Ayuda parados de larga duración

Ayuda parados larga duracion

En este artículo le explicamos el funcionamiento de la ayuda parados de larga duración, así como los días en que se están pagando en cada provincia.

Contenido del artículo

Que es la Ayuda Parados de Larga Duración ?

Es una nueva prestación destinada a aquellos desempleados que hayan agotado todas las prestaciones a las que tuviera derecho.  Hasta el momento solamente podría solicitar dos ayudas extraordinarias: la RAI y el Plan Prepara. Ahora tambien puede que le corresponda cobrar el Programa Extraordinario de Activación para el Empleo para los desempleados de Larga Duración. La principal novedad es que este Programa de Activación es  compatible con un empleo por cuenta ajena (de momento no es posible cobrarla estando como autonomo), pensada para que los parados reciban ofertas de empleo acordes a su cualificación.
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El importe de esta ayuda es de 426 euros al mes.

Requisitos:

  • Haber agotado el programa prepara, el PRODI o la tercera Renta Activa de Inserción RAI hace más de 6 meses, y además no tengan derecho a ninguna prestación por desempleo, subsidio o Renta Activa de Inserción
  • Tener responsabilidades familiares
  • No pueden Ayuda parados de larga duraciónestar cobrando el salario social, Renta mínima o ayudas análogas concedidas por las comunidades autónomas o entidades locales
  • Deben figurar como demandante de empleo  y haber estado inscritos ininterrumpidamente durante al menos los 12 meses anteriores, salvo por haber encontrado un empleo de menos de 3 meses de duración
  • Los beneficiarios deben suscribir un compromiso de actividad realizando las acciones que determinen los servicios públicos de empleo. Previamente deben haber realizado una búsqueda activa de empleo coma participar en acciones de políticas activas de empleo, así como no rechazar oferta adecuada de empleo

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  • No tener ingresos superiores a 484 euros mensuales por cada miembro de la unidad familiar
  • Estar inscrito ininterrumpidamente durante 12 meses como demandantes de empleo.

Duración: 6 meses

Para comprobar si le corresponde cobrar esta ayuda, tenemos esta guía:

Beneficiarios:
Desempleados de larga duración
  • Haber cesado involuntariamente en un trabajo por cuenta ajena.
  • Inscritos como demandantes de empleo a fecha 1 de diciembre de 2014.
  • Haber estado inscritos al menos 12 de los 18 meses previos a la solicitud.
que han agotado sus ayudas por desempleo
  • Haber agotado hace al menos seis meses la tercera RAI, el PRODI o el PREPARA (excepto sanción o baja por causa imputable al beneficiario).
  • Sin acceso a otras prestaciones o subsidios por desempleo.
y están en situación de necesidad.
  • Con cargas familiares
  • No superan los umbrales de renta habituales para estas ayudas ni a nivel individual, ni a nivel de unidad familiar. Este requisito debe cumplirse durante toda la duración del programa.
Obligaciones:
En el plazo de un mes desde la solicitud
  • El solicitante realizará una búsqueda activa de empleo (BAE) y deberá acreditarla ante el SEPE.
  • El Servicio público de empleo autonómico elaborará un itinerario personalizado de inserción (IPI) atendiendo al perfil del solicitante.
  • El servicio de empleo autonómico le asignará un tutor individual.
Durante la participación en el programa
  • No rechazar ninguna oferta adecuada de empleo propuesta por los servicios de empleo o agencias colaboradoras.
  • Realizar cualesquiera acciones de activación que le sean propuestas por los servicios de empleo y acreditarlo.
Compatibilidad con el empleo
  • El Programa permite compatibilizar hasta 5 meses la percepción de la ayuda de acompañamiento con el trabajo por cuenta ajena.
  • El empresario descontará la cuantía de la ayuda económica del importe del salario
Cuantía y duración de la ayuda:
Ayuda económica 426€/mes
  • 80% del IPREM
  • Incompatible con otras ayudas ligadas a programas de empleo y otras rentas mínimas si se superan los umbrales individuales y de núcleo familiar
  • Durante un periodo máximo de seis meses.
Duración
  • Se podrá solicitar la admisión en el Programa desde el 15 de enero de 2015 al 15 de abril de 2016 (ampliado hasta el 15 de abril de 2017)

Los beneficiarios de esta ayuda parados de larga duración deben haber agotado anteriormente la protección por desempleo.

Además, los que se acojan a este programa deberán acreditar de forma regular la búsqueda activa de empleo, asi como participar en acciones de inserción propuestas por los servicios de empleo.

La gestión de estas ayudas se harán a través de los servicios públicos de empleo de las comunidades autónomas, sus Oficinas de Empleo, y serán éstos los que trámiten el itinerario personalizado de inserción de cada demandante.

La ayuda será compatible con un empleo por cuenta ajena, si bien al sueldo que se perciba en ese trabajo se le descontará la ayuda.

El programa estará vigente desde el 15 de enero de 2015 hasta el 15 de abril de 2016 y se revisará su continuidad tres meses antes de su fnalización.

Comentarios destacados:

Fuentes: Comunicado ministerio Empleo

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716 comentarios sobre «Ayuda parados de larga duración»

  1. Hola, estoy embarazada y doy a luz a finales de noviembre. estoy con el plan de los 426€ desde julio. Mi pregunta es ¿tengo que hacer algo para darme de baja por maternidad? ¿hay alguna otra ayuda que pueda darse inmediatamente después del parto? Entiendo que la ayuda de 426€ me llega hasta diciembre.

  2. Hola mi marido entrego la solicitud el 16 de junio de la nueva ayuda a parados lo llamaron de la inen a los 10 dias entonces k lo tiene ke llamar otra vez

    1. Hola. Despues de solicitar, al mes tendrá que entregar la BAE, seguramente no lo llamaron del inem, sino del servicio de empleo autonómico, que son los que le llevarán el seguimiento.
      Un saludo

  3. Hola mi marido acaba este mes el prepara.tendra que espera para esta ayuda 6 meses ?.somos familia numerosa

    1. Hola. Efectivamente tendrás que esperar 6 meses desde el agotamiento, para poder solicitar la nueva ayuda de 6 meses.
      Un saludo

  4. Hola hace un mes estoy cobrando la ayuda para parados de larga duración. Hace un año me apunté a unos cursos que al día de hoy no me interesan. Me han mandado una carta que me tengo que presentar ,en el caso que no pueda hacerlos me traería alguna consecuencia
    GRACIAS.

    1. Hola. No tiene que haber ningún problema por no poder realizar un curso o varios cursos de formación.
      Un saludo

  5. Hola, muy buenas. Tengo una duda q ver si me puedes ayudar, estoy cobrando la ayuda de los 426 euros para parados de larga duración. El caso es que mediante la oficina de empleo me han llamado del ayuntamiento para trabajar unos meses, me dijo mi orientadora laboral que si me contrataban en alguna empresa, comunicara que se podían beneficiar de mi ayuda y el servicio publico seguir pagandome la ayuda y la empresa el resto hasta totalizar el sueldo. Mi pregunta es, siendo en ayuntamiento el que me me va a contratar que es un organismo público, también se puede acoger a esto? O sólo es en caso de que me contrate una empresa privada? Gracias

    1. Hola. Efectivamente tienes razón, al ser un ayuntamiento el que te contrata, no entra en el supuesto de las ayudas a la contratación. El ayuntamiento es un organismo público, por lo tanto no sirve en este caso.
      Un saludo

  6. Si estoy cobrando la RAI o PREPARA, o otra ayuda…puedo irme de vacaciones??.
    Soy de Palencia y queria descansar unos dias en casa de mis padres en Valencia.
    Gracias

    1. Hola. el problema en estos casos es que el SEPE te mande una carta pidiendote que te presentes en la oficina, por tema de algún control etc, si no recoges la carta y no acudes a la oficina se te sancionaría, ese es el problema que puedes tener.
      Si hay alguien que te recoja las cartas y te pueda avisar, no hay problema.
      Un saludo

  7. Soy de Paterna (Valencia )llevo parada 6 años y quisiera saber si tengo derecho alguna all uda tng 39 años y una hija de 14 años y no tng ingresos.Muchas gracias espero respuesta

    1. Hola. Salvo que tengas minusvalía del 33 por ciento o superior o hayas sido víctima de violencia de género, sólo en estos 2 supuestos te podría corresponder la RAI, con el tiempo que llevas parada y la edad, no te corresponde ninguna prestación del SEPE.
      un saludo

  8. hola me llamo susana,he cobrado los dos años de paro y seis meses de la ayuda del gobierno de canarias,estuve trabajando 15 dias en una empresa de trabajo temporal y me gustaria saber si puedo opatar a alguna ayuda ,y no tengo hijos.

    1. Hola, entiendo que no tienes cargas familiares , ni tampoco eres mayor de 45 años, si es así, tendrias que cotizar al menos 6 meses, y por lo que dices solo has cotizado 15 días, por lo tanto no tendrías derecho a ninguna prestación.
      Un saludo

  9. Buen dia, me aprobaron la rai y la estoy cobrando. por motivos de la boda de mi hija en Italia, necesito salir 10 dias, se que tengo que comunicarlo en mi oficina de empleo, el problema es que no se si te dan el permiso por ese motivo o no. gracias

    1. Hola. Si el permiso lo pides con una duración máxima de 15 días la prestación no se interrumpe, de 15 días a 3 meses, se interrumpe y la reanudas cuando vuelvas del extranjero, por lo que dices, si lo comunicas , no se te vería afectada la prestación.
      Un saludo

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