Hemos recopilado algunas de las mejores respuestas sobre el subsidio mayores 55 años que nos ha enviado nuestro colaborador y experto en este tipo de ayudas, Jose María. Desde aquí le agradecemos toda la labor que está haciendo de forma altruista.
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Cuentan las cotizaciones en el extranjero?
Para solicitar el subsidio de mayores de 55 años es necesario tener 15 años cotizado y 6 de ellos durante tu vida laboral cotizados a Régimen General. Yo he trabajado 15 en el extranjero (Alemania) a Régimen General y 11 en España como autónomo, podría con estas circunstancias solicitarlo?
La cotizaciones en el extranjero te valen, pero tienes que ir a la seguridad social para que te lo convaliden, seguramente te pedirán justificantes de dichos trabajos en Alemania, pero si que sirven.
Como calculo los ingresos con cargas familiares?
Las cargas familiares se calculan con el sueldo bruto x 14 pagas y se divide entre 12 y después se divide por los que conviven en casa. Se descuentan las retenciones de la nomina?
Si en nómina te meten cada mes la paga extra, ósea, solo tienes 12 pagas al año, tienes que coger el total devengado, que es lo que cobras neto, más todas las retenciones y nada más.
Si por el contrario las pagas extras las tienes en junio y diciembre, tienes que coger el total devengado y luego sumarle la prorrata de pagas extras, que es lo que le correspondería cada mes si las cobrara como el ejemplo anterior (esta cantidad casi siempre viene en la parte inferior a la izquierda y viene como te he dicho total devengado+prorrata de pagas.
Como ves es muy sencillo, el total devengado suele venir en el centro de la nómina en la parte derecha y de ahí le restan el IRPF, seguridad social, etc. y sacan el líquido a pagar. Para el INEM, todos los conceptos de la nómina se cuentan excepto las dietas que se dan por alojamiento, comida etc., por ejemplo a camioneros y viajantes.
Con respecto a lo que comentas de tu marido que tenia el mayor de 52 y luego trabajó tres meses y cogió 3 meses que le quedaban de paro, no te entiendo, dices que tenía el mayor de 52 y que hacia la declaración anual de rentas y luego me sales que le quedaban 3 meses de paro y no sé exactamente a qué te refieres, o cobraba el subsidio o tenía paro.
Cuando uno tiene un mayor de 52 o 55 años, supongamos que cobra 426 euros, y genera un derecho a paro, se pueden hacer 2 cosas: si ese paro es a tiempo completo puede pedir el paro y luego volver a pedir otro subsidio, el anterior le queda extinguido.
Otro ejemplo, generas paro pero a tiempo parcial (cuidado) el nuevo subsidio que generes será con la cuantía de la última parcialidad que te dé derecho a paro, es decir, el subsidio ya no lo cobrarás a 426 euros, entonces si te ves perjudicada, puedes optar por seguir cobrando tu subsidio y no cobrar el paro y perderás las cotizaciones, pero el subsidio será el mismo que tenías.
Otro ejemplo, estás cobrando el subsidio mayor de 52 años, el de antes de julio del 2012, este tipo de subsidio hasta marzo del 2013 no se pedían cargas familiares, por lo que sólo dependías de tus propias rentas, pues imagínate que cobras ese subsidio y general un derecho a paro, tienes igualmente 2 opciones, si el nuevo derecho te perjudica, porque estás casado por ejemplo y tu mujer se pasa de rentas con el nuevo subsidio esto ya se tiene en cuenta, entonces como seguramente no podrás acceder a las nuevas condiciones, puedes optar a seguir cobrando el antiguo subsidio y no cobrar el paro, eso si las cotizaciones de ese paro las perderías.
Espero no haberte liado mucho, la moraleja de todo es que si cobrando el subsidio mayores 55 años o 52 años, generas un derecho a paro y este te perjudica para un posterior subsidio, puedes optar, pues el legislador entiende que es una prestación hasta la jubilación y no se puede perjudicar a una persona por generar un paro que le perjudicaría para muchos años.
Cumplo todos los requisitos para solicitarla?
Acabo de cumplir los 55 y tengo todos los requisitos para cobrar el subsidio mayores 55 años, excepto a que el paro lo agoté hace muchísimo tiempo y de momento solo tengo unos 120 días cotizados…que puedo hacer para solicitar el subsidio?
Si crees que reúnes los requisitos para el mayor de 55 años, 15 años cotizados y de ellos 6 al desempleo, y ahora tienes más de 90 días cotizados, solamente necesitas un contrato de trabajo, a poder ser a jornada completa. El subsidio mayor de 55 años, se puede acceder con 90 días cotizados, no hace falta 180 en caso de carecer de rentas, así que con un contrato para tener situación de desempleo te bastaría.
Nuevos requisitos para cobrar el subsidio mayores 55 años
Cumplo todos los requisitos para solicitar la ayuda para mayores de 55 años, salvo uno, que al parecer es nuevo, o añadido a lo que ya había. ¿Es cierto que si no tienes 12 meses cotizados, debes tener al menos 3 meses -y aquí viene la novedad-, si tienes cargas familiares o seis si no las tienes. Yo tengo tres meses pero no cargas.
Efectivamente desde julio del 2012 ya no se puede acceder directamente al subsidio para mayores de 55 años, como se hacía antes, ahora tienes que cobrar un subsidio, agotar un paro que te dé derecho a subsidio y en su defecto tener 3 meses cotizados que te den derecho a acceder al subsidio mayores 55 años.
Efectivamente en los subsidios normales para acceder a un subsidio de 3 meses necesitas tener cargas familiares, pero el legislador ha entendido como este subsidio se puede tener sin cargas familiares con 3 meses es suficiente para acceder a él. Ojo, solamente para el mayor de 55 años, si no reunieras algunos de los requisitos, no podrías con estos 3 meses acceder a otro tipo de subsidio.
Por lo tanto si tienes los 3 meses cotizados solicita el subsidio.
Como se imputan los fondos de inversión a efecto de ingresos?
Tanto los fondos de inversión como las acciones se consideran incrementos patrimoniales y se pagan en un pago único.
Si tienes un fondo o unas acciones, los ingresos que se cuentan solo es a la hora del rescate de dicho fondo o con la venta de acciones.
Supongamos que tienes 1000 acciones y las compras a 20 euros y al cabo de unos meses, las vendes a 40 euros, la ganancia patrimonial es de 20000 euros, que dividido para 12 meses da una cantidad superior a 486 euros.
Si esas acciones las vendes el 15 de julio, se lo comunicas al SEPE y se te dará de baja ese mismo día y previa solicitud por tu parte se te reanudará con fecha 15 de agosto, por lo que solo se te suspenderá un mes, luego se puede cobrar el subsidio.
Para compensar ganancias con pérdidas, solo lo puedes hacer si ambas cosas coinciden el mismo mes, si ganas 20000 y pierdes con otra venta 15000, solo se considerarían unas ganancias de 5000 euros si se producen el mismo mes, si es en mes distinto tendrías unas ganancias de 20000 euros.
Con los fondos pasa igual, fecha de venta, se divide para doce y si el resultado es mayor de 486 euros, se suspende el subsidio un mes y se reanuda. Estas condiciones afectan en este caso solamente al subsidio mayores 55 años.
Las herencias, como afectan?
Como afecta el cobro de una herencia a las condiciones para seguir cobrando el subsidio mayores 55 años? Siempre hay que comunicar al SEPE, cualquier variación patrimonial.
El tema de la herencia va de la siguiente manera:
Hay que comunicar al SEPE el incremento patrimonial desde el mismo día que se formaliza la escritura, si superas rentas se suspende un mes y al mes siguiente se reanuda, si te das cuenta, es igual que lo que comento normalmente en este foro.
Como dicha vivienda, fondo, acciones etc., tiene un valor en la fecha en que pasa a tu propiedad, en caso de venta, hay que hacer la diferencia entre el valor en que recibiste dichos bienes y el valor de la venta, si la ganancia dividida para 12 supera 486 euros, tienes que volver a suspender la prestación.
O sea, tienes dos incrementos, uno cuando recibes la herencia que tiene un valor x, y otro cuando vendes que tienes ganancias o pérdidas, por lo tanto si tienes ganancias superiores sería otro incremento patrimonial.
Otras dudas
Si estoy cobrando el subsidio de desempleo por un contrato de tres meses, y cumplo los 55 años en el ultimo mes de subsidio, puedo solicitar el de los 55 años, o tiene que haber mas margen para poder solicitarlo?
Para acceder al mayor de 55 años tienes que estar cobrando el subsidio, da igual el primer o el último día, tienes que cumplir los 55 años durante la vigencia del subsidio, así que justo cuando cumplas la edad, acude a tu oficina para que te cambien el tipo de subsidio.
Hola. Le explico mi situacion economica para ver si me pueden aclarar si tengo derecho a la ayuda de mayores de 55, ya que hoy se la han denegado a una amiga por tener 100.000 euros en el banco, aunque no tiene ningun ingreso mensual.
Mi situacion:
– Ni mi marido ni you tenemos trabajo
– No tenemos ningun ingreso mensual
– Tenemos unos ahorros en el banco provenientes de la venta de nuestra vivienda habitual en Canada (donde habiamos vivido)
– Tenemos plan de pensiones (tambien en Canada) que no sera rescatado hasta dentro de 10 anos.
– Mi madre, mis dos hermanos y yo, somos cotitulares de una vivienda que no se alquila. Mi madre pasa alli la mitad del ano.
Con esta situacion, tendria derecho a dicha ayuda. Hasta ahora tenia entendido que si, pero al denegarsela a mi amiga me seria de mucha ayuda si pudiera revisar mi caso.
Muchas gracias por adelantado, un saludo,
Hola. No te pueden denegar por tener 100000 euros en el banco, ni siquiera por tener 100 millones. Las rentas se miran las plusvalías generadas por un capital o por un inmueble, pero no el capital
Con los datos k me das no superas rentas, pero desconozco,precisamente las plusvalías k te generan el capital invertido
El plan de pensiones solo tiene incidencia cuando se rescata, así k si los ingresos son los k cuentas, no tienes problemas de rentas
Un saludo
Buenas tardes,
He leído que han cambiado los requisitos para solicitar el subsidio de 55 años contributivo.
Tengo 61 años y 31 años cotizados, en el Inss me comentan que no puedo Jubilarme hastados años antes de la jubilación ordinaria.
En la oficina de desempleo hace un mes me dijeron que como agote el ultimo subsidio de desempleo mayor de 45 años no contributivo durante 6 meses y como las rentas familiares eran superiores no tenia derecho al subsidio mayor de 55 años.
Mi pregunta es la siguiente, hace año y un mes que estoy en el desempleo y se termino el subsidio de desempleo en diciembre del año pasado.
Puedo solicitar el subsidio mayores de 55 años sin cargas familiares y con la nueva normativa?,
Hasta que edad me pueden dar el subsidio?
Se puede solicitar con 61 años?
Muchas gracias de antemano.
Saludos,
Hola. Por las fechas que me dás, no podrías acceder, porque desde el inicio del subsidio que se te concedió hasta la fecha de hoy, ha pasado más de un año, y por lo tanto ese subsidio esta extinguido.
Comprueba que esto que te he dicho es cierto, mira el inicio del subsidio que se te concedió de 6 mese, si ha pasado más de un año, como te he comentado ya está extinguido y tendrías que generar un nuevo subsidio.
Un saludo
Buenos días,
En primer lugar gracias por la respuesta.
Es cierto que el subsidio de 45 hace 1 año y un mes , pero con la la nueva ley que ha sido inconstitucional, yo no tengo la culpa que no me lo diesen antes en vez del subsidio de 45 ya que no cumplía el requisito de rentas , supongo que como yo estarán muchas personas que no cumplían la ley nueva pero con la ley antigua si.
Iré a la oficina de desempleo a informarme.
Gracias.
Buenos días!!! Con un contrato de 12 meses a media jornada, me corresponde paro? Y si es asi el paro cotiza también para la jubilación, ahora estoy cobrando el subsidio por insuficiencia de cotización y me faltan 18 meses para tener derecho a la jubilación, ya he ido a la seguridad social y me lo han confirmado tengo 58 años!!!Gracias de antemano
Hola. 12 meses cotizados te dan derecho a 4 meses de paro, y efectivamente cotizan para la jubilación.
Un saludo
Buenas noches jose maria.. De nuevo tengo dudas y acudo a ti. Pedi el subsidio de mayores de 55 el 18 de junio, me dicen que tengo que esperar contestacion sobre 2 meses. El dia 20 de junio me llaman para trabajar todo el verano. Aviso al sepe por telefono y en persona y hoy me ingresan el primer pago de subsidio.no dicen que tienen comunicacion con seguridad social.,, que debe de hacer pues estoy trabajando y no quiero perder este sibsidio que llevo esperando casi 2 anos. Espero tu consejo y muchas gracias. Un saludo.
Hola José Maria,en primer lugar darte las gracias por la gran labor que haces,a mí personalmente me has ayudado en dos ocasiones satisfactoriamente,y ahora vamos al grano,yo estaba cobrando el subdidio de 55 años y me hicieron un contrato de 3 meses con tan mala suerte que a los 20 dias tuve un accidente laboral y posiblemente me tenga que operar y que esto se alargue más de la cuenta,mi pregunta es si cuando termine el contrato la empresa se lava las manos y me pasa a la mutua o a la seguridad social,en éste caso ¿Quién me pagaría,cuánto y hasta cuando?, de nuevo muchas gracias por todo
Hola. Hasta k termines contrato, te paga la empresa por baja médica. Si finaliza el contrato pasaras a depender de la mutua y será esta la k te pague. Y cuando te den el alta médica, tendrás k solicitar la reanudación del subsidio
Un saludo
Hola de nuevo,mientras esté de baja me pagará la mutua,pero hasta cuando? No hay tope de meses o años? Y que tanto por ciento de la nómina me pagará? Gracias
No es un tema de mi trabajo, pero creo que un máximo de 18 meses y el 70 por ciento de la base de cotización
Un saludo
Aun sin ser un tema de tu trabajo me has contestado y me has sacado de dudas,muchisimas gracias,un saludo
Tengo 58 años soy emigrante retornado y he agotado las ayuda corresponde entra por el inen en marzo me aprobaron por la tenencia de alcaldía y sepe la prepara por seis meses tengo derecho alguna otra ayuda
Hola. Creo entender k has agotado el prepara. Si es así pregunta en la oficina por la nueva ayuda de 6 meses k acaban de aprobar
Un saludo
Buenas tardes:
A fecha 13 de julio se me acaba el subsidio del Plan Prepara y en noviembre cumpliré 55 años. Soy autónomo en paro desde 2015. ¿ Podré solicitar el subsidio para mayores de 55 años? Gracias
Hola. Siento decirte k no. El prepara no habilita para solicitar el mayor de 55 años. Pregunta por la nueva ayuda de 6 meses, que quizás si te corresponda
Un saludo
Hola cuando termine la prestacion de 4 meses tengo derecho a una ayuda tengo una hija Es por la Rama agrario
Hola, cumplo 56 años y por ahora cumplo los requisitos para cobrar la ayuda, sin embargo en breve mi hija cumplirá los 26 años y al dividir los ingresos de la unidad familiar entre tres miembros me pasaré del límite…. Tengo 2 preguntas: Una vez perdido el derecho si se vuelve a cumplir los requisitos, ¿ Podré volver a cobrear la ayuda ? Y otra pregunta, piensas que el nuevo gobierno cambiará el requisito de ingresos familiares en algún momento de esta corta legislatura?
Gracias
Hola. Cuando dejes de tener responsabilidades familiares, tienes un año para poder recuperarlas, pasado ese tiempo, se extingue la prestación.
En cuanto a la variación de cargas no creo k se toque nada, pero si sube el salario mínimo, también suben los topes
Un saludo
Hola. Hoy mismo hemos recibido un correo, a partir de hoy, solamente se van a tener en cuenta los ingresos del solicitante y no de la unidad familiar
Un saludo
Hola, yo tengo 56 años y desde hace 16 meses soy autónoma, pero el negocio va mal y mi pregunta es, en caso de tener que cerrar ¿ a mi me correspondería el subsidio de mayores de 55 años?. En el 2011 mi empresa cerró, cobré el paro pero no me pude acoger al subsidio por que subieron la edad a los 55 en lugar de los 52 que hasta entonces era el requisito y también se empezó a tener en cuenta la suma de los ingresos familiares. Llevo cotizado 26 años en el Régimen general y 16 como autónoma.
Muchas gracias por tu respuesta
Hola tango 53 estoy cobrando la prestacion contribitiva en el regimen agrario tengo 9 y en el regimen general 10 mi preguta cuando termine de cobrar la prestacion puedo solicitar el subsidio especial agrario de 52?
Hola. La prestación contributiva en régimen agrario no dá derecho a subsidio por desempleo, salvo que el contrato que tenías fuera de fijo agricola que entonces sí que te daría derecho, por lo tanto si los contratos que te dieron derecho al paro, son de eventual agrícola , no te dá derecho y si son de fijo agrícola , si que te darían derecho a subsidio y por lo tanto tendrías opción de solicitar el mayor de 55 años.
Un saludo
Hola. Si el paro agrícola viene de ser fijo agrícola, si se puede cobrar el subsidio, pero si eres eventual agrícola, ese paro no da derecho a subsidio