En este artículo le explicamos el funcionamiento de la ayuda parados de larga duración, así como los días en que se están pagando en cada provincia.
Que es la Ayuda Parados de Larga Duración ?
Es una nueva prestación destinada a aquellos desempleados que hayan agotado todas las prestaciones a las que tuviera derecho. Hasta el momento solamente podría solicitar dos ayudas extraordinarias: la RAI y el Plan Prepara. Ahora tambien puede que le corresponda cobrar el Programa Extraordinario de Activación para el Empleo para los desempleados de Larga Duración. La principal novedad es que este Programa de Activación es compatible con un empleo por cuenta ajena (de momento no es posible cobrarla estando como autonomo), pensada para que los parados reciban ofertas de empleo acordes a su cualificación.
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El importe de esta ayuda es de 426 euros al mes.
Requisitos:
- Haber agotado el programa prepara, el PRODI o la tercera Renta Activa de Inserción RAI hace más de 6 meses, y además no tengan derecho a ninguna prestación por desempleo, subsidio o Renta Activa de Inserción
- Tener responsabilidades familiares
- No pueden
estar cobrando el salario social, Renta mínima o ayudas análogas concedidas por las comunidades autónomas o entidades locales
- Deben figurar como demandante de empleo y haber estado inscritos ininterrumpidamente durante al menos los 12 meses anteriores, salvo por haber encontrado un empleo de menos de 3 meses de duración
- Los beneficiarios deben suscribir un compromiso de actividad realizando las acciones que determinen los servicios públicos de empleo. Previamente deben haber realizado una búsqueda activa de empleo coma participar en acciones de políticas activas de empleo, así como no rechazar oferta adecuada de empleo
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- No tener ingresos superiores a 484 euros mensuales por cada miembro de la unidad familiar
- Estar inscrito ininterrumpidamente durante 12 meses como demandantes de empleo.
Duración: 6 meses
Para comprobar si le corresponde cobrar esta ayuda, tenemos esta guía:
| Beneficiarios: |
| Desempleados de larga duración |
- Haber cesado involuntariamente en un trabajo por cuenta ajena.
- Inscritos como demandantes de empleo a fecha 1 de diciembre de 2014.
- Haber estado inscritos al menos 12 de los 18 meses previos a la solicitud.
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| que han agotado sus ayudas por desempleo |
- Haber agotado hace al menos seis meses la tercera RAI, el PRODI o el PREPARA (excepto sanción o baja por causa imputable al beneficiario).
- Sin acceso a otras prestaciones o subsidios por desempleo.
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| y están en situación de necesidad. |
- Con cargas familiares
- No superan los umbrales de renta habituales para estas ayudas ni a nivel individual, ni a nivel de unidad familiar. Este requisito debe cumplirse durante toda la duración del programa.
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| Obligaciones: |
| En el plazo de un mes desde la solicitud |
- El solicitante realizará una búsqueda activa de empleo (BAE) y deberá acreditarla ante el SEPE.
- El Servicio público de empleo autonómico elaborará un itinerario personalizado de inserción (IPI) atendiendo al perfil del solicitante.
- El servicio de empleo autonómico le asignará un tutor individual.
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| Durante la participación en el programa |
- No rechazar ninguna oferta adecuada de empleo propuesta por los servicios de empleo o agencias colaboradoras.
- Realizar cualesquiera acciones de activación que le sean propuestas por los servicios de empleo y acreditarlo.
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| Compatibilidad con el empleo |
- El Programa permite compatibilizar hasta 5 meses la percepción de la ayuda de acompañamiento con el trabajo por cuenta ajena.
- El empresario descontará la cuantía de la ayuda económica del importe del salario
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| Cuantía y duración de la ayuda: |
| Ayuda económica 426€/mes |
- 80% del IPREM
- Incompatible con otras ayudas ligadas a programas de empleo y otras rentas mínimas si se superan los umbrales individuales y de núcleo familiar
- Durante un periodo máximo de seis meses.
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| Duración |
- Se podrá solicitar la admisión en el Programa desde el 15 de enero de 2015 al
15 de abril de 2016 (ampliado hasta el 15 de abril de 2017)
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Los beneficiarios de esta ayuda parados de larga duración deben haber agotado anteriormente la protección por desempleo.
Además, los que se acojan a este programa deberán acreditar de forma regular la búsqueda activa de empleo, asi como participar en acciones de inserción propuestas por los servicios de empleo.
La gestión de estas ayudas se harán a través de los servicios públicos de empleo de las comunidades autónomas, sus Oficinas de Empleo, y serán éstos los que trámiten el itinerario personalizado de inserción de cada demandante.
La ayuda será compatible con un empleo por cuenta ajena, si bien al sueldo que se perciba en ese trabajo se le descontará la ayuda.
El programa estará vigente desde el 15 de enero de 2015 hasta el 15 de abril de 2016 y se revisará su continuidad tres meses antes de su fnalización.
Comentarios destacados:
Flor: LA NUEVA AYUDA DEL GOBIERNO:No todo lo que reluce es oro. Vamos leyendo algunas cositas sobre la nueva ayuda, que como veréis es pura propaganda electoral, ya que se acercan las elecciones: ¿En qué consiste la Ayuda parados de larga duración? Se trata de un subsidio de 426 euros que podrán percibir durante seis meses los parados de larga duración. Además de la prestación económica, los servicios públicos de empleo tendrán que hacer un itinerario personalizado de cada beneficiario y ofrecerles servicios de orientación y formación para recualificarles.
La idea es, según han explicado los sindicatos, que estas personas reciban también ofertas de empleo acordes a su recualificación. De ser así, la prestación económica sería compatible con el empleo.
¿Quién puede cobrarla? Las personas que lleven al menos doce meses en el paro contando los últimos 18 meses. Esa situación de desempleo tiene que haber sido ocasionada por la pérdida de un trabajo, es decir, no es una prestación asistencial como puede serlo la Renta Activa de Inserción ni una ayuda para los que buscan su primer empleo. Hará falta también tener al menos un familiar a cargo. Los beneficiarios no pueden tener ingresos superiores al 75% del IPREM (unos 480 euros mensuales) y deben llevar al menos seis meses sin percibir ninguna prestación, un plazo que se ha reducido desde la anterior propuesta del Gobierno, que planteaba que hubiera transcurrido un año.
Jose Maria: Se necesitan muchos requisitos para esta nueva ayuda parados de larga duración y están muy bien explicados en esta página, pero uno de ellos es precisamente haber agotado PRODI, prepara o RAI y te repito uno de ellos es haber agotado el PRODI, que es la ayuda adicional que había antes del prepara. Si te ha dicho eso el funcionario, será mejor que se recicle un poco, porque es uno de los requisitos básicos. A modo resumen te digo el resto y si los cumples lo puedes echar.
Ojo, si después del prodi, has cobrado alguna otra prestación ya no podrías solicitar la nueva ayuda, el prodi, tiene que ser la última prestación cobrada, además de eso, no haber causado baja voluntaria en el último trabajo, tener cargas familiares, estar desempleado el 1 de diciembre del 2014 y llevar desempleado en los últimos 18 meses, al menos 1 año y no haber cobrado salarios sociales al menos los 6 meses anteriores.
Como puedes ver es lo mismo que tienes muy bien detallado en la página y te repito, el haber cobrado el prodi, ES PRECISAMENTE uno de los requisitos principales, además de los que te he comentado, mírate bien todos los requisitos de esta página y si crees que los cumples todos haz tu solicitud.
Fuentes: Comunicado ministerio Empleo
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mi mujer estaba cobrando el RAI y cuando tenia 6 meses cobrado, la contrataron durante 4 meses,una vez terminado el contrato hizo la solicitud del subsidio para mayores de 55 años,se supone que tenia suficiente con 4meses, pero en la oficina del paro le han dicho que son 6 meses los que tiene que cotizar para que le concedan dicho subsidio,como la funcionaria no lo tenia muy claro, la peticion se ha cursado,ahora hay que esperar la contestacion ,mi pregunta es: si ella consiguiera otro contrato de trabajo para completar los 6 meses que le piden ,el segundo contrato seria acumulativo con el primero ?. muchas gracias, un saludo
Hola Jaime, efectivamente el segundo contrato se le acumularía para el siguiente, pero no te va a hacer falta porque para el mayor de 55 años con 3 meses es suficiente, osea que por ese tema no te preocupes, para el resto de subsidios es verdad que hacen falta 6 meses salvo que tengas cargas familiares.
Si te ponen pegas, no cedas porque son 3 meses los necesarios para el mayor de 55 años.
Un saludo
Hola, soy un parado de larga duracion, mi prestacion contributiva (paro) se me acaba el 30 de septiembre de 2015,como tengo 59 años , ¿podre pedir el subsidio de mayor de 55 años? y si es asi,¿cuando podre solicitarlo?. muchas gracias.
Hola. Para solicitar el mayor de 55 años o cualquier otro tipo de subsidio por agotamiento del paro, tienes que estar un mes de espera desde el agotamiento y luego solicitar. En este caso como terminas el 30 de septiembre, a partir del 2 de noviembre ya puedes realizar la solicitud y tienes 15 días para hacerlo.
Un saludo
Buenas tardes. Estoy cobrando la nueva ayuda he conseguido un trabajo de 15 horas a la semana. Cobrare menos de 426, mi pregunta es como se compatibiliza? Y si se pueda parar la ayuda y reanudarla al final del contrato? que sera de tres meses.
Hola. Me imagino que te refieres a la nueva ayuda PAE. si es así, cobrarás el tanto por ciento trabajado y deberás comunicarlo a tu tutor para que el te realice la gestión.
Un saludo
Ah, perdon, y otra, esperar sin reanudar el subsidio 7 meses, es viable o es demasidado tiempo, y puedes perder el derecho , porque la otra opción de pedir la rai, es la más razonable creo, pero si después tienes que volver a cotizar los 90 días, ya no sé…me puedes aconsejar, muy gracias y perdón por tanta pregunta.
Hola Dolores. Voy a intentar explicarte un poco, lo que pasa es que me mezclas muchas cosas.
Las cotizaciones que hace tu marido, por ejemplo los 15 días no se pierden, se reanuda el subsidio y se guarda esas cotizaciones para solicitar un nuevo paro o subsidio cuando toque.
Las cotizaciones que tiene ahora tu marido se cuentan desde la última prestacion que tuvo que solicitar utilizando cotizaciones al desempleo, o bien paro o bien subsidio. todo que ha trabajado desde entonces le sirve, (según me dices unos 80 días).
A la pregunta si puede reanudar a la vuelta de 7 meses, te diré que sí que no hay problema, pero dentro de 7 meses tendría que trabajar al menos 1 día porque estaría fuera de plazo, pero a efectos de guardar las cotizaciones vale.
Si quieres que te dé una respuesta mas o menos concreta me deberias proporcionar tus datos y yo te digo como tienes todo
Me tendrías que dar nombre y apellidos fecha de nacimiento y provincia.
Un saludo
Te doy las gracias, Jose María con un poco de retraso por tu contestación, pero es que al estar los dos en el paro, son varias las dudas, y cuestiones a tener en cuenta, pero reitero, son de mucha ayuda tus respuestas, un saludo.
Aclaraciones:primero, el 20 de abril cumple los 55 años, y segundo en los últimos 5 años, ha trabajado contratos esporadicos de 15 días, interumpiendo el subsidio y reanudando, un total de 80 días, y como se necesitan 90 para solicitar el subsidio mayor de 55, por eso lo pregunto.
Hola José, a ver, mi duda ahora es: si a mi marido está en el último subsidio, en concreto le faltan 3 meses para que finalice, y ahora le han hecho un contrato de 15 días, mi pregunta es cuando se le termine tiene 2 opciones 1 reanudar, con lo cual ¿esos días los pierde y el contador se pone a cero, si vuelven a hacerle otros contratos futuros¿¿se pierden los días que trabajas cuando vuelves a reanudar el subsido? ¿ o se guardan, para tal efecto?, o no reanudar a efectos de que pasen 10 meses que le faltan en contreto el 20 de abril del 2016, para solicitar el subsido de mas de 55 años?,que es lo mejor? un saludo
Aquí igual
Hola llevo mas de 2 años parado, tengo 2 hijos a mi cargo, y voy al inem y me disen q no me corresponde ninguna ayuda, porque cuando estaba cobrando la ayuda faltaba una semana para terminar de cobrar la ayuda y me dieron de alta en un trabajo, ahora ya tengo 45 años me correspondera alguna ayuda?
Hola. Es verdad que si te queda una semana de subsidio no puedes solicitar la RAI, que me imagino es por lo que preguntas. Pero si se te quedó esa semana porque no fuiste a reanudar por un trabajo, tampoco tiene tan mala solución, tienes que solicitar la reanudación por el trabajo que realizaste, lógicamente estarás fuera de plazo pero te lo tienen que resolver con días consumidos y tendrás el subsidio agotado.
A partir de ahí ya podrás solicitar prepara o RAI, depende de las circunstancias, pero primero tienes que solicitar el subsidio con dias consumidos.
Un saludo
Hola,estoy cobrando la RAI,la primera y tengo 53 años,cuando termine me faltan 9 meses para los 55 años,en ese tiempo si me contratan,puedo pasar a la ayuda de los 55 años,estoy sola sin cargas familiares,Que tiempo me deben contratar 3 o´ 6 meses,Gracias de antemano/o tengo que esperar cobrar las 3 RAI?
Hola. Cuando tengas 3 meses cotizados ( son 3 solamente, aunque no tengas cargas familiares) independientemente de que cobres o no cobres la RAI, solicita el subsidio para mayores de 55 años.
Un saludo
Hola José María
Dé antemano agradecerte todo lo que nos estas ayudando.
Mi pregunta es ayer presente la solicitud de esta ayuda y la persona que me atendio me dijo que la ayuda se aprueba cuando te llama la orientadora que suele ser en diez días y que no sabe cuando cobraría el 19 de junio tengo que entregar la BAE soy de Madrid.
Esto es como me han dicho porque tú lo que dices Es que se aprueba cuando se entrega la BAE
Hola. Cuando se entrega la solicitud y ves k tienes derecho se mecaniza una previa y cuando entregas la BAE se hace la mecanización definitiva y el inicio del cobro. Igno4o si en otras comunidades se hace de forma distinta, que no creo,porque los orientadores pertenecen a las comunidades autónomas, pero hasta k no mecanizados nosotros lka definitiva y eso es al entregar la BAE, no se empieza a cobrar
Un saludo