Hemos recopilado algunas de las mejores respuestas sobre el subsidio mayores 55 años que nos ha enviado nuestro colaborador y experto en este tipo de ayudas, Jose María. Desde aquí le agradecemos toda la labor que está haciendo de forma altruista.
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Cuentan las cotizaciones en el extranjero?
Para solicitar el subsidio de mayores de 55 años es necesario tener 15 años cotizado y 6 de ellos durante tu vida laboral cotizados a Régimen General. Yo he trabajado 15 en el extranjero (Alemania) a Régimen General y 11 en España como autónomo, podría con estas circunstancias solicitarlo?
La cotizaciones en el extranjero te valen, pero tienes que ir a la seguridad social para que te lo convaliden, seguramente te pedirán justificantes de dichos trabajos en Alemania, pero si que sirven.
Como calculo los ingresos con cargas familiares?
Las cargas familiares se calculan con el sueldo bruto x 14 pagas y se divide entre 12 y después se divide por los que conviven en casa. Se descuentan las retenciones de la nomina?
Si en nómina te meten cada mes la paga extra, ósea, solo tienes 12 pagas al año, tienes que coger el total devengado, que es lo que cobras neto, más todas las retenciones y nada más.
Si por el contrario las pagas extras las tienes en junio y diciembre, tienes que coger el total devengado y luego sumarle la prorrata de pagas extras, que es lo que le correspondería cada mes si las cobrara como el ejemplo anterior (esta cantidad casi siempre viene en la parte inferior a la izquierda y viene como te he dicho total devengado+prorrata de pagas.
Como ves es muy sencillo, el total devengado suele venir en el centro de la nómina en la parte derecha y de ahí le restan el IRPF, seguridad social, etc. y sacan el líquido a pagar. Para el INEM, todos los conceptos de la nómina se cuentan excepto las dietas que se dan por alojamiento, comida etc., por ejemplo a camioneros y viajantes.
Con respecto a lo que comentas de tu marido que tenia el mayor de 52 y luego trabajó tres meses y cogió 3 meses que le quedaban de paro, no te entiendo, dices que tenía el mayor de 52 y que hacia la declaración anual de rentas y luego me sales que le quedaban 3 meses de paro y no sé exactamente a qué te refieres, o cobraba el subsidio o tenía paro.
Cuando uno tiene un mayor de 52 o 55 años, supongamos que cobra 426 euros, y genera un derecho a paro, se pueden hacer 2 cosas: si ese paro es a tiempo completo puede pedir el paro y luego volver a pedir otro subsidio, el anterior le queda extinguido.
Otro ejemplo, generas paro pero a tiempo parcial (cuidado) el nuevo subsidio que generes será con la cuantía de la última parcialidad que te dé derecho a paro, es decir, el subsidio ya no lo cobrarás a 426 euros, entonces si te ves perjudicada, puedes optar por seguir cobrando tu subsidio y no cobrar el paro y perderás las cotizaciones, pero el subsidio será el mismo que tenías.
Otro ejemplo, estás cobrando el subsidio mayor de 52 años, el de antes de julio del 2012, este tipo de subsidio hasta marzo del 2013 no se pedían cargas familiares, por lo que sólo dependías de tus propias rentas, pues imagínate que cobras ese subsidio y general un derecho a paro, tienes igualmente 2 opciones, si el nuevo derecho te perjudica, porque estás casado por ejemplo y tu mujer se pasa de rentas con el nuevo subsidio esto ya se tiene en cuenta, entonces como seguramente no podrás acceder a las nuevas condiciones, puedes optar a seguir cobrando el antiguo subsidio y no cobrar el paro, eso si las cotizaciones de ese paro las perderías.
Espero no haberte liado mucho, la moraleja de todo es que si cobrando el subsidio mayores 55 años o 52 años, generas un derecho a paro y este te perjudica para un posterior subsidio, puedes optar, pues el legislador entiende que es una prestación hasta la jubilación y no se puede perjudicar a una persona por generar un paro que le perjudicaría para muchos años.
Cumplo todos los requisitos para solicitarla?
Acabo de cumplir los 55 y tengo todos los requisitos para cobrar el subsidio mayores 55 años, excepto a que el paro lo agoté hace muchísimo tiempo y de momento solo tengo unos 120 días cotizados…que puedo hacer para solicitar el subsidio?
Si crees que reúnes los requisitos para el mayor de 55 años, 15 años cotizados y de ellos 6 al desempleo, y ahora tienes más de 90 días cotizados, solamente necesitas un contrato de trabajo, a poder ser a jornada completa. El subsidio mayor de 55 años, se puede acceder con 90 días cotizados, no hace falta 180 en caso de carecer de rentas, así que con un contrato para tener situación de desempleo te bastaría.
Nuevos requisitos para cobrar el subsidio mayores 55 años
Cumplo todos los requisitos para solicitar la ayuda para mayores de 55 años, salvo uno, que al parecer es nuevo, o añadido a lo que ya había. ¿Es cierto que si no tienes 12 meses cotizados, debes tener al menos 3 meses -y aquí viene la novedad-, si tienes cargas familiares o seis si no las tienes. Yo tengo tres meses pero no cargas.
Efectivamente desde julio del 2012 ya no se puede acceder directamente al subsidio para mayores de 55 años, como se hacía antes, ahora tienes que cobrar un subsidio, agotar un paro que te dé derecho a subsidio y en su defecto tener 3 meses cotizados que te den derecho a acceder al subsidio mayores 55 años.
Efectivamente en los subsidios normales para acceder a un subsidio de 3 meses necesitas tener cargas familiares, pero el legislador ha entendido como este subsidio se puede tener sin cargas familiares con 3 meses es suficiente para acceder a él. Ojo, solamente para el mayor de 55 años, si no reunieras algunos de los requisitos, no podrías con estos 3 meses acceder a otro tipo de subsidio.
Por lo tanto si tienes los 3 meses cotizados solicita el subsidio.
Como se imputan los fondos de inversión a efecto de ingresos?
Tanto los fondos de inversión como las acciones se consideran incrementos patrimoniales y se pagan en un pago único.
Si tienes un fondo o unas acciones, los ingresos que se cuentan solo es a la hora del rescate de dicho fondo o con la venta de acciones.
Supongamos que tienes 1000 acciones y las compras a 20 euros y al cabo de unos meses, las vendes a 40 euros, la ganancia patrimonial es de 20000 euros, que dividido para 12 meses da una cantidad superior a 486 euros.
Si esas acciones las vendes el 15 de julio, se lo comunicas al SEPE y se te dará de baja ese mismo día y previa solicitud por tu parte se te reanudará con fecha 15 de agosto, por lo que solo se te suspenderá un mes, luego se puede cobrar el subsidio.
Para compensar ganancias con pérdidas, solo lo puedes hacer si ambas cosas coinciden el mismo mes, si ganas 20000 y pierdes con otra venta 15000, solo se considerarían unas ganancias de 5000 euros si se producen el mismo mes, si es en mes distinto tendrías unas ganancias de 20000 euros.
Con los fondos pasa igual, fecha de venta, se divide para doce y si el resultado es mayor de 486 euros, se suspende el subsidio un mes y se reanuda. Estas condiciones afectan en este caso solamente al subsidio mayores 55 años.
Las herencias, como afectan?
Como afecta el cobro de una herencia a las condiciones para seguir cobrando el subsidio mayores 55 años? Siempre hay que comunicar al SEPE, cualquier variación patrimonial.
El tema de la herencia va de la siguiente manera:
Hay que comunicar al SEPE el incremento patrimonial desde el mismo día que se formaliza la escritura, si superas rentas se suspende un mes y al mes siguiente se reanuda, si te das cuenta, es igual que lo que comento normalmente en este foro.
Como dicha vivienda, fondo, acciones etc., tiene un valor en la fecha en que pasa a tu propiedad, en caso de venta, hay que hacer la diferencia entre el valor en que recibiste dichos bienes y el valor de la venta, si la ganancia dividida para 12 supera 486 euros, tienes que volver a suspender la prestación.
O sea, tienes dos incrementos, uno cuando recibes la herencia que tiene un valor x, y otro cuando vendes que tienes ganancias o pérdidas, por lo tanto si tienes ganancias superiores sería otro incremento patrimonial.
Otras dudas
Si estoy cobrando el subsidio de desempleo por un contrato de tres meses, y cumplo los 55 años en el ultimo mes de subsidio, puedo solicitar el de los 55 años, o tiene que haber mas margen para poder solicitarlo?
Para acceder al mayor de 55 años tienes que estar cobrando el subsidio, da igual el primer o el último día, tienes que cumplir los 55 años durante la vigencia del subsidio, así que justo cuando cumplas la edad, acude a tu oficina para que te cambien el tipo de subsidio.
Buenos días.
Voy a solicitar el subsidio para mayores de 55 años, mi pareja trabaja y tenemos dos hijos menores, mi duda es: mis ingresos individuales mensuales, (alquiler de un piso), sobrepasan los 551 euros, pero si tengo en cuenta los hijos a cargo, ( la mitad a cada uno ), no sobrepasarían ese límite.
¿Para calcular las rentas, hay que dividir los ingresos en función de los los hijos a cargo, o no?
Buenos días José María,
Ya te escribí hace un par de meses para que me aconsejaras pero mi situación ha cambiado.
Terminé mi contrato de 4 meses a tiempo completo el, 30 de septiembre, como previamente había trabajado a tiempo parcial, 15 % de jornada con un contrato de 9 meses, me coincidieron la prestación contributiva por 4 meses, hayando la media de una base de cotización de 300 euros del primer contrato y de 2250 del último contrato. He cobrado ya el primer mes, unos 900 euros, en octubre he cumplido 55 años, tengo un hijo menor a cargo y no hay más ingresos en casa, luego en el mes de noviembre me han ofrecido volver a trabajar en el mismo sitio a tiempo parcial y decido firmar en noviembre contrato de 7 meses un 15 % de jornada 300 euros brutos y compatibilizar, aunque pierda dinero de paro no me gusta estar parada, ya que llevo más de 15 años trabajando,, calculo que casi 20 cotizado la mayoría a tiempo completo incluso siendo mi hijo un bebé, en el teléfono de información del inem me aseguraron que la parcialidad del subsidio de mayores de 55 es de acuerdo al último contrato que me dio derecho a paro, entonces yo creía que estaba todo correcto porque después de 7 meses no hay derecho a paro y ganando menos de 500 euros se tiene derecho a subsidio, pero al ir a gestionar una cita en el inem ya que me han escrito que me han cortado el paro después de haber cobrado sólo un mes si quiero compatibilizar tengo que volver a la oficina, y se me ocurre preguntar por teléfono y me dicen que el subsidio va a depender de mi último contrato, en este caso, de un 15% de jornada, y que la única manera de tenerlo al 100 % es si lo corto y cobro el resto del paro cuando termine este Contrato de 7 meses y luego paso al subsidio de 55, como no me cuadra lo que me dicen, hoy vuelvo a llamar y me dicen lo contrario, que tengo que compatibilizar paro y luego pedir subsidio mientras este trabajando a jornada parcial para que me reconozcan mi subsidio del último paro, mañana tengo cita y no se muy bien como hacer ya, a ver si en ambos casos o en ninguno me van a dar mi subsidio cuándo tenía derecho de no haber firmado ningún contrato. Necesito por favor que me asesores, y si no si puedo compatibilizar con un subsidio normal por hijo menor a cargo que esto yo ya lo he hecho anteriormente y luego al terminar contrato parcial sino hay suficiente para prestación contributiva se vuelve al subsidio íntegro que está aprobado por terminación de la prestación contributiva a tiempo completo. Muchas gracias
Hola, tengo 54 años tengo 26 años cotizados y mi hija esta estudiando , estoy divorciada he trabajado 3meses este año y solo me han dado la ayuda tres meses ¿ya no tengo derecho a mas ayuda.?
Hola José Maria !! Hace días te hice una consulta y me contestaste, pero ahora tengo otra duda qué acabó de enterarme , te cuento otra vez, yo trabaje durante 19 meses a media jornada me despidieron por cojer una baja , encontré otro trabajo a jornada completa, pero tuve que renunciar a los 8 días ( el contrato era de 6 meses) por qué me dolía muchísimo la espalda , mi médico ya me advirtió que no hiciera esfuerzos pero yo no hice caso , deje el trabajo por qué encontré otro que no se tenían que hacer tantos esfuerzos pero ese contrato es solo de 44 días podré cobrar el paro cuando acabé ese contrato y despues el subsidio de mayor de 55 ?? Es que acabo de leer en otra página que si tu renuncias al trabajo tienen que pasar 3 meses para que te concedan el paro etcc muchas gracias .
Ah ! Se me ha olvidado poner que me hicieron firmar un papel como que yo renunciaba a trabajo , no se si debía haberlo firmado . Muchas gracias
Hola J.Maria
Queria hacerle dos preguntas:
-Cumplo los requisitos para subsidio 55 pero mi mujer tiene una deuda con la S. Social es motivo oara que me la rechacen?…
-Si con esa misma deuda me divorciara en esa nueva situacion me la podrian rechazar?…
Gracias por tu interesante aportacion
Hola tengo 55años y he cotizado a la seg/social trabajando en un empresa 12años aparte he pagado un convenio especial como cuidadora no profesional por hijacon disc.2años y 10meses
Creo que necesito trabajar tres meses para cobrar la ayuda de los 55años.estos tres meses se pueden trabajar por ejemplo este año un mes y otro año diferente 2 meses? Los ultimos dias tiene que ser a jornada completa?cuantos dias?
Agradezco su respuesta pero tengo que confesar que me he quedado más confuso que antes de formular la consulta. Me explico, he trasladado la misma pregunta al SEPE y su respùesta literal es la siguiente. » Le informamos que la ley sólo contempla la opción cuando se extingue una prestación por haber trabajado más de un año y se ha generado una nueva prestación. El caso que usted nos plantea,no supone una extinción con generación de una nueva, por tanto, no sería posible»
Un saludo.
Cuidado con lo que dicen los organismos oficiales. Mi experiencia es que siempre buscan la ley que les permita NO darte una prestación. Es lamentable.
Hola Jose María, estoy cobrando la ayuda de mayores de 55 años desde hace un año aproximadamente y, después de un problema que tuve que sería muy largo de contar, tuve que ir a la Seguridad Social para solucionarlo y allí me comentaron que a partir de los 62 años me dejan de pagar la ayuda y dejan de cotizar por mi la cantidad que están cotizando ahora y me darán la opción de jubilarme con las condiciones que ellos me ponen… Tengo 2 preguntas:
1.- ¿ Piensas que esa opción de jubilación anticipada puede ser cambiada con los posibles cambios de gobierno y que ellos sigan prorrogando la ayuda y por tanto la cotización?
2.- En el caso de tener cotizados para esa teórica jubilación anticipada menos de 35 años,
¿ puedo aportar el año de servicio militar obligatorio para poder llegar a esos años sin que me quiten nada por ese concepto, ya que me quitan también por los años que me jubilaría antes?.
Saludos y Gracias por tu ayuda desinteresada
Que te lo den por escrito. Intentan que tengas algo mal para quitarte los subsidios. Nunca te lo dan por escrito.
Les agradeceria si me pueden aclarar la situación en la que se encuentra mi esposa, ella está percibiendo el subsidio para mayores de 55 años al 50%, ya que cuando se solicitó su último contrato fue a jornada parcial, mi pregunta es la siguiente , ¿ si ella trabajase más de 90 días a jornada completa y no generase derecho a ninguna prestación contributiva podría solicitar que se le revisara su subsidio para que este se percibiera al 100%?
Agradezco de antemano su respuesta y atención.
Hola. Si trabaja 90 días o más, generará un nuevo subsidio y por lo tanto lo cobrará en función del último contrato realizado, en su caso si es a jornada completa, serán 430 euros
Un saludo
Hola! ,Me dirijo a ustedes para aclararme una cosa sobre un asunto relacionado con subsidio para mayores de 55 años.Tengo 56 años y 5 años cotizados en la seg.social en España .Mi pregunta es :-debo tener 6 años cotizados en la seguridad social solo en España, o que somos de union europea importa los años que he trabajado en mi pais? Quero decir que la ley exige de tener 6 años de largo de vida laboral de una persona, y como soy de union europea (Rumania) tengo en mi pais cotizados 12 años. Para poder solicitar el subsidio, estos años importa para completar los 6 años que exige la ley?