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Renta Activa de Inserción RAI es una ayuda para los desempleados con especiales dificultades para incorporarse al mercado de trabajo y en situación de necesidad económica, que se comprometan a la búsqueda activa de trabajo.
Podrán participar en este programa de renta activa de inserción los desempleados que cumplan los requisitos y se incluyen en uno de los siguientes grupos:
• Desempleados de larga duración.
• Personas con discapacidad.
• Emigrantes retornados.
• Víctimas de violencia de género o víctimas de violencia doméstica.
* Uno de los recortes del decreto del 11 de Julio es que se exigirá haber trabajado previamente para acceder a la Renta Activa de Inserción, con lo que la mayoría de desempleados que no han conseguido su primer empleo se quedarán sin poder cobrar esta ayuda (a las víctimas de violencia o emigrantes retornados, no les afecta esta modificación). Esto no significa que cada vez que tengamos que renovar, tenemos que volver a trabajar y cobrar un subsidio, sino que solamente con que alguna vez en nuestra vida laboral hayamos cobrado el paro o un subsidio, es suficiente para tener derecho a solicitar el RAI por primera vez o para renovarlo.
Si en su oficina de empleo le han explicado otra cosa, insístales en que usted tiene derecho a la renovación.
Espero le haya aclarado su duda.
Requisitos necesarios:
- Menor de 65 años
- Ingresos menores que el 75% del Salario Mínimo SMI (menos de 712,5€ en 2021)
- Estar inscrito como demandante de empleo y suscribir el compromiso de actividad
- No tener derecho a la prestación o subsidio de desempleo
- No haber recibido la Renta Activa de Inserción RAI en el último año, salvo las victimas de violencia de género, doméstica y discapacitados
- No haber recibido tres RAI anteriormente
Además de cumplir todos los requisitos anteriores, para cada grupo de desempleados, deberá cumplir:
Desempleados de larga duración:
- Tener más de 45 años de edad.
- Estar como demandantes de empleo inscritos durante doce meses o más. La inscripción no se interrumpe si se ha trabajado menos de 90 días en el último año.
Desempleados con discapacidad:
- Tener reconocido un 33% de discapacidad o más.
- Estar como demandantes de empleo inscritos durante doce meses o más. La inscripción no se interrumpe si se ha trabajado menos de 90 días en el último año.
Desempleados emigrantes retornados:
- Tener más de 45 años de edad.
- Haber trabajado por lo menos 6 meses en el extranjero y haber retornado hace menos de 1 año.
Desempleados víctimas de violencia de género:
- Acreditar con un certificado oficial la condición de victima de violencia de género.
Los trabajadores deben cumplir los requisitos anteriores y además firmar un Compromiso de actividad, por el cual deberá realizar las tareas que se designen desde su centro de empleo para su Plan de Inserción.
Todos los desempleados de larga duración deben esperar 12 meses para volver a solicitarla, salvo victimas de violencia de genero o con minusvalía mayor del 33%
Cuantía de la Renta Activa de Inserción RAI:
Debe ser de 80% del IPREM mensual, que en el 2022 es de: 463,21 euros mensuales, un 2,5% mayor que en el 2021 (451,92 euros) debido a la subida del IPREM establecida en los Presupuestos Generales del Estado.
Determinar la cantidad de renta activa de inserción y las contribuciones de seguridad social para su percepción se inicia desde el día siguiente a la fecha de solicitud de admisión para el programa.
El derecho de admisión en el programa y el mantenimiento de la percepción de la renta activa de inserción conlleva la participación de determinadas actividades para desempleados obligatorias que son ofrecidos por los Servicios de Empleo de cada comunidad.
El pago de la renta se hará en cuotas mensuales, dentro de los 30 días del mes siguiente.
Duración:
El máximo es de once meses de renta.
Las víctimas de violencia doméstica que se han visto obligados a cambiar su residencia dentro de los 12 meses anteriores a la solicitud de admisión a la renta activa de inserción, o durante su estancia en ella, tendrán derecho a tanto alzado adicional.
Documentación para la presentación de la RAI:
- Solicitud cumplimentada
- Certificado de Periodo ininterrumpido como desempleado.
- Certificado Seguridad Social de no percibir pensión alguna.
- Documento de Asuntos Sociales de no percibir ayuda alguna, si la hubiera, cuantía.
- Declaración de Renta año anterior.
Donde presentar la solicitud:
Se puede presentar:
- Por internet: en la página https://sede.sepe.gob.es
- En la oficina de Empleo que le corresponda
Compromiso de actividad:
Los empleados deben firmar un Acuerdo de Actividades, en virtud del cual las diversas acciones llevadas a cabo la colocación de que se determine en materia de personal y la integración se desarrollará para complementarse entre sí, mientras que el trabajador incorporado permanece en el programa.
El programa incluye:
- Asesoramiento individual, el trabajador dará lugar a la asignación de asesor de empleo en todo el desarrollo del programa, ofrecerá una atención personalizada, seguimiento y actualización de su itinerario de inserción laboral, proponer y evaluar las acciones para mejorar su empleabilidad y que le informe, en su caso, del incumplimiento de las obligaciones que puedan surgir.
- Ruta de empleabilidad: desde la admisión al programa, y dentro de 15 días en septiembre será el desarrollo del curso de empleo de los que buscan empleo a través de:
- La entrevista de trabajo: a través de él, el consejero de trabajo o el consejero de completar y actualizar la información empresarial sobre el trabajador que ya está en los servicios públicos de empleo, lo cual es necesario definir su perfil profesional.
- Elaboración o actualización de un plan de inversión personal. Por características personales, y la formación profesional en la entrevista identificado, el consejero de trabajo o asesor establecerá el diagnóstico de la situación de los trabajadores y la vía de inserción de trabajo individual con las actividades de tiempo y el desarrollo. Este calendario se actualiza periódicamente.
- Ofertas de gestión de inversiones: El consejero de empleo promoverá la participación de los empleados en el proceso de selección para cubrir las ofertas de empleo
- Programas de empleo y / o formación: los trabajadores que desarrollan un itinerario personalizado de inserción laboral pueden ser considerados para la participación en planes o programas:
- La orientación profesional
- Nacional de formación e integración: los trabajadores para proporcionar las habilidades requeridas por el sistema de producción y lograr su empleo o que la falta de formación específica o la calificación es insuficiente o inadecuada
- Programas de Talleres de Empleo, los talleres de la escuela y el comercio: la adquisición de la formación profesional y experiencia laboral necesaria para facilitar la reinserción en el mercado laboral
- Planes de empleo para la contratación de desempleados en la realización de obras y servicios de interés general y social, para proporcionar la adquisición de práctica profesional adecuada
- O programas experimentales de empleo integrado, que combina acciones de diferente naturaleza s, tales como, información y consejos de entrenamiento, experiencia y movilidad geográfica
- Consejos para el autoempleo y otros programas para la empleabilidad de los desempleados
Se pierde la antigüedad como demandante si trabajo unos días y luego vuelvo a estar en el paro?
No, solamente tendría que volver a contar los doce meses como demandante en el caso de haber trabajado 90 días o más en el último año.
Puedo solicitar la nueva ayuda a parados de larga duración durante el año de espera de la RAI?
El incumplimiento de las obligaciones del beneficiario, en el caso de la RAI, tiene la máxima sanción : baja total en el programa. Además, se causará baja entre otras razones por trabajar por cuenta propia o ajena a tiempo completo por un período igual o superior a seis meses, acceder a una prestación por desempleo, a un subsidio por desempleo o a la renta agraria, obtener pensiones o prestaciones de carácter económico de la Seguridad Social que sean incompatibles con el trabajo o que, sin serlo, excedan en su cuantía de los límites que se fijan para poder percibir la renta activa de inserción. También se pierde la RAI por salir del país, ya que el SEPE no concede autorizaciones para viajar al extranjero mientras se cobra la RAI, salvo si se traslada al extranjero para la búsqueda o realización de trabajo o perfeccionamiento profesional o cooperación internacional, por un período inferior a seis meses. En estos casos y siempre que se haya solicitado la autorización, el pago de la ayuda se interrumpe y al regreso se puede solicitar su reanudación. (FLOR)
Puedo solicitar la RAI estando de autónomo?
La RAI es incompatible con el trabajo, antes de solicitar este. Si tú estás trabajando como autónoma, asalariada, en contrato mercantil, etc., sea cual sea tu jornada no se puede cobrar la RAI. Por lo tanto, si quieres cobrar no puedes estar de alta como autónomo, de todas maneras eso te lo van a decir en el SEPE, porque lo primero que van a ver si solicitas es que tienes trabajo y por lo tanto te dirán que no puedes solicitar.
Tengo mas del 33% de discapacidad, he solicitado la RAI y me la han concedido. Quería saber si cuando llega el 11º mes se renueva automáticamente o hay que renovarlo antes?
No se renueva automáticamente, es más tienes que volver a entregar la misma documentación y una solicitud nueva a partir del día siguiente, nunca antes del agotamiento de la rai.
Ahora también tienes que hacer la búsqueda activa de empleo.
Que documentación necesito para el caso de violencia de género?
Para la RAI, si la solicitas, necesitarás sentencia o medidas cautelares, o en su defecto un certificado del Instituto de la Mujer acreditando que eres victima de violencia de género, si te es más fácil llevar la sentencia o medidas cautelares pues con eso te basta. Libro de familia original y certificado de convivencia para que comprueben que el padre de tu niño no vive contigo.
De que formas puedo justificar la Búsqueda Activa de Empleo?
Efectivamente 3 currículum es una acción, 2 portales de empleo, una entrevista, un día de trabajo. etc.
Lo que hace mucha gente es entregar un currículum y en otro le van poniendo un sello, y ese mismo currículum le van poniendo los sellos de las distintas empresas, por lo que al final en el currículum que te sellan te figurarán los 9 sellos en un sólo currículum. (Jose María)
El teléfono de información del SEPE para el RAI es 901 119999
Comentarios destacados:
ayudasparados: Vamos a aclarar este punto sobre las renovaciones del RAI.
Con las modificaciones del último decreto de recortes de los subsidios, se exige que para poder cobrar el RAI se debe haber cobrado anteriormente o la prestación por desempleo (paro) o algún subsidio distinto al RAI.
Esto no significa que cada vez que tengamos que renovar, tenemos que volver a trabajar y cobrar un subsidio, sino que solamente con que alguna vez en nuestra vida laboral hayamos cobrado el paro o un subsidio, es suficiente para tener derecho a solicitar el RAI por primera vez o para renovarlo.
Si en su oficina de empleo le han explicado otra cosa, insístales en que usted tiene derecho a la renovación.
Espero le haya aclarado su duda.
Alber_48Mad: Hola. En este comentario voy a intentar transmitirle una información de un caso real, es decir, el mío. Así todas aquellas personas que como yo han llegado hasta esta Web buscando información, les quede bien claro en que situación se puede acceder a cobrar la RAI.
El único requisito que cambio el gobierno, es que para poder acceder a cobrar la RAI (Por primera, segunda o tercera vez) Es haber cobrado el paro o subsidio en algún momento de la vida.
Mi caso en particular. En los 80 empecé a trabajar y cotizar, en el 92/93 más o menos, cobre el paro, después he estado trabajando como empleado, autónomo, empleado y como último, de autónomo. Y me han dicho que tengo el derecho a cobrarla. Por lo tanto: Si en tu último trabajo has sido empleado o autónomo y luego te has apuntado al paro sin derecho a ninguna prestación, mientras que en algún momento de tu vida laboral hayas cobrado el paro, tienes derecho a la RAI. (A mi no me han informado que existiera algún limite sobre en que años se ha cobrado el paro)
ADVERTENCIA: Curiosamente, no se si mi caso es uno que se dio entre miles o se ha dado en más casos, por ejemplo: por cambios que hayan realizado a la hora de informatizar los datos en el SEPE, pero no figura en mi registro, el que yo haya cobrado el paro sobre esos años, así que en estos momentos, estoy intentando averiguar como puedo hacer para demostrar que cobre el paro, ya que han pasado muchos años y no guardo ningún comprobante y en aquellos años el paro no se domiciliaba por cuenta bancaria. Si alguien me puede orientar a mi y a otras personas que quizá les suceda lo mismo, lo agradecería.
NOTA: Si tramitan la RAI por Internet y cumplen con todos los requisitos y les sale el cartelito de AVISO (Como ya comente en el anterior comentario) diciendo que no les corresponde, pidan cita personal y averigüen que no sea porque no aparece en su registro que alguna vez no han cobrado el paro, quizá pueda ser por eso y a ver luego como se puede demostrar. Espero que la información esta les sirva de ayuda y les deje las cosas más claras, reconociendo que en esta Web ya las aclaraban bien, pero por si les quedaba alguna duda y necesitaban de un caso real.
Marina: Este comentario es para las mujeres que hayan sido víctimas de violencia de género o doméstica, y que hayan ido a solicitar el Rai, y que le hayan dicho que no, porque su orden de protección haya ya finalizado. Es mi caso, he cobrado el primer rai, y ahora para el segundo, me quieren poner pegas, pues dicen que como se me ha caducado la orden de protección, que ya no soy víctima. He contactado con el departamento de la mujer del gobierno valenciano, y me han dicho que eso no tiene nada que ver. Una vez te han declarado víctima, lo eres. Es como si te declaran víctima del terrorismo, eso es para toda tu vida, y no tiene nada que ver con la orden de protección. En fin, que tenéis que ir a algún departamento de la Mujer, donde hay asistencia jurídica y psicológica gratuita y donde te emiten un certificado de víctima de violencia. Con ese certificado no pueden negarte el Rai. Me dieron el número 900 580 888, gratuito, pero no sé si sólo es para Valencia. Un abrazo a tod@s y mucha suerte.
Flor: En efecto, para cobrar la RAI es necesario haber cobrado antes el paro o subsidio (cosas que ha puesto este gobierno…). Si llevas 12 meses apuntado al paro puedes solicitar la ayuda de 6 meses que han firmado ayer (son 426€) pero aún no ha salido publicada.
Y lo otro que queda es ir a tu Ayuntamiento y hablar con los Servicios sociales.
Jose María: Para cobrar el subsidio con 3 meses te basta para cobrar 3 meses y la cantidad a cobrar será proporcional a la parcialidad de tu trabajo, si trabajas a media jornada cobrarás la mitad, 213 euros.
Las ayudas adicionales sí que se cobran enteras, pero….. después de cobrar 3 meses de subsidio no puedes cobrar la rai, porque un requisito es que en el año inmediatamente anterior a la solicitud de la rai, no se pueden trabajar 3 meses o más y por lo tanto tendrías que esperar un año desde la finalización del contrato.
Como todo no son malas noticias, decirte que después del subsidio podías solicitar el prepara con 2 niño y esposa 450 euros a 6 meses y cuando termines el prepara ya te faltará poco para llevar el año y poder acceder a la rai.
Hola.He cumplido hace 2 semanas los 45 años y quería pedir la RAI. Tengo una duda respecto a un requisito concreto:»Llevar un año ininterrumpido apuntado como demandante de empleo.Si se ha trabajado 90 o más días en los 365 anteriores a la fecha de solicitud se considera interrumpido.»
En los últimos 365 días he tenido un contrato de tres meses( 92 dias concretamente) pero a tiempo parcial(4 horas diarias),es decir, en realidad he cotizado 46 días en el último año.
Mi pregunta es:¿ el requisito se acoge a dias trabajados o se tiene en cuenta los dias cotizados? ¿ podría solicitar la RAI? .Gracias.
Hola Juan. Siento decirte k no vas a poder solicitar la RAI, da igual k sea a tiempo parcial , si has estado 92 días la tarjeta de desempleo se considera interrumpida. Tendrás k esperar u año desde khas terminado de trabajar para solicitar la RAI.
Acude al SEPE a versión tienes alguna prestación portu trabajo
Unsaludo
He terminado de cobrar el primer tramo de la RAI y sé que ahora tengo que esperar un año sin cobrar y luego solicitar el segundo tramo acreditando una BAE aceptable pero he leido en una web de empleo que es como pedirla de nuevo y se requiere haber vuelto a recibir algún tiempo de prestación contributiva, es decir haber vuelto a trabajar. Quizá no lo haya entendido bien. Pero entonces casi nadie podría cobrar la segunda RAI. Me lo puedes aclarar?
Hola Jose Luis. Tranquilo k no es así, para acceder a la RAI, hay k haber cobrado alguna vez paro o subsidio, y ya esta, si has cobrado una , al año puedes cobrar otra, siempre k no dejes de sellar o trabajes mas de 90 días EB el año.
Por la BAE tranquilo, k son 3 acciones en un año
Un saludo
Muchísimas gracias por tu aclaración. Lo de 3 acciones para la BAE, quiere decir que valdría con presentar 3 curriculums? y lo de trabajar 90 días «EB» qué significa EB?
No es nada Jose Luis, a veces escribo con la tableta y me sale lo que quiere. lo que quise decir que cuando trabajas mas de 90 días en el año no se puede solicitar la RAI, hasta pasado un año. Siento la confusión.
Un saludo
Son 3 acciones,si solo haces currículum son 9 en total
saludos
Hola, tengo una discapacidad del 53% el 13 de este mes de marzo se me cumple la 2ª petición consecutiva, pero el año pasado trabajé más de 90 días, para concretar 4 meses y 7 días; ya que en octubre estuve de baja por accidente laboral hasta el 7 de noviembre. ¿Tengo derecho a pedir la 3º RAI consecutiva por la discapacidad?
Un saludo. Gracias
Hola Ana María. Si es así podrás solicitar la RAI a partir del 8 de noviembre de este año.
Un saludo
Hola,
Tengo que solicitar la segunda RAI en Abril de este año. Resulta que en Octubre del 2014 encontré un trabajo a media jornada y sigo en él. He llamado para informarme y me dicen que no puedo solicitarla porque estoy trabajando y que si llego a encontrar el trabajo en el periodo del año en que hubiese estado cobrando la rai entonces si habría tenido derecho a un % de la ayuda. Podéis confirmarme si esto es cierto por favor?
Gracias
Hola. Aunque te parezca un poco extraño, es así, la RAI, no se puede solicitar trabajando, da igual la parcialidad y si trabajas 90 días o mas, tendrás k esperar un año para volver a solitario, desde el despido. Cuando te aprueban la RAI, se puede trabajar y compatibilizar, sin problemas
Un saludo
Hola.
Tengo 47 años, soy parado de larga duración y he cobrado la RAI este último año por primera vez, (11 meses), no soy discapacitado. Vivo con mi madre q es viuda y ella tiene discapacidad de un 49%. Fuí al SOC hace 1 mes y me dijeron q ya no me correspondía nada!!!, hasta dentro d 1 año mínimo. Mis preguntas:
1- He de hacer declaración por lo cobrado el año anterior de la RAI?
2-No hay absolutamente ninguna posibilidad en mis circunstancias mediante las cuales no pueda percibir algún tipo de ayuda?
3-Es cierto eso q he oido de q de cara a la próxima ayuda, si no demuestro q he estado buscando empleo, no me la concederán?
Gracias
Hola. Si k hay k declarar los ingresos a hacienda, siempre k estés obligado clar.
No hay otro tipo de ayuda, hasta k poase un año desde el agotamiento.
Cuando solicites la nueva RAI, hay k hacer la BAE, pero eso es muy fácil, se entiende k quien cobra esta por estación, esta obligado a buscar empleo , por lo tanto te piden una pequeña prueba
U
Hola tengo una duda. Cuando hablo de convivencia de primer grado madre con hijo por ejemplo, si el hijo es mayor de 26 años que la madre no tiene obligación de mantenerlo, también se considera para calcular los ingresos? Es que en algunas comunidades autónomas he leído que se rigen por unidad familiar. Padre, madre e hijos menor de 26 y si era mayor de 26 ya no pertenecía a la unidad.
La unidad familiar la componen elmatrimonio e hijos menores de 26años k depoendan económicamente de estos y mayores de 26 años con minusvalía del 33 por ciento o superior
Un saludo
Buenas noches. Estoy un poco confundido, ojalá me podais aclarar mi confusión, os explico: Me salió aprobada la RAI (soy emigrante retornado), en el documento que envia el SEPE,me informan que comenzaré a cobrar a partir del 10 de marzo (hoy), sin deducciones, aunque hay una casilla que especifica algo asi como: Contingencias comunes 25,22. Es el caso, que ya me depositaron en mi cuenta, peeo el monto depositado es de 198,80 euros. ¿Me podriais dar una explicación del porqué de este monto, en vez de los 426 euros o, en su defecto, de los 426 – 25,22 = 400,78 euros si es que procede descontar el aporte a la seguridad social?
¿Que otro descuento me podrian estar haciendo?
Agradeciéndoles su atención y respuesta a la presente, les envio saludos cordiales.
Santiago Longueira
Hola. La RAI se cobra a dia siguiente de solicitud, por lo que normalmente el primer mes no se cobra entero.
En tu caso has cobrado 14 dias, porque la cuantia diaria de la RAI, es de 14,20 euros diarios, por lo que posiblemente solicitarías el 16 de febrero y la fecha de inicio sería el 17 del mismo mes, para nosostros todos los meses tienen 30 días.
Así que lo dicho, no busques fórmulas extrañas, lo que has cobrado son 14 días.
Un saludo
¡Hola,gracias por responder!
Asi claro que cuadran las cuentas!
Ahora explicame, por favor,¿esos 16 dias no me los pagan,me olvido de ellos?
Gracias por la respuesta, realizas un magnifico servicio de información. Saludos.
Hola. Claro k te los pagan, si la RAI comienza el 17 de febrero ,se terminara el 16 de enero del 2016, k son 11 meses justos.
Un saludo y trankilo k el mes k viene ya cobraras tu nomina entera
Hola José María, muchas gracias por tus respuestas.
Saludos y ¡que Dios te bendiga!
Hola buenas tardes, soy parado de larga duración, más de 4 años, este año voy a cumplir 45 años. En su día agote la prestación por desempleo y luego solicite el plan prepara. Al cumplir los 45 años, he de solicitar el subsidio para mayores de 45 ( 6 meses)? o directamente la rai .No tengo cargas familiares.
Hola. El subsidio de 6 meses, no lo puedes cobrar, porque tienes que reunir ese requisito cuando agotaste el paro, por eso en ese momento se te concedió el prepara. Ahora mismo y si reunes el resto de requisitos, debes solicitar la RAI.
Un saludo
si después del paro no puedo percibir el subsidio por no tener cargas familiares ni el prepara por no estar parado durante un año y tengo menos de 45 años ,que otra ayuda puedo solicitar ,estoy fijo discontinuo en el régimen agrario y vivo en la comunidad valenciana ,gracias.
Hola Arturo. Al agotar el paro, para cobrar el subsidio tienes que tener cargas familiares o tener mas de 45 años, si no cumples ninguna de estos 2 requisitos, no puedes recibir ningúna otra prestación, a no ser que vuelvas a cotizar un año que te dé derecho a paro.
Un saludo
Hola quisiera saer desde cuando se aplica el tema de la BAE a la Rai, y si ademas se aplica a otras ayudas, donde se ha publicado esto.
Un saludo
Hola Rafa. En el prepara y en la PAE, que es la nueva ayuda, la BAE se realiza desde que se solicita durante el periodo de un mes, pasado dicho mes se puede aportar la búsqueda de empleo.
En la RAI distinto, como se entiende que durante un año, has tenido que estar inscrito como demandante de empleo, tienes que justificar la búsqueda de empleo, en el año inmediatamente anterior a solicitar la RAI, por lo que si en el año anterior a la solicitud, has trabajado 3 días por ejemplo, ya tendrías realizada la BAE.
La BAE, se comenzó a hacer con el prepara y poco a poco se va extendiendo a otros sitios, actualmente está en el prepara, la PAE (nueva ayuda>) y en la RAI, excepto en los de violencia de género, que no hace falta aportarla.
Un saludo