Ayuda parados de larga duración

Ayuda parados larga duracion

En este artículo le explicamos el funcionamiento de la ayuda parados de larga duración, así como los días en que se están pagando en cada provincia.

Contenido del artículo

Que es la Ayuda Parados de Larga Duración ?

Es una nueva prestación destinada a aquellos desempleados que hayan agotado todas las prestaciones a las que tuviera derecho.  Hasta el momento solamente podría solicitar dos ayudas extraordinarias: la RAI y el Plan Prepara. Ahora tambien puede que le corresponda cobrar el Programa Extraordinario de Activación para el Empleo para los desempleados de Larga Duración. La principal novedad es que este Programa de Activación es  compatible con un empleo por cuenta ajena (de momento no es posible cobrarla estando como autonomo), pensada para que los parados reciban ofertas de empleo acordes a su cualificación.
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El importe de esta ayuda es de 426 euros al mes.

Requisitos:

  • Haber agotado el programa prepara, el PRODI o la tercera Renta Activa de Inserción RAI hace más de 6 meses, y además no tengan derecho a ninguna prestación por desempleo, subsidio o Renta Activa de Inserción
  • Tener responsabilidades familiares
  • No pueden Ayuda parados de larga duraciónestar cobrando el salario social, Renta mínima o ayudas análogas concedidas por las comunidades autónomas o entidades locales
  • Deben figurar como demandante de empleo  y haber estado inscritos ininterrumpidamente durante al menos los 12 meses anteriores, salvo por haber encontrado un empleo de menos de 3 meses de duración
  • Los beneficiarios deben suscribir un compromiso de actividad realizando las acciones que determinen los servicios públicos de empleo. Previamente deben haber realizado una búsqueda activa de empleo coma participar en acciones de políticas activas de empleo, así como no rechazar oferta adecuada de empleo

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  • No tener ingresos superiores a 484 euros mensuales por cada miembro de la unidad familiar
  • Estar inscrito ininterrumpidamente durante 12 meses como demandantes de empleo.

Duración: 6 meses

Para comprobar si le corresponde cobrar esta ayuda, tenemos esta guía:

Beneficiarios:
Desempleados de larga duración
  • Haber cesado involuntariamente en un trabajo por cuenta ajena.
  • Inscritos como demandantes de empleo a fecha 1 de diciembre de 2014.
  • Haber estado inscritos al menos 12 de los 18 meses previos a la solicitud.
que han agotado sus ayudas por desempleo
  • Haber agotado hace al menos seis meses la tercera RAI, el PRODI o el PREPARA (excepto sanción o baja por causa imputable al beneficiario).
  • Sin acceso a otras prestaciones o subsidios por desempleo.
y están en situación de necesidad.
  • Con cargas familiares
  • No superan los umbrales de renta habituales para estas ayudas ni a nivel individual, ni a nivel de unidad familiar. Este requisito debe cumplirse durante toda la duración del programa.
Obligaciones:
En el plazo de un mes desde la solicitud
  • El solicitante realizará una búsqueda activa de empleo (BAE) y deberá acreditarla ante el SEPE.
  • El Servicio público de empleo autonómico elaborará un itinerario personalizado de inserción (IPI) atendiendo al perfil del solicitante.
  • El servicio de empleo autonómico le asignará un tutor individual.
Durante la participación en el programa
  • No rechazar ninguna oferta adecuada de empleo propuesta por los servicios de empleo o agencias colaboradoras.
  • Realizar cualesquiera acciones de activación que le sean propuestas por los servicios de empleo y acreditarlo.
Compatibilidad con el empleo
  • El Programa permite compatibilizar hasta 5 meses la percepción de la ayuda de acompañamiento con el trabajo por cuenta ajena.
  • El empresario descontará la cuantía de la ayuda económica del importe del salario
Cuantía y duración de la ayuda:
Ayuda económica 426€/mes
  • 80% del IPREM
  • Incompatible con otras ayudas ligadas a programas de empleo y otras rentas mínimas si se superan los umbrales individuales y de núcleo familiar
  • Durante un periodo máximo de seis meses.
Duración
  • Se podrá solicitar la admisión en el Programa desde el 15 de enero de 2015 al 15 de abril de 2016 (ampliado hasta el 15 de abril de 2017)

Los beneficiarios de esta ayuda parados de larga duración deben haber agotado anteriormente la protección por desempleo.

Además, los que se acojan a este programa deberán acreditar de forma regular la búsqueda activa de empleo, asi como participar en acciones de inserción propuestas por los servicios de empleo.

La gestión de estas ayudas se harán a través de los servicios públicos de empleo de las comunidades autónomas, sus Oficinas de Empleo, y serán éstos los que trámiten el itinerario personalizado de inserción de cada demandante.

La ayuda será compatible con un empleo por cuenta ajena, si bien al sueldo que se perciba en ese trabajo se le descontará la ayuda.

El programa estará vigente desde el 15 de enero de 2015 hasta el 15 de abril de 2016 y se revisará su continuidad tres meses antes de su fnalización.

Comentarios destacados:

Fuentes: Comunicado ministerio Empleo

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716 comentarios sobre «Ayuda parados de larga duración»

  1. hola a todos..alguien me podria decir si puedo solicitar esta ayuda ya que hace mas de un año que termine de cobrar el prepara..la duda es que mi pareja (no mi marido)esta cobrando el prepara y es el padre de mis tres hijos …me podran algun problema por eso?recuedo que hace mucho coincidimos los dos cobrando la ayuda familiar y no me dijeron nada..un saludo

    1. Si no sobrepasa el limite de ingresos en la unidad familiar podrá solicitarla

  2. hola a todos..alguien me podria decir si puedo solicitaresta ayuda ya que hace mas de un año que termine de cobrar el prepara..la duda es que mi pareja (no mi marido)esta cobrando el prepara y es el padre de mis tres hijos …me podran algun problema por eso?recuedo que hace mucho coincidimos los dos cobrando la ayuda familiar y no me dijeron nada..un saludo

  3. Hola, no se si es el sitio indicado. Pero hoy 10 de enero 2015, no me han ingresado el subsidio. Solo preguntar si a alguien mas le ha pasado. Gracias! Soy de valencia.

  4. Hola…yo ya tengo cita para el día 15 (dia de inicio del plazo de solicitud)y q me informen de primera mano.intentare solicitarla cumplo creo todos los requisitos , excepto haber agotado el RAI, u otra prestación del ítem porque era autónoma y mi último trabajo por cuenta ajena termino en enero de 2012 y solo duró 45 días.Asi q no se si me servirá o no.
    Espero q al menos me informen, correctamente.
    un saludo y a ver si hay suerte.

    Solicité el salario social noviembre así q en el caso de q me la concedan , no coincidiría en el tiempo con el salario q como pronto me llegara en septiembre.y esperemos q llegue la tan cacareada recuperacion

  5. TENGO una duda he estado cobrando 426 e durante 11 meses ahora no cobro nada desde 15 12 2013 la unica carga familiar es la esposa queno cobra nada podre sulicitar estas ultimas ayudas aprovadas apartir 15 1 2015 a y tengo 62 años y 39 acotizados si alguien me puede responder gracias

  6. Me he leido el BOE del 20 pasado y ahí no pone nada de que se tiene que ser mayor de 45 años.

  7. 62 años, 31 años y 11 de meses de cotizaciones, desempleado de larga duración, sin esperanza de encontrar empleo. Sin posibilidad de pre-jubilación a los 63 por falta de 1 año y un mes de cotización. Prestación de desempleo agotada. Denegada la ayuda de 426€ por exceder en 0,96€ /mes lo estipulado por ley. Dependo de los ingresos de mi esposa que en breve se divorciará de mi porque ya no le intereso, dejándome sin casa que tenemos que vender, sin hijas y sin ingresos ya que los suyos serán necesarios para alimentar a nuestras 2 hijas menores de edad.
    Una vez divorciado y habiendo perdido totalmente la custodia de mis hijas, desaparecidas las «cargas familiares» parece que tampoco tendré derecho a nada salvo subsistir en régimen de miseria hasta los 65 años y 5 meses en que supuestamente el estado me jubilará por obligación legal.
    ¿Conoce alguien alguna fórmula para solicitar algún tip de ayuda en un caso como este? Gracias por adelantado. JRMA

    1. lo primero que tienes que hacer es pedir hora al asistente social pero ya porque tardan por lo menos un mes en darte cita aunque eso depende del municipio. Entérate de si en tu municipio hay comedor social y, si lo hay, lo mencionas explicas tu situación y que te lo den. También entérate si hay cáritas (pregunta en la iglesia) y pides hora pero ya que también tardan. En cáritas explicas la situación y pides la ayuda del banco de alimentos. Si te conceden el comedor el problema de la comida lo tienes solucionado porque lo que dan en el banco de alimentos es una ayuda pero con eso sólo no comes. Entérate si en tu comunidad existe el salario social (eso te lo tiene que decir el asistente social). Va por comunidades, la cuantía varía de una comunidad a otra. Yo gracias al comedor he podido pagar mi préstamo hasta ahora.

  8. Señores novedad para poder cobrar esta nueva ayuda que se lo han tenido callado para hacernos creer lo que no es y es que solo es para mayores de 45 años. Ese es el ultimo requisito que no lo han publicado en ninguna parte de forma trasparente para optar a el nuevo plan. http://www.eleconomista.es/economia/noticias/6320436/12/14/Moncloa-retrasa-a-enero-la-ayuda-que-pagara-solo-a-parados-mayores-de-45-.html#.Kku8967pngWdgyU

  9. Yo pertenezco al régimen agrario llevo 1 año en paro termine de cobrar la renta agraria hace seiscmeses y me gustaría saber si tendría derecho a la nuevo a ayuda

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