Las ayudas establecidas en 2020 para paliar los efectos de la covid-19 en autónomos se posponen hasta el 30 de septiembre de 2021.
La principal novedad es que las cuotas de la Seguridad Social para autónomos durante los meses de junio, julio, agosto y septiembre se eliminan para los que en los meses de febrero a mayo (inclusive) ya hayan estado exentos de estas cuotas a la SS.
Las exoneraciones de las cuotas de la Seguridad Social son parciales:
- 90% en junio.
- 75% en julio.
- 50% en agosto.
- 25% en septiembre.
Clasificaremos las prestaciones para autónomos en 5 grupos:
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Prestación extraordinaria por suspensión de actividad
Destinada a los trabajadores por cuenta propia que han sido suspendidos de su actividad habitual por orden de las autoridades administrativas. La ayuda supone el 70% de la base mínima de cotización y estará exento de las cuotas a la Seguridad Social.
Prestación compatible con la actividad
Se deben cumplir dos requisitos para poder recibirla. La facturación en el 2º y 3º trimestre de 2021 debe caer el 50% respecto al 2º y 3º trimestre de 2019. Asimismo, durante el segundo y tercer trimestre de 2021 no se deben superar unos rendimientos netos computables fiscalmente superiores a 7.980 euros.
Prestación extraordinaria
Para quienes no cumplan los requisitos mencionados previamente. La ayuda es del 50% de la base mínima de cotización y estará exento de las cuotas a la Seguridad Social. Para recibir esta ayuda, se debe justificar una caída del 50% en los ingresos (los ingresos en el primer trimestre de 2021 deben ser superiores al segundo y tercer trimestre de este mismo año). Y, que los rendimientos netos en el segundo y tercer trimestre de 2021 no deben superar los 6.650 euros.
Prestación para autónomos de temporada
Ayuda del 70% de la base mínima de cotización. Ingresos inferiores a 6.650 euros en el segundo y tercer trimestre de 2021.
Ayudas directas
El Gobierno de España se ha comprometido en la ayuda a las empresas y autónomos afectados por la covid-19. Las ayudas son gestionadas por cada comunidad autónoma. La convocatoria para solicitar estas ayudas directas estará disponible desde el 5 de julio de 2021 hasta el 30 de ese mismo mes.
Requisitos para recibir estas ayudas directas:
- Mantener la actividad hasta, al menos, el 30 de julio de 2022.
- No repartir dividendos este año ni el próximo.
- No aumentar los salarios en los puestos directivos o de mayor relevancia durante los dos próximos años.