Ayuda parados de larga duración

Ayuda parados larga duracion

En este artículo le explicamos el funcionamiento de la ayuda parados de larga duración, así como los días en que se están pagando en cada provincia.

Contenido del artículo

Que es la Ayuda Parados de Larga Duración ?

Es una nueva prestación destinada a aquellos desempleados que hayan agotado todas las prestaciones a las que tuviera derecho.  Hasta el momento solamente podría solicitar dos ayudas extraordinarias: la RAI y el Plan Prepara. Ahora tambien puede que le corresponda cobrar el Programa Extraordinario de Activación para el Empleo para los desempleados de Larga Duración. La principal novedad es que este Programa de Activación es  compatible con un empleo por cuenta ajena (de momento no es posible cobrarla estando como autonomo), pensada para que los parados reciban ofertas de empleo acordes a su cualificación.
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El importe de esta ayuda es de 426 euros al mes.

Requisitos:

  • Haber agotado el programa prepara, el PRODI o la tercera Renta Activa de Inserción RAI hace más de 6 meses, y además no tengan derecho a ninguna prestación por desempleo, subsidio o Renta Activa de Inserción
  • Tener responsabilidades familiares
  • No pueden Ayuda parados de larga duraciónestar cobrando el salario social, Renta mínima o ayudas análogas concedidas por las comunidades autónomas o entidades locales
  • Deben figurar como demandante de empleo  y haber estado inscritos ininterrumpidamente durante al menos los 12 meses anteriores, salvo por haber encontrado un empleo de menos de 3 meses de duración
  • Los beneficiarios deben suscribir un compromiso de actividad realizando las acciones que determinen los servicios públicos de empleo. Previamente deben haber realizado una búsqueda activa de empleo coma participar en acciones de políticas activas de empleo, así como no rechazar oferta adecuada de empleo

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  • No tener ingresos superiores a 484 euros mensuales por cada miembro de la unidad familiar
  • Estar inscrito ininterrumpidamente durante 12 meses como demandantes de empleo.

Duración: 6 meses

Para comprobar si le corresponde cobrar esta ayuda, tenemos esta guía:

Beneficiarios:
Desempleados de larga duración
  • Haber cesado involuntariamente en un trabajo por cuenta ajena.
  • Inscritos como demandantes de empleo a fecha 1 de diciembre de 2014.
  • Haber estado inscritos al menos 12 de los 18 meses previos a la solicitud.
que han agotado sus ayudas por desempleo
  • Haber agotado hace al menos seis meses la tercera RAI, el PRODI o el PREPARA (excepto sanción o baja por causa imputable al beneficiario).
  • Sin acceso a otras prestaciones o subsidios por desempleo.
y están en situación de necesidad.
  • Con cargas familiares
  • No superan los umbrales de renta habituales para estas ayudas ni a nivel individual, ni a nivel de unidad familiar. Este requisito debe cumplirse durante toda la duración del programa.
Obligaciones:
En el plazo de un mes desde la solicitud
  • El solicitante realizará una búsqueda activa de empleo (BAE) y deberá acreditarla ante el SEPE.
  • El Servicio público de empleo autonómico elaborará un itinerario personalizado de inserción (IPI) atendiendo al perfil del solicitante.
  • El servicio de empleo autonómico le asignará un tutor individual.
Durante la participación en el programa
  • No rechazar ninguna oferta adecuada de empleo propuesta por los servicios de empleo o agencias colaboradoras.
  • Realizar cualesquiera acciones de activación que le sean propuestas por los servicios de empleo y acreditarlo.
Compatibilidad con el empleo
  • El Programa permite compatibilizar hasta 5 meses la percepción de la ayuda de acompañamiento con el trabajo por cuenta ajena.
  • El empresario descontará la cuantía de la ayuda económica del importe del salario
Cuantía y duración de la ayuda:
Ayuda económica 426€/mes
  • 80% del IPREM
  • Incompatible con otras ayudas ligadas a programas de empleo y otras rentas mínimas si se superan los umbrales individuales y de núcleo familiar
  • Durante un periodo máximo de seis meses.
Duración
  • Se podrá solicitar la admisión en el Programa desde el 15 de enero de 2015 al 15 de abril de 2016 (ampliado hasta el 15 de abril de 2017)

Los beneficiarios de esta ayuda parados de larga duración deben haber agotado anteriormente la protección por desempleo.

Además, los que se acojan a este programa deberán acreditar de forma regular la búsqueda activa de empleo, asi como participar en acciones de inserción propuestas por los servicios de empleo.

La gestión de estas ayudas se harán a través de los servicios públicos de empleo de las comunidades autónomas, sus Oficinas de Empleo, y serán éstos los que trámiten el itinerario personalizado de inserción de cada demandante.

La ayuda será compatible con un empleo por cuenta ajena, si bien al sueldo que se perciba en ese trabajo se le descontará la ayuda.

El programa estará vigente desde el 15 de enero de 2015 hasta el 15 de abril de 2016 y se revisará su continuidad tres meses antes de su fnalización.

Comentarios destacados:

Fuentes: Comunicado ministerio Empleo

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716 comentarios sobre «Ayuda parados de larga duración»

  1. Buenos días : tengo 56 años e cobrado el R.A.I dos años alternos, y en marzo me toca solicitar la ultima ayuda no llego a los 6 años de cotización puesto que si quería trabajar tenia que ser en ´´negro´´ y si no no me daban trabajo , pero vivo con mi pareja que tiene una menor a su cargo y yo colaboro en lo que puedo que es mas bien poco ya que mi pareja también esta en paro y no tiene paga alguna con una niña tambíen con una minusvalia del 66% mi pregunta es ¿tengo derecho a algún tipo de ayuda? atte reciba un cordial saludo , gracias

  2. tego 52 practicamente sin familiar por cuestiones de ela vida yt por no tener sufuciente preparacion llevo 6 años desempleado sin ayuda solo vo9y a algunas ong a buscar comida no tengo derecho al plan prepara por haber cobrado la rei y no tengo derecho a ningun nuvo plan prepara o rai al no tener cargas familiares soluciónj me suicido porque me tienen asi mas de 6 años en la prov de alicante muerto en vida, asi seria un parado menos y habria mas opoertunidades para los demas en fin….En realidad a veces me bienen episodios por que la misma situacion de desemplado ha roto la poca relaccion familiar que tenia y me ven como una especie de parasito y me hundfo por todo ademas solo tengo 3 a ños y mediod e cotizaiones porque nadie me contrataba siempre en neghreo y lo poco temporales haciendo el doble de horas pardida solucion quiterse la vida o emigrar sin colchon economico.

    1. Parece ser que los parados mayores de 52 no necesitamos comer.
      Yo tengo dos hijos, como son mayores de 26, ya no cuentan en mi unidad familiar, pero ellos también comen.
      Yo llevo más de tres años parado y he cotizado 37 años y tampoco tengo derecho a ninguna ayuda.
      Así que usted tranquilo que da igual que no tenga hijos o que haya cotizado poco.
      Mucho ánimo y mucha fuerza, esto tiene que cambiar, NO ES JUSTO.

  3. Como me despidieron a los 50 años, no tendré derecho al llegar a la edad, «ni a la pensión mínima de jubilación», a pesar de tener cotizados «37 años» ya que no cumplo el requisito de haber cotizado dos años dentro de los últimos quince (entre los 50 y 65).
    ¿ESTO NO ES INJUSTO?.

  4. Buenas me podría decir alguien si se puede cobrar la renta básica y el para a la misma vez ooo si puedo anular el para y quedarme con la renta básica solamente

  5. Hola,
    Me podéis ayudar?.
    Hice la inscripción del PAR el 22 de agosto y he entregado hoy 26 de septiembre las acreditaciones de la búsqueda activa de empleo.
    Alguien sabe cuanto tardan en contestar y cuando se cobra?
    Muchas gracias

    1. Sol me puedes comentar sobre esta ayuda ya que tú ya la has solicitado

  6. Hola a todos.as.e sabido por la tele k los parados de larga duración pueden echar los papeles y poder seguir cobrando .pues esta mañana voy al Sepe y me dicen k es todo mentira k si ya e agotado todas las ayudas no tengo derecho a nada y llevó sin cojer ni un duro desde abril y tengo k pasarle 100 euros a mi hija y siguen diciéndome k no..si hay alguien como yo .por favor k lo diga .grscias

    1. Esa ayuda es sólo para los que tengan hijos menores de 26, si tienen más, parece ser que el Gobierno considera que ya no comen, aunque su padre y ellos estén parados.

      Yo llevo parado más de 3 años, tengo cotizados 37 años, sólo me concedieron dos años de paro, no he tenido derecho a ningún tipo de subsidio y tampoco tendré derecho a pensión de jubilación cuando llegue a la edad, como no consiga trabajar dos años más, de los 52 a los 67.

  7. Si convives con tu pareja y ésta gana «3.000 euros al mes» sí tienes derecho a cobrar el subsidio.
    Si estás legalmente casado con tu pareja y ésta gana algo más de «900 euros al mes», no tienes derecho al plan prepara ni a ninguna otra ayuda aunque tengas cotizados «37 años».
    Como me despidieron a los 50 años, tampoco tendré derecho al llegar a la edad, «ni a la pensión mínima de jubilación», a pesar de tener cotizados «37 años» ya que no cumplo el requisito de haber cotizado dos años dentro de los últimos quince (entre los 50 y 65).
    ¡¡¡¡¡TOTALMENTE INJUSTO!!!!!. ¿no?.

  8. Hola ,tengo que llevar la semana que viene el papel con las casillas complementadas. Sabéis si vale la inscripción de una ETT atraves de Internet ??? O tiene que ser ir en persona a esa ETT . gracias un saludo

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