7 mejores consejos sobre el subsidio mayores 55 años

Hemos recopilado algunas de las mejores respuestas sobre el subsidio mayores 55 años que nos ha enviado nuestro colaborador y experto en este tipo de ayudas, Jose María. Desde aquí le agradecemos toda la labor que está haciendo de forma altruista.

Contenido del artículo

Cuentan las cotizaciones en el extranjero?

Para solicitar el subsidio de mayores de 55 años es necesario tener 15 años cotizado y 6 de ellos durante tu vida laboral cotizados a Régimen General. Yo he trabajado 15 en el extranjero (Alemania) a Régimen General y 11 en España como autónomo, podría con estas circunstancias solicitarlo?

La cotizaciones en el extranjero te valen, pero tienes que ir a la seguridad social para que te lo convaliden, seguramente te pedirán justificantes de dichos trabajos en Alemania, pero si que sirven.

Como calculo los ingresos con cargas familiares?

Las cargas familiares se calculan con el sueldo bruto x 14 pagas y se divide entre 12 y después se divide por los que conviven en casa. Se descuentan las retenciones de la nomina?

Si en nómina te meten cada mes la paga extra, ósea, solo tienes 12 pagas al año, tienes que coger el total devengado, que es lo que cobras neto, más todas las retenciones y nada más.

Si por el contrario las pagas extras las tienes en junio y diciembre, tienes que coger el total devengado y luego sumarle la prorrata de pagas extras, que es lo que le correspondería cada mes si las cobrara como el ejemplo anterior (esta cantidad casi siempre viene en la parte inferior a la izquierda y viene como te he dicho total devengado+prorrata de pagas.ayuda o subsidio mayores 55 años

Como ves es muy sencillo, el total devengado suele venir en el centro de la nómina en la parte derecha y de ahí le restan el IRPF, seguridad social, etc. y sacan el líquido a pagar. Para el INEM, todos los conceptos de la nómina se cuentan excepto las dietas que se dan por alojamiento, comida etc., por ejemplo a camioneros y viajantes.

Con respecto a lo que comentas de tu marido que tenia el mayor de 52 y luego trabajó tres meses y cogió 3 meses que le quedaban de paro, no te entiendo, dices que tenía el mayor de 52 y que hacia la declaración anual de rentas y luego me sales que le quedaban 3 meses de paro y no sé exactamente a qué te refieres, o cobraba el subsidio o tenía paro.

Cuando uno tiene un mayor de 52 o 55 años, supongamos que cobra 426 euros, y genera un derecho a paro, se pueden hacer 2 cosas: si ese paro es a tiempo completo puede pedir el paro y luego volver a pedir otro subsidio, el anterior le queda extinguido.

Otro ejemplo, generas paro pero a tiempo parcial (cuidado) el nuevo subsidio que generes será con la cuantía de la última parcialidad que te dé derecho a paro, es decir, el subsidio ya no lo cobrarás a 426 euros, entonces si te ves perjudicada, puedes optar por seguir cobrando tu subsidio y no cobrar el paro y perderás las cotizaciones, pero el subsidio será el mismo que tenías.

Otro ejemplo, estás cobrando el subsidio mayor de 52 años, el de antes de julio del 2012, este tipo de subsidio hasta marzo del 2013 no se pedían cargas familiares, por lo que sólo dependías de tus propias rentas, pues imagínate que cobras ese subsidio y general un derecho a paro, tienes igualmente 2 opciones, si el nuevo derecho te perjudica, porque estás casado por ejemplo y tu mujer se pasa de rentas con el nuevo subsidio esto ya se tiene en cuenta, entonces como seguramente no podrás acceder a las nuevas condiciones, puedes optar a seguir cobrando el antiguo subsidio y no cobrar el paro, eso si las cotizaciones de ese paro las perderías.

Espero no haberte liado mucho, la moraleja de todo es que si cobrando el subsidio mayores 55 años o 52 años, generas un derecho a paro y este te perjudica para un posterior subsidio, puedes optar, pues el legislador entiende que es una prestación hasta la jubilación y no se puede perjudicar a una persona por generar un paro que le perjudicaría para muchos años.

Cumplo todos los requisitos para solicitarla?

Acabo de cumplir los 55 y tengo todos los requisitos para cobrar el subsidio mayores 55 años, excepto a que el paro lo agoté hace muchísimo tiempo y de momento solo tengo unos 120 días cotizados…que puedo hacer para solicitar el subsidio?

Si crees que reúnes los requisitos para el mayor de 55 años, 15 años cotizados y de ellos 6 al desempleo, y ahora tienes más de 90 días cotizados, solamente necesitas un contrato de trabajo, a poder ser a jornada completa. El subsidio mayor de 55 años, se puede acceder con 90 días cotizados, no hace falta 180 en caso de carecer de rentas, así que con un contrato para tener situación de desempleo te bastaría.

Nuevos requisitos para cobrar el subsidio mayores 55 años

Cumplo todos los requisitos para solicitar la ayuda para mayores de 55 años, salvo uno, que al parecer es nuevo, o añadido a lo que ya había. ¿Es cierto que si no tienes 12 meses cotizados, debes tener al menos 3 meses -y aquí viene la novedad-, si tienes cargas familiares o seis si no las tienes. Yo tengo tres meses pero no cargas.

Efectivamente desde julio del 2012 ya no se puede acceder directamente al subsidio para mayores de 55 años, como se hacía antes, ahora tienes que cobrar un subsidio, agotar un paro que te dé derecho a subsidio y en su defecto tener 3 meses cotizados que te den derecho a acceder al subsidio mayores 55 años.
Efectivamente en los subsidios normales para acceder a un subsidio de 3 meses necesitas tener cargas familiares, pero el legislador ha entendido como este subsidio se puede tener sin cargas familiares con 3 meses es suficiente para acceder a él. Ojo, solamente para el mayor de 55 años, si no reunieras algunos de los requisitos, no podrías con estos 3 meses acceder a otro tipo de subsidio.
Por lo tanto si tienes los 3 meses cotizados solicita el subsidio.

Como se imputan los fondos de inversión a efecto de ingresos?

Tanto los fondos de inversión como las acciones se consideran incrementos patrimoniales y se pagan en un pago único.
Si tienes un fondo o unas acciones, los ingresos que se cuentan solo es a la hora del rescate de dicho fondo o con la venta de acciones.
Supongamos que tienes 1000 acciones y las compras a 20 euros y al cabo de unos meses, las vendes a 40 euros, la ganancia patrimonial es de 20000 euros, que dividido para 12 meses da una cantidad superior a 486 euros.
Si esas acciones las vendes el 15 de julio, se lo comunicas al SEPE y se te dará de baja ese mismo día y previa solicitud por tu parte se te reanudará con fecha 15 de agosto, por lo que solo se te suspenderá un mes, luego se puede cobrar el subsidio.
Para compensar ganancias con pérdidas, solo lo puedes hacer si ambas cosas coinciden el mismo mes, si ganas 20000 y pierdes con otra venta 15000, solo se considerarían unas ganancias de 5000 euros si se producen el mismo mes, si es en mes distinto tendrías unas ganancias de 20000 euros.
Con los fondos pasa igual, fecha de venta, se divide para doce y si el resultado es mayor de 486 euros, se suspende el subsidio un mes y se reanuda. Estas condiciones afectan en este caso solamente al subsidio mayores 55 años.

Las herencias, como afectan?

Como afecta el cobro de una herencia a las condiciones para seguir cobrando el subsidio mayores 55 años? Siempre hay que comunicar al SEPE, cualquier variación patrimonial.
El tema de la herencia va de la siguiente manera:
Hay que comunicar al SEPE el incremento patrimonial desde el mismo día que se formaliza la escritura, si superas rentas se suspende un mes y al mes siguiente se reanuda, si te das cuenta, es igual que lo que comento normalmente en este foro.
Como dicha vivienda, fondo, acciones etc., tiene un valor en la fecha en que pasa a tu propiedad, en caso de venta, hay que hacer la diferencia entre el valor en que recibiste dichos bienes y el valor de la venta, si la ganancia dividida para 12 supera 486 euros, tienes que volver a suspender la prestación.
O sea, tienes dos incrementos, uno cuando recibes la herencia que tiene un valor x, y otro cuando vendes que tienes ganancias o pérdidas, por lo tanto si tienes ganancias superiores sería otro incremento patrimonial.

Otras dudas

Si estoy cobrando el subsidio de desempleo por un contrato de tres meses, y cumplo los 55 años en el ultimo mes de subsidio, puedo solicitar el de los 55 años, o tiene que haber mas margen para poder solicitarlo?

Para acceder al mayor de 55 años tienes que estar cobrando el subsidio, da igual el primer o el último día, tienes que cumplir los 55 años durante la vigencia del subsidio, así que justo cuando cumplas la edad, acude a tu oficina para que te cambien el tipo de subsidio.

1.877 comentarios sobre «7 mejores consejos sobre el subsidio mayores 55 años»

  1. No tengo ningún ingreso pero tengo dos viviendas. Si alquilo una de las viviendas teniendo la ayuda de mayores de 55 años, ¿perdería dicha ayuda?
    Me han dicho que SEPE solo tienen en cuenta el alquiler de la vivienda y no se tienen en cuenta los gastos que genera la vivienda ¿Es cierto esto?

    1. Hola. Los ingresos propios que no puedes superar son 530,78 Euros brutos mes. El alquiler es un ingreso y efectivamente solamente se tiene en cuenta el importe del alquiler, no hay descuentos de ningún tipo, es decir, la cantidad que venga en el contrato es la que se tiene en cuenta.
      Si la unidad familiar solamente la compones tú, todo el ingreso del alquiler, logicamente se te tendrá en cuenta, si estás casado, independientemente del titular de la vivienda, el alquiler se divide entre el matrimonio, es decir, si tienes un alquiler de 700 euros, 350 son ingresos tuyos propios y otros 350 serían de tu mujer.
      Un saludo

  2. hola JOSE
    una pregunta en particular
    una empresa me ha echo un contracto de trabajo y me ha dado de alta la seguridad social de 2 bes pero sin contactarme se por que he recibido el mensaje
    saco vida laboral para verificar y sale la verdad estoy dado de alta
    lo que piense muy bien y ellos me da de alta sin trabajar es su problema
    el problema ajora es
    este empresa no ha pagado la seguridad social para mi y mas no me interesa lo que me informa sobre este empresa y lo que ha echo no es mi problema
    este contracto no es sellado ni firmado de nadie
    lo que sale es que yo soy culpable de lo que ha echo este empresa
    mas ya esta claro que no este contracto me ha dado derecho al subsidio y no me hache falta
    te pregunto
    un contracto que no hache falta para tener un derecho que nu es sellado ni firmado es una simulación de trabajo
    como mas empresas tiene mi documentación me puede hacher contracto
    y me le hache tengo yo una culpa sin firmarlo
    buscando trabajo hay que dejar los documentos en copia
    y tu mi le dejas y yo te hago un contracto por cual tu no le firmas es culpa tuya
    por este mi se ha chitado el subsidio
    un contracto sin ser sellado y firmado vale de algo
    mas es un falso en documentos lo que has echo tu creo por que nu le has firmado aquí es tu culpa
    gracias

  3. hola JOSE y gracias
    como dices tu
    es un caso lio, para mi no y respectamos la ley
    la ley dice que y cobras menos de 650 euros no se puede tocar y tienes una multa o una deuda que no ser penal
    parece que para estado esta ley no se aplica
    con el SEPE y tienes una deuda te cobra todo y de deja sin dinero
    en este caso te da derecho ha pedir otra ajuda como renta minima de inserccion -RMI
    aquí va estar el problema
    cobrando el paro estas en situación legal de desempleo pero cobrando y el RMI en lo mismo tiempo no estas en situación legal de desempleo
    mi duda
    estoy en situación legal de desempleo o no
    como a partir de paro tengo derecho al subsidio para mayores de 55 años pero cobrar y el RMI mi se va ha aprobar el subsidio y continuar ha cobrar el RMI
    me repito
    cobrando paro estas en situación legal de desempleo
    cobrando paro pero en lo mismo tiempo el RMI estas en dos situaciones
    cual vale

  4. Hola! Mi mujer hace 23 años qué no cotiza tiene 58 años y 20 cotizados ahora le han echo contrato de 6 meses jornada completa, cuando se le acabe si no le renuevan tiene derecho al mini paro o se puede acoger al subsidio mayores 55!!! Gracias

    1. Hola. con 6 meses de trabajo, tiene al menos derecho a 6 meses de subsidio, con cargas familiares 21 , luego si además la Seguridad Social emite certificado favorable y la unidad familiar no supera rentas, se podrá acoger al mayor de 55 años
      Un saludo

  5. Hola, mi marido esta cobrando una ayuda para mayores de 55 años. Mis hermanos y yo tenemos un piso que podemos vender por 20000€ y a mi me corresponden 5000€. ¿Como se calcula en la renta?. ¿Si le quitan la ayuda a mi marido es para un mes o es para mas tiempo?.

    1. Hola. Primero lo que tienes que saber es el precio de coste de ese piso ( vamos a suponer que son 8000 euros), después tienes que restar el valor de la venta ( 20000) por lo que os costó, en este ejemplo el incremento patrimonial serán de 12.000 euros (20.000-8.000)
      Estos 12.000euros de incremento patrimonial, lógicamente lo tienes que dividir por 4, por lo que te quedarían en 3.000 euros de incremento patrimonial para tí.
      Para que tenga incidencia el incremento patrimonial dividido para 12 debe superar los 530,78 euros, por lo tanto no habrá incidencia.
      De todas maneras debes comunicarlo cuando tengas las escrituras de venta por si el valor presunto afectara de alguna medida.
      Valor presunto es aplicar el 3 por ciento al incremento patrimonial ( como si lo invirtieras en un banco) y dividirlo para 12 que sería un rendimiento presunto en este ejemplo sería
      Incremento patrimonial 3000 por el 3 por ciento es igual a 90 euros dividido para 12 meses es igual a 7,5 euros mes, por lo que creo que no te puede afectar en nada salvo que tengas otras rentas .
      Un saludo

  6. Buenos dias, tengo 53 años y cotizados 12 años y 7 siete meses, con lo q necesito casi 29 meses de cotizacion para tener los 15 años de cotizacion para poder pedir el subsidio para mayores de 55 , podria hacerlo de la siguiente manera?
    29( q tendria q cotizar)
    – 4( son 112 dias x tener una hija)
    -15(autonomo)
    – 1(regimen general)
    – 3 (autonomo)
    – 1( regimen general)
    – 3 autonomo)
    – 1(regimen general)
    Y con los 3 meses de regimen genersal se generaria 1 de paro y ya serian los 29 q necesito.
    Seria factible cotizar los 3 meses de regimen genral intercalados con los autonomos en los ultimos.meses?.muchas gracias x tus aclaraciones. Estoy en una situacion dificil ya q me divorcie y no tenia la compensatoria y ahora el ha fallecido y me quede sola con mi hija y aunque tiene la paga de orfandad, le ha quedado menos de lo q el padre le daba, debo la hipoteca y ella sta estudiando en la universaidad y no paro de echar cv pero todavia no he conseguido trabajo

    1. Hola. Por hacerlo como comentas no hay ningún problema, siempre que te salgan las cuentas.
      El tema de trabajar en régimen general y autónomo , tampoco hay problema, siempre que a la hora de solicitar el último trabajo sea en régimen general, que es lo que te va a dar la situación legal de desempleo, para que puedas solicitar el subsidio, por lo tanto el que alternes régimen general con autónomos no hay problema .
      Un saludo

  7. hola . me llamo jose , y solo tengo cotizado un poco mas dew 6 años, y se me termino las rai. por ser mayor de 55, ya no tengo derecho a ninguna ayuda,, por que les dige que me tire 16 años en la carcel , esopañola, y no hace mucho , termine de pagar 2 años en el estranjero una condena , por la crisis, me ariesgue , y cuando sali de pagar , los dos años me dieron la ayuda , pero ahora ya no tengo derecho.. bueno no se que hacer …

    1. Hola. El mayor de 55 años no te corresponde, solamente se me ocurre que solicites el prepara, si no lo has cobrado nunca y la PAE , si tienes cargas familiares, son las 2 únicas ayudas que podrías solicitar si cumples con los requisitos .
      Un saludo

  8. Tengo mis ahorros en tres fondos de inversión. El valor de ellos varía y es alto.
    Últimamente su rentabilidad, según la regla de la rentabilidad presunta en base al valor legal del dinero, es superior a la renta máxima mensual de 530€.

    ¿En las comprobaciones del SEPE con Hacienda se analiza el valor de mis fondos de inversión, por ejemplo a fecha 31 de Julio y a fecha 31 de Diciembre?
    gracias Pedro

    1. Hola. Pues como todo en la vida depende.
      Si en el fondo de inversión , tienes un capital y te da unos intereses anuales, te contaremos los intereses generados en ese año con fecha 1 de enero del año siguiente, es decir, si tienes una inversión en el año 2016 de 100000 euror y te han generado unos intereses anuales de 3000 euros, estos intereses se tienen en cuenta a partir del año 2017, por lo que tendrías una renta de 3000 euros dividido para 12 (250 euros mes).
      Si por el contrario esta misma inversión lo que haces es rescatar el dinero invertido más los intereses se tienen en cuenta el total de los intereses en la fecha en que rescatas el fondo de inversión, en este caso como no superas los 530 euros mes no tendría ninguna consecuencia ( según el ejemplo).
      Por lo tanto no es lo mismo que a un capital cada año genere unos intereses o que un capital se rescate en su totalidad tanto este como sus intereses.
      Un saludo

  9. Hola Jose Maria. Me han denegado la ayuda para mayores de 55 años, me mandan una carta tipo me dicen( El art. 274 de la L.G.S.S. establece en que situaciones los desempleados seran beneficiarios del subsidio por desempleo, no encontrandose vd en ninguna de ellas. Tengo 20 años y 11 meses cotizados, de los cuales 7 años cotizé a Autonomos, unos 14 años reg. general cotizado para desempleo.
    Julio,Agosto y Septiembre 2011 en Aytto. como peón. ¿Es posible que no me contemplen esos tres meses de 2011 porque hayan pasado mas de seis años? He visto que piden dos años cotizados para jubilación en los ultimos 10 años, que los tengo. ¿Con tres meses de contrato me seria sufte?

    1. Hola. Efectivamente, cuando dice que no está en ninguna situación para cobrar el subsidio, quiere decir que no tienes cotizaciones y esos 3 meses están fuera de los 6 años, aparte que no sirve solamente con tener 3 meses, tienes que tener finalizar un trabajo ahora para estar en situación de solicitar.
      Un saludo

  10. buenas, tengo 59 años y quiero pedir la ayuda de mayores de 55 años , el paro se termino 16/11/17 , tengo cargas familiares esposa y 1 hija de 23 años las dos sin trabajo , que me correspondia cobrar
    gracias

    1. Hola. A partir del 17 de diciembre tendrás que solicitar subsidio por desempleo, si tienes 15 años cotizados, seguramente este subsidio que solicites será el mayor de 55 años, eso te lo dirán en la oficina si reunes o no los requisitos.
      Un saludo

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