Ayudas por hijo a cargo

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La nueva ayuda por hijo a cargo o ayuda de los puntos por hijo, es una asignación económica que da la Seguridad Social a los que tengan hijos a cargo menores de 18 años o cuando sean mayores de edad y tengan una discapacidad mayor del 65%.

Como requisitos para obtener esta prestación, la renta anual no debe superar:

– 11.757 euros con 1 hijo

– 13.747 euros con 2 hijos

– 15.737 euros con 3 hijos

– 17.728 euros con 4 hijos

Para obtener esta ayuda, debe presentarse en cualquier oficina de la Seguridad Social la siguiente documentación: [ads]

– El impreso de solicitud debidamente rellenado. Aquí puede imprimir el impreso de solicitud: impresos puntos por hijo

– El DNI, NIE o tarjeta de residencia de todos los miembros de la unidad familiar mayores de 14 años.

– Certificado de empadronamiento en el municipio

– Libro de familia

– Titulo de Familia Numerosa, si fuera el caso

– Titulo de discapacidad, si fuera el caso.

– El justificante de ingresos que acredite el nivel de rentas alegado.

Esta ayuda se paga cada 6 meses cuando sean menores de edad, o cada mes si son discapacitados mayores de edad. No hay pagas extraordinarias y no se descuenta el IRPF.

El plazo máximo  para empezar a cobrar la ayuda es de 45 días.

La cuantía anual de la ayuda es de:

– 341 euros por hijo menor de edad

– 1000 euros por hijos menores de edad con discapacidad mayor del 33%

– 4.790,40 euros por hijos mayores con discapacidad mayor del 65%

– 7.185,60 euros por hijos mayores con discapacidad mayor del 75%

Existe un teléfono gratuito para consultas sobre ayudas de la Seguridad Social: 901 16 65 65

Renovación: No es necesario renovar la prestación por hijo a cargo, se hace automáticamente al cotejar los datos con la Agencia Tributaria. en el caso de personas con discapacidad, sí es necesario renovar el certificado de discapacidad antes de que caduque.

Comentarios destacados

Susi (25/12/2021):

En internet han publicado un artículo con los diferentes días en los que se va a abonar la prestación por hijo a cargo.

Santander: 23 de diciembre.
Sabadell: 24 de diciembre.
Bankia: 24 de diciembre.
BBVA: 3 de enero.
CaixaBank: 24 de diciembre.
Caja Rural: 22 de diciembre.
Eurocaja Rural: 29 de diciembre.
ING: 29 de diciembre.
Openbank: 27 de enero.

6.606 comentarios sobre «Ayudas por hijo a cargo»

  1. A mi me han respondido a un correo electrónico y me dicen que me la dan de oficio,les pregunte si debía solicitarla y eso me han respondido,que tienen 3 meses para pagarlo con efecto 1/01,así que por eso dirán que hacen el primer pago en marzo,porque cumple el plazo de ellos,ya iremos viendo y si algún banco se adelanta pues si pueden ir poniéndolo por aquí mejor,yo soy Unicaja,en cuanto me abonen si lo hacen lo comento por aquí.

  2. Yo ya la solicité, porque solicité el IMV e hice las dos juntas, pero vamos que no me la han aprobado, con lo que aún pidiéndola tiene pinta de tardar bastante.
    En fin, el día 1 salimos de dudas, lo que está claro es que los que cobran el IMV si lo cobrarán, el problema está con los de hijo a cargo o los que tienen el IMV en estudio.

  3. Susi ni carta , ni actualización, yo pienso que nos tocara solicitarla, dicen que es de oficio pero creo que es para que no se le fuera todos juntos ahora el primero se sabra , pero veo casi seguro solicitar.

  4. Lo que me extraña a mi, es que si lo cobramos el día 1 no le hayan modificado el certificado de prestaciones a nadie que cobre los puntos.
    Yo cobro los puntos y tengo en estudio el IMV.
    A ver si tenemos suerte y lo cobramos!!

  5. Gracias por la información, pues nada, será esperar al día 1 a ver si lo cobramos y si no pues a pedirlo!!

  6. Esto me respondieron en whatsapp de la seguridad social:
    Esperemos y tengamos suerte.
    [23/2 16:16] Seguridad Social: * Los abonos de las prestaciones se realizan *el primer día hábil de cada mes*, si bien algunas entidades bancarias adelantan su pago unos días, sobre la fecha del día 25 del mes corriente.

    ▫️
    [23/2 16:16] Seguridad Social: *El complemento de ayuda a la infancia* tiene efectos 1 de febrero de 2022 y se abonaría con esta nómina, es decir el 01/03/2022.

    NO TIENEN QUE SOLICITAR EL COMPLEMENTO, puesto que se reconocerá de oficio por el INSS con efectos de 1 de febrero de 2022:

    Los actuales perceptores de IMV.

    Los solicitantes de IMV que tengan el expediente en trámite.

    *Los beneficiarios de Protección Familiar cuya unidad de convivencia esté constituida exclusivamente por los miembros que figuran en el expediente de Protección Familiar y cumplan los requisitos económicos*

    Es algo que ya hemos leido pero bueno claro esta que si hasta el 1 no tenemos ningun ingreso toca solicitarla.
    ▫️

  7. No, no hay orden de pago, con lo que ya no lo cobraremos hasta marzo!!

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