7 mejores consejos sobre el subsidio mayores 55 años

Hemos recopilado algunas de las mejores respuestas sobre el subsidio mayores 55 años que nos ha enviado nuestro colaborador y experto en este tipo de ayudas, Jose María. Desde aquí le agradecemos toda la labor que está haciendo de forma altruista.

Contenido del artículo

Cuentan las cotizaciones en el extranjero?

Para solicitar el subsidio de mayores de 55 años es necesario tener 15 años cotizado y 6 de ellos durante tu vida laboral cotizados a Régimen General. Yo he trabajado 15 en el extranjero (Alemania) a Régimen General y 11 en España como autónomo, podría con estas circunstancias solicitarlo?

La cotizaciones en el extranjero te valen, pero tienes que ir a la seguridad social para que te lo convaliden, seguramente te pedirán justificantes de dichos trabajos en Alemania, pero si que sirven.

Como calculo los ingresos con cargas familiares?

Las cargas familiares se calculan con el sueldo bruto x 14 pagas y se divide entre 12 y después se divide por los que conviven en casa. Se descuentan las retenciones de la nomina?

Si en nómina te meten cada mes la paga extra, ósea, solo tienes 12 pagas al año, tienes que coger el total devengado, que es lo que cobras neto, más todas las retenciones y nada más.

Si por el contrario las pagas extras las tienes en junio y diciembre, tienes que coger el total devengado y luego sumarle la prorrata de pagas extras, que es lo que le correspondería cada mes si las cobrara como el ejemplo anterior (esta cantidad casi siempre viene en la parte inferior a la izquierda y viene como te he dicho total devengado+prorrata de pagas.ayuda o subsidio mayores 55 años

Como ves es muy sencillo, el total devengado suele venir en el centro de la nómina en la parte derecha y de ahí le restan el IRPF, seguridad social, etc. y sacan el líquido a pagar. Para el INEM, todos los conceptos de la nómina se cuentan excepto las dietas que se dan por alojamiento, comida etc., por ejemplo a camioneros y viajantes.

Con respecto a lo que comentas de tu marido que tenia el mayor de 52 y luego trabajó tres meses y cogió 3 meses que le quedaban de paro, no te entiendo, dices que tenía el mayor de 52 y que hacia la declaración anual de rentas y luego me sales que le quedaban 3 meses de paro y no sé exactamente a qué te refieres, o cobraba el subsidio o tenía paro.

Cuando uno tiene un mayor de 52 o 55 años, supongamos que cobra 426 euros, y genera un derecho a paro, se pueden hacer 2 cosas: si ese paro es a tiempo completo puede pedir el paro y luego volver a pedir otro subsidio, el anterior le queda extinguido.

Otro ejemplo, generas paro pero a tiempo parcial (cuidado) el nuevo subsidio que generes será con la cuantía de la última parcialidad que te dé derecho a paro, es decir, el subsidio ya no lo cobrarás a 426 euros, entonces si te ves perjudicada, puedes optar por seguir cobrando tu subsidio y no cobrar el paro y perderás las cotizaciones, pero el subsidio será el mismo que tenías.

Otro ejemplo, estás cobrando el subsidio mayor de 52 años, el de antes de julio del 2012, este tipo de subsidio hasta marzo del 2013 no se pedían cargas familiares, por lo que sólo dependías de tus propias rentas, pues imagínate que cobras ese subsidio y general un derecho a paro, tienes igualmente 2 opciones, si el nuevo derecho te perjudica, porque estás casado por ejemplo y tu mujer se pasa de rentas con el nuevo subsidio esto ya se tiene en cuenta, entonces como seguramente no podrás acceder a las nuevas condiciones, puedes optar a seguir cobrando el antiguo subsidio y no cobrar el paro, eso si las cotizaciones de ese paro las perderías.

Espero no haberte liado mucho, la moraleja de todo es que si cobrando el subsidio mayores 55 años o 52 años, generas un derecho a paro y este te perjudica para un posterior subsidio, puedes optar, pues el legislador entiende que es una prestación hasta la jubilación y no se puede perjudicar a una persona por generar un paro que le perjudicaría para muchos años.

Cumplo todos los requisitos para solicitarla?

Acabo de cumplir los 55 y tengo todos los requisitos para cobrar el subsidio mayores 55 años, excepto a que el paro lo agoté hace muchísimo tiempo y de momento solo tengo unos 120 días cotizados…que puedo hacer para solicitar el subsidio?

Si crees que reúnes los requisitos para el mayor de 55 años, 15 años cotizados y de ellos 6 al desempleo, y ahora tienes más de 90 días cotizados, solamente necesitas un contrato de trabajo, a poder ser a jornada completa. El subsidio mayor de 55 años, se puede acceder con 90 días cotizados, no hace falta 180 en caso de carecer de rentas, así que con un contrato para tener situación de desempleo te bastaría.

Nuevos requisitos para cobrar el subsidio mayores 55 años

Cumplo todos los requisitos para solicitar la ayuda para mayores de 55 años, salvo uno, que al parecer es nuevo, o añadido a lo que ya había. ¿Es cierto que si no tienes 12 meses cotizados, debes tener al menos 3 meses -y aquí viene la novedad-, si tienes cargas familiares o seis si no las tienes. Yo tengo tres meses pero no cargas.

Efectivamente desde julio del 2012 ya no se puede acceder directamente al subsidio para mayores de 55 años, como se hacía antes, ahora tienes que cobrar un subsidio, agotar un paro que te dé derecho a subsidio y en su defecto tener 3 meses cotizados que te den derecho a acceder al subsidio mayores 55 años.
Efectivamente en los subsidios normales para acceder a un subsidio de 3 meses necesitas tener cargas familiares, pero el legislador ha entendido como este subsidio se puede tener sin cargas familiares con 3 meses es suficiente para acceder a él. Ojo, solamente para el mayor de 55 años, si no reunieras algunos de los requisitos, no podrías con estos 3 meses acceder a otro tipo de subsidio.
Por lo tanto si tienes los 3 meses cotizados solicita el subsidio.

Como se imputan los fondos de inversión a efecto de ingresos?

Tanto los fondos de inversión como las acciones se consideran incrementos patrimoniales y se pagan en un pago único.
Si tienes un fondo o unas acciones, los ingresos que se cuentan solo es a la hora del rescate de dicho fondo o con la venta de acciones.
Supongamos que tienes 1000 acciones y las compras a 20 euros y al cabo de unos meses, las vendes a 40 euros, la ganancia patrimonial es de 20000 euros, que dividido para 12 meses da una cantidad superior a 486 euros.
Si esas acciones las vendes el 15 de julio, se lo comunicas al SEPE y se te dará de baja ese mismo día y previa solicitud por tu parte se te reanudará con fecha 15 de agosto, por lo que solo se te suspenderá un mes, luego se puede cobrar el subsidio.
Para compensar ganancias con pérdidas, solo lo puedes hacer si ambas cosas coinciden el mismo mes, si ganas 20000 y pierdes con otra venta 15000, solo se considerarían unas ganancias de 5000 euros si se producen el mismo mes, si es en mes distinto tendrías unas ganancias de 20000 euros.
Con los fondos pasa igual, fecha de venta, se divide para doce y si el resultado es mayor de 486 euros, se suspende el subsidio un mes y se reanuda. Estas condiciones afectan en este caso solamente al subsidio mayores 55 años.

Las herencias, como afectan?

Como afecta el cobro de una herencia a las condiciones para seguir cobrando el subsidio mayores 55 años? Siempre hay que comunicar al SEPE, cualquier variación patrimonial.
El tema de la herencia va de la siguiente manera:
Hay que comunicar al SEPE el incremento patrimonial desde el mismo día que se formaliza la escritura, si superas rentas se suspende un mes y al mes siguiente se reanuda, si te das cuenta, es igual que lo que comento normalmente en este foro.
Como dicha vivienda, fondo, acciones etc., tiene un valor en la fecha en que pasa a tu propiedad, en caso de venta, hay que hacer la diferencia entre el valor en que recibiste dichos bienes y el valor de la venta, si la ganancia dividida para 12 supera 486 euros, tienes que volver a suspender la prestación.
O sea, tienes dos incrementos, uno cuando recibes la herencia que tiene un valor x, y otro cuando vendes que tienes ganancias o pérdidas, por lo tanto si tienes ganancias superiores sería otro incremento patrimonial.

Otras dudas

Si estoy cobrando el subsidio de desempleo por un contrato de tres meses, y cumplo los 55 años en el ultimo mes de subsidio, puedo solicitar el de los 55 años, o tiene que haber mas margen para poder solicitarlo?

Para acceder al mayor de 55 años tienes que estar cobrando el subsidio, da igual el primer o el último día, tienes que cumplir los 55 años durante la vigencia del subsidio, así que justo cuando cumplas la edad, acude a tu oficina para que te cambien el tipo de subsidio.

1.877 comentarios sobre «7 mejores consejos sobre el subsidio mayores 55 años»

  1. Buenas tardes José María. La mayoria de los trabajos que salen es a jornada de 20 o 25 horas.si lo acepto..por lo que estoy escuchando. …puedo trabajar los 3 meses a media jornada y el último dia a jornada completa y asin cogería el subsidio total de 426 euros de mayores de 55?..yo creia que tenia qie trabajar los 3 meses a jornada completa para poder coger el total del subsido..espero que me saques de dudas…muy amable como siempre.gracias.

    1. Hola. Para las prestaciones por desempleo, al contrario que para la pensión de jubilación, nosotros no miramos la parcialidad para ver cuantos días se trabaja. Si tienes un contrato a tiempo parcial, por ejemplo al 25 por ciento, y trabajas 5 días a la semana, para nosotros trabajas toda la semana aunque sean simplemente 2 horas.
      Para poder cobrar el subsidio a tiempo completo, el último contrato que te dé derecho al subsidio, tiene que ser a tiempo completo, es decir, si tú trabajas 3 meses al 25 por ciento ( 5 días a la semana) y luego te hacen un nuevo contrato (la duración es igual, puede ser de 1 día o más), el subsidio se cobrará en función de ese contrato, por lo tanto si es a jornada completa, se cobrará 430 euros independientemente de las cotizaciones anteriores.
      Un saludo

  2. Tengo 53 años estoy la ultima rai que se me acaba en febrero tendría derecho alguna ayuda tengo cargas familiares gracias.

    1. Hola. Si tienes cargas familiares y nunca has cobrado la PAE, seguramente tendrás derecho a esta prestación, es una ayuda de 6 meses a 430 euros y tienes que esperar un mes desde el agotamiento de la RAI , para poder solicitarla.
      Un saludo

  3. estoy cobrando paro parcial me encontró una suplencia para un mes jornada entera
    mi pregunta
    y me despide tengo derecho ha cobrar subsidio para mayores de 55 años entero o soy obligado ha cobrar paro que es parcial y el subsidio también parcial
    como importa para subsidio ultima dia de trabajo estoy en duda en el cazo que no encontró mas trabajo
    gracias

  4. hola tengo alquilado un negocio y llevo dos años de autónomo,es la primera vez que soy auntonomo,tengo 55 años y se me cumple el contrato en enero y el dueño del edificio donde tengo mi negocio no quiere renovar el contrato de alquiler.Por otro lado el negocio cada vez va peor.Tengo derecho a algún tipo de subsidio o paro?? Gracias

    1. Hola. Así de momento te diría que no, pero depende de si cobrabas algún tipo de prestación antes de ser autónomo o no.
      Si no cobrabas ningún tipo de prestación , seguramente no tengas derecho a nada, pero si tenías alguna prestación y la suspendiste por autónomo seguramente puedas reanudar dicha prestación.
      Son muy pocos datos para darte una respuesta segura , acude a tu oficina .
      Un saludo

  5. Estoy cobrando el subsidio mayores 55 desde 2016 y mi marido va ha recibir la herencia de su padre que consta de metálicos no se sabe aun la cantidad y 1 piso junto a su hermana en que me va afectar a mi esa herencia? Estoy casada en regimen de separación de bienes pero como para el subsidio es unidad familiar quiero saber si me va a afectar

    1. Hola. Aunque no sabes todavía la cuantía de la herencia, por lo que dices, deberás de informar al sepe, en el momento que reciba la herencia de esta incidencia. Seguramente te afectará en que te suspenderán un mes la prestación y cumplido dicho mes podrás volver a reanudar el subsidio.
      Un saludo

  6. Tengo 55 años, y estoy cobrando el pae, lo ultimo que trabaje fueron 5 meses a media jornada, para solicitar la prestación de los 55 años y cobrar los 426€, cuantos días mínimos tengo que trabajar a tiempo completo para poder solicitarla, gracias, conteste me pronto por favor

    1. Hola. Para cobrar la PAE, no puedes tener cotizaciones para poder solicitar una prestación por lo que imagino que esos 5 meses y medio son cotizaciones que tenías de antes y también supongo que a pesar de ser de media jornada trabajabas al menos 5 días a la semana.
      Si es así y esos 5 meses y medio te sirven para pedir una prestación, deberás de trabajar al menos 1 día a jornada completa para poder solicitar el mayor de 55 años, puesto que con 3 meses es suficiente.
      Asegúrate de que esos 5 meses y medio no los has utilizado para cobrar alguna prestación anterior y si es así que todavía los tienes disponibles, como te digo con un día sería más que suficiente.
      Un saludo

  7. Hola Jose María. Me han ofrecido un trabajo de 5 meses en Andorra. Pero me han dicho que ese tiempo trabajado allí no me contaría para poder coger el subsidio de 55 años, los 3 meses de trabajo que me faltan aqui.es eso cierto? Porque si me voy quisiera saber si después con ese tiempo trabajado en Andorra me sirven las cotizaciones en España. Ya que tengo todos los requisitos para 55 años, menos los 3 meses de trabajo.gracias por anticipado.

    1. Hola. Siento decirte que es cierto lo que te han dicho. Las cotizaciones de Andorra no sirven para poder acceder a un subsidio como el de mayor de 55 años.
      Un saludo

  8. Cobre una herencia y con este dinero pague una extincion de condominio a mi hermana y me quede con su parte de la casa que resido y una cantidad de dinero. Tras pagar notario, plusvalias, registro, etc. Al mes me vino aprobada una ayuda solicitada anteriormente, comunico estos hechos al sepe o son anteriores al hecho.

    1. Hola. Las herencia, incrementos patrimoniales, plusvalías etc, se tienen en cuenta en la fecha de recibirlas, es decir, en tu caso el día de la firma de las escrituras.
      Si en fecha de recibir la herencia no percibías subsidio, sino que se te aprobó posteriormente, no hay nada que comunicar, puesto que a fecha de recibir la herencia, no tenías nada aprobado. Si por el contrario el día que recibiste la herencia, ya se te había aprobado el subsidio, hay que comunicarlo al SEPE, puesto que tendrías que esperar un mes desde que recibiste la herencia, para solicitar el subsidio.
      Un saludo

    2. Hola de nuevo. cuando digo se te aprueba el derecho , quiero decir desde el día que se inicia el derecho, se te puede aprobar una prestación el 10 de noviembre, pero el inicio del derecho ser el 1 de noviembre. ( es por aclararlo).

  9. Hola. No veo el problema. Dices que tienes 6 meses de paro. Si es así , debes de solicitarlo, despues de agotar el paro tienes que estar un mes de espera y luego solicitar subsidio, si tienes cargas familiares son 30 meses y si estás sólo, tienes 6 meses de subsidio, con lo que tanto con uno como en otro caso creo que ya tendrás 55 años. Si cobrando el subsidio cumples 55 años, no hay problema de transformar el subsidio a mayor de 55 años.
    Un saludo

    1. gracias por la respuesta pero creo que no me he explicado bien.
      cumplo los 55 en diciembre del 18,soltero y en paro,en la actualidad ya que estube trabajando asta el 30 de septiembre. pregunta:puedo solicitar los 6 meses en
      julio del 18,con la finalidad del subsidio de 55

      1. Hola. el inicio del derecho de una prestación nace en el momento que uno deja de trabajar, por lo tanto no se puede solicitar cuando uno quiera. Si ahora cobras paro con fecha 1 de octubre y no trabajaras efectivamente en diciembre del año que viene no cobrarías ninguna prestación.
        Lo que sí puedes hacer es ( siempre que se pueda), esperar y no pedir la prestación y cuando calcules que te llega para solicitar y estar cobrando cuando cumplas la edad , trabajar aunque sea un día, así la prestación comenzara a partir del dia siguiente al último trabajo.
        Un saludo

  10. hola jose maria,mi predunta es la siguiente.
    tengo derecho a 6 meses de paro segun me han dicho en el sepe,pero tengo 54 años, puedo esperar o aguantarme
    6 meses y tramitarlo antes de cuplir los 55 años.con la finalidad de cobrar el subsidio para Myores de 55 años,
    ya que si cobro los 6 meses antes de cumplir los 55 y despues no consigo 6 meses de cotizacion, no tengo
    derecho al otro.
    gracias

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