Hemos recopilado algunas de las mejores respuestas sobre el subsidio mayores 55 años que nos ha enviado nuestro colaborador y experto en este tipo de ayudas, Jose María. Desde aquí le agradecemos toda la labor que está haciendo de forma altruista.
Contenido del artículo
Cuentan las cotizaciones en el extranjero?
Para solicitar el subsidio de mayores de 55 años es necesario tener 15 años cotizado y 6 de ellos durante tu vida laboral cotizados a Régimen General. Yo he trabajado 15 en el extranjero (Alemania) a Régimen General y 11 en España como autónomo, podría con estas circunstancias solicitarlo?
La cotizaciones en el extranjero te valen, pero tienes que ir a la seguridad social para que te lo convaliden, seguramente te pedirán justificantes de dichos trabajos en Alemania, pero si que sirven.
Como calculo los ingresos con cargas familiares?
Las cargas familiares se calculan con el sueldo bruto x 14 pagas y se divide entre 12 y después se divide por los que conviven en casa. Se descuentan las retenciones de la nomina?
Si en nómina te meten cada mes la paga extra, ósea, solo tienes 12 pagas al año, tienes que coger el total devengado, que es lo que cobras neto, más todas las retenciones y nada más.
Si por el contrario las pagas extras las tienes en junio y diciembre, tienes que coger el total devengado y luego sumarle la prorrata de pagas extras, que es lo que le correspondería cada mes si las cobrara como el ejemplo anterior (esta cantidad casi siempre viene en la parte inferior a la izquierda y viene como te he dicho total devengado+prorrata de pagas.
Como ves es muy sencillo, el total devengado suele venir en el centro de la nómina en la parte derecha y de ahí le restan el IRPF, seguridad social, etc. y sacan el líquido a pagar. Para el INEM, todos los conceptos de la nómina se cuentan excepto las dietas que se dan por alojamiento, comida etc., por ejemplo a camioneros y viajantes.
Con respecto a lo que comentas de tu marido que tenia el mayor de 52 y luego trabajó tres meses y cogió 3 meses que le quedaban de paro, no te entiendo, dices que tenía el mayor de 52 y que hacia la declaración anual de rentas y luego me sales que le quedaban 3 meses de paro y no sé exactamente a qué te refieres, o cobraba el subsidio o tenía paro.
Cuando uno tiene un mayor de 52 o 55 años, supongamos que cobra 426 euros, y genera un derecho a paro, se pueden hacer 2 cosas: si ese paro es a tiempo completo puede pedir el paro y luego volver a pedir otro subsidio, el anterior le queda extinguido.
Otro ejemplo, generas paro pero a tiempo parcial (cuidado) el nuevo subsidio que generes será con la cuantía de la última parcialidad que te dé derecho a paro, es decir, el subsidio ya no lo cobrarás a 426 euros, entonces si te ves perjudicada, puedes optar por seguir cobrando tu subsidio y no cobrar el paro y perderás las cotizaciones, pero el subsidio será el mismo que tenías.
Otro ejemplo, estás cobrando el subsidio mayor de 52 años, el de antes de julio del 2012, este tipo de subsidio hasta marzo del 2013 no se pedían cargas familiares, por lo que sólo dependías de tus propias rentas, pues imagínate que cobras ese subsidio y general un derecho a paro, tienes igualmente 2 opciones, si el nuevo derecho te perjudica, porque estás casado por ejemplo y tu mujer se pasa de rentas con el nuevo subsidio esto ya se tiene en cuenta, entonces como seguramente no podrás acceder a las nuevas condiciones, puedes optar a seguir cobrando el antiguo subsidio y no cobrar el paro, eso si las cotizaciones de ese paro las perderías.
Espero no haberte liado mucho, la moraleja de todo es que si cobrando el subsidio mayores 55 años o 52 años, generas un derecho a paro y este te perjudica para un posterior subsidio, puedes optar, pues el legislador entiende que es una prestación hasta la jubilación y no se puede perjudicar a una persona por generar un paro que le perjudicaría para muchos años.
Cumplo todos los requisitos para solicitarla?
Acabo de cumplir los 55 y tengo todos los requisitos para cobrar el subsidio mayores 55 años, excepto a que el paro lo agoté hace muchísimo tiempo y de momento solo tengo unos 120 días cotizados…que puedo hacer para solicitar el subsidio?
Si crees que reúnes los requisitos para el mayor de 55 años, 15 años cotizados y de ellos 6 al desempleo, y ahora tienes más de 90 días cotizados, solamente necesitas un contrato de trabajo, a poder ser a jornada completa. El subsidio mayor de 55 años, se puede acceder con 90 días cotizados, no hace falta 180 en caso de carecer de rentas, así que con un contrato para tener situación de desempleo te bastaría.
Nuevos requisitos para cobrar el subsidio mayores 55 años
Cumplo todos los requisitos para solicitar la ayuda para mayores de 55 años, salvo uno, que al parecer es nuevo, o añadido a lo que ya había. ¿Es cierto que si no tienes 12 meses cotizados, debes tener al menos 3 meses -y aquí viene la novedad-, si tienes cargas familiares o seis si no las tienes. Yo tengo tres meses pero no cargas.
Efectivamente desde julio del 2012 ya no se puede acceder directamente al subsidio para mayores de 55 años, como se hacía antes, ahora tienes que cobrar un subsidio, agotar un paro que te dé derecho a subsidio y en su defecto tener 3 meses cotizados que te den derecho a acceder al subsidio mayores 55 años.
Efectivamente en los subsidios normales para acceder a un subsidio de 3 meses necesitas tener cargas familiares, pero el legislador ha entendido como este subsidio se puede tener sin cargas familiares con 3 meses es suficiente para acceder a él. Ojo, solamente para el mayor de 55 años, si no reunieras algunos de los requisitos, no podrías con estos 3 meses acceder a otro tipo de subsidio.
Por lo tanto si tienes los 3 meses cotizados solicita el subsidio.
Como se imputan los fondos de inversión a efecto de ingresos?
Tanto los fondos de inversión como las acciones se consideran incrementos patrimoniales y se pagan en un pago único.
Si tienes un fondo o unas acciones, los ingresos que se cuentan solo es a la hora del rescate de dicho fondo o con la venta de acciones.
Supongamos que tienes 1000 acciones y las compras a 20 euros y al cabo de unos meses, las vendes a 40 euros, la ganancia patrimonial es de 20000 euros, que dividido para 12 meses da una cantidad superior a 486 euros.
Si esas acciones las vendes el 15 de julio, se lo comunicas al SEPE y se te dará de baja ese mismo día y previa solicitud por tu parte se te reanudará con fecha 15 de agosto, por lo que solo se te suspenderá un mes, luego se puede cobrar el subsidio.
Para compensar ganancias con pérdidas, solo lo puedes hacer si ambas cosas coinciden el mismo mes, si ganas 20000 y pierdes con otra venta 15000, solo se considerarían unas ganancias de 5000 euros si se producen el mismo mes, si es en mes distinto tendrías unas ganancias de 20000 euros.
Con los fondos pasa igual, fecha de venta, se divide para doce y si el resultado es mayor de 486 euros, se suspende el subsidio un mes y se reanuda. Estas condiciones afectan en este caso solamente al subsidio mayores 55 años.
Las herencias, como afectan?
Como afecta el cobro de una herencia a las condiciones para seguir cobrando el subsidio mayores 55 años? Siempre hay que comunicar al SEPE, cualquier variación patrimonial.
El tema de la herencia va de la siguiente manera:
Hay que comunicar al SEPE el incremento patrimonial desde el mismo día que se formaliza la escritura, si superas rentas se suspende un mes y al mes siguiente se reanuda, si te das cuenta, es igual que lo que comento normalmente en este foro.
Como dicha vivienda, fondo, acciones etc., tiene un valor en la fecha en que pasa a tu propiedad, en caso de venta, hay que hacer la diferencia entre el valor en que recibiste dichos bienes y el valor de la venta, si la ganancia dividida para 12 supera 486 euros, tienes que volver a suspender la prestación.
O sea, tienes dos incrementos, uno cuando recibes la herencia que tiene un valor x, y otro cuando vendes que tienes ganancias o pérdidas, por lo tanto si tienes ganancias superiores sería otro incremento patrimonial.
Otras dudas
Si estoy cobrando el subsidio de desempleo por un contrato de tres meses, y cumplo los 55 años en el ultimo mes de subsidio, puedo solicitar el de los 55 años, o tiene que haber mas margen para poder solicitarlo?
Para acceder al mayor de 55 años tienes que estar cobrando el subsidio, da igual el primer o el último día, tienes que cumplir los 55 años durante la vigencia del subsidio, así que justo cuando cumplas la edad, acude a tu oficina para que te cambien el tipo de subsidio.
Hola, acaban de dar de alta a mi madre en este subsidio, pero no la han dado de alta en la seguridad social, no se supone que con este subsidio cotizan hasta la jubilación en un 125% de la base mínima? Pues no esta dada de alta en la seg. social, y tampoco en las próximas nóminas que me salen cobrará de esta prestación no incluyen deducción por seg. social.
Hola, acaban de dar de alta a mi madre en el subsidio de mayores de 52 años, pero no la han dado de alta en la seguridad social, no se supone que con este subsidio cotizan hasta la jubilación en un 125% de la base mínima? Pues no esta dada de alta en la seg. social, y tampoco en las próximas nóminas que me salen que cobrará de esta prestación no incluyen deducción por seg. social. Gracias.
Buenas tardes
He recibido carta denegandome el alta inicial de subsidio de desempleo para mayores de 55 años.
Me dichen qe desde qe agote la ultima prestacion contributiva el 30 de mayo de 2008 y hasta el 10 de octubre de 2018 trabaje por cuenta propia mas de 24 meses. y que desde que finalice el trabajo por cuenta propia 30/11/2013, no me inscribi como demandante de empleo hasta el 7 de junio de 2015, es decir que hubo una interupcion de mas de 90 dias naturales. He cotizado mas de 15 años por cuenta ajena y el resto como autonomo hasta 30 /11/2013.
El hecho de no haberme inscrito como demandante de empleo desde dicha fecha ya no puedo corregirlo. En dicho periodo mi empresa en quiebra aun existia unicamente estaba dada de baja en actividad. La baja en la actividad no fue voluntaria. ¿ Puedo recurrir alegando que aunque no pagase la seguridad social seguia intentando sacar a flote mi empresa y por eso no me apunte como demandante de empleo?Que no fue una baja voluntaria? El hecho de no estar apuntado y pese a cumplir el resto de requisitos, es determinante para no obtener la prestacion contributiva? Tiene solucion ? Si me contratasen por 6 meses , y se rescinde posteriormente la relacion, podré solicitar el paro? o subsidio ?y posteriormente la prestacion para mayores de 55 años o siempre va a pesar que no estuve como demandante de empleo un año y medio. ?
Las normas que se deben cumplir para los subsidios y las pensiones de jubilación están hechas para que muchas personas no puedan obtenerlas… los legisladores a quienes elegimos lo saben y parece que no tienen intención de cambiar. Lo que te exigen atenta directamente contra el articulo 14 de la Constitución Española. Principio de igualdad ante la ley, sin discriminacion
Tendrías que estar de alta por cuenta ajena 3 meses, y posteriormente solicitar la ayuda para mayores de 55 años
Tendrías que estar de alta por cuenta ajena 3 meses, y posteriormente solicitar la ayuda para mayores de 52 años
Se me olvidó en el comentario anterior. Tengo cotizados 34 años. Muchísimas gracias por tu ayuda, en anteriores ocasiones que te he consultado otras cuestiones me has sido de mucha ayuda.
Un saludo
Buenos días, te explico mi caso. Estoy cobrando subsidio mayores de 55 años y estoy contratada a jornada completa con un contrato que es compatible esta situación, pero la empresa no va muy bien y me dicen si me interesaría una jornada parcial de 20 horas. Aquí viene mi pregunta y duda. Me quedan menos de 7 años para jubilarme ( tengo 58 años) y mis cotizaciones han sido de jornada completa siempre.¿Me perjudicaría mucho si ahora cotizara solo estas horas a la hora de jubilarme? Estoy preocupada por esto. Te agradecería mucho tu respuesta.
Un saludo
Una persona que cotiza 8 años seguridad social y 7 ministerio de defensa ; tiene 15 años cotizados puede solicitarla .
Hola, tengo 21 años cotizados hace 6 deje de trabajar pero sellando el paro,hace cosa de 1año No selle el paro por olvido, estuve 6 meses sin sellar, ahora llevo un año ya sellando pero me deniegan la paga de los 430 por este tiempo qué estuve sin sellarlo, mi pregunta
¿ Si cotizó los 90 días me darán la ayuda?
Hola, haber si alguien me puede aclararme esto un poquito,tengo 58 años, 21 años cotizados, hace 6 años deje de trabajar, estando en el paro deje de sellar hace un año, me deniegan la ayuda de los 430 euros por este motivo, ahora llevo un año sellando si cotizó los 90 días me lo concederán? Gracias
SI,con tres meses seguro,aunque hay gente que con la nueva ley no ha necesitado esos tres meses,me imagino que es porque no han dejado de estar inscritos en el paro y sellando.
Teno 53 años ,cotizados 12 mas el servicio Militar ,medeniegan la paga de los 52 .No tenemos trabaj ni mi mujer ni yo ,tengo derecho a paga o no.
Juan Carlos para el subsidio de 52 años tienes que tener como mínimo 15 años cotizados. Si vas y hablas con los asistentes sociales seguro que os informa si podéis pedir alguna ayuda social. Suerte
Hola soy rosa y estoy recibiendo la ayuda de los 52 mi pregunta es si la subida recibida en este 2019 se mantendrá o volverá a ser la de siempre ablo de unos 80 euros de subida gracias y un saludo
Me han denegado la ayuda por no sellar el paro hace 5 años. Llevo los ultimos 4 sin problemas. Me piden ahora que necesito un contrato de 3 meses. YA QUISIER Yo. Mi pregunta es valdría como autónomo o necesito estar en el régimen general.
Hola, Jose Luis : yo estoy exactamente igual que tu. En mi caso, ademas, el no haber sellado una única vez en 11 años fue debido a problemas técnicos en la plataforma web del Servicio Regional de Empleo de la Comunidad de Madrid.
Pero ha dado igual: también me lo han denegado «…por NO haber estado inscrito como demandante de empleo… ¡durante 98 días!…» (cuando el máximo permitido son 90 días).
Y en relación a lo de «…volver a trabajar durante al menos 3 meses …» mucho me temo que ha de ser ASALARIADO por cuenta ajena (aunque sea con un contrato a tiempo parcial), y NO como autónomo. Lo siento.
Y como bien indicas tu : «…mas quisiera yo a mis 58 años que alguien me diera trabajo durante 3 meses, de lo que buenamente fuera…» Pero eso, a nuestras edades, es practicamente imposible.