7 mejores consejos sobre el subsidio mayores 55 años

Hemos recopilado algunas de las mejores respuestas sobre el subsidio mayores 55 años que nos ha enviado nuestro colaborador y experto en este tipo de ayudas, Jose María. Desde aquí le agradecemos toda la labor que está haciendo de forma altruista.

Contenido del artículo

Cuentan las cotizaciones en el extranjero?

Para solicitar el subsidio de mayores de 55 años es necesario tener 15 años cotizado y 6 de ellos durante tu vida laboral cotizados a Régimen General. Yo he trabajado 15 en el extranjero (Alemania) a Régimen General y 11 en España como autónomo, podría con estas circunstancias solicitarlo?

La cotizaciones en el extranjero te valen, pero tienes que ir a la seguridad social para que te lo convaliden, seguramente te pedirán justificantes de dichos trabajos en Alemania, pero si que sirven.

Como calculo los ingresos con cargas familiares?

Las cargas familiares se calculan con el sueldo bruto x 14 pagas y se divide entre 12 y después se divide por los que conviven en casa. Se descuentan las retenciones de la nomina?

Si en nómina te meten cada mes la paga extra, ósea, solo tienes 12 pagas al año, tienes que coger el total devengado, que es lo que cobras neto, más todas las retenciones y nada más.

Si por el contrario las pagas extras las tienes en junio y diciembre, tienes que coger el total devengado y luego sumarle la prorrata de pagas extras, que es lo que le correspondería cada mes si las cobrara como el ejemplo anterior (esta cantidad casi siempre viene en la parte inferior a la izquierda y viene como te he dicho total devengado+prorrata de pagas.ayuda o subsidio mayores 55 años

Como ves es muy sencillo, el total devengado suele venir en el centro de la nómina en la parte derecha y de ahí le restan el IRPF, seguridad social, etc. y sacan el líquido a pagar. Para el INEM, todos los conceptos de la nómina se cuentan excepto las dietas que se dan por alojamiento, comida etc., por ejemplo a camioneros y viajantes.

Con respecto a lo que comentas de tu marido que tenia el mayor de 52 y luego trabajó tres meses y cogió 3 meses que le quedaban de paro, no te entiendo, dices que tenía el mayor de 52 y que hacia la declaración anual de rentas y luego me sales que le quedaban 3 meses de paro y no sé exactamente a qué te refieres, o cobraba el subsidio o tenía paro.

Cuando uno tiene un mayor de 52 o 55 años, supongamos que cobra 426 euros, y genera un derecho a paro, se pueden hacer 2 cosas: si ese paro es a tiempo completo puede pedir el paro y luego volver a pedir otro subsidio, el anterior le queda extinguido.

Otro ejemplo, generas paro pero a tiempo parcial (cuidado) el nuevo subsidio que generes será con la cuantía de la última parcialidad que te dé derecho a paro, es decir, el subsidio ya no lo cobrarás a 426 euros, entonces si te ves perjudicada, puedes optar por seguir cobrando tu subsidio y no cobrar el paro y perderás las cotizaciones, pero el subsidio será el mismo que tenías.

Otro ejemplo, estás cobrando el subsidio mayor de 52 años, el de antes de julio del 2012, este tipo de subsidio hasta marzo del 2013 no se pedían cargas familiares, por lo que sólo dependías de tus propias rentas, pues imagínate que cobras ese subsidio y general un derecho a paro, tienes igualmente 2 opciones, si el nuevo derecho te perjudica, porque estás casado por ejemplo y tu mujer se pasa de rentas con el nuevo subsidio esto ya se tiene en cuenta, entonces como seguramente no podrás acceder a las nuevas condiciones, puedes optar a seguir cobrando el antiguo subsidio y no cobrar el paro, eso si las cotizaciones de ese paro las perderías.

Espero no haberte liado mucho, la moraleja de todo es que si cobrando el subsidio mayores 55 años o 52 años, generas un derecho a paro y este te perjudica para un posterior subsidio, puedes optar, pues el legislador entiende que es una prestación hasta la jubilación y no se puede perjudicar a una persona por generar un paro que le perjudicaría para muchos años.

Cumplo todos los requisitos para solicitarla?

Acabo de cumplir los 55 y tengo todos los requisitos para cobrar el subsidio mayores 55 años, excepto a que el paro lo agoté hace muchísimo tiempo y de momento solo tengo unos 120 días cotizados…que puedo hacer para solicitar el subsidio?

Si crees que reúnes los requisitos para el mayor de 55 años, 15 años cotizados y de ellos 6 al desempleo, y ahora tienes más de 90 días cotizados, solamente necesitas un contrato de trabajo, a poder ser a jornada completa. El subsidio mayor de 55 años, se puede acceder con 90 días cotizados, no hace falta 180 en caso de carecer de rentas, así que con un contrato para tener situación de desempleo te bastaría.

Nuevos requisitos para cobrar el subsidio mayores 55 años

Cumplo todos los requisitos para solicitar la ayuda para mayores de 55 años, salvo uno, que al parecer es nuevo, o añadido a lo que ya había. ¿Es cierto que si no tienes 12 meses cotizados, debes tener al menos 3 meses -y aquí viene la novedad-, si tienes cargas familiares o seis si no las tienes. Yo tengo tres meses pero no cargas.

Efectivamente desde julio del 2012 ya no se puede acceder directamente al subsidio para mayores de 55 años, como se hacía antes, ahora tienes que cobrar un subsidio, agotar un paro que te dé derecho a subsidio y en su defecto tener 3 meses cotizados que te den derecho a acceder al subsidio mayores 55 años.
Efectivamente en los subsidios normales para acceder a un subsidio de 3 meses necesitas tener cargas familiares, pero el legislador ha entendido como este subsidio se puede tener sin cargas familiares con 3 meses es suficiente para acceder a él. Ojo, solamente para el mayor de 55 años, si no reunieras algunos de los requisitos, no podrías con estos 3 meses acceder a otro tipo de subsidio.
Por lo tanto si tienes los 3 meses cotizados solicita el subsidio.

Como se imputan los fondos de inversión a efecto de ingresos?

Tanto los fondos de inversión como las acciones se consideran incrementos patrimoniales y se pagan en un pago único.
Si tienes un fondo o unas acciones, los ingresos que se cuentan solo es a la hora del rescate de dicho fondo o con la venta de acciones.
Supongamos que tienes 1000 acciones y las compras a 20 euros y al cabo de unos meses, las vendes a 40 euros, la ganancia patrimonial es de 20000 euros, que dividido para 12 meses da una cantidad superior a 486 euros.
Si esas acciones las vendes el 15 de julio, se lo comunicas al SEPE y se te dará de baja ese mismo día y previa solicitud por tu parte se te reanudará con fecha 15 de agosto, por lo que solo se te suspenderá un mes, luego se puede cobrar el subsidio.
Para compensar ganancias con pérdidas, solo lo puedes hacer si ambas cosas coinciden el mismo mes, si ganas 20000 y pierdes con otra venta 15000, solo se considerarían unas ganancias de 5000 euros si se producen el mismo mes, si es en mes distinto tendrías unas ganancias de 20000 euros.
Con los fondos pasa igual, fecha de venta, se divide para doce y si el resultado es mayor de 486 euros, se suspende el subsidio un mes y se reanuda. Estas condiciones afectan en este caso solamente al subsidio mayores 55 años.

Las herencias, como afectan?

Como afecta el cobro de una herencia a las condiciones para seguir cobrando el subsidio mayores 55 años? Siempre hay que comunicar al SEPE, cualquier variación patrimonial.
El tema de la herencia va de la siguiente manera:
Hay que comunicar al SEPE el incremento patrimonial desde el mismo día que se formaliza la escritura, si superas rentas se suspende un mes y al mes siguiente se reanuda, si te das cuenta, es igual que lo que comento normalmente en este foro.
Como dicha vivienda, fondo, acciones etc., tiene un valor en la fecha en que pasa a tu propiedad, en caso de venta, hay que hacer la diferencia entre el valor en que recibiste dichos bienes y el valor de la venta, si la ganancia dividida para 12 supera 486 euros, tienes que volver a suspender la prestación.
O sea, tienes dos incrementos, uno cuando recibes la herencia que tiene un valor x, y otro cuando vendes que tienes ganancias o pérdidas, por lo tanto si tienes ganancias superiores sería otro incremento patrimonial.

Otras dudas

Si estoy cobrando el subsidio de desempleo por un contrato de tres meses, y cumplo los 55 años en el ultimo mes de subsidio, puedo solicitar el de los 55 años, o tiene que haber mas margen para poder solicitarlo?

Para acceder al mayor de 55 años tienes que estar cobrando el subsidio, da igual el primer o el último día, tienes que cumplir los 55 años durante la vigencia del subsidio, así que justo cuando cumplas la edad, acude a tu oficina para que te cambien el tipo de subsidio.

1.877 comentarios sobre «7 mejores consejos sobre el subsidio mayores 55 años»

  1. Hola : con el subsidio +55 y venir de un despido disciplinario al llegar a los 61 años te jubilan y te retiran el subsidio teniendo los años cotizados requeridos o sólo es por causas objetivas? sino te lo dejarían hasta los 65 años si es la edad que te tocaría jubilarte?
    Muchas gracias

    1. Hola. La causa de despido no tiene nada que ver con jubilarte a los 61 años. El subsidio se cobra hasta que uno se jubila, lo que pasa que el primer filtro se pasa a los 61 años, si la Seguridad Social dice que tienes las condiciones para jubilarte a esa edad, comienza tu vida de jubilado y dejas el SEPE, si por el contrario la Seguridad Social dice que de momento no te puedes jubilar, cobrarás el mayor de 55 años hasta que se produzca la jubilación, a la edad que nos digan que estás obligado a jubilarte, como te digo independientemente de las causas de despido.
      Un saludo

  2. Buenos días, desde hace unos 5 años estoy cobrando una pensión por mi trabajo habitual de invalidez permanente total de 389 €, nunca e cobrado el paro y e cotizado mayormente de autónomo
    Por favor, tengo derecho al subsidio por mayor de 55 años, cumplidos en Enero, no tengo cargas familiares, muchísimas gracias

    1. Hola. La pensión que cobras no es impedimento, creo que también tendrás 15 años cotizados. El problema es que para acceder al subsidio tienes que haber cotizado al menos 6 años al desempleo y por lo que dices no lo has debido de realizar este requisito, puesto que dices que casi todo es de autónomo, si es así , no puedes acceder. Además enn el momento de solicitar si reunes todos los requsitos, tienes que estar cobrando paro, que te dé derecho a subsidio o subsidio, de lo contrario tampoco se puede acceder.
      Un saludo

  3. Hola. Mi pregunta es la siguiente, mi pareja va a solicitar el subsidio para mayores de 55 , tenemos un hijo de 21 años trabajando en Malta desde Mayo, lo que gana es para vivir él en Malta. Hay que declarar los ingresos de este hijo? Grazas

    1. Hola. Independientemente de donde trabaje, se tienen en cuenta los ingresos familiares, pero como está claro que ya no vive con vosotros lo mejjor es que se empadrone en otro sitio y sacarlo de la unidad familiar, con eso evitas los ingresos de tu hijo.
      Un saludo

  4. hola JOSE
    subsidio suspendido por una simulación de trabajo que no este te da derecho al subsidio se puede reanudar
    lo que es claro que mi se ha anulado de mi vida laboral este simulación y en conformidad con mi vida laboral actualizada he tenido derecho y tengo derecho al subsidio
    mi duda
    la primera vez mi se ha aprobado subsidio por 90 días en lugar de el para mayores de 55 años cumplir todos los requisitos para este
    la secunda vez mi se ha aprobado el para mayores de 55 años pero a partir de un año y medio mi se da de baja por una infraccion muy grave que el ultimo trabajo fue una simulación
    como es claro que no este simulación me ha dado derecho
    tengo derecho a mi se ha reanudar el subsidio que fue aprobado
    gracias

  5. Hola José María. Me informe sobre el subsidio de 55 años y me dijeron que me faltaban 3 meses de trabajo para cobrarlo.trabajo por temporadas los ultimos años y me han avisado que posiblemente me llamaran para 3 0 4 meses.estoy llendo al medico pues no me encuentro bien últimamente. Si me llaman y decido trabajar .si continuo mal y me dieran la baja.( todo suposiciones).ese tiempo me contaria para el tiempo que necesito para cobrar el sibsidio si estoy de baja laboral? .gracias anticipadas.gracias a ti nos quitas muchas dudas que tenemos porque el sepe parece que no esta por la labor de orientarnos mucho.muy agradecida.

    1. Hola. Las cotizaciones que te sirven son las que estés dada de alta en la empresa. Esto lo digo porque puedes estar de baja médica y seguir en la empresa o bien que al darte de baja médica la empresa te despida y seguir con tu baja médica.
      El tiempo que estés perteneciendo a la empresa, estés o no de baja médica , te vale para esos 3 meses cotizados y si te despiden y sigues de baja médica, el tiempo que estés de baja sin pertenecer a la empresa no te sirve como tiempo cotizado
      Un saludo

  6. hola JOSE
    te informo bajo de otra forma
    mi se ha aprobado el subsidio yo le he dado de baja por falta de un documento que mi se pide pero este documento no hache falta para tener derecho fue una trampa por parte de SEPE
    entre tiempo he generado derecho al paro pero parcial
    mi pregunta
    tengo derecho ha reanudar el subsidio que fue aprobado
    puedo optar entre paro que es parcial y subsidio que fue aprobado pero esta entero y perder el paro

    1. Hola. Si el paro es a tiempo parcial y perjudica por tanto al nuevo subsidio para mayores de 55 años, se puede optar por seguir cobrando el mayor de 55 años y renunciar al paro, perdiendo estas cotizaciones, siempre y cuando estuvieras cobrando anteriormente el mayor de 55 años.
      Un saludo

  7. Hola yo llevo cotizados 24 años desde 1984 hasta el 2008 ya hace tiempo que deje de cobrar el paro puedo cobrar la jubilación de los 55 años
    gracias

    1. La jubilación es un tema de la Seguridad Social, pero veo difícil, por no decirte imposible que te puedas jubilar a esa edad.
      Si lo que te refieres es al subsidio para mayores de 55 años ( esto no es jubilación).
      Los requisitos son los siguientes.
      Tener cotizaciones suficientes para la jubilación salvo la edad ( 15 años en la actualidad)
      De estos 15 años, al menos 6 tienen que ser cotizaciones al desempleo.
      Y en el momento de solicitar subsidio, tienes que agotar un paro que te dé derecho a subsidio por agotamiento, estar cobrando un subsidio o cotizar 3 meses que te darían derecho al subsidio por cotizaciones.
      Un saludo

  8. se hache mas de 3 años de cuando mi se ha suspendido subsidio por una simulación de trabajo que y ajora esta en juicio se hache un año y medio que no es claro por que no hache falta para tener derecho entre tiempo he trabajado y he generado paro mi duda es
    tengo derecho ha reanudar subsidio que fue aprobado antes de este simulación o solo al paro que le he generado despues

    1. Hola. Si has generado paro, tendrás que optar por este , luego por agotamiento de paro, te correspondería subsidio por agotamiento de este paro.
      Un saludo

    1. Hola. El bono social para la electricidad no cuenta como ingreso
      Un saludo

  9. Buenas noches José María
    Estoy cobrando el subsidio para mayores de 55 años y quisiera solicitar el bono social de hiberdrola
    Si me lo aprobasen me perjudicaría para seguir cobrando el subsideo

    1. No te afecta .Yo también cobro el subsidio .Y me beneficio del bono social del recibo de la luz .

    2. Hola. No te preocupes por el bono social porque no cuenta como ingreos.
      Un saludo

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

This site uses Akismet to reduce spam. Learn how your comment data is processed.