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Que es la RVI?
La RVI o Renta Valenciana de Inclusión es el derecho que nos garantiza unos ingresos mínimos a todas las personas que lo necesiten, asi como el apoyo necesario para su inclusión social y laboral. No es unicamente una prestación económica, también incluye becas escolares, ayudas para la vivienda y para la energía o la supresión del copago. Y todo lo podemos tramitar desde una ventanilla única.
Qué requisitos básicos hay que cumplir para beneficiarse de la renta valenciana de inclusión?
Para poder solicitar esta ayuda, debes cumplir los siguientes requisitos:
- Tener 25 años o 16 años si tiene personas a tu cargo.
- Vivir en la Comunidad Valenciana durante el último año.
- Tener la familia con todos sus miembros en paro.
Ejemplos:
Esta es la familia García. Juan y Pilar llevan dos años en paro y no cobran ningún tipo de ayuda. Ahora, la renta valenciana de inclusión les va a garantizar 700 € al mes, que con gastos de hipoteca, luz y agua, podrían llegar a 880€.
Además, Julia, de dos años, tendrá plaza en la escuela pública. Su hermano, Pau, disfrutará de la beca para transporte y comedor escolar.
Ana tiene 25 años, es de Xativa y lleva dos años trabajando en Londres. Ahora puede solicitar la renta para poder volver a casa. Cuando vuelva, dispondrá de una ayuda de 515 € desde el primer día mientras se reconstruye su proyecto de vida cerca de su familia.
Jorge y Marina se separaron hace un año y ninguno de los dos tiene trabajo. Marina, que vive con su hijo en el domicilio familiar, puede solicitar la ayuda. Y también Jorge, que se ha ido a vivir a casa de sus padres, los dos con una pensión muy baja, ahora también puede solicitar la renta de 515 €.
Os presentamos a Teresa y a sus dos hijas Marc y Aitana. Teresa que era la única que aportaba ingresos en su casa llevan más de dos años en paro.
La nueva renta le permitirá solicitar una prestación de 660 € que llegarían a 825 con las ayudas para pagar la vivienda y el suministro energético. Además no tendrás que pagar los tratamientos farmacológicos que Aitana necesita.
Para saber más…
Si estás en alguno de estos casos o cumples alguno de los requisitos, puede ser el solicitante de esta ayuda, que será indefinida mientras la necesites.
Donde me puedo informar sobre la renta valenciana de inclusión?
Puedes informarte en los servicios sociales de tu municipio y también en la web de con toda la información de la Generalitat Valenciana de esta ayuda
Comentarios destacados
Ramon M (05/02/2021) – Usuario de ayudasparados.com
En el momento la Generalitat hace la transferencia (dentro de la hora de corte de cada banco) por pago directo al cada banco, el banco tiene como máximo 24h en días laborables para mostrar esa transferencia al cliente según la ley de pagos de 2018, antes las transferencias tardaban 2-3 días, pero eso cambió.
Eso son todo procesos «batch» automáticos, ahí no interviene el ser humano revisando transferencias una a una, pero el sistema puede fallar, para ello hay mecanismos en servidores exclusivos para que eso no ocurra, porque si un banco falla y no muestra al cliente la transferencia en 24h después de que la Generalitat Valenciana (o quien sea) le haya hecho esa transferencia, y este le interpone una reclamación, el banco se atiene a una sanción de hasta 150.000€ si es reincidente, esto ya ha pasado en varios bancos por retrasarse UN DÍA, solamente un día.
Es decir en el momento veáis que pone en atenea: PAGADO, como mucho esperad 24h y veréis la transferencia en vuestro banco, otra cosa es que lo hagan hoy que es viernes. Los sábados y domingos no son días laborables, por lo que la transferencia aparecerá el Lunes, y la hora en la que aparecerá será la hora de corte que tiene el banco establecida. No obstante es cierto que hay algunos bancos que si que muestran esas transferencias en fin de semana, todo un detalle, porque así el cliente puede disponer de su dinero sábado o domingo.
Ramon M (05/02/2021) – Usuario de ayudasparados.com
Compensación N significa que tu renta valenciana no está compensada por otro pago como por ejemplo el IMV u otra compensación. Los embargos no cuentan en esta ayuda ya que la Renta valenciana es inembargable por Ley.
Lo de Fecha Nac Obligación es que todos los meses te reconocen que tu tienes derecho a cobrar y ellos tienen la obligación de pagarte porque la RVI no es una «paguita», es un derecho subjetivo tuyo reconocido por ley donde tu tienes que cumplir con mil cosas, y la Generalitat Valenciana solamente tiene que cumplir con una, que es pagarte.
Ramon M (05/02/2021) – Usuario de ayudasparados.com
El sistema de pagos públicos consta de tres fases (hay alguno más pero lo que nos viene al caso son tres): tu nómina aparecerá como «reconocida la obligación de pago», luego «entrada en tesorería» y luego emitirán el pago, aquí pondrá «pagado», cuando ponga «pagado» al día siguiente según la ley de pagos que regula las transferencias bancarias deberías de tener el efectivo en tu banco.
Sergi (23/12/2021) – Usuario de ayudasparados.com
El año pasado en Diciembre hicieron el pago el día 28, que cayó Lunes…Tienen por Ley (Según la Ley que regula la RVI) para pagar hasta el día 6 de cada mes, no obstante la tendencia es que paguen entre el día 24 y el día 28 de cada mes. Primero se reconoce la obligación al pago, luego entra en tesorería, y una vez entra ahí en dos días hábiles como mucho hacen el pago.
Hoy día 23 los funcionarios han cobrado porque la previsión de pago de nominas estaba fijada para los días 22-23, desconozco si el pago de nominas de la RVI sigue el mismo camino.
Es posible que mañana salga reflejado el pago realizado de la RVI con fecha de hoy en la plataforma atenea (que funciona con un ligero desfase horario y no aparecen los datos en tiempo real), si es así, según la hora de corte de cada banco saldrá el dinero en efectivo en cuenta corriente, en el BBVA la hora de corte está en torno a las 13h, cada banco tiene la suya y no suele sobrepasar las 16h.
Si hacen el pago con fecha de mañana al estar el fin de semana por medio habrán bancos que los reflejen el Sábado y otros que lo harán a partir del Lunes, todo ello según la política de transferencias que tenga esa entidad financiera, y si acogen transferencias en días festivos o no.
Agradecimiento especial a los usuarios Ramón y Sergi que han ofrecido su tiempo y dedicación compartiendo su información en este foro.
como yo,
somos muchos los que todavia no cobramos Diciembre 2021 ( VALENCIA)
Siempre pagan la misma fecha o suele cambiar? GRACIASS.
Contabilizado ya en Alicante
Contabilizada ya en Alicante
Por ley, según la ley que regula la renta valenciana de inclusión, tienen de máximo plazo para ingresar hasta el día 8 de Marzo de 2022…de momento en alicante aún no está ni contabilizada en la plataforma athenea.
Buenos días ,este mes de febrero k día nos ingresan,?
Pablo una vez que se pueda demostrar con el certificado que no estas cobrando la renta valenciana, cuando en realidad si que deberias estar cobrandola, y este «error» por parte de la GVA te ha generado una serie de perjuicios, existe una reclamación extra judicial que se llama RECLAMACIÓN DE RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL, pero para que salga adelante tienes que cuantificar muy bien esos perjuicios economicos que te ha generado el no cobrar la RVI.
Hola Veronica, explicame que quieres que te explique mas detalladamente…¿el proceso para instalar un certificado digital?,¿el proceso para la reclamación ante la GVA?, el proceso para la reclamacion ante el sindic?….
Dime cosas, dame tiempo y te doy una respuesta generica que sirva para tod@s.
Un saludo
Pablo, el certificado de retrasos lo puedes conseguir entrando en atenea pero UNICAMENTE con certificado digital, ahí si que te deja generar un certificado, que es un DOCUMENTO PUBLICO.
Eso sí, en mi caso me ponia que estaba contabilizados tres meses pero yo no había cobrado esos tres meses porque no ponia «pagado», eso si que vale como prueba ante terceros, otra cosa es que esos terceros admitan esa prueba, porque ya se sabe que cada empresa privada es un mundo…
UNA COSA ES: reclamar que te dejen de pagar meses de la Renta Valenciana (sin notificación ni motivo alguno) cumpliendo con todas las obligaciones «al pie de la letra » que conlleva poder percibirla,
o mejor dicho,
que te coman meses de pago bajo » silencio administrativo», sin ni siquiera poder descargar un certificado de retrasos de pagos para presentar a terceros: como al del alquiler, agua, gas,luz comida…porque los trabajadores sociales cuando cobras la RVI no te ayudan (y se desligan por completo)
Y OTRA: …es esperar que te aprueben (por primera vez) la Renta Valenciana de Inclusión (RVI)
porque para eso, pueden pasar 10 meses…( y siguen estando en su derecho)
Cada caso es un mundo