengo derecho a otras ayudas. La verdad es que estoy bastante perdido en esto.
Solo tuve mi paro hace ya mucho tiempo y despues tuve el rai una sola vez.
Gracias por vuestra ayuda
Hola. Normalmente y si la RAI es por mayor de 45 años, no podrás volver a solicitar la RAI hasta pasado un año.
Un saludo
Muchas gracias!!! Enyonces no tengo ninguna ayuda por ser mayor de 45 años ! Desesperacion !!! Absoluta
Entonces por haber cobrado por primera vez el RAI ahora no tengo derecho a nada? Y sigo sin encontrar trabajo!! Menos mal que no tengo hijos ni pareja!! Pero desesperante no recoboir ninguna ayuda de ningun tipo!!! Gracias por tu respuesta Jose Maria Cancelar