Hemos recopilado algunas de las mejores respuestas sobre el subsidio mayores 55 años que nos ha enviado nuestro colaborador y experto en este tipo de ayudas, Jose María. Desde aquí le agradecemos toda la labor que está haciendo de forma altruista.
Contenido del artículo
Cuentan las cotizaciones en el extranjero?
Para solicitar el subsidio de mayores de 55 años es necesario tener 15 años cotizado y 6 de ellos durante tu vida laboral cotizados a Régimen General. Yo he trabajado 15 en el extranjero (Alemania) a Régimen General y 11 en España como autónomo, podría con estas circunstancias solicitarlo?
La cotizaciones en el extranjero te valen, pero tienes que ir a la seguridad social para que te lo convaliden, seguramente te pedirán justificantes de dichos trabajos en Alemania, pero si que sirven.
Como calculo los ingresos con cargas familiares?
Las cargas familiares se calculan con el sueldo bruto x 14 pagas y se divide entre 12 y después se divide por los que conviven en casa. Se descuentan las retenciones de la nomina?
Si en nómina te meten cada mes la paga extra, ósea, solo tienes 12 pagas al año, tienes que coger el total devengado, que es lo que cobras neto, más todas las retenciones y nada más.
Si por el contrario las pagas extras las tienes en junio y diciembre, tienes que coger el total devengado y luego sumarle la prorrata de pagas extras, que es lo que le correspondería cada mes si las cobrara como el ejemplo anterior (esta cantidad casi siempre viene en la parte inferior a la izquierda y viene como te he dicho total devengado+prorrata de pagas.
Como ves es muy sencillo, el total devengado suele venir en el centro de la nómina en la parte derecha y de ahí le restan el IRPF, seguridad social, etc. y sacan el líquido a pagar. Para el INEM, todos los conceptos de la nómina se cuentan excepto las dietas que se dan por alojamiento, comida etc., por ejemplo a camioneros y viajantes.
Con respecto a lo que comentas de tu marido que tenia el mayor de 52 y luego trabajó tres meses y cogió 3 meses que le quedaban de paro, no te entiendo, dices que tenía el mayor de 52 y que hacia la declaración anual de rentas y luego me sales que le quedaban 3 meses de paro y no sé exactamente a qué te refieres, o cobraba el subsidio o tenía paro.
Cuando uno tiene un mayor de 52 o 55 años, supongamos que cobra 426 euros, y genera un derecho a paro, se pueden hacer 2 cosas: si ese paro es a tiempo completo puede pedir el paro y luego volver a pedir otro subsidio, el anterior le queda extinguido.
Otro ejemplo, generas paro pero a tiempo parcial (cuidado) el nuevo subsidio que generes será con la cuantía de la última parcialidad que te dé derecho a paro, es decir, el subsidio ya no lo cobrarás a 426 euros, entonces si te ves perjudicada, puedes optar por seguir cobrando tu subsidio y no cobrar el paro y perderás las cotizaciones, pero el subsidio será el mismo que tenías.
Otro ejemplo, estás cobrando el subsidio mayor de 52 años, el de antes de julio del 2012, este tipo de subsidio hasta marzo del 2013 no se pedían cargas familiares, por lo que sólo dependías de tus propias rentas, pues imagínate que cobras ese subsidio y general un derecho a paro, tienes igualmente 2 opciones, si el nuevo derecho te perjudica, porque estás casado por ejemplo y tu mujer se pasa de rentas con el nuevo subsidio esto ya se tiene en cuenta, entonces como seguramente no podrás acceder a las nuevas condiciones, puedes optar a seguir cobrando el antiguo subsidio y no cobrar el paro, eso si las cotizaciones de ese paro las perderías.
Espero no haberte liado mucho, la moraleja de todo es que si cobrando el subsidio mayores 55 años o 52 años, generas un derecho a paro y este te perjudica para un posterior subsidio, puedes optar, pues el legislador entiende que es una prestación hasta la jubilación y no se puede perjudicar a una persona por generar un paro que le perjudicaría para muchos años.
Cumplo todos los requisitos para solicitarla?
Acabo de cumplir los 55 y tengo todos los requisitos para cobrar el subsidio mayores 55 años, excepto a que el paro lo agoté hace muchísimo tiempo y de momento solo tengo unos 120 días cotizados…que puedo hacer para solicitar el subsidio?
Si crees que reúnes los requisitos para el mayor de 55 años, 15 años cotizados y de ellos 6 al desempleo, y ahora tienes más de 90 días cotizados, solamente necesitas un contrato de trabajo, a poder ser a jornada completa. El subsidio mayor de 55 años, se puede acceder con 90 días cotizados, no hace falta 180 en caso de carecer de rentas, así que con un contrato para tener situación de desempleo te bastaría.
Nuevos requisitos para cobrar el subsidio mayores 55 años
Cumplo todos los requisitos para solicitar la ayuda para mayores de 55 años, salvo uno, que al parecer es nuevo, o añadido a lo que ya había. ¿Es cierto que si no tienes 12 meses cotizados, debes tener al menos 3 meses -y aquí viene la novedad-, si tienes cargas familiares o seis si no las tienes. Yo tengo tres meses pero no cargas.
Efectivamente desde julio del 2012 ya no se puede acceder directamente al subsidio para mayores de 55 años, como se hacía antes, ahora tienes que cobrar un subsidio, agotar un paro que te dé derecho a subsidio y en su defecto tener 3 meses cotizados que te den derecho a acceder al subsidio mayores 55 años.
Efectivamente en los subsidios normales para acceder a un subsidio de 3 meses necesitas tener cargas familiares, pero el legislador ha entendido como este subsidio se puede tener sin cargas familiares con 3 meses es suficiente para acceder a él. Ojo, solamente para el mayor de 55 años, si no reunieras algunos de los requisitos, no podrías con estos 3 meses acceder a otro tipo de subsidio.
Por lo tanto si tienes los 3 meses cotizados solicita el subsidio.
Como se imputan los fondos de inversión a efecto de ingresos?
Tanto los fondos de inversión como las acciones se consideran incrementos patrimoniales y se pagan en un pago único.
Si tienes un fondo o unas acciones, los ingresos que se cuentan solo es a la hora del rescate de dicho fondo o con la venta de acciones.
Supongamos que tienes 1000 acciones y las compras a 20 euros y al cabo de unos meses, las vendes a 40 euros, la ganancia patrimonial es de 20000 euros, que dividido para 12 meses da una cantidad superior a 486 euros.
Si esas acciones las vendes el 15 de julio, se lo comunicas al SEPE y se te dará de baja ese mismo día y previa solicitud por tu parte se te reanudará con fecha 15 de agosto, por lo que solo se te suspenderá un mes, luego se puede cobrar el subsidio.
Para compensar ganancias con pérdidas, solo lo puedes hacer si ambas cosas coinciden el mismo mes, si ganas 20000 y pierdes con otra venta 15000, solo se considerarían unas ganancias de 5000 euros si se producen el mismo mes, si es en mes distinto tendrías unas ganancias de 20000 euros.
Con los fondos pasa igual, fecha de venta, se divide para doce y si el resultado es mayor de 486 euros, se suspende el subsidio un mes y se reanuda. Estas condiciones afectan en este caso solamente al subsidio mayores 55 años.
Las herencias, como afectan?
Como afecta el cobro de una herencia a las condiciones para seguir cobrando el subsidio mayores 55 años? Siempre hay que comunicar al SEPE, cualquier variación patrimonial.
El tema de la herencia va de la siguiente manera:
Hay que comunicar al SEPE el incremento patrimonial desde el mismo día que se formaliza la escritura, si superas rentas se suspende un mes y al mes siguiente se reanuda, si te das cuenta, es igual que lo que comento normalmente en este foro.
Como dicha vivienda, fondo, acciones etc., tiene un valor en la fecha en que pasa a tu propiedad, en caso de venta, hay que hacer la diferencia entre el valor en que recibiste dichos bienes y el valor de la venta, si la ganancia dividida para 12 supera 486 euros, tienes que volver a suspender la prestación.
O sea, tienes dos incrementos, uno cuando recibes la herencia que tiene un valor x, y otro cuando vendes que tienes ganancias o pérdidas, por lo tanto si tienes ganancias superiores sería otro incremento patrimonial.
Otras dudas
Si estoy cobrando el subsidio de desempleo por un contrato de tres meses, y cumplo los 55 años en el ultimo mes de subsidio, puedo solicitar el de los 55 años, o tiene que haber mas margen para poder solicitarlo?
Para acceder al mayor de 55 años tienes que estar cobrando el subsidio, da igual el primer o el último día, tienes que cumplir los 55 años durante la vigencia del subsidio, así que justo cuando cumplas la edad, acude a tu oficina para que te cambien el tipo de subsidio.
Buenos dias!! Tengo 59 años y 37 cotizados, me quede en paro en mayo 2014, de aquella no tenia derecho a la paga de mayores de 55 años por los ingreso de la unidad familiar, ahora ese apartado no cuenta, pero no me la conceden porque dicen que tengo que trabajar tres meses para poder solicitarla, si no me an contratado con 55 me van a contratar con 59?, ellos que ni para cursos ni trabajo me han llamado en todo este tiempo. Esto es muy vergonzoso y humillante, no creen?.
Buenos días,
Soy Merche y mi pregunta es sobre el subsidio para mayores de 55 años, no lo pude solicitar en su día por que tenían en cuenta las rentas familiares, pero tengo entendido que ahora se ha eliminado esta cláusula. Tengo cotizados 39 años a tiempo completo.
Mi pregunta es ¿desde qué fecha puedo cobrar el subsidio si lo solicito ahora? me lo pagarán desde que se ha eliminado la cláusula o desde el día de solicitud?
Muchas gracias de antemano.
Saludos cordiales.
Hola. El subsidio se te concederá, si no ha pasado más de un año desde k iniciaste el derecgo(fecha de inicio del subsidio) » si ha pasado más de un año, ese subsidio está extinguido y tendrás k cotizar 90 días al menos
De tener derecho el inicio de cobro es a día siguiente de solicitud
Un saludo
Hola. Para cobrar el mayor de 55 años, el requisito es ‘ tener derecho a pensión, salvo la edad” este requisito actualmente requiere una cotización mínima de 15 años.Tengo 22 y mas anno en Italia.cotizado.En Españ.Solo 10 meses.cotizado.Tengo derecho? .Gracias un saludos.
Hola. Las cotizaciones en Italia sirven para reunir el requisito de tener 15 años cotizados, por lo tanto este requisito lo reúnes. Pero tienes k ir a la Seguridad Social, para k te lo comprueben
Un saludo
Buenas tardes.
Tengo 63 años y he cotizado 11 años. Pero por las características del tipo de contratos que he tenido ( jornada parcial ) la seguridad social me acredita a tener derecho a dia de hoy a una pensión muy pequeñita cuando cumpla los 66 años y 3 meses.
He terminado de cobrar el subsidio de 430 € por haber trabajado 7 meses.
A pesar de no haber cotizado los 15 años , ¿tengo derecho a cobrar el subsidio para mayores de 55 años por asimilación de tener derecho a una pensión contributiva?
Muchas gracias y saludos cordiales.
Hola. Para cobrar el mayor de 55 años, el requisito es ‘ tener derecho a pensión, salvo la edad» este requisito actualmente requiere una cotización mínima de 15 años. Por lo k no se como te han dicho k tienes derecho a pensión por cotización, si solamente tienes 11 años cotizados, igualmente me imagino k cuando solicitaste los 6 meses de subsidio, se te explicaría por que no se te daba el mayor de 55 años.
Si tienes derecho a pensión por cotizaciones, deberías cumplir uno de los requisitos, pero no me cuadra k con 11 años tengas derecho a pensión, cuando por ley, esta establecida una cotización de 15 años
Un saludo
Muchas gracias por tu rápida respuesta.
Es totalmente cierto comprobado in si Tu que tengo derecho a una pensión contributiva porque aunque no tengo los 15 años necesarios por el tipo de contratos que he tenido de media jornada si que se asimilan para acceder a una pensión.
Has de tener en cuenta que he trabajado realmente durante mas 20 años reales con media jornada.
Esa es mi duda con respecto a si para acceder subsidio de 55 se tiene en cuenta los años cotizados o solo si ya tienes acreditado el derecho a la pensión contributiva.
Nota* Me concedieron un subsidio de 6 meses porque no tenía derecho a prestación por desempleo ( sólo trabajé 7 meses).
No solicité el subsidio de 55 porque se tenían en cuenta las rentas familiares y no tenía derecho. Ahora parece que se va a volver a tener en cuenta sólo las rentas personales de quien lo solicita.
Agradeciendo de nuevo.
Saludos cordiales.
Hola Jose,soy Isabel,te hice la pregunta si año y medio con contrato del 30 por cien y medio año a jornada completa me hacían los dos años dentro de los 15, que piden para el subsidio de los 55.LLamé a la s.s. y me dijo sin preguntar datos que cuatro dias me harian uno,pero yo en internet veo que no es así,que hacen un cálculo,de todas formas luego cuanto paro tendría? El paro me contaría por días ,es decir aunque sea el contrato de dos horas al dia y tambien cotiza creo el paro.Yo estaré hasta primeros de Enero,ya que está embargada la tienda,lo digo porque aún me queda cotizar cuatro meses más a jornada completa.Esto de los dos años me lleva loca.Gracias otra vez.
Hola. En el sepelio uentan todos los días k ha durado el contrato, independientemente de la parcialidad y de los días k realmente trabajas, si tu contrato es de 18 meses, tendrás 6 meses de paro, y el dinero va en función de los últimos 6 meses cotizados. En la seguridad social los días van en función de la parcialidad, si estas al 30 por ciento, cada 100 días de contrato, solo te contarán 30 días cotizados.
En cuanto a lo k te lleva de cabeza, no te compliques llamando, vete al Inss y pide un certificado pidiendo el periodo genérico y específico a efectos de solicitar el mayor de 55 años y en caso de no cumplirlo cuanto te faltaría. Por mucho k te digamos por aquí o por teléfono, solo tiene validez el certificado y creeme mucha gente se lleva sorpresas, porque hay muchas variables, maternidad, IT, tarjeta de desempleo etas k solicita y ya me cuentas, y sobre todo deja de hacer cuentas, porque no te va a servir de nada
Un saludo
Ya he pedido cita.el dia 29.Ya te cuento cómo he quedado.Mil gracias.
Buenos días José María, tengo 57 años, estoy cobrando el subsidio para mayores de 55 años y me gustaría saber si en este año 2018, existen algún tipo de bonificacion para las empresas que nos quieran contratar. Porque no lo tengo muy claro. Muchísimas gracias por la labor que realizas. Un saludo
Hola. No te puedo informar de eso. Las subvenciones a empresas, no lo llevamos nosotros
Un daludo
Hola, tengo 57 años, padre de un hijo de 12 años, he cotizado 35 años y seis meses, en este momento no tengo otros ingresos y actualmente me encuentro en lo que se llama «el mes de espera» una vez agotada la prestación contributiva a la que tenía derecho. Quisiera solicitar el subsidio para mayores de 55 años, pero en el SEPE me han dicho que a lo que tengo derecho es al subsidio por Agotamiento de prestación (que no cotiza) y que tiene una duración de unos 2,5 años.
Recientemente en La Seguridad Social me han confirmado que tengo el perfil necesario para solicitar el subsidio para mayores de 55 años, pero me remiten de nuevo al SEPE, pues no es su competencia…
Por favor ¿podrían confirmarme si tengo derecho a solicitar dicho subsidio y en tal caso qué puede ser lo que según el SEPE me impide acceder a él?
Gracias de antemano y un saludo.
Hola. Si te conceden 30 meses y no el mayor de 55 años, solamente puede ser por 3 razones y una ya está descartada porque me has dicho k tienes más de 15 años cotizados, otra sería haber cotizado 2 en los últimos 15 años, pero también la descarto porque ese requisito lo certifica la seguridad social y me has dicho k te han vuelto a derivar al SEPE.
Lo único k puede suceder es k otro requisito y este si lo certificamos nosotros es k de todo el tiempo cotizado al menos 6 años hayan sido cotizaciones por desempleo, es decir, si tienes 35 años cotizados y 30 son de autónomo y 5 por cuenta ajena no cumplirías este requisito, porque se requiere al menos 6 años.
Si mi respuesta te lo ha aclarado, vale y si no, pregunta la razón porque solamente pueden ser una de estas 3 mencionadas
Un saludo
Hola yo tengo cotizado 14 años y 4 meses ahora me he quedado en paro y tengo derecho a 8 meses de paro quisiera saber si cuando acabe el paro que creo cotiza para la jubilación cuando cumpla mi edad tendré derecho a ella y si puede acogerse antes a la ayuda mayor de 55 años
Hola. No me has dicho la edad. El paro cotiza para la jubilación, por lo tanto tendrías 15 años cotizados. Ahora tienes k tener 55 años, aunque se prevén k lo rebajen a 52 años.
Un saludo
y porq no lo suben a 65 la ayuda?
40 años cotizados un año cobramdo y me lo quitan cuando cumplo 63 y me dicen que me jubile , si lo hago, cobraria menos al mes para toda la vida.
Hola José respecto a mi pregunta anterior tengo 57 años si para llegar a los 15 años lo puedo completar con el paro eso me vale para la ayuda mayor de 55 años
Hola. Si, lo k cobres de paro cotiza para la pensión
Un saludo
Hola,trabajé 22años y4 semanas en Italia.Y 10 meses en España.Tengo 64 años.Puedo pedir alguna pensiones,ayudas como ante dicho.e agotado todos…pero esta de 55 años como es?.Gracias un saludos.Pero es posible que somos los mas desfavorecidos.el gobierno.No puede y no debe aislar personas como nosotros,, de que vivimos.Sin Trabajo sin ayuda sin entrada y con responsabilidad familliar.Puede que el presidente del gobierno y su colectivo.No tienen todos vajo control.Por eso hay que recordarle.que la dignidad de una persona es importante.A los mejor ellos ya no la tienen por eso.no se ponen en nuestro lugar que somos mucho en esta situación.Por favor que el gobierno sea al tanto de nuestra situación.Puede que viven en la oscuridad.Sobretodo la Ministra de trabajo.puede que no lo tiene bien enfocado.Pero Dios esta ariba.y lo ve todos.Se el gobierno no se porta bie,El castigo vaja de los cielo.Porque somos todos hijo de Dios.Y la imparcialidad es importante por sequir adelante.en todos..La injusticia es un mal camino y el gobierno debe tenerlo bien claro.Gracias un saludos,Seria un deceo muy grande de parte mia que,este comentario llega.a la Ministra.del trabajo.y su colectivo de Gobierno.Gracias.
Para poder cobrar esta ayuda tienes k estar cobrando subsidio o tener derecho a el ( 3 meses cotizados). Por lo k me dices este requisito no lo cumples, porque dices k has agotado todas las ayudas
Un saludo
Hola agradesco su respuesta.pero con 430E una famillia no puede vivir.tengo responsabilidad familiar.Por lo tanto.Hay otras direción que el gobierno contempla.y que seguramente escapa.a su control y al mio,siendo ignorante en esta materia.Todos tenemos derecho a vivir con diñidad.Gracias los mismo.
Hola,trabajé 22años y4 semanas en Italia.Y 10 meses en España.Tengo 64 años.Puedo pedir alguna pensiones,ayudas como ante dicho.e agotado todos…pero esta de 55 años como es?.Gracias un saludos.Pero es posible que somos los mas desfavorecidos.el gobierno.No puede y no debe aislar personas como nosotros,, de que vivimos.Sin Trabajo sin ayuda sin entrada y con responsabilidad familliar.Puede que el presidente del gobierno y su colectivo.No tienen todos vajo control.Por eso hay que recordarle.que la dignidad de una persona es importante.A los mejor ellos ya no la tienen por eso.no se ponen en nuestro lugar que somos mucho en esta situación.Por favor que el gobierno sea al tanto de nuestra situación.Puede que viven en la oscuridad.Sobretodo la Ministra de trabajo.puede que no lo tiene bien enfocado.Pero Dios esta ariba.y lo ve todos.Se el gobierno no se porta bie,El castigo vaja de los cielo.Porque somos todos hijo de Dios.Y la imparcialidad es importante por sequir adelante.en todos..La injusticia es un mal camino y el gobierno debe tenerlo bien claro.Gracias un saludos