Hemos recopilado algunas de las mejores respuestas sobre el subsidio mayores 55 años que nos ha enviado nuestro colaborador y experto en este tipo de ayudas, Jose María. Desde aquí le agradecemos toda la labor que está haciendo de forma altruista.
Contenido del artículo
Cuentan las cotizaciones en el extranjero?
Para solicitar el subsidio de mayores de 55 años es necesario tener 15 años cotizado y 6 de ellos durante tu vida laboral cotizados a Régimen General. Yo he trabajado 15 en el extranjero (Alemania) a Régimen General y 11 en España como autónomo, podría con estas circunstancias solicitarlo?
La cotizaciones en el extranjero te valen, pero tienes que ir a la seguridad social para que te lo convaliden, seguramente te pedirán justificantes de dichos trabajos en Alemania, pero si que sirven.
Como calculo los ingresos con cargas familiares?
Las cargas familiares se calculan con el sueldo bruto x 14 pagas y se divide entre 12 y después se divide por los que conviven en casa. Se descuentan las retenciones de la nomina?
Si en nómina te meten cada mes la paga extra, ósea, solo tienes 12 pagas al año, tienes que coger el total devengado, que es lo que cobras neto, más todas las retenciones y nada más.
Si por el contrario las pagas extras las tienes en junio y diciembre, tienes que coger el total devengado y luego sumarle la prorrata de pagas extras, que es lo que le correspondería cada mes si las cobrara como el ejemplo anterior (esta cantidad casi siempre viene en la parte inferior a la izquierda y viene como te he dicho total devengado+prorrata de pagas.
Como ves es muy sencillo, el total devengado suele venir en el centro de la nómina en la parte derecha y de ahí le restan el IRPF, seguridad social, etc. y sacan el líquido a pagar. Para el INEM, todos los conceptos de la nómina se cuentan excepto las dietas que se dan por alojamiento, comida etc., por ejemplo a camioneros y viajantes.
Con respecto a lo que comentas de tu marido que tenia el mayor de 52 y luego trabajó tres meses y cogió 3 meses que le quedaban de paro, no te entiendo, dices que tenía el mayor de 52 y que hacia la declaración anual de rentas y luego me sales que le quedaban 3 meses de paro y no sé exactamente a qué te refieres, o cobraba el subsidio o tenía paro.
Cuando uno tiene un mayor de 52 o 55 años, supongamos que cobra 426 euros, y genera un derecho a paro, se pueden hacer 2 cosas: si ese paro es a tiempo completo puede pedir el paro y luego volver a pedir otro subsidio, el anterior le queda extinguido.
Otro ejemplo, generas paro pero a tiempo parcial (cuidado) el nuevo subsidio que generes será con la cuantía de la última parcialidad que te dé derecho a paro, es decir, el subsidio ya no lo cobrarás a 426 euros, entonces si te ves perjudicada, puedes optar por seguir cobrando tu subsidio y no cobrar el paro y perderás las cotizaciones, pero el subsidio será el mismo que tenías.
Otro ejemplo, estás cobrando el subsidio mayor de 52 años, el de antes de julio del 2012, este tipo de subsidio hasta marzo del 2013 no se pedían cargas familiares, por lo que sólo dependías de tus propias rentas, pues imagínate que cobras ese subsidio y general un derecho a paro, tienes igualmente 2 opciones, si el nuevo derecho te perjudica, porque estás casado por ejemplo y tu mujer se pasa de rentas con el nuevo subsidio esto ya se tiene en cuenta, entonces como seguramente no podrás acceder a las nuevas condiciones, puedes optar a seguir cobrando el antiguo subsidio y no cobrar el paro, eso si las cotizaciones de ese paro las perderías.
Espero no haberte liado mucho, la moraleja de todo es que si cobrando el subsidio mayores 55 años o 52 años, generas un derecho a paro y este te perjudica para un posterior subsidio, puedes optar, pues el legislador entiende que es una prestación hasta la jubilación y no se puede perjudicar a una persona por generar un paro que le perjudicaría para muchos años.
Cumplo todos los requisitos para solicitarla?
Acabo de cumplir los 55 y tengo todos los requisitos para cobrar el subsidio mayores 55 años, excepto a que el paro lo agoté hace muchísimo tiempo y de momento solo tengo unos 120 días cotizados…que puedo hacer para solicitar el subsidio?
Si crees que reúnes los requisitos para el mayor de 55 años, 15 años cotizados y de ellos 6 al desempleo, y ahora tienes más de 90 días cotizados, solamente necesitas un contrato de trabajo, a poder ser a jornada completa. El subsidio mayor de 55 años, se puede acceder con 90 días cotizados, no hace falta 180 en caso de carecer de rentas, así que con un contrato para tener situación de desempleo te bastaría.
Nuevos requisitos para cobrar el subsidio mayores 55 años
Cumplo todos los requisitos para solicitar la ayuda para mayores de 55 años, salvo uno, que al parecer es nuevo, o añadido a lo que ya había. ¿Es cierto que si no tienes 12 meses cotizados, debes tener al menos 3 meses -y aquí viene la novedad-, si tienes cargas familiares o seis si no las tienes. Yo tengo tres meses pero no cargas.
Efectivamente desde julio del 2012 ya no se puede acceder directamente al subsidio para mayores de 55 años, como se hacía antes, ahora tienes que cobrar un subsidio, agotar un paro que te dé derecho a subsidio y en su defecto tener 3 meses cotizados que te den derecho a acceder al subsidio mayores 55 años.
Efectivamente en los subsidios normales para acceder a un subsidio de 3 meses necesitas tener cargas familiares, pero el legislador ha entendido como este subsidio se puede tener sin cargas familiares con 3 meses es suficiente para acceder a él. Ojo, solamente para el mayor de 55 años, si no reunieras algunos de los requisitos, no podrías con estos 3 meses acceder a otro tipo de subsidio.
Por lo tanto si tienes los 3 meses cotizados solicita el subsidio.
Como se imputan los fondos de inversión a efecto de ingresos?
Tanto los fondos de inversión como las acciones se consideran incrementos patrimoniales y se pagan en un pago único.
Si tienes un fondo o unas acciones, los ingresos que se cuentan solo es a la hora del rescate de dicho fondo o con la venta de acciones.
Supongamos que tienes 1000 acciones y las compras a 20 euros y al cabo de unos meses, las vendes a 40 euros, la ganancia patrimonial es de 20000 euros, que dividido para 12 meses da una cantidad superior a 486 euros.
Si esas acciones las vendes el 15 de julio, se lo comunicas al SEPE y se te dará de baja ese mismo día y previa solicitud por tu parte se te reanudará con fecha 15 de agosto, por lo que solo se te suspenderá un mes, luego se puede cobrar el subsidio.
Para compensar ganancias con pérdidas, solo lo puedes hacer si ambas cosas coinciden el mismo mes, si ganas 20000 y pierdes con otra venta 15000, solo se considerarían unas ganancias de 5000 euros si se producen el mismo mes, si es en mes distinto tendrías unas ganancias de 20000 euros.
Con los fondos pasa igual, fecha de venta, se divide para doce y si el resultado es mayor de 486 euros, se suspende el subsidio un mes y se reanuda. Estas condiciones afectan en este caso solamente al subsidio mayores 55 años.
Las herencias, como afectan?
Como afecta el cobro de una herencia a las condiciones para seguir cobrando el subsidio mayores 55 años? Siempre hay que comunicar al SEPE, cualquier variación patrimonial.
El tema de la herencia va de la siguiente manera:
Hay que comunicar al SEPE el incremento patrimonial desde el mismo día que se formaliza la escritura, si superas rentas se suspende un mes y al mes siguiente se reanuda, si te das cuenta, es igual que lo que comento normalmente en este foro.
Como dicha vivienda, fondo, acciones etc., tiene un valor en la fecha en que pasa a tu propiedad, en caso de venta, hay que hacer la diferencia entre el valor en que recibiste dichos bienes y el valor de la venta, si la ganancia dividida para 12 supera 486 euros, tienes que volver a suspender la prestación.
O sea, tienes dos incrementos, uno cuando recibes la herencia que tiene un valor x, y otro cuando vendes que tienes ganancias o pérdidas, por lo tanto si tienes ganancias superiores sería otro incremento patrimonial.
Otras dudas
Si estoy cobrando el subsidio de desempleo por un contrato de tres meses, y cumplo los 55 años en el ultimo mes de subsidio, puedo solicitar el de los 55 años, o tiene que haber mas margen para poder solicitarlo?
Para acceder al mayor de 55 años tienes que estar cobrando el subsidio, da igual el primer o el último día, tienes que cumplir los 55 años durante la vigencia del subsidio, así que justo cuando cumplas la edad, acude a tu oficina para que te cambien el tipo de subsidio.
Hola! Tengo 62 años. He cotizado por cuenta ajena 18, pero hace de eso 30 años. Mi duda es que si trabajo 3 meses puedo acceder al la ayuda de 55 años? o tengo que haber trabajado 2 años en los últimos 15?
Otra pregunta sería: Cuanto cobraría de jubilación en el caso de cobrar-cotizar por la ayuda mayores 55 años, si cobrara durante dos años?
hola, quisiera consultar lo siguiente: tengo mas de 55 años (56 años) , ahora estoy cobrando el salario social de la junta de andalucia es por 6 meses y este salario social se me acaba el proximo mes de abril de este año, cuando se me acabe este salario social de la junta de andalucia el proxmo mes de abril, ¿puedo solicitar el subsidio de mas 55 años?, mi vida laboral es de 4 años y 3 dias, ¿tengo derecho a percibir el paro de mayores de 55 años hasta la edad de jubilacion?, espero que me aclaren este tema de cobrar el paro hasta la edad de jubilacion, muchas gracias, espero su grata respuesta al respecto, saludos juan.
Juan yo trabajo 8h por 700 euros. No entiendo como habiendo cotizado solo 4 años con la edad que tienes piensas en cobrar el paro y jubilarte. Piensa que si todos hacemos igual esto es insostenible. Te animo a cotizar más `para luego poder pedir prestaciones
Juan yo trabajo 8h por 700 euros. No entiendo como habiendo cotizado solo 4 años con la edad que tienes piensas en cobrar el paro y jubilarte. Piensa que si todos hacemos igual esto es insostenible. Te animo a cotizar más `para luego poder pedir prestaciones.Hay que pensar en el bien del pais
Estoy cobrando la RAI de mas de 55 años, ahora a mi marido le hacen un contrato indefinido de 1800 euros brutos, tengo que darme de bajade la RA?, si mi marido deja de trabajar yo podría reactivar esta RAI?
Estoy cobrando el subsidio por desempleo para mayores de 55 años, me lo han concedido hasta que cumpla los 61 años, que será el 29 de mayo de 2019, estoy acogida en la nueva ley, cumplo los requisitos para jubilarme a esa edad.
Mi pregunta es: Esta Ley se termina el 1 de enero de 2019, como quedo yo, si cumplo los años en Mayo de 2019,» TENDRE DERECHO A JUBILARME CON 61 AÑOS», si esa Ley ya termino en eneo
Hola cómo estás por favor serías tan amable de indicarme los requisitos para solicitar la ayuda de mayores de 55 si vives con tu padre que gana 900 € te la dan o no osea influyen los ingresos dónde vives o no muchísimas gracias un saludo
Hola, tengo 56 años, cotizados 19 años 3 meses y 6 dias en España, en 2012 pedí el paro único y estuve de autónoma desde junio 2012 hasta marzo 2014 con cuota normal y mayo y junio 2014 con cuota autonomos venta ambulante. Tuve luego contrato dependienta de 1 semana seguido de otro de tres meses que finalizó el 22/7/2015 incluyendo vacaciones no disfrutadas. A partir de allí y siguiendo las indicaciones de los funcionarios del Sepe, me apunté al paro y en el plazo establecido presenté la solicitud en agosto del 2015. Han tardado en contestarme 3 meses porqué decían que siendo prestación contributiva, habían pedido un documento a mi Pais de origen con los años cotizados allí (Italia) y tenían que unificar todos los datos, finalmente en noviembre me comunican la denegación donde, por la web indicaban como causa que no tenía derecho a la pensión de jubilación por carecer de los 15 años de cotización, y por carta hablaba de 15+2, presentamos alegaciones y volvieron a denegar. Puesto que 5 funcionarios me dijeron que todo estaba en regla y que tenía que haber algún error puesto que indicaban como motivo de denegación: «jubilación» y no «subsidio», ahora solicité consulta con un abogado y según la persona que tramitó la consulta, parece ser que a causa de los dos años que estuve como autonoma perdí los derechos…No entiendo nada, puesto que precisamente por eso, me pidieron un contrato de 3 meses para poder tener derecho a la solicitud. Antes de presentar recurso al Juzgado, pueden aclarame este embrollo que dura ya muchos meses? Podría en caso de que así sea, solicitar algún otro tipo de ayuda?. Encontrar otro trabajo está siendo misión imposible y carezco de ingresos. Estoy sola y sin cargas familiares y con vivienda propia. Gracias por la ayuda
hola soy luis tengo 61 años en febrero de 2016 se me agoto el paro contributibo y voy a solicitar el subsidio de 55 años cumplo con todos los requisitos, pero tengo una duda.
en el año 2014 vendi una propiedad por 60000€
era una segunda vivienda.hay que tenerla en cuenta por los requisitos de de rentas en el subsidio aunque haya perdida patrimonial.
Hola,Empleada de hogar tiene derecho la subsidio mayores de 55 años? Gracias,un saludo.
Minerva se presenta el mismo mes que cumples el año y tienes que pedir cita y lo tienes que hacer todos los años sin olvidarte
Hola! Cual es el plazo para,presentar el justificante de rentas al inem una vez cumplido un año de estar cobrando el subsidio para mayores de 55años gracias
Armando se presenta el mismo mes que haces el año te lo dirian cuando lo solicitastes y asi todos los años que estes tienes que pedir cita
Hola, tengo 55 años y 29 cotizados en régimen general.
Este mes se me agota la ayuda del RAI que solicite el año pasado con 54 años.
Por favor,alguien me puede confirmar que con un contrato de trabajo de 90 días cotizados puedo solicitar la ayuda a mayores de 55 años. En el articulo no me queda muy claro. Y he leído en otros sitios que soltero y sin hijos hace falta cotizar 180 días. Muchas gracias
Hola Juan si eres soltero tienes que cotizar los 180 dias que son 6 meses para acceder al subsidio de mayores de 55 años .Lo se porque lo he lleido mucha suerte.
Hola, si me deniegan el subsidio con la declaracion del año pasado ,me sirven los tres meses para el año siguiente.
gracias
Mariaje