En este artículo le explicamos el funcionamiento de la ayuda parados de larga duración, así como los días en que se están pagando en cada provincia.
Que es la Ayuda Parados de Larga Duración ?
Es una nueva prestación destinada a aquellos desempleados que hayan agotado todas las prestaciones a las que tuviera derecho. Hasta el momento solamente podría solicitar dos ayudas extraordinarias: la RAI y el Plan Prepara. Ahora tambien puede que le corresponda cobrar el Programa Extraordinario de Activación para el Empleo para los desempleados de Larga Duración. La principal novedad es que este Programa de Activación es compatible con un empleo por cuenta ajena (de momento no es posible cobrarla estando como autonomo), pensada para que los parados reciban ofertas de empleo acordes a su cualificación.
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El importe de esta ayuda es de 426 euros al mes.
Requisitos:
- Haber agotado el programa prepara, el PRODI o la tercera Renta Activa de Inserción RAI hace más de 6 meses, y además no tengan derecho a ninguna prestación por desempleo, subsidio o Renta Activa de Inserción
- Tener responsabilidades familiares
- No pueden
estar cobrando el salario social, Renta mínima o ayudas análogas concedidas por las comunidades autónomas o entidades locales
- Deben figurar como demandante de empleo y haber estado inscritos ininterrumpidamente durante al menos los 12 meses anteriores, salvo por haber encontrado un empleo de menos de 3 meses de duración
- Los beneficiarios deben suscribir un compromiso de actividad realizando las acciones que determinen los servicios públicos de empleo. Previamente deben haber realizado una búsqueda activa de empleo coma participar en acciones de políticas activas de empleo, así como no rechazar oferta adecuada de empleo
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- No tener ingresos superiores a 484 euros mensuales por cada miembro de la unidad familiar
- Estar inscrito ininterrumpidamente durante 12 meses como demandantes de empleo.
Duración: 6 meses
Para comprobar si le corresponde cobrar esta ayuda, tenemos esta guía:
Beneficiarios: |
Desempleados de larga duración |
- Haber cesado involuntariamente en un trabajo por cuenta ajena.
- Inscritos como demandantes de empleo a fecha 1 de diciembre de 2014.
- Haber estado inscritos al menos 12 de los 18 meses previos a la solicitud.
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que han agotado sus ayudas por desempleo |
- Haber agotado hace al menos seis meses la tercera RAI, el PRODI o el PREPARA (excepto sanción o baja por causa imputable al beneficiario).
- Sin acceso a otras prestaciones o subsidios por desempleo.
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y están en situación de necesidad. |
- Con cargas familiares
- No superan los umbrales de renta habituales para estas ayudas ni a nivel individual, ni a nivel de unidad familiar. Este requisito debe cumplirse durante toda la duración del programa.
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Obligaciones: |
En el plazo de un mes desde la solicitud |
- El solicitante realizará una búsqueda activa de empleo (BAE) y deberá acreditarla ante el SEPE.
- El Servicio público de empleo autonómico elaborará un itinerario personalizado de inserción (IPI) atendiendo al perfil del solicitante.
- El servicio de empleo autonómico le asignará un tutor individual.
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Durante la participación en el programa |
- No rechazar ninguna oferta adecuada de empleo propuesta por los servicios de empleo o agencias colaboradoras.
- Realizar cualesquiera acciones de activación que le sean propuestas por los servicios de empleo y acreditarlo.
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Compatibilidad con el empleo |
- El Programa permite compatibilizar hasta 5 meses la percepción de la ayuda de acompañamiento con el trabajo por cuenta ajena.
- El empresario descontará la cuantía de la ayuda económica del importe del salario
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Cuantía y duración de la ayuda: |
Ayuda económica 426€/mes |
- 80% del IPREM
- Incompatible con otras ayudas ligadas a programas de empleo y otras rentas mínimas si se superan los umbrales individuales y de núcleo familiar
- Durante un periodo máximo de seis meses.
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Duración |
- Se podrá solicitar la admisión en el Programa desde el 15 de enero de 2015 al
15 de abril de 2016 (ampliado hasta el 15 de abril de 2017)
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Los beneficiarios de esta ayuda parados de larga duración deben haber agotado anteriormente la protección por desempleo.
Además, los que se acojan a este programa deberán acreditar de forma regular la búsqueda activa de empleo, asi como participar en acciones de inserción propuestas por los servicios de empleo.
La gestión de estas ayudas se harán a través de los servicios públicos de empleo de las comunidades autónomas, sus Oficinas de Empleo, y serán éstos los que trámiten el itinerario personalizado de inserción de cada demandante.
La ayuda será compatible con un empleo por cuenta ajena, si bien al sueldo que se perciba en ese trabajo se le descontará la ayuda.
El programa estará vigente desde el 15 de enero de 2015 hasta el 15 de abril de 2016 y se revisará su continuidad tres meses antes de su fnalización.
Comentarios destacados:
Flor: LA NUEVA AYUDA DEL GOBIERNO:No todo lo que reluce es oro. Vamos leyendo algunas cositas sobre la nueva ayuda, que como veréis es pura propaganda electoral, ya que se acercan las elecciones: ¿En qué consiste la Ayuda parados de larga duración? Se trata de un subsidio de 426 euros que podrán percibir durante seis meses los parados de larga duración. Además de la prestación económica, los servicios públicos de empleo tendrán que hacer un itinerario personalizado de cada beneficiario y ofrecerles servicios de orientación y formación para recualificarles.
La idea es, según han explicado los sindicatos, que estas personas reciban también ofertas de empleo acordes a su recualificación. De ser así, la prestación económica sería compatible con el empleo.
¿Quién puede cobrarla? Las personas que lleven al menos doce meses en el paro contando los últimos 18 meses. Esa situación de desempleo tiene que haber sido ocasionada por la pérdida de un trabajo, es decir, no es una prestación asistencial como puede serlo la Renta Activa de Inserción ni una ayuda para los que buscan su primer empleo. Hará falta también tener al menos un familiar a cargo. Los beneficiarios no pueden tener ingresos superiores al 75% del IPREM (unos 480 euros mensuales) y deben llevar al menos seis meses sin percibir ninguna prestación, un plazo que se ha reducido desde la anterior propuesta del Gobierno, que planteaba que hubiera transcurrido un año.
Jose Maria: Se necesitan muchos requisitos para esta nueva ayuda parados de larga duración y están muy bien explicados en esta página, pero uno de ellos es precisamente haber agotado PRODI, prepara o RAI y te repito uno de ellos es haber agotado el PRODI, que es la ayuda adicional que había antes del prepara. Si te ha dicho eso el funcionario, será mejor que se recicle un poco, porque es uno de los requisitos básicos. A modo resumen te digo el resto y si los cumples lo puedes echar.
Ojo, si después del prodi, has cobrado alguna otra prestación ya no podrías solicitar la nueva ayuda, el prodi, tiene que ser la última prestación cobrada, además de eso, no haber causado baja voluntaria en el último trabajo, tener cargas familiares, estar desempleado el 1 de diciembre del 2014 y llevar desempleado en los últimos 18 meses, al menos 1 año y no haber cobrado salarios sociales al menos los 6 meses anteriores.
Como puedes ver es lo mismo que tienes muy bien detallado en la página y te repito, el haber cobrado el prodi, ES PRECISAMENTE uno de los requisitos principales, además de los que te he comentado, mírate bien todos los requisitos de esta página y si crees que los cumples todos haz tu solicitud.
Fuentes: Comunicado ministerio Empleo
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Recibí la carta del subsidio y en la casilla (período reconocido) me pone del 13/3/16 al 8/3/17: se supone que se renueva cada 6 meses porque me pone tanto tiempo
Tengo 540 dias de derecho y 184 consumidos; cuando tengo que renovar??
Hola soy una mujer de 53 años que en diciembre termine la 3 rai, tengo a mi marido que cobra una pension por imcapacidad , quisiera saber si yo puedo pedir alguna ayuda. La pension que cobra son 740€. Diganme si puedo pedir alguna ayuda y los requisitos. Espero su respuesta pronto. Gracias
hola, yo tambien queria preguntar sobre la rai, tengo casi 49 años y me han concedido la segunda rai porque en el 2014 la solicite la primera y solo consumi unos dias nada mas y me han dicho que cuenta como consumida la primera rai, entonces me han concedido la segunda el dia 4 de marzo de este año, mi pregunta es sobre la tercera rai que requisitos hay que cumplir, es decir , no cobrar nada durante un año pero te la conceden igual por haber cobrado prestacion contributiva y volver a presentar la BAE o hace falta algo mas ?? se puede pedir alguna ayuda de algun tipo durante ese año de espera porque comer y pagar gastos habra que hacerlo igual y si no encuentras trabajo que ocurre entonces?? gracias, espero tu respueta
hola, mira tienes que presentar la BAE justo en el mismo momento que la solicitas, yo acabo de pedir la segunda rai el 4 de marzo que me tocaba, ya iba preparada porque lo vi en internet, tienes que solicitar que te den un papel antes o te lo puedes descargar de internet que es la declaracion de busqueda activa de empleo, es decir la BAE, para ir rellenando con los sellos de las empresas a las que entregas curriculums, tambien tienes que anotar los portales de internet a los que estas apuntado para buscar empleo y mas cosas que te piden en ese documento.. yo me lo descargue de internet y lo fui rellenando un mes antes o asi para cuando la solicites entregues todo junto incluida la BAE, espero haberte ayudado.
hola en junio solicitare por segunda vez,el rai cuamdo temgo que presentar el BAE en el momento de la solicitud,esplicamelo un poquito por favor gracias.
Buenas tardes,vera;Somos 4 miembros de familia,mi marido cobra ayuda mayores de 55 años y yo percibo una Rai.Soy propietaria de otra vivienda que voy a poner en alquilar por 550€ al mes y mi duda es si debo de informar al Inem u otro organismo?
Gracias por su respuesta.
hola, yo ayer estuve en el inem preguntado lo de la Rai aunque yo aún no tengo la edad para cobrarla. Yo te aconsejo que por el alquiler de la vivienda no pases de 490 euros porque te quitaran la Rai. El tope está este año en 491 euros (me lo dijeron en la oficina). Puedes cobrar la Rai pero si alquilas una vivienda no puedes cobrar por ella más de 491 euros al mes. Si no avisas y te pillan te quitaran la ayuda y lo mismo te sancionan. Yo de ti pediría cita a la inem y lo preguntaría.
Buenos dias:
El dia 21 de febrero se me acabo el paro, y tengo cotizados 9,5 meses para un nuevo paro, el 21 de marzo tengo previsto pedir el subsidio de 18 meses con cargo al paro que he agotado.
Ayer un vecino me ofrecio un trabajo de 15 días para empezar el lunes.
La pregunta es:
Si trabajo esos 15 días tendré 10 meses cotizados, después de ese contrato de 15 días el subsidio que me concedan sera sobre el paro antiguo o sobre los 10 meses?
¿me conviene coger ese contrato de 15 días o pedir el subsidio sobre el paro agotado?
Un saludo
Antonio Gonzalez
que ocurre cuando terminas la tercera rai pero ya en el año 2017, o sea, fuera de plazo. ya perdemos entonces la oportunidad del PAE por culpa de la fecha? entonces nos quedamos fuera?
yo cobre el programa de activacion para el empleo se me acabo el dia 30-8-2015 cobre 6 meses este año puedo cobrarla otra vez
hola vero, y tu sabes que ocurre cuando durante ese tiempo aun estas cobrando la tercera rai? o sea, al terminar la tercera rai ya se ha pasado la fecha, en mi caso año 2017. entonces por ese motivo ya no tenemos derecho aun cumpliendo todos los reequisitos? gracias.
Ola soy español tengo 27 años tengo dos niñas de 5 y 6 años ami cargo nunca eh cobrado ninguna ayuda economica estoy iscrito en el paro 1 año quisiera saber si me pertenece la ayuda solo eh cotizado 21 dias en el año 2009 el motibo fue que me despidieron y dsd entonces noo man contratao en ningun lado graciasss
Buenas tardes,
Tengo una duda, mk madre tiene 59 años, solicitó el RAI cuando me quede desempleada en agosto y el septiembre encontré trabajo por lo que lo pausó y después de 4 meses trabajado me dicen que me espere a marzo para reanudar el RAI. Hasta aquí casi todo claro. Pero… Tenemos pendiente el cobro de FOGASA correspondiente a su despido y será en estos mese por lo que nos han dicho, como afecta esto al RAI si cobramos de FOGASA?
GRACIAS DE ANTEMANO
ruego me conteste vía email.