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Renta Activa de Inserción RAI es una ayuda para los desempleados con especiales dificultades para incorporarse al mercado de trabajo y en situación de necesidad económica, que se comprometan a la búsqueda activa de trabajo.
Podrán participar en este programa de renta activa de inserción los desempleados que cumplan los requisitos y se incluyen en uno de los siguientes grupos:
• Desempleados de larga duración.
• Personas con discapacidad.
• Emigrantes retornados.
• Víctimas de violencia de género o víctimas de violencia doméstica.
* Uno de los recortes del decreto del 11 de Julio es que se exigirá haber trabajado previamente para acceder a la Renta Activa de Inserción, con lo que la mayoría de desempleados que no han conseguido su primer empleo se quedarán sin poder cobrar esta ayuda (a las víctimas de violencia o emigrantes retornados, no les afecta esta modificación). Esto no significa que cada vez que tengamos que renovar, tenemos que volver a trabajar y cobrar un subsidio, sino que solamente con que alguna vez en nuestra vida laboral hayamos cobrado el paro o un subsidio, es suficiente para tener derecho a solicitar el RAI por primera vez o para renovarlo.
Si en su oficina de empleo le han explicado otra cosa, insístales en que usted tiene derecho a la renovación.
Espero le haya aclarado su duda.
Requisitos necesarios:
- Menor de 65 años
- Ingresos menores que el 75% del Salario Mínimo SMI (menos de 712,5€ en 2021)
- Estar inscrito como demandante de empleo y suscribir el compromiso de actividad
- No tener derecho a la prestación o subsidio de desempleo
- No haber recibido la Renta Activa de Inserción RAI en el último año, salvo las victimas de violencia de género, doméstica y discapacitados
- No haber recibido tres RAI anteriormente
Además de cumplir todos los requisitos anteriores, para cada grupo de desempleados, deberá cumplir:
Desempleados de larga duración:
- Tener más de 45 años de edad.
- Estar como demandantes de empleo inscritos durante doce meses o más. La inscripción no se interrumpe si se ha trabajado menos de 90 días en el último año.
Desempleados con discapacidad:
- Tener reconocido un 33% de discapacidad o más.
- Estar como demandantes de empleo inscritos durante doce meses o más. La inscripción no se interrumpe si se ha trabajado menos de 90 días en el último año.
Desempleados emigrantes retornados:
- Tener más de 45 años de edad.
- Haber trabajado por lo menos 6 meses en el extranjero y haber retornado hace menos de 1 año.
Desempleados víctimas de violencia de género:
- Acreditar con un certificado oficial la condición de victima de violencia de género.
Los trabajadores deben cumplir los requisitos anteriores y además firmar un Compromiso de actividad, por el cual deberá realizar las tareas que se designen desde su centro de empleo para su Plan de Inserción.
Todos los desempleados de larga duración deben esperar 12 meses para volver a solicitarla, salvo victimas de violencia de genero o con minusvalía mayor del 33%
Cuantía de la Renta Activa de Inserción RAI:
Debe ser de 80% del IPREM mensual, que en el 2022 es de: 463,21 euros mensuales, un 2,5% mayor que en el 2021 (451,92 euros) debido a la subida del IPREM establecida en los Presupuestos Generales del Estado.
Determinar la cantidad de renta activa de inserción y las contribuciones de seguridad social para su percepción se inicia desde el día siguiente a la fecha de solicitud de admisión para el programa.
El derecho de admisión en el programa y el mantenimiento de la percepción de la renta activa de inserción conlleva la participación de determinadas actividades para desempleados obligatorias que son ofrecidos por los Servicios de Empleo de cada comunidad.
El pago de la renta se hará en cuotas mensuales, dentro de los 30 días del mes siguiente.
Duración:
El máximo es de once meses de renta.
Las víctimas de violencia doméstica que se han visto obligados a cambiar su residencia dentro de los 12 meses anteriores a la solicitud de admisión a la renta activa de inserción, o durante su estancia en ella, tendrán derecho a tanto alzado adicional.
Documentación para la presentación de la RAI:
- Solicitud cumplimentada
- Certificado de Periodo ininterrumpido como desempleado.
- Certificado Seguridad Social de no percibir pensión alguna.
- Documento de Asuntos Sociales de no percibir ayuda alguna, si la hubiera, cuantía.
- Declaración de Renta año anterior.
Donde presentar la solicitud:
Se puede presentar:
- Por internet: en la página https://sede.sepe.gob.es
- En la oficina de Empleo que le corresponda
Compromiso de actividad:
Los empleados deben firmar un Acuerdo de Actividades, en virtud del cual las diversas acciones llevadas a cabo la colocación de que se determine en materia de personal y la integración se desarrollará para complementarse entre sí, mientras que el trabajador incorporado permanece en el programa.
El programa incluye:
- Asesoramiento individual, el trabajador dará lugar a la asignación de asesor de empleo en todo el desarrollo del programa, ofrecerá una atención personalizada, seguimiento y actualización de su itinerario de inserción laboral, proponer y evaluar las acciones para mejorar su empleabilidad y que le informe, en su caso, del incumplimiento de las obligaciones que puedan surgir.
- Ruta de empleabilidad: desde la admisión al programa, y dentro de 15 días en septiembre será el desarrollo del curso de empleo de los que buscan empleo a través de:
- La entrevista de trabajo: a través de él, el consejero de trabajo o el consejero de completar y actualizar la información empresarial sobre el trabajador que ya está en los servicios públicos de empleo, lo cual es necesario definir su perfil profesional.
- Elaboración o actualización de un plan de inversión personal. Por características personales, y la formación profesional en la entrevista identificado, el consejero de trabajo o asesor establecerá el diagnóstico de la situación de los trabajadores y la vía de inserción de trabajo individual con las actividades de tiempo y el desarrollo. Este calendario se actualiza periódicamente.
- Ofertas de gestión de inversiones: El consejero de empleo promoverá la participación de los empleados en el proceso de selección para cubrir las ofertas de empleo
- Programas de empleo y / o formación: los trabajadores que desarrollan un itinerario personalizado de inserción laboral pueden ser considerados para la participación en planes o programas:
- La orientación profesional
- Nacional de formación e integración: los trabajadores para proporcionar las habilidades requeridas por el sistema de producción y lograr su empleo o que la falta de formación específica o la calificación es insuficiente o inadecuada
- Programas de Talleres de Empleo, los talleres de la escuela y el comercio: la adquisición de la formación profesional y experiencia laboral necesaria para facilitar la reinserción en el mercado laboral
- Planes de empleo para la contratación de desempleados en la realización de obras y servicios de interés general y social, para proporcionar la adquisición de práctica profesional adecuada
- O programas experimentales de empleo integrado, que combina acciones de diferente naturaleza s, tales como, información y consejos de entrenamiento, experiencia y movilidad geográfica
- Consejos para el autoempleo y otros programas para la empleabilidad de los desempleados
Se pierde la antigüedad como demandante si trabajo unos días y luego vuelvo a estar en el paro?
No, solamente tendría que volver a contar los doce meses como demandante en el caso de haber trabajado 90 días o más en el último año.
Puedo solicitar la nueva ayuda a parados de larga duración durante el año de espera de la RAI?
El incumplimiento de las obligaciones del beneficiario, en el caso de la RAI, tiene la máxima sanción : baja total en el programa. Además, se causará baja entre otras razones por trabajar por cuenta propia o ajena a tiempo completo por un período igual o superior a seis meses, acceder a una prestación por desempleo, a un subsidio por desempleo o a la renta agraria, obtener pensiones o prestaciones de carácter económico de la Seguridad Social que sean incompatibles con el trabajo o que, sin serlo, excedan en su cuantía de los límites que se fijan para poder percibir la renta activa de inserción. También se pierde la RAI por salir del país, ya que el SEPE no concede autorizaciones para viajar al extranjero mientras se cobra la RAI, salvo si se traslada al extranjero para la búsqueda o realización de trabajo o perfeccionamiento profesional o cooperación internacional, por un período inferior a seis meses. En estos casos y siempre que se haya solicitado la autorización, el pago de la ayuda se interrumpe y al regreso se puede solicitar su reanudación. (FLOR)
Puedo solicitar la RAI estando de autónomo?
La RAI es incompatible con el trabajo, antes de solicitar este. Si tú estás trabajando como autónoma, asalariada, en contrato mercantil, etc., sea cual sea tu jornada no se puede cobrar la RAI. Por lo tanto, si quieres cobrar no puedes estar de alta como autónomo, de todas maneras eso te lo van a decir en el SEPE, porque lo primero que van a ver si solicitas es que tienes trabajo y por lo tanto te dirán que no puedes solicitar.
Tengo mas del 33% de discapacidad, he solicitado la RAI y me la han concedido. Quería saber si cuando llega el 11º mes se renueva automáticamente o hay que renovarlo antes?
No se renueva automáticamente, es más tienes que volver a entregar la misma documentación y una solicitud nueva a partir del día siguiente, nunca antes del agotamiento de la rai.
Ahora también tienes que hacer la búsqueda activa de empleo.
Que documentación necesito para el caso de violencia de género?
Para la RAI, si la solicitas, necesitarás sentencia o medidas cautelares, o en su defecto un certificado del Instituto de la Mujer acreditando que eres victima de violencia de género, si te es más fácil llevar la sentencia o medidas cautelares pues con eso te basta. Libro de familia original y certificado de convivencia para que comprueben que el padre de tu niño no vive contigo.
De que formas puedo justificar la Búsqueda Activa de Empleo?
Efectivamente 3 currículum es una acción, 2 portales de empleo, una entrevista, un día de trabajo. etc.
Lo que hace mucha gente es entregar un currículum y en otro le van poniendo un sello, y ese mismo currículum le van poniendo los sellos de las distintas empresas, por lo que al final en el currículum que te sellan te figurarán los 9 sellos en un sólo currículum. (Jose María)
El teléfono de información del SEPE para el RAI es 901 119999
Comentarios destacados:
ayudasparados: Vamos a aclarar este punto sobre las renovaciones del RAI.
Con las modificaciones del último decreto de recortes de los subsidios, se exige que para poder cobrar el RAI se debe haber cobrado anteriormente o la prestación por desempleo (paro) o algún subsidio distinto al RAI.
Esto no significa que cada vez que tengamos que renovar, tenemos que volver a trabajar y cobrar un subsidio, sino que solamente con que alguna vez en nuestra vida laboral hayamos cobrado el paro o un subsidio, es suficiente para tener derecho a solicitar el RAI por primera vez o para renovarlo.
Si en su oficina de empleo le han explicado otra cosa, insístales en que usted tiene derecho a la renovación.
Espero le haya aclarado su duda.
Alber_48Mad: Hola. En este comentario voy a intentar transmitirle una información de un caso real, es decir, el mío. Así todas aquellas personas que como yo han llegado hasta esta Web buscando información, les quede bien claro en que situación se puede acceder a cobrar la RAI.
El único requisito que cambio el gobierno, es que para poder acceder a cobrar la RAI (Por primera, segunda o tercera vez) Es haber cobrado el paro o subsidio en algún momento de la vida.
Mi caso en particular. En los 80 empecé a trabajar y cotizar, en el 92/93 más o menos, cobre el paro, después he estado trabajando como empleado, autónomo, empleado y como último, de autónomo. Y me han dicho que tengo el derecho a cobrarla. Por lo tanto: Si en tu último trabajo has sido empleado o autónomo y luego te has apuntado al paro sin derecho a ninguna prestación, mientras que en algún momento de tu vida laboral hayas cobrado el paro, tienes derecho a la RAI. (A mi no me han informado que existiera algún limite sobre en que años se ha cobrado el paro)
ADVERTENCIA: Curiosamente, no se si mi caso es uno que se dio entre miles o se ha dado en más casos, por ejemplo: por cambios que hayan realizado a la hora de informatizar los datos en el SEPE, pero no figura en mi registro, el que yo haya cobrado el paro sobre esos años, así que en estos momentos, estoy intentando averiguar como puedo hacer para demostrar que cobre el paro, ya que han pasado muchos años y no guardo ningún comprobante y en aquellos años el paro no se domiciliaba por cuenta bancaria. Si alguien me puede orientar a mi y a otras personas que quizá les suceda lo mismo, lo agradecería.
NOTA: Si tramitan la RAI por Internet y cumplen con todos los requisitos y les sale el cartelito de AVISO (Como ya comente en el anterior comentario) diciendo que no les corresponde, pidan cita personal y averigüen que no sea porque no aparece en su registro que alguna vez no han cobrado el paro, quizá pueda ser por eso y a ver luego como se puede demostrar. Espero que la información esta les sirva de ayuda y les deje las cosas más claras, reconociendo que en esta Web ya las aclaraban bien, pero por si les quedaba alguna duda y necesitaban de un caso real.
Marina: Este comentario es para las mujeres que hayan sido víctimas de violencia de género o doméstica, y que hayan ido a solicitar el Rai, y que le hayan dicho que no, porque su orden de protección haya ya finalizado. Es mi caso, he cobrado el primer rai, y ahora para el segundo, me quieren poner pegas, pues dicen que como se me ha caducado la orden de protección, que ya no soy víctima. He contactado con el departamento de la mujer del gobierno valenciano, y me han dicho que eso no tiene nada que ver. Una vez te han declarado víctima, lo eres. Es como si te declaran víctima del terrorismo, eso es para toda tu vida, y no tiene nada que ver con la orden de protección. En fin, que tenéis que ir a algún departamento de la Mujer, donde hay asistencia jurídica y psicológica gratuita y donde te emiten un certificado de víctima de violencia. Con ese certificado no pueden negarte el Rai. Me dieron el número 900 580 888, gratuito, pero no sé si sólo es para Valencia. Un abrazo a tod@s y mucha suerte.
Flor: En efecto, para cobrar la RAI es necesario haber cobrado antes el paro o subsidio (cosas que ha puesto este gobierno…). Si llevas 12 meses apuntado al paro puedes solicitar la ayuda de 6 meses que han firmado ayer (son 426€) pero aún no ha salido publicada.
Y lo otro que queda es ir a tu Ayuntamiento y hablar con los Servicios sociales.
Jose María: Para cobrar el subsidio con 3 meses te basta para cobrar 3 meses y la cantidad a cobrar será proporcional a la parcialidad de tu trabajo, si trabajas a media jornada cobrarás la mitad, 213 euros.
Las ayudas adicionales sí que se cobran enteras, pero….. después de cobrar 3 meses de subsidio no puedes cobrar la rai, porque un requisito es que en el año inmediatamente anterior a la solicitud de la rai, no se pueden trabajar 3 meses o más y por lo tanto tendrías que esperar un año desde la finalización del contrato.
Como todo no son malas noticias, decirte que después del subsidio podías solicitar el prepara con 2 niño y esposa 450 euros a 6 meses y cuando termines el prepara ya te faltará poco para llevar el año y poder acceder a la rai.
Tengo una duda y quisera saber que hacer.
Estoy cobrando por primera vez el RAI recientemente me han dado un certificado de discapacidad del 36%, el RAI se me termina dentro de un mes, mi pregunta es puedo solicitar la ampliacion por discapacidad antes de que termine o tengo que solicitar un nuevo RAI…GRACIAS
Tienes que volver a solicitarla a partir del dia siguiente que se te cumpla la otra RAI…nunca la podras pedir antes que se te termine la otra.
Hola lo mejor es que vayas antes que se te venza , porque ahora que tienes el certificado de discapacidad ,fijate que fecha te pone en el,porque a mi me tardo dos años en venir ,y me ponia la fecha en que lo solicite .Lo digo porque igual consideran que como te lo han dado ahora y te falta un mes para acabar la rai igual te lo modifican y te ponen que la rai que estas cobrando es por discapacidad .Lo mejor es que vayas y lo consultes llevando toda la documentación actual y el Certificado de discapacidad que el original nunca lo entregues ,saca fotocopia y el original para que compulsen la fotocopia .Cuanto antes vayas mejor tambien puedes llamar al Sepe antes a ver que te dicen ,pero yo todas las dudas prefiero ir porque es mas seguro saludos.
Lo que esta clarisimo es que la segunda rai no la puede empezar a tramitar hasta a partir del dia siguiente que se le termina la primera rai, asique no hay mas que hacer, teniendo su certificado de minusvalia lleva absolutamente los mismos papeles que llevo en la primera rai y punto, no tienes mas que hacer…eso si, siempre a partir del dia siguiente del vencimiento de tu primera rai.
Quiero saber si tienes minusvalia te exsigen tener el convenio regulador para cobrar el rai ? Gracias
Buenas tardes;
Cobre desempleo en las siguientes fechas:7/03/1979 a 6/09/1980 (fecha de extinción según mi vida laboral).Cobre R.A.I. desde 4/11/2010 a 3/10/2010.Presenté solicitud de incorporación al Programa R.A.I.nuevamente el 15/10/2010; me fue denegada en fecha 2/11/2012, motivo: «Vd. no ha extinguido una prestación…». Ese mismo día presenté reclamación previa a la Via Jurisdiccional; que también es denegada con fecha 30/11/2012 «Vd. no ha extinguido…Solicito abogado de oficio y se presenta demanda en Enero de 2013. Se celebra juicio y recibo sentencia de fecha 4 de abril 2014: Hechos probados, todos los anteriores (incluido el reconocimiento de haber extinguido desempleo. Fallo: Desestimar la demanda porque vd. «no acaba de extinguir la prestación por desempleo…». Me propongo recurrir en casación y mi abogado me dice que no encuentra motivos para el recurso, le digo que no es ajustado a derecho tener que cumplir el requisito «acabar de» y me dice que él no discute conmigo de derecho y que hay mucha jurisprudencia al respecto, yo le contesto que no discuto con él de derecho, pero si de mis derechos y acaba de decirme que renunciará y que me nombren otro abogado.
Me pueden sugerir algo de todo lo anterior, ¿cómo puedo localizar la supuesta jurisprudencia?
Gracias
Hola en esta pagina donde pone Recortes de los subsidios y prestaciones por desempleo segun la ley RDL 20/2012 de 13 de Julio .Ahi explica los recortes que nos afectan a todos .En la que dice que solo se puede cobrar la Rai si se acaba de terminar una prestacion por desempleo o tambien un subsidio de desempleo seguido sin haber transcurrido tiempo por medio .Eso ha hecho que muchas personas con discapacidad nos hallamos visto afectadas.No es justo pero es el cambio que se hizo por causa de querer ahorrarse un dinero.Y lo unico que queda son las ayudas que dan las Comunidades Autonomas y que son distintas segun donde se viva saludos .
He pedido la renovación del subsidio por desempleo (iprem) ya que soy parada de larga duración y tengo reconocido un 33% de discapacidad, soy madre soltera ya que nunca estado casada, me piden un convenio regulador como mi ex pareja me pasa la manutención de mi hijo (8 años), ya este me lo da en efectivo ¿puedo presentar solo la documentación del certificado de minusvalía y el libro de familia? o también tengo que presentar el convenio.
Hola yo soy divorciada y me pidieron el convenio ,lo que tu caso es distinto pero piden el convenio para saber lo que se cobra por cada hijo saludos
Tengo una incapacidad del 56% y estoy cobrando la RAI por primera vez. Los 11 meses terminan en septiembre. ¿puedo renovar enseguida?
Puedes renovarla a partir del dia siguiente que te cumpla la primera, al menos en tu caso de minusvalia se pueden cobrar las tres seguidas…
Hola si la puedes renovar puesto que la rai por discapacidad son 33 meses seguidos.te aconsejo que antes que se termine vayas a fines de Agosto a pedir cita ,para que asi no pierdas tiempo yo he renovado la 2 rai por discapacidad fui un dia me dieron cita y luego cuando fui me dieron los impresos para rellenarlos y fui otro dia a llevarlos porque donde vivo no dan cita por telefono ni por internet .lo mas importante es que lleves la declaración de la renta del año 2013 ,lo digo porque es lo primero que miran saludos
ANA:con minusvalía superior al 33% se cobra la RAI 33 meses seguidos,o sea, los períodos de 11 meses x 3.Pero no puedes dejar de sellar el paro.
ANA ISABEL: lo único que te queda es cobrar la AYUDA FAMILIAR, no es necesario tener hijos pero debes demostrar que tienes a tu marido (tienes que estar casada), que está en el paro, y luego mirarán lo que cobra tu suegra; éso se divide por tres (los que vivís en la casa) y no debe superar los 483,91€.
Ayuda familiar 2014
Actualizado: 28/06/2014
* Ser desempleado
* Estar inscritos como desempleados durante el período de un mes a partir de la finalización de la prestación, sin haber rechazado oferta de colocación adecuada, o negarse a participar, salvo por causa justificada, en la promoción, formación o reconversión profesional desde la finalización de la prestación contributiva.
* Suscribir un compromiso de Actividad.
* Ausencia de rentas de cualquier naturaleza, superiores al 75% del salario mínimo interprofesional, excluida la parte proporcional de las pagas extraordinarias. En el caso de pareja con niño, basta con que convivan en el mismo domicilio para que cuenten los dos para la renta. Si no tienen niños, deben estar casados legalmente para que sea responsabilidad familiar.
* Haber agotado las prestaciones contributivas por desempleo.
* Tener responsabilidades familiares, es decir, tiene a cargo a su cónyuge, hijos menores de veintiséis años, mayores de esa edad discapacitados o menores de 18 años acogidos.
Para que la pareja cuente como responsabilidad familiar, deben estar casados legalmente, no sirve que sean pareja de hecho. Solamente en el caso en que tengan hijos en común no sería necesario que estuvieran casados, simplemente por ser padre y madre del hijo ya se considera responsabilidad familiar.
Duración:
Seis meses, prorrogables por dos periodos de igual duración hasta un máximo de 18 meses, con las siguientes salvedades:
* Los menores de 45 años que han agotado una prestación contributiva de al menos 6 meses, también tendrá derecho a otra prórroga de 6 meses hasta 24 meses en total.
* Las personas mayores de 45 años que hayan agotado una prestación contributiva de 4 meses, también tendrá derecho a otra extensión de 6 meses a 24 meses en total .
* Las personas mayores de 45 años que hayan agotado una prestación contributiva de al menos 6 meses, también tendrá derecho a dos prórrogas de seis meses cada uno, para un total de 30 meses.
La edad debe cumplirse en la fecha de agotamiento de la prestación por desempleo.
Si se interrumpe la ayuda familiar mientras esté cobrando por encontrar un trabajo de duración menor a un año, puede volver a solicitar la reanudación de la ayuda dentro de los 15 días desde la finalización del trabajo, prosiguiendo el cobro desde el momento en que se interrumpió, por los meses que resten por cobrar.
Cantidad a percibir:
La cantidad del subsidio mensual de desempleo es igual al 80% del Indicador Público de Renta de Efectos Multiples: 426 euros al mes en 2013, aunque desde el último decreto de recortes, solamente se cobra la parte proporcional de los 426 euros en el caso de trabajo a tiempo parcial.
Puedes compaginar tu trabajo a tiempo parcial con el cobro de la ayuda familiar. La cuantía de la ayuda se reducirá en proporción al tiempo trabajado, sólo se paga el porcentaje de la jornada que no se trabaje hasta completar una jornada normal que marque su convenio y que generalmente será de ocho horas diarias.
Contenido:
El beneficiario de una prestación por desempleo tiene derecho a la formación específica, perfeccionamiento, orientación, reconversión, la inserción profesional y las destinadas a la promoción del empleo estable
Debes ir al SEPE/INEM Y PEDIR LA SOLICITUD RÁPIDAMENTE, porque puedes perder derechos, ya que está habiendo cambios constantemente.
Recuerda, aunque te digan que tienes que tener hijos a cargo, no es cierto, se puede tener marido a cargo.
Otra cosa, qué edad tiene tu marido, ya que a los 45 años tiene derecho a la RAI.
Hola buenos días.Me han ofrecido un contrato de una hora diaria,para ayuda domiciliaria.Mi pregunta es…podré seguir cobrando la RAI, o me la paralizan?muchas gracias de antemano.
Hola,estoy trabajando cobrando 990€ al mes, mi marido hace 12 meses que cobro su primer Rai
No tenemos hijos, tiene derecho a cobrar el segundo Rai? Y tiene plazo limite para solicitarlo?.No ha trabajado en los últimos años.Gracias
Hola buenas hace unos años pedí el Prodi ahora tengó 36 años y en estos años he estado trabajando en algunos sitios pero por bajas de maternidad y después estuve 3 meses a 8 h y otros 3 a 20 h semana llevo desde febrero en paro y estoy cobrando la ayuda anticipada ya que no cumplí 365 trabajados. Pregunto que tipo de ayuda se puede pedir ya que me dicen que no tengo derecho a nada por pedir el Prodi. No tengó hijos ni nada a cargo y mi pareja también esta sin cobrar nada y vivimos en un piso donde su madre esta empadronada me gustaría que me aconsejarais ya que estamos desesperados. Gracias.
TERESA: depende si esos tres días son a jornada completa o parcial y si te dan de alta y te hacen contrato.Si fuera a jornada parcial, da igual si son 1,2,3 ó 4 horas diarias sigues cobrando la RAI pero te dismunuyen la cantidad el mes que viene, aunque después cobrarás el importe entero en más tiempo.Si es a jornada completa, creo que no te conviene ya que perderías la RAI porque debes avisar y si te hacen contrato ya les salta a ellos (el SEPE/INEM)por defecto.Espero haberte ayudado.Suerte.
Boy a echar el rai si trabajo tres dia tengo ke esperar un año para echarlo o no pasa nada gracias