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Que es la RVI?
La RVI o Renta Valenciana de Inclusión es el derecho que nos garantiza unos ingresos mínimos a todas las personas que lo necesiten, asi como el apoyo necesario para su inclusión social y laboral. No es unicamente una prestación económica, también incluye becas escolares, ayudas para la vivienda y para la energía o la supresión del copago. Y todo lo podemos tramitar desde una ventanilla única.
Qué requisitos básicos hay que cumplir para beneficiarse de la renta valenciana de inclusión?
Para poder solicitar esta ayuda, debes cumplir los siguientes requisitos:
- Tener 25 años o 16 años si tiene personas a tu cargo.
- Vivir en la Comunidad Valenciana durante el último año.
- Tener la familia con todos sus miembros en paro.
Ejemplos:
Esta es la familia García. Juan y Pilar llevan dos años en paro y no cobran ningún tipo de ayuda. Ahora, la renta valenciana de inclusión les va a garantizar 700 € al mes, que con gastos de hipoteca, luz y agua, podrían llegar a 880€.
Además, Julia, de dos años, tendrá plaza en la escuela pública. Su hermano, Pau, disfrutará de la beca para transporte y comedor escolar.
Ana tiene 25 años, es de Xativa y lleva dos años trabajando en Londres. Ahora puede solicitar la renta para poder volver a casa. Cuando vuelva, dispondrá de una ayuda de 515 € desde el primer día mientras se reconstruye su proyecto de vida cerca de su familia.
Jorge y Marina se separaron hace un año y ninguno de los dos tiene trabajo. Marina, que vive con su hijo en el domicilio familiar, puede solicitar la ayuda. Y también Jorge, que se ha ido a vivir a casa de sus padres, los dos con una pensión muy baja, ahora también puede solicitar la renta de 515 €.
Os presentamos a Teresa y a sus dos hijas Marc y Aitana. Teresa que era la única que aportaba ingresos en su casa llevan más de dos años en paro.
La nueva renta le permitirá solicitar una prestación de 660 € que llegarían a 825 con las ayudas para pagar la vivienda y el suministro energético. Además no tendrás que pagar los tratamientos farmacológicos que Aitana necesita.
Para saber más…
Si estás en alguno de estos casos o cumples alguno de los requisitos, puede ser el solicitante de esta ayuda, que será indefinida mientras la necesites.
Donde me puedo informar sobre la renta valenciana de inclusión?
Puedes informarte en los servicios sociales de tu municipio y también en la web de con toda la información de la Generalitat Valenciana de esta ayuda
Comentarios destacados
Ramon M (05/02/2021) – Usuario de ayudasparados.com
En el momento la Generalitat hace la transferencia (dentro de la hora de corte de cada banco) por pago directo al cada banco, el banco tiene como máximo 24h en días laborables para mostrar esa transferencia al cliente según la ley de pagos de 2018, antes las transferencias tardaban 2-3 días, pero eso cambió.
Eso son todo procesos «batch» automáticos, ahí no interviene el ser humano revisando transferencias una a una, pero el sistema puede fallar, para ello hay mecanismos en servidores exclusivos para que eso no ocurra, porque si un banco falla y no muestra al cliente la transferencia en 24h después de que la Generalitat Valenciana (o quien sea) le haya hecho esa transferencia, y este le interpone una reclamación, el banco se atiene a una sanción de hasta 150.000€ si es reincidente, esto ya ha pasado en varios bancos por retrasarse UN DÍA, solamente un día.
Es decir en el momento veáis que pone en atenea: PAGADO, como mucho esperad 24h y veréis la transferencia en vuestro banco, otra cosa es que lo hagan hoy que es viernes. Los sábados y domingos no son días laborables, por lo que la transferencia aparecerá el Lunes, y la hora en la que aparecerá será la hora de corte que tiene el banco establecida. No obstante es cierto que hay algunos bancos que si que muestran esas transferencias en fin de semana, todo un detalle, porque así el cliente puede disponer de su dinero sábado o domingo.
Ramon M (05/02/2021) – Usuario de ayudasparados.com
Compensación N significa que tu renta valenciana no está compensada por otro pago como por ejemplo el IMV u otra compensación. Los embargos no cuentan en esta ayuda ya que la Renta valenciana es inembargable por Ley.
Lo de Fecha Nac Obligación es que todos los meses te reconocen que tu tienes derecho a cobrar y ellos tienen la obligación de pagarte porque la RVI no es una «paguita», es un derecho subjetivo tuyo reconocido por ley donde tu tienes que cumplir con mil cosas, y la Generalitat Valenciana solamente tiene que cumplir con una, que es pagarte.
Ramon M (05/02/2021) – Usuario de ayudasparados.com
El sistema de pagos públicos consta de tres fases (hay alguno más pero lo que nos viene al caso son tres): tu nómina aparecerá como «reconocida la obligación de pago», luego «entrada en tesorería» y luego emitirán el pago, aquí pondrá «pagado», cuando ponga «pagado» al día siguiente según la ley de pagos que regula las transferencias bancarias deberías de tener el efectivo en tu banco.
Sergi (23/12/2021) – Usuario de ayudasparados.com
El año pasado en Diciembre hicieron el pago el día 28, que cayó Lunes…Tienen por Ley (Según la Ley que regula la RVI) para pagar hasta el día 6 de cada mes, no obstante la tendencia es que paguen entre el día 24 y el día 28 de cada mes. Primero se reconoce la obligación al pago, luego entra en tesorería, y una vez entra ahí en dos días hábiles como mucho hacen el pago.
Hoy día 23 los funcionarios han cobrado porque la previsión de pago de nominas estaba fijada para los días 22-23, desconozco si el pago de nominas de la RVI sigue el mismo camino.
Es posible que mañana salga reflejado el pago realizado de la RVI con fecha de hoy en la plataforma atenea (que funciona con un ligero desfase horario y no aparecen los datos en tiempo real), si es así, según la hora de corte de cada banco saldrá el dinero en efectivo en cuenta corriente, en el BBVA la hora de corte está en torno a las 13h, cada banco tiene la suya y no suele sobrepasar las 16h.
Si hacen el pago con fecha de mañana al estar el fin de semana por medio habrán bancos que los reflejen el Sábado y otros que lo harán a partir del Lunes, todo ello según la política de transferencias que tenga esa entidad financiera, y si acogen transferencias en días festivos o no.
Agradecimiento especial a los usuarios Ramón y Sergi que han ofrecido su tiempo y dedicación compartiendo su información en este foro.
CaixaBank
MUCHAS GRACIAS A TODOS!
Hoy estuve con mi trabajadora Social ( me atendio sin cita previa porque el tema ya era urgente) y envió un email a la Administracion. Toda mi documentación está correcta, me dijo que espere unos días porque es posible que me abonen los dos meses juntos (Diciembre y Enero) además me dió una cita para la semana que viene con el fin de solicitar una ayuda de emergencia (si ésta semana no me pagan)
Como bien dice Sergi, el Sindic de Greuges es lo más efectivo ( si el tema se agudiza)
Agradezco al portal de dejarme escribir y manifestarme con gente que se encuentra en mi misma situación ya que no contamos con otro espacio. GRACIAS!! también a ayudaparados.com
ABRAZO!
Alguien sabe algún número de la renta valenciana
Os sale contabilizada a alguien? A mi en alicante nada
Hola qué banco por favor
En Valencia ya han pagado saludos para todos que Dios os bendiga
Hola, a alguien le sale ya contabilizada en alicante?
Pablo,con respecto a los pagos pendientes enla paguina gva,nunca salen,yo he probado un monton de veces.Esto administrativamente esta muy mal enfocado y hecho,asi funciona la burocracia en valencia
Pablo, buenas noches.
He leido tus posts. Ya te digo QUE NO TE VAN A CONTESTAR. Pero puedes hacer una cosa. te vas al Sindic de Greuges e interpones una reclamación alegando y demostrando con documentos que eres perceptor de la renta valenciana y esta ha sido paralizada SIN QUE TE COMUNIQUEN NADA AL RESPECTO. Si la admiten a tramite la GVA TIENE OBLIGACIÓN DE CONTESTAR al Sindic, y a ti te enviaran copia de esa contestación para que tu alegues lo que consideres si procede.
El sindic es una autoridad publica, si no contestan están cometiendo desobediencia a una autoridad pública, a ellos no pueden hacerle el «silencio administrativo» que tanto utilizan con nosotros los «mortales de a pie».
A ver que es lo que alegan para acreditar ese parón de tu renta, porque recuerda que la RVI no es una «paguilla», ES UN DERECHO SUBJETIVO RECONOCIDO POR LEY (tu debes de tener ese papel donde te dice que te conceden la RVI), y si no pagan el siguiente paso sería interponer una RECLAMACIÓN DE RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL A LA ADMINISTRACIÓN por inclumplimiento, verás como pagan en cero coma…
Yo también la estoy cobrando hace unos meses me dejaron sin contabilizar dos meses y luego otro mes cuando me contabilizaron contabilizaron el mes que tocaba y los atrasos todo a la vez hasta que no contabilicen este mes no podrás saberlo esperemos que no sea como el enero pasado que no contabilizaron hasta febrero