7 mejores consejos sobre el subsidio mayores 55 años

Hemos recopilado algunas de las mejores respuestas sobre el subsidio mayores 55 años que nos ha enviado nuestro colaborador y experto en este tipo de ayudas, Jose María. Desde aquí le agradecemos toda la labor que está haciendo de forma altruista.

Contenido del artículo

Cuentan las cotizaciones en el extranjero?

Para solicitar el subsidio de mayores de 55 años es necesario tener 15 años cotizado y 6 de ellos durante tu vida laboral cotizados a Régimen General. Yo he trabajado 15 en el extranjero (Alemania) a Régimen General y 11 en España como autónomo, podría con estas circunstancias solicitarlo?

La cotizaciones en el extranjero te valen, pero tienes que ir a la seguridad social para que te lo convaliden, seguramente te pedirán justificantes de dichos trabajos en Alemania, pero si que sirven.

Como calculo los ingresos con cargas familiares?

Las cargas familiares se calculan con el sueldo bruto x 14 pagas y se divide entre 12 y después se divide por los que conviven en casa. Se descuentan las retenciones de la nomina?

Si en nómina te meten cada mes la paga extra, ósea, solo tienes 12 pagas al año, tienes que coger el total devengado, que es lo que cobras neto, más todas las retenciones y nada más.

Si por el contrario las pagas extras las tienes en junio y diciembre, tienes que coger el total devengado y luego sumarle la prorrata de pagas extras, que es lo que le correspondería cada mes si las cobrara como el ejemplo anterior (esta cantidad casi siempre viene en la parte inferior a la izquierda y viene como te he dicho total devengado+prorrata de pagas.ayuda o subsidio mayores 55 años

Como ves es muy sencillo, el total devengado suele venir en el centro de la nómina en la parte derecha y de ahí le restan el IRPF, seguridad social, etc. y sacan el líquido a pagar. Para el INEM, todos los conceptos de la nómina se cuentan excepto las dietas que se dan por alojamiento, comida etc., por ejemplo a camioneros y viajantes.

Con respecto a lo que comentas de tu marido que tenia el mayor de 52 y luego trabajó tres meses y cogió 3 meses que le quedaban de paro, no te entiendo, dices que tenía el mayor de 52 y que hacia la declaración anual de rentas y luego me sales que le quedaban 3 meses de paro y no sé exactamente a qué te refieres, o cobraba el subsidio o tenía paro.

Cuando uno tiene un mayor de 52 o 55 años, supongamos que cobra 426 euros, y genera un derecho a paro, se pueden hacer 2 cosas: si ese paro es a tiempo completo puede pedir el paro y luego volver a pedir otro subsidio, el anterior le queda extinguido.

Otro ejemplo, generas paro pero a tiempo parcial (cuidado) el nuevo subsidio que generes será con la cuantía de la última parcialidad que te dé derecho a paro, es decir, el subsidio ya no lo cobrarás a 426 euros, entonces si te ves perjudicada, puedes optar por seguir cobrando tu subsidio y no cobrar el paro y perderás las cotizaciones, pero el subsidio será el mismo que tenías.

Otro ejemplo, estás cobrando el subsidio mayor de 52 años, el de antes de julio del 2012, este tipo de subsidio hasta marzo del 2013 no se pedían cargas familiares, por lo que sólo dependías de tus propias rentas, pues imagínate que cobras ese subsidio y general un derecho a paro, tienes igualmente 2 opciones, si el nuevo derecho te perjudica, porque estás casado por ejemplo y tu mujer se pasa de rentas con el nuevo subsidio esto ya se tiene en cuenta, entonces como seguramente no podrás acceder a las nuevas condiciones, puedes optar a seguir cobrando el antiguo subsidio y no cobrar el paro, eso si las cotizaciones de ese paro las perderías.

Espero no haberte liado mucho, la moraleja de todo es que si cobrando el subsidio mayores 55 años o 52 años, generas un derecho a paro y este te perjudica para un posterior subsidio, puedes optar, pues el legislador entiende que es una prestación hasta la jubilación y no se puede perjudicar a una persona por generar un paro que le perjudicaría para muchos años.

Cumplo todos los requisitos para solicitarla?

Acabo de cumplir los 55 y tengo todos los requisitos para cobrar el subsidio mayores 55 años, excepto a que el paro lo agoté hace muchísimo tiempo y de momento solo tengo unos 120 días cotizados…que puedo hacer para solicitar el subsidio?

Si crees que reúnes los requisitos para el mayor de 55 años, 15 años cotizados y de ellos 6 al desempleo, y ahora tienes más de 90 días cotizados, solamente necesitas un contrato de trabajo, a poder ser a jornada completa. El subsidio mayor de 55 años, se puede acceder con 90 días cotizados, no hace falta 180 en caso de carecer de rentas, así que con un contrato para tener situación de desempleo te bastaría.

Nuevos requisitos para cobrar el subsidio mayores 55 años

Cumplo todos los requisitos para solicitar la ayuda para mayores de 55 años, salvo uno, que al parecer es nuevo, o añadido a lo que ya había. ¿Es cierto que si no tienes 12 meses cotizados, debes tener al menos 3 meses -y aquí viene la novedad-, si tienes cargas familiares o seis si no las tienes. Yo tengo tres meses pero no cargas.

Efectivamente desde julio del 2012 ya no se puede acceder directamente al subsidio para mayores de 55 años, como se hacía antes, ahora tienes que cobrar un subsidio, agotar un paro que te dé derecho a subsidio y en su defecto tener 3 meses cotizados que te den derecho a acceder al subsidio mayores 55 años.
Efectivamente en los subsidios normales para acceder a un subsidio de 3 meses necesitas tener cargas familiares, pero el legislador ha entendido como este subsidio se puede tener sin cargas familiares con 3 meses es suficiente para acceder a él. Ojo, solamente para el mayor de 55 años, si no reunieras algunos de los requisitos, no podrías con estos 3 meses acceder a otro tipo de subsidio.
Por lo tanto si tienes los 3 meses cotizados solicita el subsidio.

Como se imputan los fondos de inversión a efecto de ingresos?

Tanto los fondos de inversión como las acciones se consideran incrementos patrimoniales y se pagan en un pago único.
Si tienes un fondo o unas acciones, los ingresos que se cuentan solo es a la hora del rescate de dicho fondo o con la venta de acciones.
Supongamos que tienes 1000 acciones y las compras a 20 euros y al cabo de unos meses, las vendes a 40 euros, la ganancia patrimonial es de 20000 euros, que dividido para 12 meses da una cantidad superior a 486 euros.
Si esas acciones las vendes el 15 de julio, se lo comunicas al SEPE y se te dará de baja ese mismo día y previa solicitud por tu parte se te reanudará con fecha 15 de agosto, por lo que solo se te suspenderá un mes, luego se puede cobrar el subsidio.
Para compensar ganancias con pérdidas, solo lo puedes hacer si ambas cosas coinciden el mismo mes, si ganas 20000 y pierdes con otra venta 15000, solo se considerarían unas ganancias de 5000 euros si se producen el mismo mes, si es en mes distinto tendrías unas ganancias de 20000 euros.
Con los fondos pasa igual, fecha de venta, se divide para doce y si el resultado es mayor de 486 euros, se suspende el subsidio un mes y se reanuda. Estas condiciones afectan en este caso solamente al subsidio mayores 55 años.

Las herencias, como afectan?

Como afecta el cobro de una herencia a las condiciones para seguir cobrando el subsidio mayores 55 años? Siempre hay que comunicar al SEPE, cualquier variación patrimonial.
El tema de la herencia va de la siguiente manera:
Hay que comunicar al SEPE el incremento patrimonial desde el mismo día que se formaliza la escritura, si superas rentas se suspende un mes y al mes siguiente se reanuda, si te das cuenta, es igual que lo que comento normalmente en este foro.
Como dicha vivienda, fondo, acciones etc., tiene un valor en la fecha en que pasa a tu propiedad, en caso de venta, hay que hacer la diferencia entre el valor en que recibiste dichos bienes y el valor de la venta, si la ganancia dividida para 12 supera 486 euros, tienes que volver a suspender la prestación.
O sea, tienes dos incrementos, uno cuando recibes la herencia que tiene un valor x, y otro cuando vendes que tienes ganancias o pérdidas, por lo tanto si tienes ganancias superiores sería otro incremento patrimonial.

Otras dudas

Si estoy cobrando el subsidio de desempleo por un contrato de tres meses, y cumplo los 55 años en el ultimo mes de subsidio, puedo solicitar el de los 55 años, o tiene que haber mas margen para poder solicitarlo?

Para acceder al mayor de 55 años tienes que estar cobrando el subsidio, da igual el primer o el último día, tienes que cumplir los 55 años durante la vigencia del subsidio, así que justo cuando cumplas la edad, acude a tu oficina para que te cambien el tipo de subsidio.

1.877 comentarios sobre «7 mejores consejos sobre el subsidio mayores 55 años»

  1. Hola,reuno todas las condiciones para solicitar la prestación de los 55 años,pero tengo un mes trabajado, y empecé a trabajar,con tal mala suerte que me accidenté antes de los primeros 15 dias,tengo que estar tres meses de baja laboral por accidente a través de la mutua….cuando me dén el alta ¿¿Puedo acojerme a la prestación de los 55 años???

  2. Hola, estoy cobrando el subsidio para mayores de 52/55 años desde hace un año y me acaba de llegar una carta informativa de declaraciones de rentas para presentarla en el paro.
    Tambien acabo de hacer la declaracion de la renta y me sale a pagar por el ingreso que me hicieron a consecuencia del despido de la empresa.
    Tengo que presentar la declaracion de la renta. Si no la presento que pasaria??
    Gracia y saludos.

    1. Hola. Es obligatorio ir una vez al año, si cobras el mayor de 55 años y no has trabajado, por lo tanto acude porque de lo contrario se te suspenderán la prestación. En cuanto a la declaración, si k la tienes k presentar porque actualmente no disponemos información de la renta 2017
      Un saludo

  3. Hola! Estuve hace un mes en el sepe para hacer la declaracion anual de rentas. Aproveche para preguntarle al funcionario que si tendria alguna incedencia en casi de que venda me vivienda habitual sobre el subsidio por desempleo para mayores de 55años que estoy cobrando. Me contesto que la venta de la vivienda habitual no es renta. Por lo tanto no habra ningun problema. Le dije Pero tendre que venir a comunicarlo aqui en el sepe.me contesto bueno se quieres!
    Esto es asín? Gracias

    1. Hola. Las plusvalías de la venta habitual, no se consideran rentas, por lo tanto no van a tener incidencia en la prestación. En cuanto a si tienes que comunicarlo o no , si uno sabe que no supera rentas, no hace falta comunicar nada, por lo tanto, como ya tienes claro que no supone plusvalias la venta de la vivienda habitual, no tendrías por qué comunicar nada.
      Un saludo

  4. Buenas tardes. Les agradecería una respuesta a una duda que tengo. Tras ser despedido por ere extintivo en noviembre de 2010, con los consiguientes subsidios de paro, prórroga y RAI, éste último agotado el pasado mes de abril, obtengo un trabajo a jornada completa con duración de poco más de 4 meses. Actualmente tengo 58 años, sin cargas familiares .y cumplo el resto de requisitos ¿Tras este contrato, podré acceder al subsidio para mayores de 55 años si no tengo responsabilidades familiares o habría de cotizar al menos 6 meses, como me dijeron en el SEPE hace 5 años ante un hipotético caso de contrato, que he obtenido ahora? ¿ el SEPE otorga este subsidio sin problemas si no tengo cargas familiares?.De hecho, su página es la única que da un aire de esperanza en este sentido. Un saludo y gracias.

    1. Hola. Para acceder al mayor de 55 años, solamente se necesitan 3 meses para acceder, se tengan o no cargas familiares.
      Si tu unidad familiar solamente la compones tu, podrás acceder si tienes 15 años cotizados y trabajas esos 3 meses, y si la unidad familiar la componen esposa e hijos, dependerá de los ingresos familiares
      Un saludo

  5. Hola tengo 57 años y me he quedado en paro como trabajaba cómo empleada de hogar no tengo derecho a ninguna prestación. Mi pregunta es que tengo que hacer si tengo casi 18 cotizado s.s y un año al imen hace mucho tiempo .Muchas gracias un saludo

    1. Hola. Si alguna vez has cobrado paro o subsidio, tienes k esperar un año con la tarjeta de demandante de empleo alta y solicitar la RAI. Si nunca has cobrado paro o subsidio, actualmente no tendrías derecho a ninguna prestación
      Un saludo

  6. buenos dias, yo estoy cobrando la ayuda de MAYORES DE 55 AÑOS HACE 5 MESES , TENGO 60 AÑOS Y QUIERO JUBILARME A LOS 61 QUE CUMPLO EN 2019, TENGO MAS DE 40 AÑOS COTIZADOS MI PREGUNTA ES 1º QUE DOCUMENTOS ME PEDIRAN, TENGO CONYUGUE Y UNA CHICA DE 24 AÑOS EN LA UNIDAD FAMILIAR
    MUCHAS GRACIAS

    1. Hola. Tienes k preguntar en el IMSS, k son los encargados de las jubilaciones
      Un saludo

  7. He estado cobrando el P.A.E. durante 2 meses y me ofrecieron un contrato el 27-28-29-30abril por lo que hice la congelacion del P.A:E: esos dias, al ir a reactivarlo me los revocan porque a partir del 30 de abril terminaba el plazo de reactivacion del P.A.E. ?a que tipo de prestacion me puedo acoger¿

    1. Hola. Entérate bien k ha pasado porque la PAE, es verdad k terminaba el 30 de abril. Pero una vez aprobada se puede reanudar pasada esa fecha. Si lo k te han dicho es k te lo han revocado, quiere decir k esa prestación estuvo mal aprobada desde su inicio y no te correspondía realmente
      Un saludo

  8. Vivir con mi padre jubilado cuenta como unidad familiar para cobrar el subsidio de mayor de 55 años? Tengo 58 años y he agotado el paro. Soy di rociado sin cargas familiares

    1. Hola. Tu padre no se incluye en tu unidad familiar, por lo tanto no te afecta en absoluto
      Un saludo

  9. Hola Jose Maria. Estando cobrando el subsidio para mayores de 55 años ¿ Que cantidad minima procedente de fondos bancarios,herencias,juegos etc ,se puede ingresar para que no te retengan la ayuda?ysi ingresas un importe superior al permitido,¿ Te pueden retirar la ayuda? Gracias.

    1. Hola. Para suspender el subsidio durante un mes, tendrías k tener un incremento patrimonial de algo más de 6600 euros, tanto sea una venta, como una herencia etc
      Para suspenderlo para siempre, si es solo por esta causa sería muy complicado, tendrías k tener un incremento patrimonial de más de 200000 euros, siempre hablando de incremento patrimonial y no teniendo, nóminas u otros ingresos
      Un saludo

  10. Buenos tardes:estoy cobrando el subsidio mayores de 52 años si rescato un fondo de inversion, que ha obtenido una renta de 6000€ después de 5 años dejo de cobrar el subsidio.
    Este fondo es compartido con mi marido.
    Un saludo

    1. Hola. No es renta suficiente para suspender el subsidio durante un mes. Cuando hagas el rescate del fondo, pásate por tu oficina para k comprueben el incremento patrimonial. Pero con 3000 euros por cada uno, no debe de tener incidencia alguna
      Un saludo

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