El Cheque Familiar para familias numerosas o con dependientes discapacitados

El Cheque Familiar es una deducción del impuesto sobre la renta para familias numerosas o con ascedientes o hijos discapacitados. Se trata de una ayuda de 1200 € anuales para las familias de categoría General y de 2400 € si es de categoría Especial. Para poder solicitarla es necesario cumplir todos los requisitos y presentar la documentación requerida.

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Quien puede solicitarlo?

Pueden solicitar esta ayuda:

  • Trabajadores con familia numerosa (de categoria general o especial)
  • Familias monoparentales con al menos dos hijos
  • Trabajadores con ascendientes o descendientes discapacitados bajo su tutela
  • Desempleados o pensionistas responsables de familia numerosa o ascendiente o descendiente discapacitado a su cuidado.

Se puede solicitar en la declaración de irpf anual o el abono anticipado de 100 euros al mes (o 200 euros en caso de categoria especial).

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Requisitos para el abono anticipado :

Es necesario presentar la siguiente documentación a la hora de tramitar este cheque familiar:

  • Modelo 143 debidamente rellenado
  • Certificado de familia numerosa de su comunidad autónoma o Certificado de discapacidad según sea su caso
  • NIF
  • DNI electrónico, certificado digital, Pin24h o cl@ve (si desea presentarlo via internet)
  • IBAN de la cuenta bancaria donde quiera recibir el cobro
  • Estar cotizando al menos 15 días si trabaja a jornada completa o el 50 por ciento de la jornada ordinaria se trabaja a tiempo parcial

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Como puedo solicitar el Cheque Familiar?

  • Por internet: Por medio del DNI electronico o el Pin24h
  • Por teléfono: Llamando al Centro de Atención Telefónica de la Agencia Estatal de Administración Tributaria en el 901 200 345 y aportando el  importe de la casilla 415 de la declaración del IRPF del año anterior
  • Presencial: en cualquier oficina de la Agencia Tributaria (a partir del 3 de febrero) presentando el modelo 143 correctamente rellenado. Una vez impreso lo deben firmar todos los solicitantes.

Que tipos de solicitud existen?

En los casos en que varias personas tienen derecho a esta desgravación, la solicitud se puede tramitar de dos maneras.

  • individual: Se presentará una solicitud para cada contribuyente con derecho al cobro y se divide el importe de la ayuda entre el numero de personas que tienen derecho a ella
  • colectiva: Se presenta de forma conjunta de todos los beneficiarios con derecho al cheque familiar. La transferencia mensual se abonará al que figure como primer solicitante.

Se podrá cambiar de un tipo de solicitud a otro cada mes de enero de cada año.  

Cual es el plazo para solicitarlo?

El límite es el 31 de marzo para solicitar los adelantos desde enero de este año. Si ha habido alguna variación en sus datos que afecten al cobro por adelantado de la deducción por familia numerosa o con personas a su cargo, debe comunicarlo en un plazo máximo de 15 dias desde que tenga conocimiento del hecho. En caso contrario puede derivarse en la retirada de la ayuda. Cuando se cobra el cheque familiar? La Agencia Tributaria hará un ingreso en la cuenta que se haya designado en la solicitud todos los meses en la cantidad que resulte en cada caso. En caso en que se denegara esta ayuda, se le notificará al interesado en la forma en que haya comunicado en dicha solicitud.

¿Que significa cuando consulto consulto el estado y pone:

Su solicitud se encuentra pendiente de la adhesión de alguno / todos los demás solicitantes que figuran en la solicitud colectiva . Hasta que no se realice la adhesión por parte de todos los solicitantes no se podrá iniciar la tramitación de su solicitud?

Esto es cuando se ha pedido la ayuda de manera colectiva. Para adherirse, tienes que entrar con el certificado del otro cónyuge, no con el del primer firmante. Saldrá la lista de expedientes y tras pulsar en el que quieras, a la derecha sale la opcion para adherirse. Tras seleccionarla, tendrá que marcar la casilla que esta de acuerdo y pulsar el boton de firmar y enviar.

Puedo cobrar esta ayuda estando en el paro?

No es una ayuda, es una deducción de las cuotas pagadas a la Seguridad Social o mutua, por lo que lógicamente hay que estar trabajando en activo.

Comentarios destacados

María (04/11/2021): Los puntos se cobran del 16 de enero al 16 de julio, los 100€ por hijo son solo para el salario mínimo vital y si alguien no ha cobrado que mire si está caducado el carnet de familia numerosa, tenga que pasar la revisión por discapacidad o tenga retenido el dinero por alguna multa, esto último se puede mirar en la pág. de Hacienda.

Inés (17/04/2021): Los que preguntan cómo mirar la orden de pago: entráis en la web de Hacienda, sede electrónica, a la derecha sale en azul MIS EXPEDIENTES, y ahí os pedirá que os identifiquéis con @clave o DNI electrónico. Una vez identificados salen los expedientes que tenéis en trámite. En mi caso de familia número e hijo discapacitado. Abrís el que queráis ver y abajo esta la opción de consulta de pagos.

Virginia (10/04/2021): Los que tenéis orden y no habéis cobrado casi seguro es por algún embargo y los que no tenéis orden de pago debe ser un error de hacienda, tanto a unos como a otros os lo tienen que aclarar por telf. por descontado. A mi me dijeron que al revisar a primeros de año los expedientes hubo un problema con los que cobramos pensiones, en mi caso de viudedad. Fue un error del programa que decía que al tener ese ingreso no teníamos derecho al cheque, me dijeron que tuvieron que hacer el proceso de nuevo y dieron orden de pago a los que nos quedamos sin ella, fue con retraso con respecto a los demás pero la dieron.

Agradecimiento especial a los usuarios María, Inés y Virginia que han ofrecido su tiempo y dedicación compartiendo su información en este foro.

5.823 comentarios sobre «El Cheque Familiar para familias numerosas o con dependientes discapacitados»

  1. Buenos días,

    No he cobrado en este 2021 la ayuda que tenia asignada durante estos años atrás, algún problema?? Hay que solicitarla de nuevo??

    Muchas gracias

  2. Me llegó resolución de becac MEC a alguien más???
    Cuánto tardan????

    1. Hola a nosotros nos llego la resolución el 19 de Diciembre y a día de hoy aún no hay el ingreso de la beca

  3. Yo llamo a haciend y no lo cogen ya estoy cansada…xk menudo facturo me va a venir

  4. Hola este mes pagaran mas pronto porque tiene 28 dias y el 22 en adelante es fiesta tambien si no me equiboco ya avisare saludos

    1. Más bien al contrario, los últimos años han dado la orden muy a finales de mes y se ha cobrado ya a primeros de marzo, por lo menos en sevilla el año pasado la orden la dieron el 27, el anterior el 25, el otro el 26…, así que yo no me hago ilusiones de cobrar en febrero. Ojalá este año sea distinto, pero febrero parece que lo apuran siempre al máximo…

    1. Que raro a mi si me la dieron en enero . Siempre sobre los días 26 asin

  5. Hola solicite el 27/12 lo d familia numerosa cuánto están tardando en concederla y pagar???

    1. Ami otras veces me ha tardado dos o tres meses pero esta última renovación no tardó nada ni un mes .

    2. Hola alguien sabe cómo se cambia el número de cuenta para que me ingresen el dinero en una cuenta nueva?

      1. Te tienes que meter en la opciones del expediente y pinchar donde pone modificar IBAN, tienes que entrar con el certificado de la persona que lo solicitó.

        1. Marta pero donde sale eso ? yo esque nunca he mirado nada de eso x internet .gracias

          1. En la Secretaría virtual de la AEAT. Te identificas con el certificado digital del solicitante. Dentro del expediente te salen una serie de opciones y una de ellas es modificar IBAN.

  6. Una pregunta alguien a cobrado del sepe el anticipo de la prestación por desempleo?

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