Las ayudas por desempleo, también conocidas como prestaciones contributivas por desempleo, es un subsidio que ofrece el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) a aquellos trabajadores que se han quedado sin empleo. Este beneficio puede ser cobrado durante un máximo de dos años por aquellas personas que hayan perdido su empleo de forma temporal o definitiva, o que hayan visto reducida temporalmente su jornada laboral en un porcentaje entre el 10% y el 70%, siempre y cuando quieran y puedan trabajar.
Es importante tener en cuenta que a finales de 2022 el Gobierno aprobó la subida del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM), lo que ha tenido un impacto directo en la cuantía de los subsidios que pueden solicitar aquellas personas que han agotado la prestación contributiva por desempleo o que necesitan una ayuda por cotización insuficiente y carencia de recursos.
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El número de meses que se puede cobrar el paro se calcula en función del tiempo de ocupación cotizado durante los seis años anteriores a la situación legal de desempleo. Además, la cuantía del paro que se recibe depende de las bases de cotización a la Seguridad Social por contingencias profesionales que el trabajador haya tenido durante los últimos seis meses (180 días) en los que ha estado dado de alta.
En resumen, el paro es una ayuda importante que el SEPE ofrece a aquellos trabajadores que se han quedado sin empleo y que cumplan ciertos requisitos. La cantidad de tiempo que se puede cobrar y la cantidad de dinero que se recibe dependen del historial laboral del trabajador y de la normativa vigente en el momento en que se solicita la ayuda.
El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) cuenta con ocho ayudas para aquellos que han agotado su prestación por desempleo y siguen sin encontrar trabajo. Estas ayudas, con la subida aprobada para el año en curso, han ascendido a 480 euros mensuales.
1. Subsidio por cotización insuficiente
Se ofrece a aquellos empleados que han trabajado menos de un año y cuentan con responsabilidades familiares. La duración de la ayuda varía en función de los meses cotizados.
2. Renta Activa de Inserción (RAI)
Se ofrece a desempleados que no cobran otras ayudas y tienen dificultades para reincorporarse al mercado laboral. Pueden solicitarla parados de larga duración y emigrantes retornados mayores de 45 años, entre otros.
3. Ayuda dirigida a mayores de 52 años
Entró en vigor en marzo de 2019, ofrece un subsidio de 480 euros mensuales que se cobra hasta la edad de jubilación. Mientras la perciben, los solicitantes continúan cotizando para la jubilación.
4. Subsidio para mayores de 45 años
Para desempleados de larga duración que no tengan responsabilidades familiares a su cargo, y una ayuda familiar para aquellos que han agotado la prestación contributiva por desempleo y con cargas familiares. Para recibir esta ayuda, es necesario estar inscrito como demandante de empleo durante un mes después de agotar la prestación y no ganar más del 75% del salario mínimo (810 euros al mes).
5. Ayuda familiar
Ayuda disponible para aquellas personas que han agotado su prestación contributiva por desempleo y tienen cargas familiares, es decir, cónyuge e hijos menores de 26 años a su cargo. La duración de la ayuda varía según la edad y el tiempo durante el que se haya percibido la prestación contributiva:
- Menores de 45 años que han agotado una prestación de 4 meses: 18 meses
- Menores de 45 años que han agotado una prestación de 6 meses: 24 meses
- Mayores de 45 años que han agotado una prestación de 4 meses: 24 meses
- Mayores de 45 años que han agotado una prestación de 6 meses: 30 meses
6. Subsidio para emigrantes retornados
Los emigrantes retornados pueden solicitar un subsidio si han trabajado fuera y al volver no tienen derecho a una prestación contributiva (habiendo trabajado mínimo 12 meses en los últimos seis años desde su última salida de España). Además, el SEPE ofrece una ayuda a las personas que ya no cumplen los requisitos para cobrar la pensión por incapacidad de la Seguridad Social, y a las personas liberadas de prisión con condenas superiores a 6 meses.
7. Personas con pensión de incapacidad
Las ayudas por desempleo con cargas familiares varía según la edad y el tiempo que recibieron la prestación contributiva, y puede durar hasta 30 meses. La ayuda para personas con pensión de incapacidad dura seis meses, prorrogable hasta 18, y se requiere haber sido declarado capaz para trabajar.
8. Subsidios para liberados de prisión
Subsidio para liberados de prisión con condenas superiores a seis meses, que pueden durar hasta 18 meses y requieren estar inscritos como demandantes de empleo y no haber rechazado ofertas de trabajo. La cuantía de estas ayudas es de 480 euros al mes.
En resumen, estas ayudas del SEPE son una importante herramienta para aquellos que han agotado su prestación por desempleo y necesitan un apoyo económico para afrontar la difícil situación de encontrar un nuevo trabajo.