En este artículo le explicamos el funcionamiento de la ayuda parados de larga duración, así como los días en que se están pagando en cada provincia.
Que es la Ayuda Parados de Larga Duración ?
Es una nueva prestación destinada a aquellos desempleados que hayan agotado todas las prestaciones a las que tuviera derecho. Hasta el momento solamente podría solicitar dos ayudas extraordinarias: la RAI y el Plan Prepara. Ahora tambien puede que le corresponda cobrar el Programa Extraordinario de Activación para el Empleo para los desempleados de Larga Duración. La principal novedad es que este Programa de Activación es compatible con un empleo por cuenta ajena (de momento no es posible cobrarla estando como autonomo), pensada para que los parados reciban ofertas de empleo acordes a su cualificación.
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El importe de esta ayuda es de 426 euros al mes.
Requisitos:
- Haber agotado el programa prepara, el PRODI o la tercera Renta Activa de Inserción RAI hace más de 6 meses, y además no tengan derecho a ninguna prestación por desempleo, subsidio o Renta Activa de Inserción
- Tener responsabilidades familiares
- No pueden
estar cobrando el salario social, Renta mínima o ayudas análogas concedidas por las comunidades autónomas o entidades locales
- Deben figurar como demandante de empleo y haber estado inscritos ininterrumpidamente durante al menos los 12 meses anteriores, salvo por haber encontrado un empleo de menos de 3 meses de duración
- Los beneficiarios deben suscribir un compromiso de actividad realizando las acciones que determinen los servicios públicos de empleo. Previamente deben haber realizado una búsqueda activa de empleo coma participar en acciones de políticas activas de empleo, así como no rechazar oferta adecuada de empleo
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- No tener ingresos superiores a 484 euros mensuales por cada miembro de la unidad familiar
- Estar inscrito ininterrumpidamente durante 12 meses como demandantes de empleo.
Duración: 6 meses
Para comprobar si le corresponde cobrar esta ayuda, tenemos esta guía:
| Beneficiarios: |
| Desempleados de larga duración |
- Haber cesado involuntariamente en un trabajo por cuenta ajena.
- Inscritos como demandantes de empleo a fecha 1 de diciembre de 2014.
- Haber estado inscritos al menos 12 de los 18 meses previos a la solicitud.
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| que han agotado sus ayudas por desempleo |
- Haber agotado hace al menos seis meses la tercera RAI, el PRODI o el PREPARA (excepto sanción o baja por causa imputable al beneficiario).
- Sin acceso a otras prestaciones o subsidios por desempleo.
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| y están en situación de necesidad. |
- Con cargas familiares
- No superan los umbrales de renta habituales para estas ayudas ni a nivel individual, ni a nivel de unidad familiar. Este requisito debe cumplirse durante toda la duración del programa.
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| Obligaciones: |
| En el plazo de un mes desde la solicitud |
- El solicitante realizará una búsqueda activa de empleo (BAE) y deberá acreditarla ante el SEPE.
- El Servicio público de empleo autonómico elaborará un itinerario personalizado de inserción (IPI) atendiendo al perfil del solicitante.
- El servicio de empleo autonómico le asignará un tutor individual.
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| Durante la participación en el programa |
- No rechazar ninguna oferta adecuada de empleo propuesta por los servicios de empleo o agencias colaboradoras.
- Realizar cualesquiera acciones de activación que le sean propuestas por los servicios de empleo y acreditarlo.
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| Compatibilidad con el empleo |
- El Programa permite compatibilizar hasta 5 meses la percepción de la ayuda de acompañamiento con el trabajo por cuenta ajena.
- El empresario descontará la cuantía de la ayuda económica del importe del salario
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| Cuantía y duración de la ayuda: |
| Ayuda económica 426€/mes |
- 80% del IPREM
- Incompatible con otras ayudas ligadas a programas de empleo y otras rentas mínimas si se superan los umbrales individuales y de núcleo familiar
- Durante un periodo máximo de seis meses.
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| Duración |
- Se podrá solicitar la admisión en el Programa desde el 15 de enero de 2015 al
15 de abril de 2016 (ampliado hasta el 15 de abril de 2017)
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Los beneficiarios de esta ayuda parados de larga duración deben haber agotado anteriormente la protección por desempleo.
Además, los que se acojan a este programa deberán acreditar de forma regular la búsqueda activa de empleo, asi como participar en acciones de inserción propuestas por los servicios de empleo.
La gestión de estas ayudas se harán a través de los servicios públicos de empleo de las comunidades autónomas, sus Oficinas de Empleo, y serán éstos los que trámiten el itinerario personalizado de inserción de cada demandante.
La ayuda será compatible con un empleo por cuenta ajena, si bien al sueldo que se perciba en ese trabajo se le descontará la ayuda.
El programa estará vigente desde el 15 de enero de 2015 hasta el 15 de abril de 2016 y se revisará su continuidad tres meses antes de su fnalización.
Comentarios destacados:
Flor: LA NUEVA AYUDA DEL GOBIERNO:No todo lo que reluce es oro. Vamos leyendo algunas cositas sobre la nueva ayuda, que como veréis es pura propaganda electoral, ya que se acercan las elecciones: ¿En qué consiste la Ayuda parados de larga duración? Se trata de un subsidio de 426 euros que podrán percibir durante seis meses los parados de larga duración. Además de la prestación económica, los servicios públicos de empleo tendrán que hacer un itinerario personalizado de cada beneficiario y ofrecerles servicios de orientación y formación para recualificarles.
La idea es, según han explicado los sindicatos, que estas personas reciban también ofertas de empleo acordes a su recualificación. De ser así, la prestación económica sería compatible con el empleo.
¿Quién puede cobrarla? Las personas que lleven al menos doce meses en el paro contando los últimos 18 meses. Esa situación de desempleo tiene que haber sido ocasionada por la pérdida de un trabajo, es decir, no es una prestación asistencial como puede serlo la Renta Activa de Inserción ni una ayuda para los que buscan su primer empleo. Hará falta también tener al menos un familiar a cargo. Los beneficiarios no pueden tener ingresos superiores al 75% del IPREM (unos 480 euros mensuales) y deben llevar al menos seis meses sin percibir ninguna prestación, un plazo que se ha reducido desde la anterior propuesta del Gobierno, que planteaba que hubiera transcurrido un año.
Jose Maria: Se necesitan muchos requisitos para esta nueva ayuda parados de larga duración y están muy bien explicados en esta página, pero uno de ellos es precisamente haber agotado PRODI, prepara o RAI y te repito uno de ellos es haber agotado el PRODI, que es la ayuda adicional que había antes del prepara. Si te ha dicho eso el funcionario, será mejor que se recicle un poco, porque es uno de los requisitos básicos. A modo resumen te digo el resto y si los cumples lo puedes echar.
Ojo, si después del prodi, has cobrado alguna otra prestación ya no podrías solicitar la nueva ayuda, el prodi, tiene que ser la última prestación cobrada, además de eso, no haber causado baja voluntaria en el último trabajo, tener cargas familiares, estar desempleado el 1 de diciembre del 2014 y llevar desempleado en los últimos 18 meses, al menos 1 año y no haber cobrado salarios sociales al menos los 6 meses anteriores.
Como puedes ver es lo mismo que tienes muy bien detallado en la página y te repito, el haber cobrado el prodi, ES PRECISAMENTE uno de los requisitos principales, además de los que te he comentado, mírate bien todos los requisitos de esta página y si crees que los cumples todos haz tu solicitud.
Fuentes: Comunicado ministerio Empleo
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¡¡Hola JM¡¡ solo decirte que llevas razón,que han cambiado las cosas. A mi amiga le han entregado la solicitud, ésta mañana, después de habérsela denegado hace un mes. Lo que más me indigna, es que hay mucha gente en espera y no lo saben. ¡¡Solo decirte que MUCHAS GRACIAS¡¡por tu buena labor.
Hola. Aki los funcionarios estamos indefensos, informamos a la gente y luego si previo aviso nos cambian los requisitos.
Desde aquí he intentado k se entere el mayor numero de gente posible
Me alegro por tu amigañUn saludo
Hola. En junio se me acaba el RAI, tengo 62 años y no tengo manera de encontrar trabajo. Me pertenece alguna ayuda posterior a RAI?
Hola. Si es la tercera RAI tendrás que esperar seis meses para solicitar la nueva ayuda PAE, hace falta tener cargas familiares, si por el contrario no es la tercera y última RAI, tendrás que esperar un año para solicitar una nueva, si es por parada de larga duración, si la RAI es por minusvalía o violencia, podrás solicitarla al terminar esta RAI que estás cobrando.
Un saludo
Hola buenas tardes: Tengo 55 años , he puesto bastantes curriculum en diferentes empresas, porque me concidero apta para poder trabajar, pero claro la situacion crisis economica laboral nos afecta a todas las edades.Lo que me gustaria saber si tengo algun tipo de ayuda , que yo termine de cobrar la segunda RAI en Octubre del 2014y claro tengo una hija a mi cargo ,y no cobro nada sino ayudas que me aportan mi familia,hasta cuando seguire esta situacion..He solicitado cita previa en el INEM, haber QUE SOLUCION ME DA , PORQUE ES YA UNA DESESPERACION,yo quiero trabajar , pero claro?????…Saludos
Hola. Por los datos k me das, mucho me temo k hasta octubre, cuando lleves un año de la RAI, no tengas derecho a otra cosa, porque el sepe, salvo esto el resto son prestaciones derivadas del trabajo.
Un saludo
Jose maria cotize3meses al tener2hijos cobre paro solo3meses despues cobre el prepara y ahora a pasado6meses puedo echar la ayuda a parado de larga duracion o me la denegaran por no cotizar mas de 6 meses por favor ayudenme
Hola. La nueva ayuda no tiene nada k ver con cotzar 6 meses. Los principales requisitos son
Estar inscrito a 1 de diciembre del 2014 en el desempleo y estar 12 meses en los últimos 18 desempleado, a parte de cargas familiares k me has dicho k tienes.
Por lo k dices, si ya han pasado 6 meses del agotamiento del prepara, solicita la PAE,
Un saludo
Hola, solicité la ayuda para parados de larga duración, y cumpliendo con todos los requisitos, hay uno el cual me dicen que no lo cumplo y me la deniegan. El hecho de haber cobrado despues del PRODI, una prestación y un subsidio, yo he mirado en el BOE y entre los requisitos, se hace mención q haya agotado el PRODI mínimo hace 6 meses y lo cumplo, pues no entiendo por qué me la deniegan si no dice que haya sido lo ultimo que se cobre.
Hola. Es cierto k lo k comentas no viene en el BOE, por eso se han cambiado los requisitos y hace poco se cambio .
No se cuando te lo han denegado, pero echa una reclamación previa porque, ya no es requisito cobrar el prodi en ultimo lugar
Un saludo
He echado la solicitud del iprem usted crees que esta aprobado lo he solicitado enfebrero el 20del 2015
Hola Jose Maria. No se k pretendes k conteste, primero el iprwem no se solicita, y segundo no se nada de ti, es imposible saber exactactamente, cual es tu situación
Un saludo
Hola Jose .En mi caso he terminado mi prepara hace dos meses me quedan 4 aun para solicitar la PAE,ahora bien!! dicen que no puedo cobrar nada de salarios sociales ni nada.¿ como puedo aguantar cuatro meses mas asi? tengo dos hijos menores,aunque en junio esta la paga de los niños.ojala me salga trabajo pero es desesperante
Hola. Lo siento, pero es como te han dicho, tienen kpasaralmenos 6 meses desde el agotamiento del prepara.
Un saludo
tengo una pregunta si me puede ayudar.mi marido esta cobrando el subsidio y una empresa le ha dao de alta por un dia va tener problema con el cobro ? tiene que hacer todo el papeleo otra vez o como se hace?
Hola. No es que tenga problemas para el cobro, pero cuando se trabaja un dia o se trabajan 6 meses, da igual, tienes que ir a la oficina de empleo, darte de alta en la tarjeta de demandante de empleo y luego ir al sepe a que te reanuden la prestación porque seguramente la tendrás de baja por ese dia de trabajo. Sólo necesitas el certificado de empresa y ya está, y tienes 15 días desde la fecha de despido para solicitar la reanudación.
Un saludo
cuanto se tarda el cobrarla
Hola quisiera saber cuanto tiempo se tarda en empezar a cobrar la ayuda desde el momento en que se solicita. Gracias.
La nueva ayuda, se empieza a cobrar desde que se echa la BAE y no la solicitud, en el momento que tramitas la BAE, normalmente (depende de la comunidad) se te asigna un tutor y se empieza a cobrar.
Por lo tanto si has realizado el trámite de la BAE ahora en abril, empezarás a cobrar a partir del 10 de mayo.
Un saludo