Hemos recopilado algunas de las mejores respuestas sobre el subsidio mayores 55 años que nos ha enviado nuestro colaborador y experto en este tipo de ayudas, Jose María. Desde aquí le agradecemos toda la labor que está haciendo de forma altruista.
Contenido del artículo
Cuentan las cotizaciones en el extranjero?
Para solicitar el subsidio de mayores de 55 años es necesario tener 15 años cotizado y 6 de ellos durante tu vida laboral cotizados a Régimen General. Yo he trabajado 15 en el extranjero (Alemania) a Régimen General y 11 en España como autónomo, podría con estas circunstancias solicitarlo?
La cotizaciones en el extranjero te valen, pero tienes que ir a la seguridad social para que te lo convaliden, seguramente te pedirán justificantes de dichos trabajos en Alemania, pero si que sirven.
Como calculo los ingresos con cargas familiares?
Las cargas familiares se calculan con el sueldo bruto x 14 pagas y se divide entre 12 y después se divide por los que conviven en casa. Se descuentan las retenciones de la nomina?
Si en nómina te meten cada mes la paga extra, ósea, solo tienes 12 pagas al año, tienes que coger el total devengado, que es lo que cobras neto, más todas las retenciones y nada más.
Si por el contrario las pagas extras las tienes en junio y diciembre, tienes que coger el total devengado y luego sumarle la prorrata de pagas extras, que es lo que le correspondería cada mes si las cobrara como el ejemplo anterior (esta cantidad casi siempre viene en la parte inferior a la izquierda y viene como te he dicho total devengado+prorrata de pagas.
Como ves es muy sencillo, el total devengado suele venir en el centro de la nómina en la parte derecha y de ahí le restan el IRPF, seguridad social, etc. y sacan el líquido a pagar. Para el INEM, todos los conceptos de la nómina se cuentan excepto las dietas que se dan por alojamiento, comida etc., por ejemplo a camioneros y viajantes.
Con respecto a lo que comentas de tu marido que tenia el mayor de 52 y luego trabajó tres meses y cogió 3 meses que le quedaban de paro, no te entiendo, dices que tenía el mayor de 52 y que hacia la declaración anual de rentas y luego me sales que le quedaban 3 meses de paro y no sé exactamente a qué te refieres, o cobraba el subsidio o tenía paro.
Cuando uno tiene un mayor de 52 o 55 años, supongamos que cobra 426 euros, y genera un derecho a paro, se pueden hacer 2 cosas: si ese paro es a tiempo completo puede pedir el paro y luego volver a pedir otro subsidio, el anterior le queda extinguido.
Otro ejemplo, generas paro pero a tiempo parcial (cuidado) el nuevo subsidio que generes será con la cuantía de la última parcialidad que te dé derecho a paro, es decir, el subsidio ya no lo cobrarás a 426 euros, entonces si te ves perjudicada, puedes optar por seguir cobrando tu subsidio y no cobrar el paro y perderás las cotizaciones, pero el subsidio será el mismo que tenías.
Otro ejemplo, estás cobrando el subsidio mayor de 52 años, el de antes de julio del 2012, este tipo de subsidio hasta marzo del 2013 no se pedían cargas familiares, por lo que sólo dependías de tus propias rentas, pues imagínate que cobras ese subsidio y general un derecho a paro, tienes igualmente 2 opciones, si el nuevo derecho te perjudica, porque estás casado por ejemplo y tu mujer se pasa de rentas con el nuevo subsidio esto ya se tiene en cuenta, entonces como seguramente no podrás acceder a las nuevas condiciones, puedes optar a seguir cobrando el antiguo subsidio y no cobrar el paro, eso si las cotizaciones de ese paro las perderías.
Espero no haberte liado mucho, la moraleja de todo es que si cobrando el subsidio mayores 55 años o 52 años, generas un derecho a paro y este te perjudica para un posterior subsidio, puedes optar, pues el legislador entiende que es una prestación hasta la jubilación y no se puede perjudicar a una persona por generar un paro que le perjudicaría para muchos años.
Cumplo todos los requisitos para solicitarla?
Acabo de cumplir los 55 y tengo todos los requisitos para cobrar el subsidio mayores 55 años, excepto a que el paro lo agoté hace muchísimo tiempo y de momento solo tengo unos 120 días cotizados…que puedo hacer para solicitar el subsidio?
Si crees que reúnes los requisitos para el mayor de 55 años, 15 años cotizados y de ellos 6 al desempleo, y ahora tienes más de 90 días cotizados, solamente necesitas un contrato de trabajo, a poder ser a jornada completa. El subsidio mayor de 55 años, se puede acceder con 90 días cotizados, no hace falta 180 en caso de carecer de rentas, así que con un contrato para tener situación de desempleo te bastaría.
Nuevos requisitos para cobrar el subsidio mayores 55 años
Cumplo todos los requisitos para solicitar la ayuda para mayores de 55 años, salvo uno, que al parecer es nuevo, o añadido a lo que ya había. ¿Es cierto que si no tienes 12 meses cotizados, debes tener al menos 3 meses -y aquí viene la novedad-, si tienes cargas familiares o seis si no las tienes. Yo tengo tres meses pero no cargas.
Efectivamente desde julio del 2012 ya no se puede acceder directamente al subsidio para mayores de 55 años, como se hacía antes, ahora tienes que cobrar un subsidio, agotar un paro que te dé derecho a subsidio y en su defecto tener 3 meses cotizados que te den derecho a acceder al subsidio mayores 55 años.
Efectivamente en los subsidios normales para acceder a un subsidio de 3 meses necesitas tener cargas familiares, pero el legislador ha entendido como este subsidio se puede tener sin cargas familiares con 3 meses es suficiente para acceder a él. Ojo, solamente para el mayor de 55 años, si no reunieras algunos de los requisitos, no podrías con estos 3 meses acceder a otro tipo de subsidio.
Por lo tanto si tienes los 3 meses cotizados solicita el subsidio.
Como se imputan los fondos de inversión a efecto de ingresos?
Tanto los fondos de inversión como las acciones se consideran incrementos patrimoniales y se pagan en un pago único.
Si tienes un fondo o unas acciones, los ingresos que se cuentan solo es a la hora del rescate de dicho fondo o con la venta de acciones.
Supongamos que tienes 1000 acciones y las compras a 20 euros y al cabo de unos meses, las vendes a 40 euros, la ganancia patrimonial es de 20000 euros, que dividido para 12 meses da una cantidad superior a 486 euros.
Si esas acciones las vendes el 15 de julio, se lo comunicas al SEPE y se te dará de baja ese mismo día y previa solicitud por tu parte se te reanudará con fecha 15 de agosto, por lo que solo se te suspenderá un mes, luego se puede cobrar el subsidio.
Para compensar ganancias con pérdidas, solo lo puedes hacer si ambas cosas coinciden el mismo mes, si ganas 20000 y pierdes con otra venta 15000, solo se considerarían unas ganancias de 5000 euros si se producen el mismo mes, si es en mes distinto tendrías unas ganancias de 20000 euros.
Con los fondos pasa igual, fecha de venta, se divide para doce y si el resultado es mayor de 486 euros, se suspende el subsidio un mes y se reanuda. Estas condiciones afectan en este caso solamente al subsidio mayores 55 años.
Las herencias, como afectan?
Como afecta el cobro de una herencia a las condiciones para seguir cobrando el subsidio mayores 55 años? Siempre hay que comunicar al SEPE, cualquier variación patrimonial.
El tema de la herencia va de la siguiente manera:
Hay que comunicar al SEPE el incremento patrimonial desde el mismo día que se formaliza la escritura, si superas rentas se suspende un mes y al mes siguiente se reanuda, si te das cuenta, es igual que lo que comento normalmente en este foro.
Como dicha vivienda, fondo, acciones etc., tiene un valor en la fecha en que pasa a tu propiedad, en caso de venta, hay que hacer la diferencia entre el valor en que recibiste dichos bienes y el valor de la venta, si la ganancia dividida para 12 supera 486 euros, tienes que volver a suspender la prestación.
O sea, tienes dos incrementos, uno cuando recibes la herencia que tiene un valor x, y otro cuando vendes que tienes ganancias o pérdidas, por lo tanto si tienes ganancias superiores sería otro incremento patrimonial.
Otras dudas
Si estoy cobrando el subsidio de desempleo por un contrato de tres meses, y cumplo los 55 años en el ultimo mes de subsidio, puedo solicitar el de los 55 años, o tiene que haber mas margen para poder solicitarlo?
Para acceder al mayor de 55 años tienes que estar cobrando el subsidio, da igual el primer o el último día, tienes que cumplir los 55 años durante la vigencia del subsidio, así que justo cuando cumplas la edad, acude a tu oficina para que te cambien el tipo de subsidio.
Hola….en mi vida laboral me indica que tengo cotizados 30 años….ahora tengo 59 hace 5 años estuve cobrando prestacion por desempleo…se me acabo y me dieron ayuda famiar….despues pedi la ayuda de los ,55 y como mi marido cobraba una pension …nos pasabamos y no me correspondia. Desde hace unos tres años trabajo entre dos meses o tres en verano…despues me apunto otra vez al paro pero no he vuelto a solicitar prestacion alguna…mi pregunta es…ahora trabajare un mes…en septiembre un.contrato de 4 horas al dia….cuando se termine ese contrato y vuelva al paro..puedo.cobrar lo de los 55?
Hola. Depende lo k tengas cotizado, si es más de un año, tendrás paro y luego subsidio, si tienes 359 días o menos, mínimo de 90 días puedes solicitar subsidio, porque ya no influyen las rentas familiares, el subsidio lo cobrarás en relación a la parcialidad de tu contrato, en este caso si trabajas unas 20 horas semanales, serían 215 euros
Un saludo
Buenas tardes, durante 19 meses trabaje a media jornada y despues me hicieron un contrato de jornada completa de un mes en otra empresa , tengo todos los requisitos para subsidios para mayores de 55 años , los 55 los cumplo en enero, cuanto me corresponde cobrar de subsido después de cobrar el paro , el parcial ó el integro ?antes de trabajar media jornada deje un subsido a medio cobrar , se pierde ó me darán a escoger que quiero cobrar ó me pagarán directamente el paro que me toca ahora? Muchas gracias
Hola. Con 20 meses de trabajo te corresponden 6 meses de paro y cuando agotes este paro podrás solicitar el mayor de 55 años, k lo cobrarás a 430 euros.
El anterior subsidio está extinguido al tener derecho a paro
Un saludo
Hola José María,
Para la paga de mayores de 55 años, ¿Crees que puede cambiar el requisito de haber tenido un contrato de 90 dias o haber terminado de cobrar el paro?. Al igual que muchas personas de esta edad que nos quedamos en paro con 50 años y no hemos conseguido volver a trabajar, con 56 que tengo ahora y mujer, lo veo más difícil. Ojalá que esto cambiara.
Hola. El anterior gobierno tenía un proyecto de reforma, k no se llego a concretar. El actual gobierno pidió hace meses, cuando no gobernaba, k se volviesen a las mismas condiciones de acceso a julio del 2012. Ahora mismo solo ha cambiado el tema de rentas por sentencia judicial. Con respecto al acceso, si el actual gobierno es coherente con lo k pidió, debería de reformar por lo menos este subsidio, pero como comprenderás, a día de hoy no te puedo informar de nada
Espero y deseo k reformen las prestaciones en general y se dejen de archivos continuos k no llevan más k a confundir a todo el mundo.
Si me entero de algo lo diré, pero imagino k cualquier variación lo dirán a través de lo
Hola. El anterior gobierno tenía un proyecto de reforma, k no se llego a concretar. El actual gobierno pidió hace meses, cuando no gobernaba, k se volviesen a las mismas condiciones de acceso a julio del 2012. Ahora mismo solo ha cambiado el tema de rentas por sentencia judicial. Con respecto al acceso, si el actual gobierno es coherente con lo k pidió, debería de reformar por lo menos este subsidio, pero como comprenderás, a día de hoy no te puedo informar de nada
Espero y deseo k reformen las prestaciones en general y se dejen de archivos continuos k no llevan más k a confundir a todo el mundo.
Si me entero de algo lo diré, pero imagino k cualquier variación lo dirán a través de los medios
Un saludo
Muchísimas gracias José María, me dejas mucho mas tranquila. Gracias por todo, no te haces idea del bien general que estas haciendo.
Un saludo
Buenas hay alguna ayuda,novedades,en futuro para los aislados con responsabilidades famillar como yo.y creo mas gente.en España.?
un saludo.
Hola. Hace un mes sacaron una ayuda llamada SED, k sustituía al PAE y al Prepara. Lo k van a hacer no lo sabe nadie porque de momento son todo parches
Un saludo
Buenos días José María, tengo 57 años, estoy cobrando subsidio mayor de 55 años hasta loas 61. En septiembre me va a contratar una empresa a tiempo completo e indefinido,. La empresa quiere acceder a la bonificacion que existe para este colectivo, que consiste en 50% del subsidio(215Euros). Yo seguiría cobrando el otro 50% y contratada. Mi pregunta es: ¿Me perjudicaría este tipo de contratación. ¿ Me puedes aclarar algo de este tipo de contrato.?.Estoy un poco pérdida y en mi oficina de Empleo no me aclaran nada.. Te lo agradecería mucho porque acogerse a esto es voluntario para el trabajador y quiero saber a que me arriesgo.
Un saludo
Hola. Este tipo de contratos funcionan igual k cualquier otro, cotizan igual, le da los mismos derechos a cuánto paro, bajas médicas etc k cualquier otro contrato. No te preocupes k este contrato no te va a afectar negativamente en nada.
La diferencia k es un contrato k subvenciona al contratante y al contratado y por eso le interesa hacerlo de esa manera, se creó para incentivar la contratación de personas mayores de 52 años.
En tu caso la única diferencia es k vas a cobrar la mitad del subsidio, estando trabajando
Tendrás k ir a tu oficina a pedir la compatibilidad, una vez k hayas empezado a trabajar (15 días de plazo) y seguramente verás dudas en el personal porque es un tipo de contrato poco habitual y según oficinas nunca habrán hecho dicha compatibilidad
Un saludo y no te preocupes, k es bueno para ti y para la empresa
Hola José María.
Había dejado un comentario sobre tu respuesta a mis dudas. Posiblemente hayas supuesto que era una respuesta pero sigo sin saber si tengo derecho al subsidio de 55. Copio y pego:
Muchas gracias por tu rápida respuesta.
Es totalmente cierto comprobado in si Tu que tengo derecho a una pensión contributiva porque aunque no tengo los 15 años necesarios por el tipo de contratos que he tenido de media jornada si que se asimilan para acceder a una pensión.
Has de tener en cuenta que he trabajado realmente durante mas 20 años reales con media jornada.
Esa es mi duda con respecto a si para acceder subsidio de 55 se tiene en cuenta los años cotizados o solo si ya tienes acreditado el derecho a la pensión contributiva.
Nota* Me concedieron un subsidio de 6 meses porque no tenía derecho a prestación por desempleo ( sólo trabajé 7 meses).
No solicité el subsidio de 55 porque se tenían en cuenta las rentas familiares y no tenía derecho. Ahora parece que se va a volver a tener en cuenta sólo las rentas personales de quien lo solicita.
Agradeciendo de nuevo.
Saludos cordiales.
Responder
Hola. Perdona, estoy de vacaciones y tengo internet a ratos.
El poder solicitar el mayor de 55 años depende de la fecha de inicio del subsidio k cobraste, si desde el inicio de ese subsidio no ha pasado más de un año, puedes pedir el mayor de 55 años
De todas maneras, pásate por la oficina, porque teniendo cargas es fácil k de no poder solicitar este, tengas algún otro tipo de ayuda
Un saludo
Hola Jose Maria. Actualmente estoy cobrando el subsidio para mayores de 55 años. En su día le pregunté en que me afectaría el cobro de un dinero (3800 euros) por la venta de una casa que vendimos ( mi madre ,mis dos hermanos y yo) como herederos de la citada casa. Me contestó que lo comunicara en el inem, pero que al cobrar esa cantidad no implicaría la suspensión del cobro durante un mes. En el inem me han comunicado que cuando tenga la escritura ( la tendré dentro de unos días) la presente en el inem y que rellene el documento de suspensión de subsidio. Al comentarle que tenía entendido que por esa cantidad no me lo retendrían ya que pensaba que se dividía por doce meses y no sobrepasaba el limite, me contestaron que ese tipo de ingreso no se divide entre doce meses, que los que se dividen entre doce meses son por ejemplo: ganancias en loterías,ingresos del banco por algun deposito etc. ¿ Es correcto las indicaciones que me han dado? . Tras la suspensión del mes¿, tengo que solicitar personalmente el cobro nuevamente del subsidio, o procede el inem automáticamente a volver a ingresarlo? GRACIAS.
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Hola. No es correcto lo k te han dicho. La venta de un inmueble , las herencias las loterías etc, son incrementos patrimoniales y se divide la ganancia para 12 y si no superas los 551 x12 euros no se suspende el subsidio
Si se encabezaban en la idea, sugiere k te atienda otra persona o haz el escrito y haz una reclamación, yo te diré lo k tienes k poner y donde lo pone ( en el manual de rentas figura clarísimo), por lo tanto haz el escrito con la escritura, k te den copia sellada de todo y si te suspenden me lo comentas y haces la reclamación
Un saludo
Gracias Jose María. Dentro de unos días tendré la escritura en mi poder y la llevaré al inem. Le comunicaré al funcionario que me atienda la información que usted me ha dado. Gracias por su labor.
Hola,mi vecino cobró una pequeña herencia,y le suspendieron un mes de cobro.
Hola. Los subsidios no se suspenden por pequeñas o por grandes herencias. Los subsidios se suspenden por incrementos patrimoniales superiores a 551 euros por 12
Un saludo
Hola una duda si tengo cotizado 14 años y medio se puede completar lo que faltra para los 15 años con el paro que me falta por cobrar y tendria derecho a la jubilacion llegada mi edad
Hola. El paro cotiza para la pensión, por lo tanto, todo lo k cobres de paro te sirve
Un saludo
Hola y muchas gracias de antemano.tengo 56 años estoy cobrando prestación por el 40% de jornada que ya acabo, no he conseguido cotizar 90 dias para pedirlo por falta de cotización y a tiempo completo, por lo que solicitaré ayuda mayores 55 a tiempo parcial. Una vez concedida, puedo volver a solicitar una nueva si cotizo los 90 y a tiwmpo completo para cobrarla al 100%.? Muchas gracias
Hola. No hay problema., cuando tengas 90 días, puedes solicitar un nuevo subsidio por cotización insuficiente
Un saludo
Muchas gracias por tu labor, enseñar al que no sabe. Encomiable, un fuerte abrazo Jose Maria