Hemos recopilado algunas de las mejores respuestas sobre el subsidio mayores 55 años que nos ha enviado nuestro colaborador y experto en este tipo de ayudas, Jose María. Desde aquí le agradecemos toda la labor que está haciendo de forma altruista.
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Cuentan las cotizaciones en el extranjero?
Para solicitar el subsidio de mayores de 55 años es necesario tener 15 años cotizado y 6 de ellos durante tu vida laboral cotizados a Régimen General. Yo he trabajado 15 en el extranjero (Alemania) a Régimen General y 11 en España como autónomo, podría con estas circunstancias solicitarlo?
La cotizaciones en el extranjero te valen, pero tienes que ir a la seguridad social para que te lo convaliden, seguramente te pedirán justificantes de dichos trabajos en Alemania, pero si que sirven.
Como calculo los ingresos con cargas familiares?
Las cargas familiares se calculan con el sueldo bruto x 14 pagas y se divide entre 12 y después se divide por los que conviven en casa. Se descuentan las retenciones de la nomina?
Si en nómina te meten cada mes la paga extra, ósea, solo tienes 12 pagas al año, tienes que coger el total devengado, que es lo que cobras neto, más todas las retenciones y nada más.
Si por el contrario las pagas extras las tienes en junio y diciembre, tienes que coger el total devengado y luego sumarle la prorrata de pagas extras, que es lo que le correspondería cada mes si las cobrara como el ejemplo anterior (esta cantidad casi siempre viene en la parte inferior a la izquierda y viene como te he dicho total devengado+prorrata de pagas.
Como ves es muy sencillo, el total devengado suele venir en el centro de la nómina en la parte derecha y de ahí le restan el IRPF, seguridad social, etc. y sacan el líquido a pagar. Para el INEM, todos los conceptos de la nómina se cuentan excepto las dietas que se dan por alojamiento, comida etc., por ejemplo a camioneros y viajantes.
Con respecto a lo que comentas de tu marido que tenia el mayor de 52 y luego trabajó tres meses y cogió 3 meses que le quedaban de paro, no te entiendo, dices que tenía el mayor de 52 y que hacia la declaración anual de rentas y luego me sales que le quedaban 3 meses de paro y no sé exactamente a qué te refieres, o cobraba el subsidio o tenía paro.
Cuando uno tiene un mayor de 52 o 55 años, supongamos que cobra 426 euros, y genera un derecho a paro, se pueden hacer 2 cosas: si ese paro es a tiempo completo puede pedir el paro y luego volver a pedir otro subsidio, el anterior le queda extinguido.
Otro ejemplo, generas paro pero a tiempo parcial (cuidado) el nuevo subsidio que generes será con la cuantía de la última parcialidad que te dé derecho a paro, es decir, el subsidio ya no lo cobrarás a 426 euros, entonces si te ves perjudicada, puedes optar por seguir cobrando tu subsidio y no cobrar el paro y perderás las cotizaciones, pero el subsidio será el mismo que tenías.
Otro ejemplo, estás cobrando el subsidio mayor de 52 años, el de antes de julio del 2012, este tipo de subsidio hasta marzo del 2013 no se pedían cargas familiares, por lo que sólo dependías de tus propias rentas, pues imagínate que cobras ese subsidio y general un derecho a paro, tienes igualmente 2 opciones, si el nuevo derecho te perjudica, porque estás casado por ejemplo y tu mujer se pasa de rentas con el nuevo subsidio esto ya se tiene en cuenta, entonces como seguramente no podrás acceder a las nuevas condiciones, puedes optar a seguir cobrando el antiguo subsidio y no cobrar el paro, eso si las cotizaciones de ese paro las perderías.
Espero no haberte liado mucho, la moraleja de todo es que si cobrando el subsidio mayores 55 años o 52 años, generas un derecho a paro y este te perjudica para un posterior subsidio, puedes optar, pues el legislador entiende que es una prestación hasta la jubilación y no se puede perjudicar a una persona por generar un paro que le perjudicaría para muchos años.
Cumplo todos los requisitos para solicitarla?
Acabo de cumplir los 55 y tengo todos los requisitos para cobrar el subsidio mayores 55 años, excepto a que el paro lo agoté hace muchísimo tiempo y de momento solo tengo unos 120 días cotizados…que puedo hacer para solicitar el subsidio?
Si crees que reúnes los requisitos para el mayor de 55 años, 15 años cotizados y de ellos 6 al desempleo, y ahora tienes más de 90 días cotizados, solamente necesitas un contrato de trabajo, a poder ser a jornada completa. El subsidio mayor de 55 años, se puede acceder con 90 días cotizados, no hace falta 180 en caso de carecer de rentas, así que con un contrato para tener situación de desempleo te bastaría.
Nuevos requisitos para cobrar el subsidio mayores 55 años
Cumplo todos los requisitos para solicitar la ayuda para mayores de 55 años, salvo uno, que al parecer es nuevo, o añadido a lo que ya había. ¿Es cierto que si no tienes 12 meses cotizados, debes tener al menos 3 meses -y aquí viene la novedad-, si tienes cargas familiares o seis si no las tienes. Yo tengo tres meses pero no cargas.
Efectivamente desde julio del 2012 ya no se puede acceder directamente al subsidio para mayores de 55 años, como se hacía antes, ahora tienes que cobrar un subsidio, agotar un paro que te dé derecho a subsidio y en su defecto tener 3 meses cotizados que te den derecho a acceder al subsidio mayores 55 años.
Efectivamente en los subsidios normales para acceder a un subsidio de 3 meses necesitas tener cargas familiares, pero el legislador ha entendido como este subsidio se puede tener sin cargas familiares con 3 meses es suficiente para acceder a él. Ojo, solamente para el mayor de 55 años, si no reunieras algunos de los requisitos, no podrías con estos 3 meses acceder a otro tipo de subsidio.
Por lo tanto si tienes los 3 meses cotizados solicita el subsidio.
Como se imputan los fondos de inversión a efecto de ingresos?
Tanto los fondos de inversión como las acciones se consideran incrementos patrimoniales y se pagan en un pago único.
Si tienes un fondo o unas acciones, los ingresos que se cuentan solo es a la hora del rescate de dicho fondo o con la venta de acciones.
Supongamos que tienes 1000 acciones y las compras a 20 euros y al cabo de unos meses, las vendes a 40 euros, la ganancia patrimonial es de 20000 euros, que dividido para 12 meses da una cantidad superior a 486 euros.
Si esas acciones las vendes el 15 de julio, se lo comunicas al SEPE y se te dará de baja ese mismo día y previa solicitud por tu parte se te reanudará con fecha 15 de agosto, por lo que solo se te suspenderá un mes, luego se puede cobrar el subsidio.
Para compensar ganancias con pérdidas, solo lo puedes hacer si ambas cosas coinciden el mismo mes, si ganas 20000 y pierdes con otra venta 15000, solo se considerarían unas ganancias de 5000 euros si se producen el mismo mes, si es en mes distinto tendrías unas ganancias de 20000 euros.
Con los fondos pasa igual, fecha de venta, se divide para doce y si el resultado es mayor de 486 euros, se suspende el subsidio un mes y se reanuda. Estas condiciones afectan en este caso solamente al subsidio mayores 55 años.
Las herencias, como afectan?
Como afecta el cobro de una herencia a las condiciones para seguir cobrando el subsidio mayores 55 años? Siempre hay que comunicar al SEPE, cualquier variación patrimonial.
El tema de la herencia va de la siguiente manera:
Hay que comunicar al SEPE el incremento patrimonial desde el mismo día que se formaliza la escritura, si superas rentas se suspende un mes y al mes siguiente se reanuda, si te das cuenta, es igual que lo que comento normalmente en este foro.
Como dicha vivienda, fondo, acciones etc., tiene un valor en la fecha en que pasa a tu propiedad, en caso de venta, hay que hacer la diferencia entre el valor en que recibiste dichos bienes y el valor de la venta, si la ganancia dividida para 12 supera 486 euros, tienes que volver a suspender la prestación.
O sea, tienes dos incrementos, uno cuando recibes la herencia que tiene un valor x, y otro cuando vendes que tienes ganancias o pérdidas, por lo tanto si tienes ganancias superiores sería otro incremento patrimonial.
Otras dudas
Si estoy cobrando el subsidio de desempleo por un contrato de tres meses, y cumplo los 55 años en el ultimo mes de subsidio, puedo solicitar el de los 55 años, o tiene que haber mas margen para poder solicitarlo?
Para acceder al mayor de 55 años tienes que estar cobrando el subsidio, da igual el primer o el último día, tienes que cumplir los 55 años durante la vigencia del subsidio, así que justo cuando cumplas la edad, acude a tu oficina para que te cambien el tipo de subsidio.
Buenos días José María, primero darte las gracias porque tus contestaciones anteriores a mis dudas me ayudaron bastante. Gracias por toda la ayuda que nos prestas.
Tengo concedido el subsidio para mayores de 55 años hasta que cumpla 61 años. Posiblemente en septiembre me contraten en jornada de 40 horas, aquí viene mi duda. Si me despiden al mes, dos o tres meses….. O al año. ¿Podría volver a solicitar el mismo subsidio que ya tenía concedido?
¿Hay alguna posibilidad, como soy mayor de 55 años y el contrato que me hagan sería de emprendedores, poder seguir con el subsidio y contratada?
Muchas gracias por tu atención
Hola. Si cobras el mayor de 55años y trabajas, lo primero que hay que hacer es supender la prestación y cuando hayas acabado el contrato, puedes volver a solicitar dicho subsidio, salvo que tenga cotizaciones para paro, que puedes elegir 2 opciones. Una solicitar el paro y luego por agotamiento de este, volver a solicitar subsidio por desempleo. Y la otra si crees que el solicitar el paro, te perjudica para poder solicitar el subsidio, optar por seguir cobrando el paro y perder las cotizaciones para ese paro ( estos casos suelen ser por paro con contratos a tiempo parcial o paros agrícolas que no dan derecho a subsidio:
En cuanto a la última pregunta, sé que hay un contrato para mayores de 52 años , que se puede compatibilizar , pero me tendrías que dar tu nombre completo y apellidos en el momento de que te pongas a trabajar por esta modalidad, para ver el contrato que te han hecho y decirte lo que tienes que hacer, pues yo solamente he hecho uno en todo el tiempo que llevo y seguramente en tu oficina, sobre todo si es pequeña hayan oido hablar de esta posibilidad.
Un saludo
Hola
Si cobras el subsidio mayor 55 y tienes convenio especial y al llegar a los 61 te retiran el subsidio , puedes llegar a los 65 pagando el convenio para evitar la merma en la pensión ? Muchas gracias
Hola. No lo sé, porque el convenio especial es un tema de la Seguirdad Social y tienes que preguntarles a ellos.
Un saludo
buenos dias, hace 2,5 años que me despidieron no me dieron el finiquito por que me dijeron que en unos 5 a 6 meses me incorporaria pues no fue a si la empresa cerro y no se nada de ellos, mi pregunta es estoy cobrando la ayuda a mayores de 55 años llevo 5 meses cobrando y queria jubilarme a los 61, tengo cotizados 45 años y tengo 60 años el 5 /19 los cumplo los 61, podre jubilarme a esa edad o tendre que esperar por falta de justificante de despidoo esperar hasta los 63 años??????
Hola. Los temas de jubilación, teneís que preguntarlos a la seguridad social.
No tiene nada que ver el finiquito para poder o no jubilarte antes o después, pero si quieres saber una fecha de jubilación, es este organismo el que te lo tiene que decir.
Un saludo
si recupero un fondo me quitan la ayuda y por otra parte yo de ayuda cobro 430 en vez de 426 por que ?
Hola. Cobras 430, porque todo el mundo cobra 430, hace unos meses se dió la gran subida de 6 euros mes.
En cuanto al fondo, depende. Y esto es que si la ganancia patrimonial del fondo , dividida para 12 meses, supera 551 euros, deberás suspender el subsidio un mes, luego lo puedes reanudar, y si no supera esa cantidad podrás cobrar el subsidio, sin suspenderlo.
Un saludo
Buenas tardes , estoy cobrando el subsidio para mayores de 55años
Quisiera saber si puedo ir a Portugal 4 días para ver a un familiar
Hola. Puedes ir a Portugal, si lo quieres hacer bien, comunica al sepe, tú salida al extranjero por menos de 15 días, luego al regreso te presentas de nuevo en el sepe, para decir que ya has regresado y podrás cobrar el subsidio sin ninguna merma.
En caso de estar más de 15 días, se deber suspender y reanudar a la vuelta, pero todos estos días no se cobran, en tu caso como te he comentado si.
Un saludo
HOLA,REUNO LAS CONDICIONES PARA SOLICITAR LA PRESTACION DE MAYORES DE 55 AÑOS,TENGO CARGAS FAMILIARES,MI MUJER ESTÁ EN PARO ,DOS HIJOS,UNO ESTUDIANTE Y OTRO EN PARO,PERO DE LOS TRES MESES QUE ME EXIJEN ,TENGO SOLO UN MES,LUEGO EMPECÉ A TRABAJAR,CON TAN MALA SUERTE QUE ME ACCIDENTÉ ANTES DE LOS 15 DIAS,TENGO QUE ESTAR ENTRE DOS Y TRES MESES DE BAJA POR LA MUTUA,MI PREGUNTA ES….
¿CUANDO ME DEN EL ALTA,ME SIRVE ESTE TIEMPO PARA COMPLETAR LOS TRES MESES Y PODERME ACOJER A LA PRESTACIÓN DE MÁS DE 55 AÑOS??
Hola. Te vale el tiempo k estés dado de alta en la empresa. Si te despiden y sigues de baja médica, ese tiempo ya no vale.
Un saludo
Hola
Soy extranjero y vivo desde el 2002 en España tengo cotizados 6 años y medio y hace 4 años que estoy sin trabajo, tengo 55 años y no cobro ninguna ayuda ni nada, no tengo cargas familiares ni quien me ayude, no vivo en un domicilio fijo porque obviamente no puedo pagar ni un alquiler, ni habitacion…que puedo hacer ?, y que domicilio puedo dar a la INEM ?
Gracias !
Hola. Tendrás k poner el domicilio de alguien k te pueda recoger la correspondencia. En cuanto a prestaciones, ahora mismo solamente podrías solicitar la RAI, infórmate en tu oficina , por si reúnes los requisitos.
Un saludo
Buenos dias jose maria.he solicitado el subsidio mayor de 55.cumplo todos los requisitos, me faltaban los 3 meses y he trabajado 3 meses a jornada parcial y 25 dias a jornada completa en otra empresa.creo que me cuentan para el pago los 25 dias a jornada completa no?.en cuanto a la declaracion de renta. Mi marido no la hace porque es jubilado y no llega al limite y el año pasado no trabajé .tengo que llevar la declaracion del año 2016 que si la hice? Fueron solamente 5 meses trabajado..y la hice porque me devolvian.me pidieron la renta y claro le dije que ninguno la hacemos..crees que deberia haber entregado esa declaración? O sólo se entrega la del año anterior? .un saludo y espero tu respuesta como siempre.ahhh.tardan mucho en contestar? .gracias.no tengo hijos.
Hola. Ahora mismo solamente vale la declaración del 2017, pero si no la haces no están obligados a pedírtela, salvo k seas obligado tributario.
En cuanto lo k tardan en contestar, depende del certificado de la seguridad social, si lo dan en directo, en el mismo momento se sabe si te corresponde o no, si hay k pedir el certificado, tardan en mandarlo unos 30 días
Un saludo
Buenas tardes: estoy cobrando el subsidio mayores de 55 años y la deduccion de familia nº y hijo con discapacidad, mi pregunta cuando me jubile se puede seguir cobrando.gracias.
Hola. Si preguntas por el subsidio la respuesta es no, pero me imagino k preguntas por las ayudas familiares y esa pregunta se la tienes k hacer al organismo k te concedió tales ayudas
Un saludo
Buenos días,
En este momento estoy cobrando el subsidio de mayores de 55 y me han ofrecido un trabajo de 4 días a jornada completa.
El problema es de mañana martes hasta el viernes y el martes que viene me tengo que ir para un mes. Podría el lunes hacer el tramite tanto de notificar el contrato como la extinción del mismo. cuales son los plazos.
Muchas gracias
Hola, desde el despido tienes 15 días para solicitar la reanudación
Un saludo