Hemos recopilado algunas de las mejores respuestas sobre el subsidio mayores 55 años que nos ha enviado nuestro colaborador y experto en este tipo de ayudas, Jose María. Desde aquí le agradecemos toda la labor que está haciendo de forma altruista.
Contenido del artículo
Cuentan las cotizaciones en el extranjero?
Para solicitar el subsidio de mayores de 55 años es necesario tener 15 años cotizado y 6 de ellos durante tu vida laboral cotizados a Régimen General. Yo he trabajado 15 en el extranjero (Alemania) a Régimen General y 11 en España como autónomo, podría con estas circunstancias solicitarlo?
La cotizaciones en el extranjero te valen, pero tienes que ir a la seguridad social para que te lo convaliden, seguramente te pedirán justificantes de dichos trabajos en Alemania, pero si que sirven.
Como calculo los ingresos con cargas familiares?
Las cargas familiares se calculan con el sueldo bruto x 14 pagas y se divide entre 12 y después se divide por los que conviven en casa. Se descuentan las retenciones de la nomina?
Si en nómina te meten cada mes la paga extra, ósea, solo tienes 12 pagas al año, tienes que coger el total devengado, que es lo que cobras neto, más todas las retenciones y nada más.
Si por el contrario las pagas extras las tienes en junio y diciembre, tienes que coger el total devengado y luego sumarle la prorrata de pagas extras, que es lo que le correspondería cada mes si las cobrara como el ejemplo anterior (esta cantidad casi siempre viene en la parte inferior a la izquierda y viene como te he dicho total devengado+prorrata de pagas.
Como ves es muy sencillo, el total devengado suele venir en el centro de la nómina en la parte derecha y de ahí le restan el IRPF, seguridad social, etc. y sacan el líquido a pagar. Para el INEM, todos los conceptos de la nómina se cuentan excepto las dietas que se dan por alojamiento, comida etc., por ejemplo a camioneros y viajantes.
Con respecto a lo que comentas de tu marido que tenia el mayor de 52 y luego trabajó tres meses y cogió 3 meses que le quedaban de paro, no te entiendo, dices que tenía el mayor de 52 y que hacia la declaración anual de rentas y luego me sales que le quedaban 3 meses de paro y no sé exactamente a qué te refieres, o cobraba el subsidio o tenía paro.
Cuando uno tiene un mayor de 52 o 55 años, supongamos que cobra 426 euros, y genera un derecho a paro, se pueden hacer 2 cosas: si ese paro es a tiempo completo puede pedir el paro y luego volver a pedir otro subsidio, el anterior le queda extinguido.
Otro ejemplo, generas paro pero a tiempo parcial (cuidado) el nuevo subsidio que generes será con la cuantía de la última parcialidad que te dé derecho a paro, es decir, el subsidio ya no lo cobrarás a 426 euros, entonces si te ves perjudicada, puedes optar por seguir cobrando tu subsidio y no cobrar el paro y perderás las cotizaciones, pero el subsidio será el mismo que tenías.
Otro ejemplo, estás cobrando el subsidio mayor de 52 años, el de antes de julio del 2012, este tipo de subsidio hasta marzo del 2013 no se pedían cargas familiares, por lo que sólo dependías de tus propias rentas, pues imagínate que cobras ese subsidio y general un derecho a paro, tienes igualmente 2 opciones, si el nuevo derecho te perjudica, porque estás casado por ejemplo y tu mujer se pasa de rentas con el nuevo subsidio esto ya se tiene en cuenta, entonces como seguramente no podrás acceder a las nuevas condiciones, puedes optar a seguir cobrando el antiguo subsidio y no cobrar el paro, eso si las cotizaciones de ese paro las perderías.
Espero no haberte liado mucho, la moraleja de todo es que si cobrando el subsidio mayores 55 años o 52 años, generas un derecho a paro y este te perjudica para un posterior subsidio, puedes optar, pues el legislador entiende que es una prestación hasta la jubilación y no se puede perjudicar a una persona por generar un paro que le perjudicaría para muchos años.
Cumplo todos los requisitos para solicitarla?
Acabo de cumplir los 55 y tengo todos los requisitos para cobrar el subsidio mayores 55 años, excepto a que el paro lo agoté hace muchísimo tiempo y de momento solo tengo unos 120 días cotizados…que puedo hacer para solicitar el subsidio?
Si crees que reúnes los requisitos para el mayor de 55 años, 15 años cotizados y de ellos 6 al desempleo, y ahora tienes más de 90 días cotizados, solamente necesitas un contrato de trabajo, a poder ser a jornada completa. El subsidio mayor de 55 años, se puede acceder con 90 días cotizados, no hace falta 180 en caso de carecer de rentas, así que con un contrato para tener situación de desempleo te bastaría.
Nuevos requisitos para cobrar el subsidio mayores 55 años
Cumplo todos los requisitos para solicitar la ayuda para mayores de 55 años, salvo uno, que al parecer es nuevo, o añadido a lo que ya había. ¿Es cierto que si no tienes 12 meses cotizados, debes tener al menos 3 meses -y aquí viene la novedad-, si tienes cargas familiares o seis si no las tienes. Yo tengo tres meses pero no cargas.
Efectivamente desde julio del 2012 ya no se puede acceder directamente al subsidio para mayores de 55 años, como se hacía antes, ahora tienes que cobrar un subsidio, agotar un paro que te dé derecho a subsidio y en su defecto tener 3 meses cotizados que te den derecho a acceder al subsidio mayores 55 años.
Efectivamente en los subsidios normales para acceder a un subsidio de 3 meses necesitas tener cargas familiares, pero el legislador ha entendido como este subsidio se puede tener sin cargas familiares con 3 meses es suficiente para acceder a él. Ojo, solamente para el mayor de 55 años, si no reunieras algunos de los requisitos, no podrías con estos 3 meses acceder a otro tipo de subsidio.
Por lo tanto si tienes los 3 meses cotizados solicita el subsidio.
Como se imputan los fondos de inversión a efecto de ingresos?
Tanto los fondos de inversión como las acciones se consideran incrementos patrimoniales y se pagan en un pago único.
Si tienes un fondo o unas acciones, los ingresos que se cuentan solo es a la hora del rescate de dicho fondo o con la venta de acciones.
Supongamos que tienes 1000 acciones y las compras a 20 euros y al cabo de unos meses, las vendes a 40 euros, la ganancia patrimonial es de 20000 euros, que dividido para 12 meses da una cantidad superior a 486 euros.
Si esas acciones las vendes el 15 de julio, se lo comunicas al SEPE y se te dará de baja ese mismo día y previa solicitud por tu parte se te reanudará con fecha 15 de agosto, por lo que solo se te suspenderá un mes, luego se puede cobrar el subsidio.
Para compensar ganancias con pérdidas, solo lo puedes hacer si ambas cosas coinciden el mismo mes, si ganas 20000 y pierdes con otra venta 15000, solo se considerarían unas ganancias de 5000 euros si se producen el mismo mes, si es en mes distinto tendrías unas ganancias de 20000 euros.
Con los fondos pasa igual, fecha de venta, se divide para doce y si el resultado es mayor de 486 euros, se suspende el subsidio un mes y se reanuda. Estas condiciones afectan en este caso solamente al subsidio mayores 55 años.
Las herencias, como afectan?
Como afecta el cobro de una herencia a las condiciones para seguir cobrando el subsidio mayores 55 años? Siempre hay que comunicar al SEPE, cualquier variación patrimonial.
El tema de la herencia va de la siguiente manera:
Hay que comunicar al SEPE el incremento patrimonial desde el mismo día que se formaliza la escritura, si superas rentas se suspende un mes y al mes siguiente se reanuda, si te das cuenta, es igual que lo que comento normalmente en este foro.
Como dicha vivienda, fondo, acciones etc., tiene un valor en la fecha en que pasa a tu propiedad, en caso de venta, hay que hacer la diferencia entre el valor en que recibiste dichos bienes y el valor de la venta, si la ganancia dividida para 12 supera 486 euros, tienes que volver a suspender la prestación.
O sea, tienes dos incrementos, uno cuando recibes la herencia que tiene un valor x, y otro cuando vendes que tienes ganancias o pérdidas, por lo tanto si tienes ganancias superiores sería otro incremento patrimonial.
Otras dudas
Si estoy cobrando el subsidio de desempleo por un contrato de tres meses, y cumplo los 55 años en el ultimo mes de subsidio, puedo solicitar el de los 55 años, o tiene que haber mas margen para poder solicitarlo?
Para acceder al mayor de 55 años tienes que estar cobrando el subsidio, da igual el primer o el último día, tienes que cumplir los 55 años durante la vigencia del subsidio, así que justo cuando cumplas la edad, acude a tu oficina para que te cambien el tipo de subsidio.
HOLA JOSE
he tenido derecho al subsidio para mayores de 55 años se hache unos dos años pero sin cobrarlo de entonces hasta ahora estoy trabajando pero con contracto de 2 horas
mi duda
trabajando mas de 2 años pero parcial he generado derecho al paro pero parcial
tener derecho al subsidio para mayores de 55 años antes de este trabajo puedo solicitar subsidio viejo que es entero o soy obligado ha cobrar paro y después subsidio
como para subsidio importa ultima dia de trabajo voy al cobrar parcial
en ultimo caso parece que soy obligado a me encontrar un trabajo por lo menos un dia de 8 horas
gracias
Hola Lucian. Efectivamente si solicitas paro y luego por agotamiento un subsidio, este lo cobrarás en función de las 2 horas trabajadas.
Como el mayor de 55 años se cobra hasta la jubilación y el legislador no quiere perjudicar a este colectivo, en el caso de que la aprobación de un paro genere pérdida del subsidio ( por ejemplo la aprobación de un paro agrícola) o pérdida de dinero ( aprobación de un paro a tiempo parcial, y luego subsidio a tiempo parcial), existe lo que se llama «derecho de opción.
Es decir, en tu caso , como la aprobación de paro, te perjudicaría para un posterior subsidio, previa petición, debes de decir que OPTAS, por seguir cobrando el subsidio para mayores de 55 años.
En este caso seguirás cobrando el subsidio y las cotizaciones que tenías ( 2 años en tu caso) las perderías para un posterior paro, es decir, tendrías que cotizar 360 días de nuevo para generar un nuevo paro, pero a cambio sigues cobran el subsidio a tiempo completo.
Un saludo
Hola Jose Mª tengo 56 años , soy soltero tengo 20 años cotizados ,y vivo sola pero en los últimos 6 años solo tengo cotizados por cuanta ajena 138 dias por lo que me falta 42 dias para pedir la ayuda a mayores de 55 años , ahora he terminado un contrato , pero no se si me volveran a llamar , me puedo ir a la Seguridad Social y pagarme yo estos dias que me faltan , estoy en el convenio de la
Construcción.
Fernando
Hola. He comentado muchas veces, que para solcitar el mayor de 55 años, no se necesitan 6 meses cotizados para poder solicitarlo. Para el mayor de 55 años, independientemente de que se tengan cargas o no se tengan como es tu caso, solamente necesitas 3 meses de cotización.
Así que vete al SEPE y solicita el subsidio, si reunes el resto de los requisitos te tienen que aprobar el subsidio, porque según dices tienes 138 días cotizados.
Si en la oficina te dicen que necesitas 6 meses, tú solicita porque no tienen razón.
Un saludo
Hola Jose Maria. Te pregunto a raiz de una respuesta que me diste hace unos días que tengo dudas.
Percibo subsidio de 55 años y te comenté que resido en Toledo y ahora estaré dos o tres meses en Granada cuidando a mi madre.
Me dijiste que me apuntara al SEPE mas cercano en Granada.
Mis dudas son : qué necesito para apuntarme por tan pocos meses en Granada? Y al volver a mi lugar de residencia (Toledo) tendría que volverme a apuntar donde estaba ?
Perdoname , sé que es por mi bien, por si me llamaran de un control o cualquier otra cosa…pero es factible hacerlo por esos dos o tres meses y qué piden para hacerlo??
Muchas gracias Jose Maria.
Saludos
.
Hola. Tienes que sacarte la tarjeta de desempleo en tu oficina de Granada y después ir al SEPE y decir que quieres hacer traslado, simplemente te harán rellenar un papel y ya está.
Hazlo, porque si por mala suerte te mandaran alguna citación a tu antigüa dirección no podrías alegar nada y es un trámite que no cuesta prácticamente nada.
Cuando una persona cobra una prestación y se va a vivir aunque sea un periodo de 3 meses conviene hacer el traslado.
Por lo tanto entérate qué oficina te corresponde y haz el traslado de tarjeta y de prestación.
Un saludo
Gracias Jose Maria , da gusto contigo lo bien que nos explicas , saludos
Buenas, mi padre a cotizado mas de 15 años y esta cobrando la ayuda de los 55 años y me gustaria saber si yo qe soy su unica carga me quito del domicilio le qitarian la ayuda.. Porqe no se si es por cargas familiares o por haber cotizado esos 15 años.. Por favor alguien qe me pueda ayudar es qe yo me qiero independizar
Hola. Para el subsidio para mayores de 55 años, no hace falta tener cargas familiares, por lo tanto si estás tu y tu padre en la unidad familiar, no va a pasar nada porque te salgas de la unidad familiar.
Cuando te empadrones en tu nuevo domicilio le das a tu padre justificante de que ya no convives con él y que te quite de la prestación. Por el hecho de que a partir de ahora solalmente aparezca él en la unidad familiar no impedirá que siga cobrando la prestación.
Un saludo
Hola , estoy con el plan RAE y tengo casi 54 con lo que dentro de poco entro en la ayuda de 55, y lo normal en mi edad no me llaman ya para nada, debo tener 3 meses para la ayuda de mas de 55. Mi pregunta es ¿ los 3 meses debo cotizarlos antes de los 55 o una vez ya cumplido los 55? y otra pregunta si no consigo ningún contrato de 3 meses como puedo cobrar dicha ayuda.
Hola. A día de hoy, si no cotizas esos 3 meses no podrás acceder de ninguna manera al mayor de 55 años.
En cuanto a lo de cuando hay que cotizarlos, como máximo tendrías que tenerlos cotizados 89 días antes de cumplir la edad, porque si los cotizas 90 días antes y te aprueban el subsidio en el momento que vayas a pedir el mayor de 55 años, este subsidio ya lo tendrías agotado y por tanto no podrás solicitar el mayor de 55 años.
Para poder cobrar el mayor de 55 años, hay que cobrar subsidio en el momento de tener la edad o cotizaciones para acceder al subsidio.
Un saludo
Buenos días, me gustaría saber si las becas que reciben mis hijos podría repercutirme en mi subsidio de mayor de 55 años.
Muchas gracias.
Un saludo
Hola. Las becas se cosideran como pago único, salvo que se cobren por meses que es lo menos habitual.
Como me imagino que lo cobrarás en un solo pago se hace lo siguiente.
El dinero que recibes lo divides para 12 y si esta cantidad supera 530,78 deberás de suspender un mes la prestación y luego se puede reanudar.
Un saludo
En agosto cumplire 55 años, ahora cobrare el RAI. Pero me piden que cotice tres meses en los ultimos años. Si pagara un autonomo por tres meses valdría?
Hola. Solamente valen 3 meses que te den derecho a cobrar subsidio, es decir cotizaciones por cuenta ajena y del régimen general.
Un saludo
Hola tengo 52 años , me he quedado en paro y tengo dos años de prestación, cuando termine me quedaran tres meses para tener 55 años,podría entonces pedir subsidio desempleo por 6 meses y al llegar a los 55 solicitar ayuda mayores 55? Tengo cotizados 32 años y luego los dos del paro y no creo que obtenga rentas , no tengo cónyuge ni hijos pero tengo a mi madre a mi cargo, cuentan si tienes algún ahorro o solo los rendimientos? Muchas gracias
Hola. Es tal y como dices. Una vez agotado el paro, tienes que solicitar 6 meses de subsidio por mayor de 45 años, sin cargas y una vez que cumplas los 55 años, podrás solicitar que te pasen el subsidio que te concedieron a mayor de 55 años.
Un saludo
Buenas tardes Jose M@ y felices dias de semana santa, mi sra. y yo cobramos cada uno la ayuda mayores de 55 años, tenemos que solicitar cita en el sepe por que una de nuestras hijas ya no vive con nosotros ( tenemos el certificado del ayto.)
Tenemos que solicitar dos citas (Una por mi sra. y otra por mi) o una sola ?????
Muchisimas gracias.
Hola. Por lo general tienes que pedir una cita para cada uno. Date cuenta que si estás en una oficina muy saturada de público, no se puede atender a otra persona por el mero hecho de ser acompañante, así que asegúrate y pide cita por separado, a veces intentamos atender al acompañante pero siempre priorizamos al que tiene cita, así que no te arriesgues y pide cita individual para cada uno.
Uno saludo
Muchas gracias.
Tengo 57 años solo cotice 7 años termine de cobrar la rai ,mi marido cobra 420€ yo tengo derecho al subsidio de mayores de 55 años.gracias.
Hola. Para tener acceso al mayor de 55 años, necesitas al menos 15 años cotizados, por lo tanto no son suficientes esos 7 años que me comentas.
Un saludo