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Renta Activa de Inserción RAI es una ayuda para los desempleados con especiales dificultades para incorporarse al mercado de trabajo y en situación de necesidad económica, que se comprometan a la búsqueda activa de trabajo.
Podrán participar en este programa de renta activa de inserción los desempleados que cumplan los requisitos y se incluyen en uno de los siguientes grupos:
• Desempleados de larga duración.
• Personas con discapacidad.
• Emigrantes retornados.
• Víctimas de violencia de género o víctimas de violencia doméstica.
* Uno de los recortes del decreto del 11 de Julio es que se exigirá haber trabajado previamente para acceder a la Renta Activa de Inserción, con lo que la mayoría de desempleados que no han conseguido su primer empleo se quedarán sin poder cobrar esta ayuda (a las víctimas de violencia o emigrantes retornados, no les afecta esta modificación). Esto no significa que cada vez que tengamos que renovar, tenemos que volver a trabajar y cobrar un subsidio, sino que solamente con que alguna vez en nuestra vida laboral hayamos cobrado el paro o un subsidio, es suficiente para tener derecho a solicitar el RAI por primera vez o para renovarlo.
Si en su oficina de empleo le han explicado otra cosa, insístales en que usted tiene derecho a la renovación.
Espero le haya aclarado su duda.
Requisitos necesarios:
- Menor de 65 años
- Ingresos menores que el 75% del Salario Mínimo SMI (menos de 712,5€ en 2021)
- Estar inscrito como demandante de empleo y suscribir el compromiso de actividad
- No tener derecho a la prestación o subsidio de desempleo
- No haber recibido la Renta Activa de Inserción RAI en el último año, salvo las victimas de violencia de género, doméstica y discapacitados
- No haber recibido tres RAI anteriormente
Además de cumplir todos los requisitos anteriores, para cada grupo de desempleados, deberá cumplir:
Desempleados de larga duración:
- Tener más de 45 años de edad.
- Estar como demandantes de empleo inscritos durante doce meses o más. La inscripción no se interrumpe si se ha trabajado menos de 90 días en el último año.
Desempleados con discapacidad:
- Tener reconocido un 33% de discapacidad o más.
- Estar como demandantes de empleo inscritos durante doce meses o más. La inscripción no se interrumpe si se ha trabajado menos de 90 días en el último año.
Desempleados emigrantes retornados:
- Tener más de 45 años de edad.
- Haber trabajado por lo menos 6 meses en el extranjero y haber retornado hace menos de 1 año.
Desempleados víctimas de violencia de género:
- Acreditar con un certificado oficial la condición de victima de violencia de género.
Los trabajadores deben cumplir los requisitos anteriores y además firmar un Compromiso de actividad, por el cual deberá realizar las tareas que se designen desde su centro de empleo para su Plan de Inserción.
Todos los desempleados de larga duración deben esperar 12 meses para volver a solicitarla, salvo victimas de violencia de genero o con minusvalía mayor del 33%
Cuantía de la Renta Activa de Inserción RAI:
Debe ser de 80% del IPREM mensual, que en el 2022 es de: 463,21 euros mensuales, un 2,5% mayor que en el 2021 (451,92 euros) debido a la subida del IPREM establecida en los Presupuestos Generales del Estado.
Determinar la cantidad de renta activa de inserción y las contribuciones de seguridad social para su percepción se inicia desde el día siguiente a la fecha de solicitud de admisión para el programa.
El derecho de admisión en el programa y el mantenimiento de la percepción de la renta activa de inserción conlleva la participación de determinadas actividades para desempleados obligatorias que son ofrecidos por los Servicios de Empleo de cada comunidad.
El pago de la renta se hará en cuotas mensuales, dentro de los 30 días del mes siguiente.
Duración:
El máximo es de once meses de renta.
Las víctimas de violencia doméstica que se han visto obligados a cambiar su residencia dentro de los 12 meses anteriores a la solicitud de admisión a la renta activa de inserción, o durante su estancia en ella, tendrán derecho a tanto alzado adicional.
Documentación para la presentación de la RAI:
- Solicitud cumplimentada
- Certificado de Periodo ininterrumpido como desempleado.
- Certificado Seguridad Social de no percibir pensión alguna.
- Documento de Asuntos Sociales de no percibir ayuda alguna, si la hubiera, cuantía.
- Declaración de Renta año anterior.
Donde presentar la solicitud:
Se puede presentar:
- Por internet: en la página https://sede.sepe.gob.es
- En la oficina de Empleo que le corresponda
Compromiso de actividad:
Los empleados deben firmar un Acuerdo de Actividades, en virtud del cual las diversas acciones llevadas a cabo la colocación de que se determine en materia de personal y la integración se desarrollará para complementarse entre sí, mientras que el trabajador incorporado permanece en el programa.
El programa incluye:
- Asesoramiento individual, el trabajador dará lugar a la asignación de asesor de empleo en todo el desarrollo del programa, ofrecerá una atención personalizada, seguimiento y actualización de su itinerario de inserción laboral, proponer y evaluar las acciones para mejorar su empleabilidad y que le informe, en su caso, del incumplimiento de las obligaciones que puedan surgir.
- Ruta de empleabilidad: desde la admisión al programa, y dentro de 15 días en septiembre será el desarrollo del curso de empleo de los que buscan empleo a través de:
- La entrevista de trabajo: a través de él, el consejero de trabajo o el consejero de completar y actualizar la información empresarial sobre el trabajador que ya está en los servicios públicos de empleo, lo cual es necesario definir su perfil profesional.
- Elaboración o actualización de un plan de inversión personal. Por características personales, y la formación profesional en la entrevista identificado, el consejero de trabajo o asesor establecerá el diagnóstico de la situación de los trabajadores y la vía de inserción de trabajo individual con las actividades de tiempo y el desarrollo. Este calendario se actualiza periódicamente.
- Ofertas de gestión de inversiones: El consejero de empleo promoverá la participación de los empleados en el proceso de selección para cubrir las ofertas de empleo
- Programas de empleo y / o formación: los trabajadores que desarrollan un itinerario personalizado de inserción laboral pueden ser considerados para la participación en planes o programas:
- La orientación profesional
- Nacional de formación e integración: los trabajadores para proporcionar las habilidades requeridas por el sistema de producción y lograr su empleo o que la falta de formación específica o la calificación es insuficiente o inadecuada
- Programas de Talleres de Empleo, los talleres de la escuela y el comercio: la adquisición de la formación profesional y experiencia laboral necesaria para facilitar la reinserción en el mercado laboral
- Planes de empleo para la contratación de desempleados en la realización de obras y servicios de interés general y social, para proporcionar la adquisición de práctica profesional adecuada
- O programas experimentales de empleo integrado, que combina acciones de diferente naturaleza s, tales como, información y consejos de entrenamiento, experiencia y movilidad geográfica
- Consejos para el autoempleo y otros programas para la empleabilidad de los desempleados
Se pierde la antigüedad como demandante si trabajo unos días y luego vuelvo a estar en el paro?
No, solamente tendría que volver a contar los doce meses como demandante en el caso de haber trabajado 90 días o más en el último año.
Puedo solicitar la nueva ayuda a parados de larga duración durante el año de espera de la RAI?
El incumplimiento de las obligaciones del beneficiario, en el caso de la RAI, tiene la máxima sanción : baja total en el programa. Además, se causará baja entre otras razones por trabajar por cuenta propia o ajena a tiempo completo por un período igual o superior a seis meses, acceder a una prestación por desempleo, a un subsidio por desempleo o a la renta agraria, obtener pensiones o prestaciones de carácter económico de la Seguridad Social que sean incompatibles con el trabajo o que, sin serlo, excedan en su cuantía de los límites que se fijan para poder percibir la renta activa de inserción. También se pierde la RAI por salir del país, ya que el SEPE no concede autorizaciones para viajar al extranjero mientras se cobra la RAI, salvo si se traslada al extranjero para la búsqueda o realización de trabajo o perfeccionamiento profesional o cooperación internacional, por un período inferior a seis meses. En estos casos y siempre que se haya solicitado la autorización, el pago de la ayuda se interrumpe y al regreso se puede solicitar su reanudación. (FLOR)
Puedo solicitar la RAI estando de autónomo?
La RAI es incompatible con el trabajo, antes de solicitar este. Si tú estás trabajando como autónoma, asalariada, en contrato mercantil, etc., sea cual sea tu jornada no se puede cobrar la RAI. Por lo tanto, si quieres cobrar no puedes estar de alta como autónomo, de todas maneras eso te lo van a decir en el SEPE, porque lo primero que van a ver si solicitas es que tienes trabajo y por lo tanto te dirán que no puedes solicitar.
Tengo mas del 33% de discapacidad, he solicitado la RAI y me la han concedido. Quería saber si cuando llega el 11º mes se renueva automáticamente o hay que renovarlo antes?
No se renueva automáticamente, es más tienes que volver a entregar la misma documentación y una solicitud nueva a partir del día siguiente, nunca antes del agotamiento de la rai.
Ahora también tienes que hacer la búsqueda activa de empleo.
Que documentación necesito para el caso de violencia de género?
Para la RAI, si la solicitas, necesitarás sentencia o medidas cautelares, o en su defecto un certificado del Instituto de la Mujer acreditando que eres victima de violencia de género, si te es más fácil llevar la sentencia o medidas cautelares pues con eso te basta. Libro de familia original y certificado de convivencia para que comprueben que el padre de tu niño no vive contigo.
De que formas puedo justificar la Búsqueda Activa de Empleo?
Efectivamente 3 currículum es una acción, 2 portales de empleo, una entrevista, un día de trabajo. etc.
Lo que hace mucha gente es entregar un currículum y en otro le van poniendo un sello, y ese mismo currículum le van poniendo los sellos de las distintas empresas, por lo que al final en el currículum que te sellan te figurarán los 9 sellos en un sólo currículum. (Jose María)
El teléfono de información del SEPE para el RAI es 901 119999
Comentarios destacados:
ayudasparados: Vamos a aclarar este punto sobre las renovaciones del RAI.
Con las modificaciones del último decreto de recortes de los subsidios, se exige que para poder cobrar el RAI se debe haber cobrado anteriormente o la prestación por desempleo (paro) o algún subsidio distinto al RAI.
Esto no significa que cada vez que tengamos que renovar, tenemos que volver a trabajar y cobrar un subsidio, sino que solamente con que alguna vez en nuestra vida laboral hayamos cobrado el paro o un subsidio, es suficiente para tener derecho a solicitar el RAI por primera vez o para renovarlo.
Si en su oficina de empleo le han explicado otra cosa, insístales en que usted tiene derecho a la renovación.
Espero le haya aclarado su duda.
Alber_48Mad: Hola. En este comentario voy a intentar transmitirle una información de un caso real, es decir, el mío. Así todas aquellas personas que como yo han llegado hasta esta Web buscando información, les quede bien claro en que situación se puede acceder a cobrar la RAI.
El único requisito que cambio el gobierno, es que para poder acceder a cobrar la RAI (Por primera, segunda o tercera vez) Es haber cobrado el paro o subsidio en algún momento de la vida.
Mi caso en particular. En los 80 empecé a trabajar y cotizar, en el 92/93 más o menos, cobre el paro, después he estado trabajando como empleado, autónomo, empleado y como último, de autónomo. Y me han dicho que tengo el derecho a cobrarla. Por lo tanto: Si en tu último trabajo has sido empleado o autónomo y luego te has apuntado al paro sin derecho a ninguna prestación, mientras que en algún momento de tu vida laboral hayas cobrado el paro, tienes derecho a la RAI. (A mi no me han informado que existiera algún limite sobre en que años se ha cobrado el paro)
ADVERTENCIA: Curiosamente, no se si mi caso es uno que se dio entre miles o se ha dado en más casos, por ejemplo: por cambios que hayan realizado a la hora de informatizar los datos en el SEPE, pero no figura en mi registro, el que yo haya cobrado el paro sobre esos años, así que en estos momentos, estoy intentando averiguar como puedo hacer para demostrar que cobre el paro, ya que han pasado muchos años y no guardo ningún comprobante y en aquellos años el paro no se domiciliaba por cuenta bancaria. Si alguien me puede orientar a mi y a otras personas que quizá les suceda lo mismo, lo agradecería.
NOTA: Si tramitan la RAI por Internet y cumplen con todos los requisitos y les sale el cartelito de AVISO (Como ya comente en el anterior comentario) diciendo que no les corresponde, pidan cita personal y averigüen que no sea porque no aparece en su registro que alguna vez no han cobrado el paro, quizá pueda ser por eso y a ver luego como se puede demostrar. Espero que la información esta les sirva de ayuda y les deje las cosas más claras, reconociendo que en esta Web ya las aclaraban bien, pero por si les quedaba alguna duda y necesitaban de un caso real.
Marina: Este comentario es para las mujeres que hayan sido víctimas de violencia de género o doméstica, y que hayan ido a solicitar el Rai, y que le hayan dicho que no, porque su orden de protección haya ya finalizado. Es mi caso, he cobrado el primer rai, y ahora para el segundo, me quieren poner pegas, pues dicen que como se me ha caducado la orden de protección, que ya no soy víctima. He contactado con el departamento de la mujer del gobierno valenciano, y me han dicho que eso no tiene nada que ver. Una vez te han declarado víctima, lo eres. Es como si te declaran víctima del terrorismo, eso es para toda tu vida, y no tiene nada que ver con la orden de protección. En fin, que tenéis que ir a algún departamento de la Mujer, donde hay asistencia jurídica y psicológica gratuita y donde te emiten un certificado de víctima de violencia. Con ese certificado no pueden negarte el Rai. Me dieron el número 900 580 888, gratuito, pero no sé si sólo es para Valencia. Un abrazo a tod@s y mucha suerte.
Flor: En efecto, para cobrar la RAI es necesario haber cobrado antes el paro o subsidio (cosas que ha puesto este gobierno…). Si llevas 12 meses apuntado al paro puedes solicitar la ayuda de 6 meses que han firmado ayer (son 426€) pero aún no ha salido publicada.
Y lo otro que queda es ir a tu Ayuntamiento y hablar con los Servicios sociales.
Jose María: Para cobrar el subsidio con 3 meses te basta para cobrar 3 meses y la cantidad a cobrar será proporcional a la parcialidad de tu trabajo, si trabajas a media jornada cobrarás la mitad, 213 euros.
Las ayudas adicionales sí que se cobran enteras, pero….. después de cobrar 3 meses de subsidio no puedes cobrar la rai, porque un requisito es que en el año inmediatamente anterior a la solicitud de la rai, no se pueden trabajar 3 meses o más y por lo tanto tendrías que esperar un año desde la finalización del contrato.
Como todo no son malas noticias, decirte que después del subsidio podías solicitar el prepara con 2 niño y esposa 450 euros a 6 meses y cuando termines el prepara ya te faltará poco para llevar el año y poder acceder a la rai.
Buemas,a ver si me pueden ayudar,estoy cobrando el RAI,quisiera saber que si me contrataran para cualquier trabajo si este subsidio se puede guardar y em caso de que me fuera mal o se me terminara el contrato se puede reanudar, gracias
ANTONIO: El trabajo va a ser a Tiempo Parcial o Jornada completa?
Si fuera a jornada parcial seguirías cobrando la RAI, pero compatibilizándola, osea, cobras menos pero se alarga en el tiempo hasta su agotamiento.
Si es a jornada completa y trabajas menos de 90 días no se suspende, pero si es más, debes comunicarlo al SEPE .
Hola:mi pregunta es mi padre tiene 50 años tiene una minusvalía total cobra 560€ no sabemos el grado de minusvalía que tiene porque aun no lo revisaron de esto ya va a hacer 3 años quería saber si tiene derecho a cobrar la la ayuda
IVAN: en principio tiene derecho a la RAI, pero le pedirán los ingresos de la unidad familiar para ver si no superan el total dividido entre los que vivís en el domicilio, que no debe superar los 483,98€.
Además debe estar inscripto al menos 12 meses seguidos en el INEM como demandante de Empleo.
buenas quisiera saber para cuandola ayuda de parados de larga duracion sin recursos que decian que empezaria el 1 de octubre si es cierto y que condiciones piden gracias.
j emilio estoy en tu misma situacion,pero no se nada de eso,porfa informanos,gracias
quisiera saber que tiempo hay que estar dado de alta a jornada completa para cobrar un subsidio completo 426 y no 213 euros,he trbajado 80 dias a media jornada,muchas gracias.
Hola:
Estoy cobrando la segunda RAI por discapacidad del 49%, me faltan 4 meses para terminarla.
Acabo de cobrar unos salarios atrasados, a través de la resolución de una sentencia judicial. Son 7000 euros.
¿Se me suspenderá la RAI por discapacidad? En el caso de que así sea, ¿los cuatros meses que me quedan por cobrar se me añadirían a los 11 meses de la tercera RAI, que podría cobrar tras un año de espera?
Muchas gracias de antemano y saludos.
Tengo 9,5 meses trabajados (290 días) y después de 2 años sin trabajar el Inem me ofreció un trabajo en régimen de jornada parcial, trabajando sólo domingos y festivos. Con anterioridad había solicitado el programa de mayores de 45 años (RAI) dado que me había quedado sin recursos (desde enero de 2014 que finalicé el plan Prepara) y al parecer era lo único que podía solicitar.
Pregunté qué consecuencias tenía el trabajar una jornada parcial si solicitaba ese mismo día la RAI y comenzaba a trabajar a los 3 días y me dijeron que no había problema porque sólo trabajaba el 28% de la jornada y que después de finalizar el contrato podría reanudarlo si no acumulaba 360 días. No obstante me advirtió que podía cobrar la parte proporcional durante esos meses y que fuera al mes siguiente para que me lo hallaran, para lo cual tenía que llevar el contrato, la nómina y estar en mejora de empleo. Como sólo trabajé 1 día en marzo, éste me lo incluyeron como atrasos en la nómina de abril, por lo que yo en abril comenté esto y me dijeron que lo presentara al mes siguiente y que estuviera en mejora de empleo, cosa que hice ese mismo día (7 días después de empezar a trabajar).
Al mes siguiente fui para que me dijeran la cantidad a percibir y para saber porqué no me habían hecho el ingreso del mes de abril y no me llamaban para realizar una tutorización por solicitar la RAI. En un principio decían que sobrepasaba la renta mínima, pero al día siguiente de reclamar me dio la razón pero me dijo que a pesar de haberse interrumpido no era necesario solicitarlo porque al finalizar el contrato podía reanudarlo nuevamente y que no se perdía sino que se me acumulaba, y ante mi insistencia me reiteró que en vez de vencerme en febrero sería en agosto de 2015.
No entiendo porque me lo interrumpieron si yo no trabajaba a tiempo completo, de esa forma me obligan a reanudarlo cuando no debería ser así, y aquí es donde surge la confusión actual. Y es que ahora que he finalizado el contrato me dicen que no puedo solicitar la RAI porque tengo 90 días ya trabajados con anterioridad y entonces como tampoco llego a los 360 días trabajados (sólo tendría 336) me corresponde un subsidio de 9 meses cuando tengo trabajados 11 meses.
Mi pregunta es si solicitas la RAi y comienzas trabajar a los 3 días en jornada parcial del 28% durante 5 meses (30 días reales trabajados) te interrumpen el cobro, tienes que reanudarlo para cobrar la parte proporcional que te corresponde mientras trabajas y después de finalizar el contrato habría que reanudarlo, por el contrario es algo continuo en el que solo se adaptan las cantidades a cobrar mientras no sobrepases el período concedido. Y si me corresponde ese subsidio de cuántos meses sería.
Gracias anticipadas.
Olga
Hola,que yo sepa la RAI es para mayores de 45 años.Un saludo
hola buenas. Mi pregunta es si tengo derecho a cobrar RAI tengo 25 años y 37% de minusvalia pero no tengo los 12 meses de antiguedad, he agotado todas las prestaciones. ¿ Tendria derecho a cobrar la RAI?.
Gracias un saludo.
hola buenas tardes quiero saber tengo derecho cobrar la rai tengo discapacidad del 55 por ciento y tengo cotizado muy poco
Hola consegi el cambio de empadronamiento ya que me mude por fin hablando con la casera cobro la rai por violencia de genero y necesito la ayuda suplemntaria por cambio de domicilio para pagar el piso ya que esta hablado con ella y me ha echo el favor la unica cosa es que la casera no hace contrato ni nada de alquiler le e pedido por si acaso un recibo o algo y me ha dicho que no mi pregunta es en el inem para tramitar la ayuda suplemntaria me pedira algo mas que el padron porque de ser asi no tengo nada ni un recibo de luz ni nada ya que va todo en el alquiler ella solo se pasa a cobrar y listo
Hola, soy un hombre de 60 años con una hija de 17 a cargo desde hace una año, me vine a España como nieto de español desde el 2011, nunca me inscribí como desempleado. En Venezuela era profesor de Ingles y traductor oficial por el Ministerio de Justicia, aquí he trabajado esporádicamente con HP como traductor y algunos trabajos con clientes por internet, hace dos meses me habían contratado como recepcionista en un club, pero tuvieron que hacer recortes y estoy nuevamente sin empleo. ¿Puede indicarme a qué ayudas puedo acceder?