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Renta Activa de Inserción RAI es una ayuda para los desempleados con especiales dificultades para incorporarse al mercado de trabajo y en situación de necesidad económica, que se comprometan a la búsqueda activa de trabajo.
Podrán participar en este programa de renta activa de inserción los desempleados que cumplan los requisitos y se incluyen en uno de los siguientes grupos:
• Desempleados de larga duración.
• Personas con discapacidad.
• Emigrantes retornados.
• Víctimas de violencia de género o víctimas de violencia doméstica.
* Uno de los recortes del decreto del 11 de Julio es que se exigirá haber trabajado previamente para acceder a la Renta Activa de Inserción, con lo que la mayoría de desempleados que no han conseguido su primer empleo se quedarán sin poder cobrar esta ayuda (a las víctimas de violencia o emigrantes retornados, no les afecta esta modificación). Esto no significa que cada vez que tengamos que renovar, tenemos que volver a trabajar y cobrar un subsidio, sino que solamente con que alguna vez en nuestra vida laboral hayamos cobrado el paro o un subsidio, es suficiente para tener derecho a solicitar el RAI por primera vez o para renovarlo.
Si en su oficina de empleo le han explicado otra cosa, insístales en que usted tiene derecho a la renovación.
Espero le haya aclarado su duda.
Requisitos necesarios:
- Menor de 65 años
- Ingresos menores que el 75% del Salario Mínimo SMI (menos de 712,5€ en 2021)
- Estar inscrito como demandante de empleo y suscribir el compromiso de actividad
- No tener derecho a la prestación o subsidio de desempleo
- No haber recibido la Renta Activa de Inserción RAI en el último año, salvo las victimas de violencia de género, doméstica y discapacitados
- No haber recibido tres RAI anteriormente
Además de cumplir todos los requisitos anteriores, para cada grupo de desempleados, deberá cumplir:
Desempleados de larga duración:
- Tener más de 45 años de edad.
- Estar como demandantes de empleo inscritos durante doce meses o más. La inscripción no se interrumpe si se ha trabajado menos de 90 días en el último año.
Desempleados con discapacidad:
- Tener reconocido un 33% de discapacidad o más.
- Estar como demandantes de empleo inscritos durante doce meses o más. La inscripción no se interrumpe si se ha trabajado menos de 90 días en el último año.
Desempleados emigrantes retornados:
- Tener más de 45 años de edad.
- Haber trabajado por lo menos 6 meses en el extranjero y haber retornado hace menos de 1 año.
Desempleados víctimas de violencia de género:
- Acreditar con un certificado oficial la condición de victima de violencia de género.
Los trabajadores deben cumplir los requisitos anteriores y además firmar un Compromiso de actividad, por el cual deberá realizar las tareas que se designen desde su centro de empleo para su Plan de Inserción.
Todos los desempleados de larga duración deben esperar 12 meses para volver a solicitarla, salvo victimas de violencia de genero o con minusvalía mayor del 33%
Cuantía de la Renta Activa de Inserción RAI:
Debe ser de 80% del IPREM mensual, que en el 2022 es de: 463,21 euros mensuales, un 2,5% mayor que en el 2021 (451,92 euros) debido a la subida del IPREM establecida en los Presupuestos Generales del Estado.
Determinar la cantidad de renta activa de inserción y las contribuciones de seguridad social para su percepción se inicia desde el día siguiente a la fecha de solicitud de admisión para el programa.
El derecho de admisión en el programa y el mantenimiento de la percepción de la renta activa de inserción conlleva la participación de determinadas actividades para desempleados obligatorias que son ofrecidos por los Servicios de Empleo de cada comunidad.
El pago de la renta se hará en cuotas mensuales, dentro de los 30 días del mes siguiente.
Duración:
El máximo es de once meses de renta.
Las víctimas de violencia doméstica que se han visto obligados a cambiar su residencia dentro de los 12 meses anteriores a la solicitud de admisión a la renta activa de inserción, o durante su estancia en ella, tendrán derecho a tanto alzado adicional.
Documentación para la presentación de la RAI:
- Solicitud cumplimentada
- Certificado de Periodo ininterrumpido como desempleado.
- Certificado Seguridad Social de no percibir pensión alguna.
- Documento de Asuntos Sociales de no percibir ayuda alguna, si la hubiera, cuantía.
- Declaración de Renta año anterior.
Donde presentar la solicitud:
Se puede presentar:
- Por internet: en la página https://sede.sepe.gob.es
- En la oficina de Empleo que le corresponda
Compromiso de actividad:
Los empleados deben firmar un Acuerdo de Actividades, en virtud del cual las diversas acciones llevadas a cabo la colocación de que se determine en materia de personal y la integración se desarrollará para complementarse entre sí, mientras que el trabajador incorporado permanece en el programa.
El programa incluye:
- Asesoramiento individual, el trabajador dará lugar a la asignación de asesor de empleo en todo el desarrollo del programa, ofrecerá una atención personalizada, seguimiento y actualización de su itinerario de inserción laboral, proponer y evaluar las acciones para mejorar su empleabilidad y que le informe, en su caso, del incumplimiento de las obligaciones que puedan surgir.
- Ruta de empleabilidad: desde la admisión al programa, y dentro de 15 días en septiembre será el desarrollo del curso de empleo de los que buscan empleo a través de:
- La entrevista de trabajo: a través de él, el consejero de trabajo o el consejero de completar y actualizar la información empresarial sobre el trabajador que ya está en los servicios públicos de empleo, lo cual es necesario definir su perfil profesional.
- Elaboración o actualización de un plan de inversión personal. Por características personales, y la formación profesional en la entrevista identificado, el consejero de trabajo o asesor establecerá el diagnóstico de la situación de los trabajadores y la vía de inserción de trabajo individual con las actividades de tiempo y el desarrollo. Este calendario se actualiza periódicamente.
- Ofertas de gestión de inversiones: El consejero de empleo promoverá la participación de los empleados en el proceso de selección para cubrir las ofertas de empleo
- Programas de empleo y / o formación: los trabajadores que desarrollan un itinerario personalizado de inserción laboral pueden ser considerados para la participación en planes o programas:
- La orientación profesional
- Nacional de formación e integración: los trabajadores para proporcionar las habilidades requeridas por el sistema de producción y lograr su empleo o que la falta de formación específica o la calificación es insuficiente o inadecuada
- Programas de Talleres de Empleo, los talleres de la escuela y el comercio: la adquisición de la formación profesional y experiencia laboral necesaria para facilitar la reinserción en el mercado laboral
- Planes de empleo para la contratación de desempleados en la realización de obras y servicios de interés general y social, para proporcionar la adquisición de práctica profesional adecuada
- O programas experimentales de empleo integrado, que combina acciones de diferente naturaleza s, tales como, información y consejos de entrenamiento, experiencia y movilidad geográfica
- Consejos para el autoempleo y otros programas para la empleabilidad de los desempleados
Se pierde la antigüedad como demandante si trabajo unos días y luego vuelvo a estar en el paro?
No, solamente tendría que volver a contar los doce meses como demandante en el caso de haber trabajado 90 días o más en el último año.
Puedo solicitar la nueva ayuda a parados de larga duración durante el año de espera de la RAI?
El incumplimiento de las obligaciones del beneficiario, en el caso de la RAI, tiene la máxima sanción : baja total en el programa. Además, se causará baja entre otras razones por trabajar por cuenta propia o ajena a tiempo completo por un período igual o superior a seis meses, acceder a una prestación por desempleo, a un subsidio por desempleo o a la renta agraria, obtener pensiones o prestaciones de carácter económico de la Seguridad Social que sean incompatibles con el trabajo o que, sin serlo, excedan en su cuantía de los límites que se fijan para poder percibir la renta activa de inserción. También se pierde la RAI por salir del país, ya que el SEPE no concede autorizaciones para viajar al extranjero mientras se cobra la RAI, salvo si se traslada al extranjero para la búsqueda o realización de trabajo o perfeccionamiento profesional o cooperación internacional, por un período inferior a seis meses. En estos casos y siempre que se haya solicitado la autorización, el pago de la ayuda se interrumpe y al regreso se puede solicitar su reanudación. (FLOR)
Puedo solicitar la RAI estando de autónomo?
La RAI es incompatible con el trabajo, antes de solicitar este. Si tú estás trabajando como autónoma, asalariada, en contrato mercantil, etc., sea cual sea tu jornada no se puede cobrar la RAI. Por lo tanto, si quieres cobrar no puedes estar de alta como autónomo, de todas maneras eso te lo van a decir en el SEPE, porque lo primero que van a ver si solicitas es que tienes trabajo y por lo tanto te dirán que no puedes solicitar.
Tengo mas del 33% de discapacidad, he solicitado la RAI y me la han concedido. Quería saber si cuando llega el 11º mes se renueva automáticamente o hay que renovarlo antes?
No se renueva automáticamente, es más tienes que volver a entregar la misma documentación y una solicitud nueva a partir del día siguiente, nunca antes del agotamiento de la rai.
Ahora también tienes que hacer la búsqueda activa de empleo.
Que documentación necesito para el caso de violencia de género?
Para la RAI, si la solicitas, necesitarás sentencia o medidas cautelares, o en su defecto un certificado del Instituto de la Mujer acreditando que eres victima de violencia de género, si te es más fácil llevar la sentencia o medidas cautelares pues con eso te basta. Libro de familia original y certificado de convivencia para que comprueben que el padre de tu niño no vive contigo.
De que formas puedo justificar la Búsqueda Activa de Empleo?
Efectivamente 3 currículum es una acción, 2 portales de empleo, una entrevista, un día de trabajo. etc.
Lo que hace mucha gente es entregar un currículum y en otro le van poniendo un sello, y ese mismo currículum le van poniendo los sellos de las distintas empresas, por lo que al final en el currículum que te sellan te figurarán los 9 sellos en un sólo currículum. (Jose María)
El teléfono de información del SEPE para el RAI es 901 119999
Comentarios destacados:
ayudasparados: Vamos a aclarar este punto sobre las renovaciones del RAI.
Con las modificaciones del último decreto de recortes de los subsidios, se exige que para poder cobrar el RAI se debe haber cobrado anteriormente o la prestación por desempleo (paro) o algún subsidio distinto al RAI.
Esto no significa que cada vez que tengamos que renovar, tenemos que volver a trabajar y cobrar un subsidio, sino que solamente con que alguna vez en nuestra vida laboral hayamos cobrado el paro o un subsidio, es suficiente para tener derecho a solicitar el RAI por primera vez o para renovarlo.
Si en su oficina de empleo le han explicado otra cosa, insístales en que usted tiene derecho a la renovación.
Espero le haya aclarado su duda.
Alber_48Mad: Hola. En este comentario voy a intentar transmitirle una información de un caso real, es decir, el mío. Así todas aquellas personas que como yo han llegado hasta esta Web buscando información, les quede bien claro en que situación se puede acceder a cobrar la RAI.
El único requisito que cambio el gobierno, es que para poder acceder a cobrar la RAI (Por primera, segunda o tercera vez) Es haber cobrado el paro o subsidio en algún momento de la vida.
Mi caso en particular. En los 80 empecé a trabajar y cotizar, en el 92/93 más o menos, cobre el paro, después he estado trabajando como empleado, autónomo, empleado y como último, de autónomo. Y me han dicho que tengo el derecho a cobrarla. Por lo tanto: Si en tu último trabajo has sido empleado o autónomo y luego te has apuntado al paro sin derecho a ninguna prestación, mientras que en algún momento de tu vida laboral hayas cobrado el paro, tienes derecho a la RAI. (A mi no me han informado que existiera algún limite sobre en que años se ha cobrado el paro)
ADVERTENCIA: Curiosamente, no se si mi caso es uno que se dio entre miles o se ha dado en más casos, por ejemplo: por cambios que hayan realizado a la hora de informatizar los datos en el SEPE, pero no figura en mi registro, el que yo haya cobrado el paro sobre esos años, así que en estos momentos, estoy intentando averiguar como puedo hacer para demostrar que cobre el paro, ya que han pasado muchos años y no guardo ningún comprobante y en aquellos años el paro no se domiciliaba por cuenta bancaria. Si alguien me puede orientar a mi y a otras personas que quizá les suceda lo mismo, lo agradecería.
NOTA: Si tramitan la RAI por Internet y cumplen con todos los requisitos y les sale el cartelito de AVISO (Como ya comente en el anterior comentario) diciendo que no les corresponde, pidan cita personal y averigüen que no sea porque no aparece en su registro que alguna vez no han cobrado el paro, quizá pueda ser por eso y a ver luego como se puede demostrar. Espero que la información esta les sirva de ayuda y les deje las cosas más claras, reconociendo que en esta Web ya las aclaraban bien, pero por si les quedaba alguna duda y necesitaban de un caso real.
Marina: Este comentario es para las mujeres que hayan sido víctimas de violencia de género o doméstica, y que hayan ido a solicitar el Rai, y que le hayan dicho que no, porque su orden de protección haya ya finalizado. Es mi caso, he cobrado el primer rai, y ahora para el segundo, me quieren poner pegas, pues dicen que como se me ha caducado la orden de protección, que ya no soy víctima. He contactado con el departamento de la mujer del gobierno valenciano, y me han dicho que eso no tiene nada que ver. Una vez te han declarado víctima, lo eres. Es como si te declaran víctima del terrorismo, eso es para toda tu vida, y no tiene nada que ver con la orden de protección. En fin, que tenéis que ir a algún departamento de la Mujer, donde hay asistencia jurídica y psicológica gratuita y donde te emiten un certificado de víctima de violencia. Con ese certificado no pueden negarte el Rai. Me dieron el número 900 580 888, gratuito, pero no sé si sólo es para Valencia. Un abrazo a tod@s y mucha suerte.
Flor: En efecto, para cobrar la RAI es necesario haber cobrado antes el paro o subsidio (cosas que ha puesto este gobierno…). Si llevas 12 meses apuntado al paro puedes solicitar la ayuda de 6 meses que han firmado ayer (son 426€) pero aún no ha salido publicada.
Y lo otro que queda es ir a tu Ayuntamiento y hablar con los Servicios sociales.
Jose María: Para cobrar el subsidio con 3 meses te basta para cobrar 3 meses y la cantidad a cobrar será proporcional a la parcialidad de tu trabajo, si trabajas a media jornada cobrarás la mitad, 213 euros.
Las ayudas adicionales sí que se cobran enteras, pero….. después de cobrar 3 meses de subsidio no puedes cobrar la rai, porque un requisito es que en el año inmediatamente anterior a la solicitud de la rai, no se pueden trabajar 3 meses o más y por lo tanto tendrías que esperar un año desde la finalización del contrato.
Como todo no son malas noticias, decirte que después del subsidio podías solicitar el prepara con 2 niño y esposa 450 euros a 6 meses y cuando termines el prepara ya te faltará poco para llevar el año y poder acceder a la rai.
Gracias pero internet no me admite esa direccion Saludos
Pincha aquí
https://sede.sepe.gob.es/ConsultaPrestacionesAAWWeb/DCAction.do
Hola buenas:El dia 13 de Enero solicite una rai y me la denegaron por falta de documentacion,la carta de denegacion no me llego a casa,pedi nueva cita y me la dieron para el 22 de Febrero,volvi aentregar toda la documentacion de BAE y me pidieron el libro de familia y el padron dandome 15 dias para entregarlo,el dia 4 de Marzo entregue el libro de familia y el padron me sellaron la solicitud en el apartado que dice que no tengo ningun tipo de ingresos,y me dijeron que en 8o 10 dias recibiria una carta con la resolucion,estamos a dia 22 de Marzo y todavia no e recibido ninguna carta ¿Que se puede hacer en un caso de este tipo?Gracias y un cordial saludo.
Puedes comprobar si tu solicitud a sido aprobada desde aquí
https://sede.sepe.gob.es/ConsultaPrestacionesAAWWeb/DCAction.do
Hola, estoy cobrando la r.a.i. y me han llamado para trabajar en el campo, 1 mes.
He recibido una carta donde me dicen: Que cobrare el 25%de la prestación, por trabajar…me pone, a jornada completa,y que una vez finalice, el trabajo…seguiré cobrando.
Lo que me están pagando de menos, lo cobro al final?
Debo hacer algo mas? Empecé el día 3 de marzo.
Gracias
E
Hola, estoy actualmente trabajando periodo de prueba de 2 meses en una empresa,en junio del año 2015 terminé de cobrar el primer tramo de la RAI, mi pregunta es:, 1 tengo que avisar que estoy empleado y trabajando aunque sea de prueba?.
2 si no supero la prueba, tengo volver a inscribirme como demandante de empleo en el INEM?, o puedo seguir sellando normalmente?.
Gracias.
tengo una pregunta un tanto extraña. Lo que quiero saber es hasta que año está previsto que se pueda cobrar la RAI. Es decir, si dentro de dos años aún se podrá solicitar, la habrán retirado o no se sabe nada.
Gracias.
SI en el piso donde vivo hay otra persona empadronada,que no es familia mía y está cobrando RAI,puedo tener problemas al solicitar el RAI,al cual tengo derecho?…gracias.
Buenas.Estoy cobrando la RAI desde hace dos meses.En abril me van a hacer un contrato de tres meses a tiempo parcial y el salario superará los 500 euros. Al superar los 491 creo que no lo puedes compatibilizar con la RAI y esta queda suspendida temporalmente y al acabar vuelves al programa de ayuda .Es así ?.Otra duda. Tendría acumulados 3 meses trabajados el año pasado más otros tres de este trabajo.Volverían a darme de alta en la RAI al finalizar el contrato(solo habría consumido 2 meses de RAI) o tendría que pedir el subsidio de desempleo al tener seis meses cotizados.Muchas gracias.
cobrar la RAI es compatible con trabajar, siempre que el trabajo dure menos de 6 meses. Deberá informar eso sí a su oficina de empleo antes de empezar a trabajar, y al ser un trabajo a tiempo parcial, podrá compatibilizar o suspender la ayuda y luego reanudarla.
Podrá compatibilizar siempre que con el salario que vaya a recibir no supere el límite de rentas de 491.40 euros al mes.
Mientras se está trabajando a tiempo parcial hay que seguir sellando la demanda de empleo (muy importante). Lo que si desaparece es la obligación de asistir a cursos de formación.
A ver si alguien me aclara mi duda. El 28 de marzo 2015 ha sido la fecha de mi ultima prestacion de la RAI primer ciclo. Mi pregunta es: el día 28 de marzo de 2016 es decir en pocas semanas, podré solicitar la segunda de la RAI?
Sí, es correcto
Gracias Flor.
Hola, he solicitado mi segunda RAI el día 30de marzo 2016, gracias al enlace q he visto por aqui, he podido entrar y ver el estado. Dice solicutud aprobada, la prestacion sera a partir del 1 de abril para 11 meses, y mi recibo a banco entre el 10 y 15 de abril…mi pregunta es q fecha exactamente, si alguien lo sabe se lo agradezco ? Gracias y gracias porque sois de mucha ayuda.
Sirven perfectamente las del último año (los 12 meses que mencionas)
Buenos días.
Ya he cobrado la RAI dos veces y ya casi va a cumplir el año para poder solicitar la tercera y última.
A la hora de entragar la solicitud y el documento BAE (Búsqueda Activa de Empleo), ¿sirven las acciones que he realizado durante los últimos doce meses o está limitado a los sies o tres últimos meses, último mes…?
Gracias.
Sirven las ultimas, en un total de 9 q tendrás q entregar y despues rellenar el documento.