En este artículo le explicamos el funcionamiento de la ayuda parados de larga duración, así como los días en que se están pagando en cada provincia.
Que es la Ayuda Parados de Larga Duración ?
Es una nueva prestación destinada a aquellos desempleados que hayan agotado todas las prestaciones a las que tuviera derecho. Hasta el momento solamente podría solicitar dos ayudas extraordinarias: la RAI y el Plan Prepara. Ahora tambien puede que le corresponda cobrar el Programa Extraordinario de Activación para el Empleo para los desempleados de Larga Duración. La principal novedad es que este Programa de Activación es compatible con un empleo por cuenta ajena (de momento no es posible cobrarla estando como autonomo), pensada para que los parados reciban ofertas de empleo acordes a su cualificación.
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El importe de esta ayuda es de 426 euros al mes.
Requisitos:
- Haber agotado el programa prepara, el PRODI o la tercera Renta Activa de Inserción RAI hace más de 6 meses, y además no tengan derecho a ninguna prestación por desempleo, subsidio o Renta Activa de Inserción
- Tener responsabilidades familiares
- No pueden
estar cobrando el salario social, Renta mínima o ayudas análogas concedidas por las comunidades autónomas o entidades locales
- Deben figurar como demandante de empleo y haber estado inscritos ininterrumpidamente durante al menos los 12 meses anteriores, salvo por haber encontrado un empleo de menos de 3 meses de duración
- Los beneficiarios deben suscribir un compromiso de actividad realizando las acciones que determinen los servicios públicos de empleo. Previamente deben haber realizado una búsqueda activa de empleo coma participar en acciones de políticas activas de empleo, así como no rechazar oferta adecuada de empleo
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- No tener ingresos superiores a 484 euros mensuales por cada miembro de la unidad familiar
- Estar inscrito ininterrumpidamente durante 12 meses como demandantes de empleo.
Duración: 6 meses
Para comprobar si le corresponde cobrar esta ayuda, tenemos esta guía:
| Beneficiarios: |
| Desempleados de larga duración |
- Haber cesado involuntariamente en un trabajo por cuenta ajena.
- Inscritos como demandantes de empleo a fecha 1 de diciembre de 2014.
- Haber estado inscritos al menos 12 de los 18 meses previos a la solicitud.
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| que han agotado sus ayudas por desempleo |
- Haber agotado hace al menos seis meses la tercera RAI, el PRODI o el PREPARA (excepto sanción o baja por causa imputable al beneficiario).
- Sin acceso a otras prestaciones o subsidios por desempleo.
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| y están en situación de necesidad. |
- Con cargas familiares
- No superan los umbrales de renta habituales para estas ayudas ni a nivel individual, ni a nivel de unidad familiar. Este requisito debe cumplirse durante toda la duración del programa.
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| Obligaciones: |
| En el plazo de un mes desde la solicitud |
- El solicitante realizará una búsqueda activa de empleo (BAE) y deberá acreditarla ante el SEPE.
- El Servicio público de empleo autonómico elaborará un itinerario personalizado de inserción (IPI) atendiendo al perfil del solicitante.
- El servicio de empleo autonómico le asignará un tutor individual.
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| Durante la participación en el programa |
- No rechazar ninguna oferta adecuada de empleo propuesta por los servicios de empleo o agencias colaboradoras.
- Realizar cualesquiera acciones de activación que le sean propuestas por los servicios de empleo y acreditarlo.
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| Compatibilidad con el empleo |
- El Programa permite compatibilizar hasta 5 meses la percepción de la ayuda de acompañamiento con el trabajo por cuenta ajena.
- El empresario descontará la cuantía de la ayuda económica del importe del salario
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| Cuantía y duración de la ayuda: |
| Ayuda económica 426€/mes |
- 80% del IPREM
- Incompatible con otras ayudas ligadas a programas de empleo y otras rentas mínimas si se superan los umbrales individuales y de núcleo familiar
- Durante un periodo máximo de seis meses.
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| Duración |
- Se podrá solicitar la admisión en el Programa desde el 15 de enero de 2015 al
15 de abril de 2016 (ampliado hasta el 15 de abril de 2017)
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Los beneficiarios de esta ayuda parados de larga duración deben haber agotado anteriormente la protección por desempleo.
Además, los que se acojan a este programa deberán acreditar de forma regular la búsqueda activa de empleo, asi como participar en acciones de inserción propuestas por los servicios de empleo.
La gestión de estas ayudas se harán a través de los servicios públicos de empleo de las comunidades autónomas, sus Oficinas de Empleo, y serán éstos los que trámiten el itinerario personalizado de inserción de cada demandante.
La ayuda será compatible con un empleo por cuenta ajena, si bien al sueldo que se perciba en ese trabajo se le descontará la ayuda.
El programa estará vigente desde el 15 de enero de 2015 hasta el 15 de abril de 2016 y se revisará su continuidad tres meses antes de su fnalización.
Comentarios destacados:
Flor: LA NUEVA AYUDA DEL GOBIERNO:No todo lo que reluce es oro. Vamos leyendo algunas cositas sobre la nueva ayuda, que como veréis es pura propaganda electoral, ya que se acercan las elecciones: ¿En qué consiste la Ayuda parados de larga duración? Se trata de un subsidio de 426 euros que podrán percibir durante seis meses los parados de larga duración. Además de la prestación económica, los servicios públicos de empleo tendrán que hacer un itinerario personalizado de cada beneficiario y ofrecerles servicios de orientación y formación para recualificarles.
La idea es, según han explicado los sindicatos, que estas personas reciban también ofertas de empleo acordes a su recualificación. De ser así, la prestación económica sería compatible con el empleo.
¿Quién puede cobrarla? Las personas que lleven al menos doce meses en el paro contando los últimos 18 meses. Esa situación de desempleo tiene que haber sido ocasionada por la pérdida de un trabajo, es decir, no es una prestación asistencial como puede serlo la Renta Activa de Inserción ni una ayuda para los que buscan su primer empleo. Hará falta también tener al menos un familiar a cargo. Los beneficiarios no pueden tener ingresos superiores al 75% del IPREM (unos 480 euros mensuales) y deben llevar al menos seis meses sin percibir ninguna prestación, un plazo que se ha reducido desde la anterior propuesta del Gobierno, que planteaba que hubiera transcurrido un año.
Jose Maria: Se necesitan muchos requisitos para esta nueva ayuda parados de larga duración y están muy bien explicados en esta página, pero uno de ellos es precisamente haber agotado PRODI, prepara o RAI y te repito uno de ellos es haber agotado el PRODI, que es la ayuda adicional que había antes del prepara. Si te ha dicho eso el funcionario, será mejor que se recicle un poco, porque es uno de los requisitos básicos. A modo resumen te digo el resto y si los cumples lo puedes echar.
Ojo, si después del prodi, has cobrado alguna otra prestación ya no podrías solicitar la nueva ayuda, el prodi, tiene que ser la última prestación cobrada, además de eso, no haber causado baja voluntaria en el último trabajo, tener cargas familiares, estar desempleado el 1 de diciembre del 2014 y llevar desempleado en los últimos 18 meses, al menos 1 año y no haber cobrado salarios sociales al menos los 6 meses anteriores.
Como puedes ver es lo mismo que tienes muy bien detallado en la página y te repito, el haber cobrado el prodi, ES PRECISAMENTE uno de los requisitos principales, además de los que te he comentado, mírate bien todos los requisitos de esta página y si crees que los cumples todos haz tu solicitud.
Fuentes: Comunicado ministerio Empleo
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Yo ya he terminado la ayuda familiar ya no estoy cobrando nada desde julio
Hola Maria Jose. Me dices cosas con cuentagotas y no es posible contratarte con certeza.
Primero, supongo k tienes cargas porque dijiste k reunías todos requisitos
Segundo, es verdad k si has cobrado subsidio despues del prepara ya no te corresponde la ayuda
Tercero, luego dices 6 meses y ya dudo si tienes cargas familiares
Cuarto, también es importante la edad por si te corresponde raíz.
Lo k te kiero decir Maria Jose es k para darte una posible solución, no para la nueva ayuda,k te repito no tienes derecho, sino para otra cosa k puedas solicitar, es muy importante la unidad familiar,ingresos,periodo concedido de subsidio,etc.
Un saludo
Seis meses
Hola Maria José : Si el trabajo fue de 6 meses te corresponden 21 meses de subsidio, porque se entiende que tienes cargas familiares, la cuenta tiene que ser la siguiente.
Para poder solicitar la nueva ayuda tendrías que dejar pasar 21 meses y un día desde que dejaste de trabajar, mientras no pase ese tiempo se entiende que te queda subsidio por cobrar y que lo puedes solicitar aunque se te consuma tiempo.
No sé cuando dejaste de trabajar, pero como te digo tienes que dejar un mínimo de 21 meses para consumir teóricamente este subsidio, y poder solicitar la nueva ayuda.
Un saludo
Hola soy maría José yo pedí cita y me dijeron que no podía cobrar la nueva ayuda.Por que primero cobre el prepara y después me llamaron para trabajar después me despidieron del trabajo entonces tenía derecho a cobrar la ayuda familiar y por eso me han dicho que no tengo derecho. Y cumplo todos los requisitos
Buenas tardes maria jose, Una pregunta:
¿Que fueron mas de tres meses trabajados despues de cobrar el prepara?
Hola Maria José: Necesito saber cuando terminaste de trabajar y a cuanto tiempo te dá derecho la nueva prestación.
Es verdad que un requisito es haber cobrado el prepara, pero también es verdad que se luego trabajas y generas un derecho a paro o subsidio, el que sea, estás obligado a solicitar eses subsidio aunque tú en ese momento no lo creas necesario, solamente podrás solicitar esa ayuda si pasa el tiempo que hubiera pasado si realmente hubieras solicitado esa ayuda, por eso te digo que necesito saber cuanto te hubiera correspondido.
Por ejemplo si te correspondiera un subsidio de 3 meses, cuando acabara ese tiempo podrías solicitar la nueva ayuda, porque ya estaría totalmente fuera de plazo ese subsidio, y si es de mayor duración pues lo mismo, tendrías que esperar a que se agotase de haberlo solicitado. Si el subsidio que te corresponde es de 21 meses, ahi la cosa ya estaría peor.
Un saludo
hola. yo creo que cumplo los requisitos de la ayuda. Mi duda es que cuando termine de trabajar cobre 4 meses de paro a seguir 18 de ayuda familiar y por terminar el prepara sin ningún problema. Lo que no cobre fue Prodi ni R.A.I tendría derecho a la ayuda. aver si alguien me responde.
Creo que tu pregunta es que después de agotar, paro, subsidio y luego el prepara, ahora deberías cobrar la nueva ayuda del gobierno.
Si es así te diré que parece que cumples todos los requisitos, desde que acabaste el prepara tiene que pasar 6 meses sin cobrar nada, tener cargas, llevar con la tarjeta de desempleo 12 meses en los ultimos 18, y estar inscrita desde el 1 de diciembre, que creo que todo esto por lo que dices cumplirás.
En cuanto al prodi, es una ayuda anterior al prepara y por eso no la cobraste y la rai es para parados de mas de 45 años, que posiblemente todavía no te corresponda, pero solo hace falta haber agotado una de estas 3 ayudas y tú eso lo cumples con el prepara.
Un saludo
Buenos dias. He consumido el prody hace mas de 6 meses pero luego he trabajado 78 dias pero no sumo para cobrar ninguna otra ayuda.
¿Puedo cobrar la nueva ayuda de parados con cargas familiares? ¿Ho no puedo haber trabajado antes a un que sea parado de larga duracion pues la ultima vez que trabaje fue en 2012?
Hola Antonio. Si has agotado un prodi, no has cobrado ninguna otra prestación posteriormente y como dices no has trabajado 90 días que te dé derecho a una nueva prestación, tienes cargas familiares y además estás desempleado desde el 1 de diciembre del 2014 y en los últimos 18 meses llevas al menos 12 meses con la tarjeta de desempleo en alta, lo más posible es que tengas derecho a la nueva prestación.
Un saludo
hola quisiera saber la ayuda que ha salido como se cuenta los ingresos osea lo miran individualmente o se saca con carga familiar
Hola: igual que cualquier subsidio, el solicitante no puede ganar mas de 484 euros y para la unidad familiar esta cantidad multimplicada por el número de miembros.
Un saludo
¿Podrían facilitar un procedimiento para darse de baja de esta web, por favor? No encuentro ninguno en la página.
Gracias.
En el propio correo que le enviamos tiene un enlace para darse de baja de la suscripción.Si sigue teniendo dificultades para hacerlo háganoslo saber.
Es curioso, no estoy casada y tengo tres hijos, cuando solicito la ayuda de parados de larga duración me piden los papeles de mi pareja y no la cobro porque nos pasamos (normal si lo que cuenta es el salario bruto), sin embargo cuando mi pareja quiere solicitar la ayuda por familia numerosa (ya que tiene que solicitarlo alguien que esté cotizando y yo no puedo porque no tengo trabajo)tampoco puede porque no entra en el libro de familia numerosa ya que no estamos casados.
Total que resulta que me quedo sin ninguna ayuda porque mi pareja cuenta para lo que les interesa, me parece penoso.
Hola Trinidad. Tienes razón, es así como lo explicas. Lo único que puedo decirte es que el Sepe, está realizando una nueva forma de tratar la unidad familiar, se ha hecho cambios pero no de una forma global. El tema de la familia está cambiando muy rápidamente por lo que están tratando de resolver estos problemas, de todas maneras casos particulares como el tuyo siempre van a surgir, porque con una ley no se puede abarcar todos los casos.
Hay un tema que me parece incluso más grave que el tuyo, una persona que cobra subsidio, no puede pasar de ingresos propios de 484 euros, independientemente de la familia, pues bien, una viuda con 3 hijos que cobre esa cantidad, no tiene derecho a la ayuda (es un caso real), por eso te digo que hay cosas que la legislación no podrá llegar, pero espero que cuando llegue las nuevas normas sean para que sea todo un poco más justo.
Un saludo
Muchas gracias por tu respuesta Jose María.
Efectivamente mucho tienen que cambiar las cosas para que las ayudas lleguen donde realmente hacen falta porque preocupante es aquella familia numerosa en la que los dos progenitores no tienen trabajo y no tienen derecho a la ayuda y sin embargo esa familia numerosa (que se lo puede permitir) porque los dos tienen buenos trabajos y viven en la Moraleja y resulta que tienen derecho a la ayuda. ES PENOSO
Buenas tardes. He ido hoy al Inem a solicitar la nueva ayuda pues creia cumplir todos los requisitos. En su dia no pude cobrar ni prodi ni prepara ni ningun otro plan porque no cumplia los requisitos de rentas y ahora que si los cumplo me dicen que no me conceden la ayuda porque no he cobrado ningun plan. No consigo entenderlo. Es obligatorio haber estado en alguno de esos planes para tener derecho a cobrar la nueva ayuda? No le encuentro sentido pues con mayor motivo se la deberian dar a los que, como yo, no han tenido derecho a cobrar nada en los ultimos años. Solicito aclaracion por favor. Gracias
Hola Belen: siento decirlo, pero te han informado bien, lo dice la ley muy claro, agotamiento de prodi, prepara o las 3 rai y aunque ahora tengas cargas familiares, no te corresponde la nueva prestación.
Un saludo
Si cumples los requisitos de desempleo, cargas familiares, rentas de la unidad familiar, etc. ¿no puedes pedir ahora el plan PREPARA?
¿No preguntaste por esto en la oficina de empleo o no te informaron de ello?
Hola, y gracias anticipadas por la respuesta. No he cobrado nada de prepara ni nada parecido. He sido autónomo hasta hace año y medio, y desde entonces desempleado inscrito. Hace muchos años sí trabajé por cuenta ajena, pero no fuí despedido. Mi mujer es funcionaria, gana unos 2.500/mes. 3 hijos pequeños. ¿Puedo pedir la ayuda?
No te corresponde ninguna prestación, para cobrar la nueva ayuda hay que agotar, prodi, prepara o las 3 rai, y por lo que comentas nunca has cobrado prestaciones por desempleo. Para acceder a la rai, también tienes que haber cobrado alguna vez paro o subsidio.
Un saludo