7 mejores consejos sobre el subsidio mayores 55 años

Hemos recopilado algunas de las mejores respuestas sobre el subsidio mayores 55 años que nos ha enviado nuestro colaborador y experto en este tipo de ayudas, Jose María. Desde aquí le agradecemos toda la labor que está haciendo de forma altruista.

Contenido del artículo

Cuentan las cotizaciones en el extranjero?

Para solicitar el subsidio de mayores de 55 años es necesario tener 15 años cotizado y 6 de ellos durante tu vida laboral cotizados a Régimen General. Yo he trabajado 15 en el extranjero (Alemania) a Régimen General y 11 en España como autónomo, podría con estas circunstancias solicitarlo?

La cotizaciones en el extranjero te valen, pero tienes que ir a la seguridad social para que te lo convaliden, seguramente te pedirán justificantes de dichos trabajos en Alemania, pero si que sirven.

Como calculo los ingresos con cargas familiares?

Las cargas familiares se calculan con el sueldo bruto x 14 pagas y se divide entre 12 y después se divide por los que conviven en casa. Se descuentan las retenciones de la nomina?

Si en nómina te meten cada mes la paga extra, ósea, solo tienes 12 pagas al año, tienes que coger el total devengado, que es lo que cobras neto, más todas las retenciones y nada más.

Si por el contrario las pagas extras las tienes en junio y diciembre, tienes que coger el total devengado y luego sumarle la prorrata de pagas extras, que es lo que le correspondería cada mes si las cobrara como el ejemplo anterior (esta cantidad casi siempre viene en la parte inferior a la izquierda y viene como te he dicho total devengado+prorrata de pagas.ayuda o subsidio mayores 55 años

Como ves es muy sencillo, el total devengado suele venir en el centro de la nómina en la parte derecha y de ahí le restan el IRPF, seguridad social, etc. y sacan el líquido a pagar. Para el INEM, todos los conceptos de la nómina se cuentan excepto las dietas que se dan por alojamiento, comida etc., por ejemplo a camioneros y viajantes.

Con respecto a lo que comentas de tu marido que tenia el mayor de 52 y luego trabajó tres meses y cogió 3 meses que le quedaban de paro, no te entiendo, dices que tenía el mayor de 52 y que hacia la declaración anual de rentas y luego me sales que le quedaban 3 meses de paro y no sé exactamente a qué te refieres, o cobraba el subsidio o tenía paro.

Cuando uno tiene un mayor de 52 o 55 años, supongamos que cobra 426 euros, y genera un derecho a paro, se pueden hacer 2 cosas: si ese paro es a tiempo completo puede pedir el paro y luego volver a pedir otro subsidio, el anterior le queda extinguido.

Otro ejemplo, generas paro pero a tiempo parcial (cuidado) el nuevo subsidio que generes será con la cuantía de la última parcialidad que te dé derecho a paro, es decir, el subsidio ya no lo cobrarás a 426 euros, entonces si te ves perjudicada, puedes optar por seguir cobrando tu subsidio y no cobrar el paro y perderás las cotizaciones, pero el subsidio será el mismo que tenías.

Otro ejemplo, estás cobrando el subsidio mayor de 52 años, el de antes de julio del 2012, este tipo de subsidio hasta marzo del 2013 no se pedían cargas familiares, por lo que sólo dependías de tus propias rentas, pues imagínate que cobras ese subsidio y general un derecho a paro, tienes igualmente 2 opciones, si el nuevo derecho te perjudica, porque estás casado por ejemplo y tu mujer se pasa de rentas con el nuevo subsidio esto ya se tiene en cuenta, entonces como seguramente no podrás acceder a las nuevas condiciones, puedes optar a seguir cobrando el antiguo subsidio y no cobrar el paro, eso si las cotizaciones de ese paro las perderías.

Espero no haberte liado mucho, la moraleja de todo es que si cobrando el subsidio mayores 55 años o 52 años, generas un derecho a paro y este te perjudica para un posterior subsidio, puedes optar, pues el legislador entiende que es una prestación hasta la jubilación y no se puede perjudicar a una persona por generar un paro que le perjudicaría para muchos años.

Cumplo todos los requisitos para solicitarla?

Acabo de cumplir los 55 y tengo todos los requisitos para cobrar el subsidio mayores 55 años, excepto a que el paro lo agoté hace muchísimo tiempo y de momento solo tengo unos 120 días cotizados…que puedo hacer para solicitar el subsidio?

Si crees que reúnes los requisitos para el mayor de 55 años, 15 años cotizados y de ellos 6 al desempleo, y ahora tienes más de 90 días cotizados, solamente necesitas un contrato de trabajo, a poder ser a jornada completa. El subsidio mayor de 55 años, se puede acceder con 90 días cotizados, no hace falta 180 en caso de carecer de rentas, así que con un contrato para tener situación de desempleo te bastaría.

Nuevos requisitos para cobrar el subsidio mayores 55 años

Cumplo todos los requisitos para solicitar la ayuda para mayores de 55 años, salvo uno, que al parecer es nuevo, o añadido a lo que ya había. ¿Es cierto que si no tienes 12 meses cotizados, debes tener al menos 3 meses -y aquí viene la novedad-, si tienes cargas familiares o seis si no las tienes. Yo tengo tres meses pero no cargas.

Efectivamente desde julio del 2012 ya no se puede acceder directamente al subsidio para mayores de 55 años, como se hacía antes, ahora tienes que cobrar un subsidio, agotar un paro que te dé derecho a subsidio y en su defecto tener 3 meses cotizados que te den derecho a acceder al subsidio mayores 55 años.
Efectivamente en los subsidios normales para acceder a un subsidio de 3 meses necesitas tener cargas familiares, pero el legislador ha entendido como este subsidio se puede tener sin cargas familiares con 3 meses es suficiente para acceder a él. Ojo, solamente para el mayor de 55 años, si no reunieras algunos de los requisitos, no podrías con estos 3 meses acceder a otro tipo de subsidio.
Por lo tanto si tienes los 3 meses cotizados solicita el subsidio.

Como se imputan los fondos de inversión a efecto de ingresos?

Tanto los fondos de inversión como las acciones se consideran incrementos patrimoniales y se pagan en un pago único.
Si tienes un fondo o unas acciones, los ingresos que se cuentan solo es a la hora del rescate de dicho fondo o con la venta de acciones.
Supongamos que tienes 1000 acciones y las compras a 20 euros y al cabo de unos meses, las vendes a 40 euros, la ganancia patrimonial es de 20000 euros, que dividido para 12 meses da una cantidad superior a 486 euros.
Si esas acciones las vendes el 15 de julio, se lo comunicas al SEPE y se te dará de baja ese mismo día y previa solicitud por tu parte se te reanudará con fecha 15 de agosto, por lo que solo se te suspenderá un mes, luego se puede cobrar el subsidio.
Para compensar ganancias con pérdidas, solo lo puedes hacer si ambas cosas coinciden el mismo mes, si ganas 20000 y pierdes con otra venta 15000, solo se considerarían unas ganancias de 5000 euros si se producen el mismo mes, si es en mes distinto tendrías unas ganancias de 20000 euros.
Con los fondos pasa igual, fecha de venta, se divide para doce y si el resultado es mayor de 486 euros, se suspende el subsidio un mes y se reanuda. Estas condiciones afectan en este caso solamente al subsidio mayores 55 años.

Las herencias, como afectan?

Como afecta el cobro de una herencia a las condiciones para seguir cobrando el subsidio mayores 55 años? Siempre hay que comunicar al SEPE, cualquier variación patrimonial.
El tema de la herencia va de la siguiente manera:
Hay que comunicar al SEPE el incremento patrimonial desde el mismo día que se formaliza la escritura, si superas rentas se suspende un mes y al mes siguiente se reanuda, si te das cuenta, es igual que lo que comento normalmente en este foro.
Como dicha vivienda, fondo, acciones etc., tiene un valor en la fecha en que pasa a tu propiedad, en caso de venta, hay que hacer la diferencia entre el valor en que recibiste dichos bienes y el valor de la venta, si la ganancia dividida para 12 supera 486 euros, tienes que volver a suspender la prestación.
O sea, tienes dos incrementos, uno cuando recibes la herencia que tiene un valor x, y otro cuando vendes que tienes ganancias o pérdidas, por lo tanto si tienes ganancias superiores sería otro incremento patrimonial.

Otras dudas

Si estoy cobrando el subsidio de desempleo por un contrato de tres meses, y cumplo los 55 años en el ultimo mes de subsidio, puedo solicitar el de los 55 años, o tiene que haber mas margen para poder solicitarlo?

Para acceder al mayor de 55 años tienes que estar cobrando el subsidio, da igual el primer o el último día, tienes que cumplir los 55 años durante la vigencia del subsidio, así que justo cuando cumplas la edad, acude a tu oficina para que te cambien el tipo de subsidio.

1.877 comentarios sobre «7 mejores consejos sobre el subsidio mayores 55 años»

  1. Tengo 58 años. 10 en régimen general. 18 meses cobrando el paro y los últimos 15 años como autónomo. Tengo derecho a alguna ayuda?. Los únicos ingresos que tenemos son los 733 € de pensión de mi marido. Gracias

  2. En abril 2016,empiezo a cobrar el 3er RAI… en 2015 coticé 48 dias y me inscribi como demandante de empleo de nuevo..pierdo el drecho a cobrar el RAI en abril…ó tengo q esperar un año?…muchas gracias

  3. Buenas tardes
    Mi consulta es la siguiente. Tengo 61 años. Estoy en el paro desde Febrero del 2013. Hoy he ido a preguntar para el programa de Renta activa de inserción. Uno de los requisitos es presentar 9 curriculums sellados .Estoy apuntada en Infojob e Infoempleo, nunca me han seleccionado en ninguna empresa. Es válido presentar pantallazos de los envíos de curriculums por dicha vía ? Y son válidos también el haberme apuntado hoy mismo a ofertas ?

  4. Hola,mi pregunta es, yo tengo 55 años y se me termina el paro tengo cita el proximo mes de noviembre para solicitar la ayuda del paro o la de los 55 años, me case de segundas con un chico que tiene dos niñas las cuales le pasa una pensión y gastos varios a parte de estar en juicios constantes con lo que supone eso de gastos, paga alquiler etc, yo tuve que alquilar mi piso por no poderlo pagar y no saco ganancias, lo tengo por 550 euros pago de hipoteca, 480 mas 50 de comunidad, ibi y seguros,me piden los ingresos de mi marido para poderme cobrar yo la ayuda del paro o la de 55 años,mi marido cobra poco y se le va con sus hijas alquiler y demás, que puedo hacer? gracias un saludo

  5. Tengo 54 años, he agotado la 1ª RAI, ahora tengo que esperar 12 meses para poder solicitar la segunda. Creo que para poder cobrar la de mayores de 55 hasta que me jubile, tengo que cotizar 90 dias, pero durante este año , hasta que cumpla los 55, puede ser en cualquier momento?
    He cotizado 37 años en Regimen General.

  6. Mi marido trabaja agosto-14 y después reanuda mayor de 52 años. Yo trabaje 1 mes 7/14 y reanudé mayor 55 años sep-14. Ahora me reclaman devolver cantidades por superar renta mes anterior de mi marido. También francisco trabajo abril-15 dándole de baja medica y termina contrato siguiendo de baja hasta hoy, pagándole la Mutua. Ahora me dicen que las rentas familiares superan 985 € y no me pagan nada (El mayor-52, Yo mayores-55) y devolver 1 año de mis cobros. Yo he cotizado 36 años, El 37 años. Todos los meses no fueron asi el 2014 y 15. Habra meses q no superamos otros meses si. ¿Tengo que controlar todo esto? Encima estamos separados hace años (no oficialmente) Me embargaron el piso, estoy en la calle y sin nada de nada a pesar de 36 años cotizados. SOS que puedo hacer???

  7. Hola, gracias de antemano por su ayuda. Éste es mi caso y mi duda:
    Éste mes de Agosto termino de cobrar mi primera Rai.Soy mayor de 55 años, concretamente 58. Ahora he conseguido un contrato de Dos meses y tres Semanas a tiempo parcial y al finalizar éste, otro contrato de una semana a tiempo completo.Cuando finalice mi trabajo, antes de los 15 días que requieren puedo pedir Subsidio o Ayuda para Mayores de 55 Años de 426 euros hasta cumplir los 61 años, previas revisiones pertinentes.

  8. No estoy seguro de haber enviado bien el anterior correo.
    «Para solicitar el subsidio de mayores de 55 años es necesario tener 15 años cotizado y 6 de ellos durante tu vida laboral cotizados a Régimen General.» Es un detalle que se suele omitir en las páginas informativas…
    La pregunta es: solo tengo cotizados en mi vida laboral 6 años 9 meses, sin cargas familiares, Español. En paro desde 2010 o mucho antes por problemas de espalda, con mini interrupciones. Alguna vez me prolongaron alguna prestación ¿PRODI?. Ahora me niegan el plan PREPARA, a pesar de haber terminado con éxito un curso de capacitación profesional de Ensayos No Destructivos de materiales (no reconocido profesionalmente, aunque venga avalado por un decreto de ley, oséa =0) de 8 meses 6 h/día, durante el cual recibía un subsidio por «excarcelación» (carcel por inanición 10Kg hachis, Ceuta, 3 a. 1 día, la primera en la frente). Yo he trabajado de topógrafo casi toda mi vida y ahora no puedo por la espalda, A mi en el SEPE no me dan ninguna justificación por escrito de nada. ¿No tengo derecho a nada? ¿Como puedo dirigirme a ellos para que me contesten justificando porqué estoy fuera de la sociedad? A mi se me nubla la mente cuando entro en el SEPE…..estoy desesperado.
    Todo esto lo puedo justificar y ampliar, pero acabo de salir del SEPE.con un NO! en la frente.
    Atentamente: Ignacio M A

    1. Tengo 56 años he cotizado siempre como autonomo 34 años que tipo de ayuda teng y ĺa de mayor de 55 años?

  9. Hola, el día 30 de Noviembre 2014 me di de baja en todo lo concerniente a la hostelería por cierre del negocio, fui a las oficinas del paro a solicitar mi demanda por desempleo,y al preguntar por alguna ayuda me dicen que no tengo derecho por haber sido autónoma, que tendía que trabajar un mínimo de tres meses a jornada completa para poder acceder a algo, tengo 58 años y no tengo nada ¿que puedo hacer?

  10. Estoy cobrando el subsidio de desempleo para mayores de 55 años, además de tener el carnet de paro actualizado, hay que hacer la declaración de la renta y presentarla en el Inem?.Hay que presentar anualmente otros documentos?

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