En este artículo le explicamos el funcionamiento de la ayuda parados de larga duración, así como los días en que se están pagando en cada provincia.
Que es la Ayuda Parados de Larga Duración ?
Es una nueva prestación destinada a aquellos desempleados que hayan agotado todas las prestaciones a las que tuviera derecho. Hasta el momento solamente podría solicitar dos ayudas extraordinarias: la RAI y el Plan Prepara. Ahora tambien puede que le corresponda cobrar el Programa Extraordinario de Activación para el Empleo para los desempleados de Larga Duración. La principal novedad es que este Programa de Activación es compatible con un empleo por cuenta ajena (de momento no es posible cobrarla estando como autonomo), pensada para que los parados reciban ofertas de empleo acordes a su cualificación.
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El importe de esta ayuda es de 426 euros al mes.
Requisitos:
- Haber agotado el programa prepara, el PRODI o la tercera Renta Activa de Inserción RAI hace más de 6 meses, y además no tengan derecho a ninguna prestación por desempleo, subsidio o Renta Activa de Inserción
- Tener responsabilidades familiares
- No pueden
estar cobrando el salario social, Renta mínima o ayudas análogas concedidas por las comunidades autónomas o entidades locales
- Deben figurar como demandante de empleo y haber estado inscritos ininterrumpidamente durante al menos los 12 meses anteriores, salvo por haber encontrado un empleo de menos de 3 meses de duración
- Los beneficiarios deben suscribir un compromiso de actividad realizando las acciones que determinen los servicios públicos de empleo. Previamente deben haber realizado una búsqueda activa de empleo coma participar en acciones de políticas activas de empleo, así como no rechazar oferta adecuada de empleo
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- No tener ingresos superiores a 484 euros mensuales por cada miembro de la unidad familiar
- Estar inscrito ininterrumpidamente durante 12 meses como demandantes de empleo.
Duración: 6 meses
Para comprobar si le corresponde cobrar esta ayuda, tenemos esta guía:
| Beneficiarios: |
| Desempleados de larga duración |
- Haber cesado involuntariamente en un trabajo por cuenta ajena.
- Inscritos como demandantes de empleo a fecha 1 de diciembre de 2014.
- Haber estado inscritos al menos 12 de los 18 meses previos a la solicitud.
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| que han agotado sus ayudas por desempleo |
- Haber agotado hace al menos seis meses la tercera RAI, el PRODI o el PREPARA (excepto sanción o baja por causa imputable al beneficiario).
- Sin acceso a otras prestaciones o subsidios por desempleo.
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| y están en situación de necesidad. |
- Con cargas familiares
- No superan los umbrales de renta habituales para estas ayudas ni a nivel individual, ni a nivel de unidad familiar. Este requisito debe cumplirse durante toda la duración del programa.
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| Obligaciones: |
| En el plazo de un mes desde la solicitud |
- El solicitante realizará una búsqueda activa de empleo (BAE) y deberá acreditarla ante el SEPE.
- El Servicio público de empleo autonómico elaborará un itinerario personalizado de inserción (IPI) atendiendo al perfil del solicitante.
- El servicio de empleo autonómico le asignará un tutor individual.
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| Durante la participación en el programa |
- No rechazar ninguna oferta adecuada de empleo propuesta por los servicios de empleo o agencias colaboradoras.
- Realizar cualesquiera acciones de activación que le sean propuestas por los servicios de empleo y acreditarlo.
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| Compatibilidad con el empleo |
- El Programa permite compatibilizar hasta 5 meses la percepción de la ayuda de acompañamiento con el trabajo por cuenta ajena.
- El empresario descontará la cuantía de la ayuda económica del importe del salario
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| Cuantía y duración de la ayuda: |
| Ayuda económica 426€/mes |
- 80% del IPREM
- Incompatible con otras ayudas ligadas a programas de empleo y otras rentas mínimas si se superan los umbrales individuales y de núcleo familiar
- Durante un periodo máximo de seis meses.
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| Duración |
- Se podrá solicitar la admisión en el Programa desde el 15 de enero de 2015 al
15 de abril de 2016 (ampliado hasta el 15 de abril de 2017)
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Los beneficiarios de esta ayuda parados de larga duración deben haber agotado anteriormente la protección por desempleo.
Además, los que se acojan a este programa deberán acreditar de forma regular la búsqueda activa de empleo, asi como participar en acciones de inserción propuestas por los servicios de empleo.
La gestión de estas ayudas se harán a través de los servicios públicos de empleo de las comunidades autónomas, sus Oficinas de Empleo, y serán éstos los que trámiten el itinerario personalizado de inserción de cada demandante.
La ayuda será compatible con un empleo por cuenta ajena, si bien al sueldo que se perciba en ese trabajo se le descontará la ayuda.
El programa estará vigente desde el 15 de enero de 2015 hasta el 15 de abril de 2016 y se revisará su continuidad tres meses antes de su fnalización.
Comentarios destacados:
Flor: LA NUEVA AYUDA DEL GOBIERNO:No todo lo que reluce es oro. Vamos leyendo algunas cositas sobre la nueva ayuda, que como veréis es pura propaganda electoral, ya que se acercan las elecciones: ¿En qué consiste la Ayuda parados de larga duración? Se trata de un subsidio de 426 euros que podrán percibir durante seis meses los parados de larga duración. Además de la prestación económica, los servicios públicos de empleo tendrán que hacer un itinerario personalizado de cada beneficiario y ofrecerles servicios de orientación y formación para recualificarles.
La idea es, según han explicado los sindicatos, que estas personas reciban también ofertas de empleo acordes a su recualificación. De ser así, la prestación económica sería compatible con el empleo.
¿Quién puede cobrarla? Las personas que lleven al menos doce meses en el paro contando los últimos 18 meses. Esa situación de desempleo tiene que haber sido ocasionada por la pérdida de un trabajo, es decir, no es una prestación asistencial como puede serlo la Renta Activa de Inserción ni una ayuda para los que buscan su primer empleo. Hará falta también tener al menos un familiar a cargo. Los beneficiarios no pueden tener ingresos superiores al 75% del IPREM (unos 480 euros mensuales) y deben llevar al menos seis meses sin percibir ninguna prestación, un plazo que se ha reducido desde la anterior propuesta del Gobierno, que planteaba que hubiera transcurrido un año.
Jose Maria: Se necesitan muchos requisitos para esta nueva ayuda parados de larga duración y están muy bien explicados en esta página, pero uno de ellos es precisamente haber agotado PRODI, prepara o RAI y te repito uno de ellos es haber agotado el PRODI, que es la ayuda adicional que había antes del prepara. Si te ha dicho eso el funcionario, será mejor que se recicle un poco, porque es uno de los requisitos básicos. A modo resumen te digo el resto y si los cumples lo puedes echar.
Ojo, si después del prodi, has cobrado alguna otra prestación ya no podrías solicitar la nueva ayuda, el prodi, tiene que ser la última prestación cobrada, además de eso, no haber causado baja voluntaria en el último trabajo, tener cargas familiares, estar desempleado el 1 de diciembre del 2014 y llevar desempleado en los últimos 18 meses, al menos 1 año y no haber cobrado salarios sociales al menos los 6 meses anteriores.
Como puedes ver es lo mismo que tienes muy bien detallado en la página y te repito, el haber cobrado el prodi, ES PRECISAMENTE uno de los requisitos principales, además de los que te he comentado, mírate bien todos los requisitos de esta página y si crees que los cumples todos haz tu solicitud.
Fuentes: Comunicado ministerio Empleo
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OK, pues me gusta mas la segunda, pero te lo comento, porque la persona que me atendio, me dijo que la segunda opcion pueda levantar suspicacias y la deniegen, cosa que no termino de entender, crees que esto no es asi?? muchas gracias por tu tiempo.
Hola. Afortunadamente en el SEPE, nos regimos por la legalidad, no por las suspicacias, no te puedes imaginar la cantidad de expedientes que se podrían denegar por las suspicacias, pero no es el caso.
Te repito, que hagas lo que mejor te vaya, porque cualquiera de las 2 opciones son válidas y si reunes el resto de los requisitos no vas a tener problema, aunque el funcionario sea muy suspicaz.
No te preocupes por nada y haz lo que tú creas conveniente, porque no vas a tener ningún problema..
Un salduo
Muchas gracias por tu respuesta, te comento, que criterio es mejor paralizar el subsidio actual hasta tener la edad 55 , y aposteriori reanudar o pedir la rai y cuando tengas los 55 cotizar tres meses y pedir el subsidio esta ultima opcion conlleva algun riesgo de que te lo deniegen, un saludo
Hola. Dá igual la solución que adoptes, tanto suspender el subsidio y luego reanudar , como agotar subsidio, solicitar la RAI y cotizar 3 meses para poder solicitar el subsidio, son válidas. No influye para nada que adoptes una solución u otra, son 2 vías distintas pero ninguna tiene ningún problema para acceder al mayor de 55 años, cumpliendo el resto de los requisitos.
Por lo tanto adopta la medida que creas va a ser más fácil para tí, porque cualquiera de las 2 te van a servir.
Un saludo
Buenas keria saber si entrege ya todos los papeles con los cuyos de las empresas el día 30 de julio si este mes ya los cobraré lo tengo aceptado
Hola Jose Maria, me han pedido un convenio regulador para la solicitud de parados de larga duración, He tenido que nombrar un abogado y me ha dado unos papeles de que ya está en marcha el convenio regulador. Me servirán esos papeles para solicitar ya la ayuda.
Hola. Para que tenga validez el convenio regulador, al menos el juez ha tenido que admitir a trámite dicha petición, pregúntale al abogado si el juez a admitido a trámite tú petición, porque con eso ya será suficiente.
Un saludo
¡¡gracias Jose María ¡¡ me he dado cuenta que no tiene la firma del procurador, ya te cuento el lunes que tengo cita en el Sepe.Ahora llamaré al abogado a ver que dice…
Hola tengo 58 años discapacidad 41% con todas las prestaciones agotadas vivo con mi madre y vivimos de una pension no contributiva 366.90 euros tengo derecho solicitar prestación INEM
Hola. Cuando dices que tienes todas las prestaciones agotadas, me imagino que te refieres a paro y a subsidio por agotamiento de paro. Como no me das más información tengo que decirte que lo único que podrías pedir es la RAI, 3 años a 426 euros, si llevas un año seguido sellando. Si ya has agotado también esta prestación las 3 me refiero, ya no tendrías otra prestación, salvo por trabajo, porque por lo que me dices no tienes cargas familiares y hay una ayuda de 6 meses, pero hace falta este requisito.
Un saludo
Hola, hace 7 meses solicite la ayuda RAI y me la concedieron. A los 15 días de esto, entre en un taller de empleo organizado por el sevef y el ayuntamiento de mi localidad. Me presente en la oficina del servef para parar la RAI y me dijeron que esta ayuda no se puede parar, que cobraría una parte proporcional dependiendo de el salario (este era el sueldo minimo interprofesional de 8 horas)
A los seis meses (una vez terminado el taller de empleo) me presento en la oficina de empleo para pedir que me vuelvan a pagar la totalidad de la ayuda hasta los once meses, y me dicen que no me la van de dar por haber trabajado 6 meses.(con un contrato que no cotiza para el desempleo, no tengo derecho a paro) y ademas me informan que es posible que tenga que devolver lo que he cobrado de RAI.
Mi pregunta es ¿ahora no puedo solicitar/cobrar la RAI hasta pasado un año? y otra pregunta, tampoco puedo solicitar la ayuda de mayores de 55 años, porque no tengo 3 meses cotizados, a pesar de tener 22 años cotizados antes de solicitar la RAI.
Muchas gracias, un saludo
Hola Rosa. Tengo que decirte que lamentablemente es tal y como lo cuentas.
Los talleres de empleo se considera tiempo trabajado, a pesar de no cotizar al desempleo y si que hay que suspender la RAI cuando se empieza a hacer dichos talleres y por lo tanto si has seguido cobrando los 426 erusos, te los harán devolver.
Es verdad que no cotiza al desempleo y por lo tanto no podrás acceder al mayor de 55 años y para poder solicitar una nueva RAI , tendrás que esperar un año desde que terminaste el taller de empleo si sacaste la tarjeta de desempleo a continuación.
Siento decirte lo que ya sabías, pero es tal y como te lo han contado.
Un saludo
Que mal me he expresado, es por el movil, que debida paralizar mi actual subsidio con unos dias antes de finalizar y no renovar hasta tener los 55 con otro contrato de minimos o poder tener contrato de unos 3 meses cosa que no veo probable si no es en la agricultura, es asi? Un saludo.
Hola, creo entenderte. Creo que tienes un subsidio, pero se te acaba antes de hacer los 55 años y quieres alargar el subsidio para poder alcanzar dicha edadd.
En ese caso si es para reanudar sí que te vale una jornada del campo, para poder cortarlo o reanudarlo, y cuando cumplas la edad puedes volver a trabajar y reanudar el subsidio.
Un saludo
Una pregunta el reg de la agricultura. No genera derecho a subsidio es asi? Pues me hace falta para pedir el de mayor de 55 un saludo y en la oficina me dijero que no debia darme 1 dia de alta y aposteriori no volver a reanudar, hasta tener los 55, dejando de cobrar y no solicitando la rai, es asi? O hay otra solucion? Un saludo y gracias por tus respuestas
Hola, queria saber si tengo derecho a los 426 € tengo 2 hijos y trabajo solo 3 horas diarias como empleada de hogar, pero esta por finalizar mi contrato. no tengo ni 1 mes, y trabaje 1 semana en un restaurante pero solo me aseguraron 2 horas. sera que tengo derecho a la prestación? muchas gracias y espero una pronta respuesta
Hola. Lo cotizado como empleada de hogar no sirve para ninguna prestación, pues no cotiza al desempleo, y el resto, tienes que tener un mínimo de 3 meses para tener derecho a un subsidio de 3 meses de duración, por lo tanto y por lo que me cuentas, no tendrías derecho a ninguna prestación por tu trabajo.
Un saludo
ya me queda solo un mes de la ayuda de seis meses de 426 euros , no encontré trabajo y no tengo ningún ingreso hay alguna otra ayuda? gracias
Si te refieres a la nueva ayuda llamada PAE , no hay otra ayuda adicional, pues esta es una adicional a otra adicional. Si tienes 45 años o minusvalía, pregunta por la RAI, pero si hubieras tenido derecho a esta, no te hubieran concedido la PAE, por lo tanto lo veo complicado.
Un saludo