En este artículo le explicamos el funcionamiento de la ayuda parados de larga duración, así como los días en que se están pagando en cada provincia.
Que es la Ayuda Parados de Larga Duración ?
Es una nueva prestación destinada a aquellos desempleados que hayan agotado todas las prestaciones a las que tuviera derecho. Hasta el momento solamente podría solicitar dos ayudas extraordinarias: la RAI y el Plan Prepara. Ahora tambien puede que le corresponda cobrar el Programa Extraordinario de Activación para el Empleo para los desempleados de Larga Duración. La principal novedad es que este Programa de Activación es compatible con un empleo por cuenta ajena (de momento no es posible cobrarla estando como autonomo), pensada para que los parados reciban ofertas de empleo acordes a su cualificación.
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El importe de esta ayuda es de 426 euros al mes.
Requisitos:
- Haber agotado el programa prepara, el PRODI o la tercera Renta Activa de Inserción RAI hace más de 6 meses, y además no tengan derecho a ninguna prestación por desempleo, subsidio o Renta Activa de Inserción
- Tener responsabilidades familiares
- No pueden
estar cobrando el salario social, Renta mínima o ayudas análogas concedidas por las comunidades autónomas o entidades locales
- Deben figurar como demandante de empleo y haber estado inscritos ininterrumpidamente durante al menos los 12 meses anteriores, salvo por haber encontrado un empleo de menos de 3 meses de duración
- Los beneficiarios deben suscribir un compromiso de actividad realizando las acciones que determinen los servicios públicos de empleo. Previamente deben haber realizado una búsqueda activa de empleo coma participar en acciones de políticas activas de empleo, así como no rechazar oferta adecuada de empleo
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- No tener ingresos superiores a 484 euros mensuales por cada miembro de la unidad familiar
- Estar inscrito ininterrumpidamente durante 12 meses como demandantes de empleo.
Duración: 6 meses
Para comprobar si le corresponde cobrar esta ayuda, tenemos esta guía:
Beneficiarios: |
Desempleados de larga duración |
- Haber cesado involuntariamente en un trabajo por cuenta ajena.
- Inscritos como demandantes de empleo a fecha 1 de diciembre de 2014.
- Haber estado inscritos al menos 12 de los 18 meses previos a la solicitud.
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que han agotado sus ayudas por desempleo |
- Haber agotado hace al menos seis meses la tercera RAI, el PRODI o el PREPARA (excepto sanción o baja por causa imputable al beneficiario).
- Sin acceso a otras prestaciones o subsidios por desempleo.
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y están en situación de necesidad. |
- Con cargas familiares
- No superan los umbrales de renta habituales para estas ayudas ni a nivel individual, ni a nivel de unidad familiar. Este requisito debe cumplirse durante toda la duración del programa.
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Obligaciones: |
En el plazo de un mes desde la solicitud |
- El solicitante realizará una búsqueda activa de empleo (BAE) y deberá acreditarla ante el SEPE.
- El Servicio público de empleo autonómico elaborará un itinerario personalizado de inserción (IPI) atendiendo al perfil del solicitante.
- El servicio de empleo autonómico le asignará un tutor individual.
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Durante la participación en el programa |
- No rechazar ninguna oferta adecuada de empleo propuesta por los servicios de empleo o agencias colaboradoras.
- Realizar cualesquiera acciones de activación que le sean propuestas por los servicios de empleo y acreditarlo.
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Compatibilidad con el empleo |
- El Programa permite compatibilizar hasta 5 meses la percepción de la ayuda de acompañamiento con el trabajo por cuenta ajena.
- El empresario descontará la cuantía de la ayuda económica del importe del salario
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Cuantía y duración de la ayuda: |
Ayuda económica 426€/mes |
- 80% del IPREM
- Incompatible con otras ayudas ligadas a programas de empleo y otras rentas mínimas si se superan los umbrales individuales y de núcleo familiar
- Durante un periodo máximo de seis meses.
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Duración |
- Se podrá solicitar la admisión en el Programa desde el 15 de enero de 2015 al
15 de abril de 2016 (ampliado hasta el 15 de abril de 2017)
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Los beneficiarios de esta ayuda parados de larga duración deben haber agotado anteriormente la protección por desempleo.
Además, los que se acojan a este programa deberán acreditar de forma regular la búsqueda activa de empleo, asi como participar en acciones de inserción propuestas por los servicios de empleo.
La gestión de estas ayudas se harán a través de los servicios públicos de empleo de las comunidades autónomas, sus Oficinas de Empleo, y serán éstos los que trámiten el itinerario personalizado de inserción de cada demandante.
La ayuda será compatible con un empleo por cuenta ajena, si bien al sueldo que se perciba en ese trabajo se le descontará la ayuda.
El programa estará vigente desde el 15 de enero de 2015 hasta el 15 de abril de 2016 y se revisará su continuidad tres meses antes de su fnalización.
Comentarios destacados:
Flor: LA NUEVA AYUDA DEL GOBIERNO:No todo lo que reluce es oro. Vamos leyendo algunas cositas sobre la nueva ayuda, que como veréis es pura propaganda electoral, ya que se acercan las elecciones: ¿En qué consiste la Ayuda parados de larga duración? Se trata de un subsidio de 426 euros que podrán percibir durante seis meses los parados de larga duración. Además de la prestación económica, los servicios públicos de empleo tendrán que hacer un itinerario personalizado de cada beneficiario y ofrecerles servicios de orientación y formación para recualificarles.
La idea es, según han explicado los sindicatos, que estas personas reciban también ofertas de empleo acordes a su recualificación. De ser así, la prestación económica sería compatible con el empleo.
¿Quién puede cobrarla? Las personas que lleven al menos doce meses en el paro contando los últimos 18 meses. Esa situación de desempleo tiene que haber sido ocasionada por la pérdida de un trabajo, es decir, no es una prestación asistencial como puede serlo la Renta Activa de Inserción ni una ayuda para los que buscan su primer empleo. Hará falta también tener al menos un familiar a cargo. Los beneficiarios no pueden tener ingresos superiores al 75% del IPREM (unos 480 euros mensuales) y deben llevar al menos seis meses sin percibir ninguna prestación, un plazo que se ha reducido desde la anterior propuesta del Gobierno, que planteaba que hubiera transcurrido un año.
Jose Maria: Se necesitan muchos requisitos para esta nueva ayuda parados de larga duración y están muy bien explicados en esta página, pero uno de ellos es precisamente haber agotado PRODI, prepara o RAI y te repito uno de ellos es haber agotado el PRODI, que es la ayuda adicional que había antes del prepara. Si te ha dicho eso el funcionario, será mejor que se recicle un poco, porque es uno de los requisitos básicos. A modo resumen te digo el resto y si los cumples lo puedes echar.
Ojo, si después del prodi, has cobrado alguna otra prestación ya no podrías solicitar la nueva ayuda, el prodi, tiene que ser la última prestación cobrada, además de eso, no haber causado baja voluntaria en el último trabajo, tener cargas familiares, estar desempleado el 1 de diciembre del 2014 y llevar desempleado en los últimos 18 meses, al menos 1 año y no haber cobrado salarios sociales al menos los 6 meses anteriores.
Como puedes ver es lo mismo que tienes muy bien detallado en la página y te repito, el haber cobrado el prodi, ES PRECISAMENTE uno de los requisitos principales, además de los que te he comentado, mírate bien todos los requisitos de esta página y si crees que los cumples todos haz tu solicitud.
Fuentes: Comunicado ministerio Empleo
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Cuanto tiempo tardasteis en cobrar el PAE despues de entregarlo todo ? que dia se cobra ?
Buenos días, tengo 45 años , llevo 4 años sin trabajo y algo más de 2 años sin ningún tipo de ingreso. No tengo cargas familiares y estoy empadronado con otra persona que trabaja pero de la que soy económicamente independiente.
Por lo que he visto todo esto me inhabilita para cobrar cualquier tipo de ayuda de las que he visto por ahí, aunque de hecho «no tenga donde caerme muerto».
Mi pregunta, ¿hay algún tipo de ayuda o programa al que pudiera acogerme?
Saludos
Hola estoy cobrando el rmi queria saber si puedo cobrar la ayuda de 1.300 euros a parados de larga duracion gracias
que dia se cobra la ayuda pae en Andalucia ?
Buenos días,
Yo por desgracia desde hace unos años, no consigo un trabajo estable, normalmente me llaman para una campaña de 3 meses, con lo cual, no tengo muy claro si pierdo mi antigüedad , pues leí un artículo en el cuál, ponía que se considera desempleado de larga duración siempre que lleve parado 12 meses o haya trabajado por un tiempo de 90 días como máximo.
Espero poder salir de la duda.
He intentado buscar el artículo pero no lo encuentro, creo que era de RD 19 de junio de 2016, pero no lo veo.
Un saludo
Buenas tardes, este mes se me ha agotado el subsidio por desempleo y en plan prepara ya lo cogi hace dos años,tengo un niño a cargo,tengo derecho para alguna ayuda? Gracias
Hola. Yo termine de cobrar la PAE en octubre del 2016. Soy madre soltera de 34 años. Tengo derecho a alguna ayuda?/gracias
Hola Nini, una vez que echaste la solicitud cuanto has tardado en cobrar el PAE? Que pasos siguen?
Olq sol despues de solicitar el pae cuanto tiempo an tardado en pagarte an pagado desde el dia que lo solicitaste gracias
Mir yo último raíz no puezo trBatrabajar lesiones espalda mi marido no puedes cobrar nada y un hija.
Yo echado el prodi el día 3 nov 2016 con todo echado y día de hoy no e cobrado nada
Buenas tardes, He solicitado el subsidio por desempleo de mayores de 55 y me ha sido denegado, Esto despues de cobrar la parte contributiva del desempleo tras un año y medio de alta en el regimen General. El próximo 7 de Noviembre de 2016 cumplo 63 y tengo cotizados mas de 35 años, los primeros 12 entre régimen General y Agrario, el resto como Autónomo.
Me dicen que no me corresponde porque no he cotizado 6 años a lo largo de mi vida laboral por el contingente de desempleo. Tampoco me puedo pre-jubilar a los 63 porque la cantidad que me corresponde 568€ no llega al S.M.I. 641€. Me cuesta entender la situación, He trabajado desde los 12 años, (mas de 50) Me di de alta en el régimen Agrícola en 1.978 trabaje como temporero en distintas campañas, durante nueve años, después estuve en régimen general, hasta que me di de alta como Autónomo. Durante el tiempo que estuve trabajando en el campo nunca vi una nomina, era lo normal, ni sabia ni podía saber los contingentes por los que cotizaba. Por lo tanto no entiendo como pueden exigir eso a personas que nos toco trabajar en esa época en esas condiciones? Tengo ademas 2 años reconocidos en Francia en regimen General.
Por favor díganme si tengo alguna otra opción. Ya he pasado por las Oficinas de la S.S. He presentado reclamación en el SEPE, o INEM, han transcurrido mas de 45 días y no se han dignado ni contestar. Debido a la situacion de crisis no he podido cotizar los ultimos años, con el subsidio para mayores podria subsistir hasta alcanzar la edad y los requisitos para jubilarme. aunque con la cantidad vergonzosa que me queda me espera una jubilacion gloriosa.
Gracias anticipadas por la respuesta.
Un ciudadano respetuoso, pero muuuuy cabreado con el sistema
buenos días, el 26 de octubre de 2016 termino de cobrar el programa de renta activa de inserción que solicité en 2015 por primera vez, estoy un poco confusa: tengo 55 años y tengo cotizados 25 años 8 meses 18 días. me dijeron que no podía cobrar la ayuda a mayores de 55 años porque tenía que trabajar tres meses últimos, mi marido cobra 784 aproximadamente por incapacidad total absoluta, ser mayor de 60 años y tenerme a mí a su cargo.desde finales de 2015. y yo fui al pueblo de silla a notificar que mi marido iba a cobrar una regulación y ajuste que superaría el mínimo para que yo cobrara el RAI, me comunicaron que estaría en suspensión un mes y luego restablecerían, y así fue , les agradecería me informaran si para solicitar el segundo RAI he de presentar de nuevo lo mismo que en el primero o hay algún otro requisito o formulario , y si hay que esperar un año para solicitar el segundo RAI, MUCHAS GRACIAS por su atención les saluda muy atentamente JCG , les ruego me respondan por gmail.