En este artículo le explicamos el funcionamiento de la ayuda parados de larga duración, así como los días en que se están pagando en cada provincia.
Que es la Ayuda Parados de Larga Duración ?
Es una nueva prestación destinada a aquellos desempleados que hayan agotado todas las prestaciones a las que tuviera derecho. Hasta el momento solamente podría solicitar dos ayudas extraordinarias: la RAI y el Plan Prepara. Ahora tambien puede que le corresponda cobrar el Programa Extraordinario de Activación para el Empleo para los desempleados de Larga Duración. La principal novedad es que este Programa de Activación es compatible con un empleo por cuenta ajena (de momento no es posible cobrarla estando como autonomo), pensada para que los parados reciban ofertas de empleo acordes a su cualificación.
[ads_mobile]
El importe de esta ayuda es de 426 euros al mes.
Requisitos:
- Haber agotado el programa prepara, el PRODI o la tercera Renta Activa de Inserción RAI hace más de 6 meses, y además no tengan derecho a ninguna prestación por desempleo, subsidio o Renta Activa de Inserción
- Tener responsabilidades familiares
- No pueden
estar cobrando el salario social, Renta mínima o ayudas análogas concedidas por las comunidades autónomas o entidades locales
- Deben figurar como demandante de empleo y haber estado inscritos ininterrumpidamente durante al menos los 12 meses anteriores, salvo por haber encontrado un empleo de menos de 3 meses de duración
- Los beneficiarios deben suscribir un compromiso de actividad realizando las acciones que determinen los servicios públicos de empleo. Previamente deben haber realizado una búsqueda activa de empleo coma participar en acciones de políticas activas de empleo, así como no rechazar oferta adecuada de empleo
[ads_mobile]
- No tener ingresos superiores a 484 euros mensuales por cada miembro de la unidad familiar
- Estar inscrito ininterrumpidamente durante 12 meses como demandantes de empleo.
Duración: 6 meses
Para comprobar si le corresponde cobrar esta ayuda, tenemos esta guía:
| Beneficiarios: |
| Desempleados de larga duración |
- Haber cesado involuntariamente en un trabajo por cuenta ajena.
- Inscritos como demandantes de empleo a fecha 1 de diciembre de 2014.
- Haber estado inscritos al menos 12 de los 18 meses previos a la solicitud.
|
| que han agotado sus ayudas por desempleo |
- Haber agotado hace al menos seis meses la tercera RAI, el PRODI o el PREPARA (excepto sanción o baja por causa imputable al beneficiario).
- Sin acceso a otras prestaciones o subsidios por desempleo.
|
| y están en situación de necesidad. |
- Con cargas familiares
- No superan los umbrales de renta habituales para estas ayudas ni a nivel individual, ni a nivel de unidad familiar. Este requisito debe cumplirse durante toda la duración del programa.
|
| Obligaciones: |
| En el plazo de un mes desde la solicitud |
- El solicitante realizará una búsqueda activa de empleo (BAE) y deberá acreditarla ante el SEPE.
- El Servicio público de empleo autonómico elaborará un itinerario personalizado de inserción (IPI) atendiendo al perfil del solicitante.
- El servicio de empleo autonómico le asignará un tutor individual.
|
| Durante la participación en el programa |
- No rechazar ninguna oferta adecuada de empleo propuesta por los servicios de empleo o agencias colaboradoras.
- Realizar cualesquiera acciones de activación que le sean propuestas por los servicios de empleo y acreditarlo.
|
| Compatibilidad con el empleo |
- El Programa permite compatibilizar hasta 5 meses la percepción de la ayuda de acompañamiento con el trabajo por cuenta ajena.
- El empresario descontará la cuantía de la ayuda económica del importe del salario
|
| Cuantía y duración de la ayuda: |
| Ayuda económica 426€/mes |
- 80% del IPREM
- Incompatible con otras ayudas ligadas a programas de empleo y otras rentas mínimas si se superan los umbrales individuales y de núcleo familiar
- Durante un periodo máximo de seis meses.
|
| Duración |
- Se podrá solicitar la admisión en el Programa desde el 15 de enero de 2015 al
15 de abril de 2016 (ampliado hasta el 15 de abril de 2017)
|
Los beneficiarios de esta ayuda parados de larga duración deben haber agotado anteriormente la protección por desempleo.
Además, los que se acojan a este programa deberán acreditar de forma regular la búsqueda activa de empleo, asi como participar en acciones de inserción propuestas por los servicios de empleo.
La gestión de estas ayudas se harán a través de los servicios públicos de empleo de las comunidades autónomas, sus Oficinas de Empleo, y serán éstos los que trámiten el itinerario personalizado de inserción de cada demandante.
La ayuda será compatible con un empleo por cuenta ajena, si bien al sueldo que se perciba en ese trabajo se le descontará la ayuda.
El programa estará vigente desde el 15 de enero de 2015 hasta el 15 de abril de 2016 y se revisará su continuidad tres meses antes de su fnalización.
Comentarios destacados:
Flor: LA NUEVA AYUDA DEL GOBIERNO:No todo lo que reluce es oro. Vamos leyendo algunas cositas sobre la nueva ayuda, que como veréis es pura propaganda electoral, ya que se acercan las elecciones: ¿En qué consiste la Ayuda parados de larga duración? Se trata de un subsidio de 426 euros que podrán percibir durante seis meses los parados de larga duración. Además de la prestación económica, los servicios públicos de empleo tendrán que hacer un itinerario personalizado de cada beneficiario y ofrecerles servicios de orientación y formación para recualificarles.
La idea es, según han explicado los sindicatos, que estas personas reciban también ofertas de empleo acordes a su recualificación. De ser así, la prestación económica sería compatible con el empleo.
¿Quién puede cobrarla? Las personas que lleven al menos doce meses en el paro contando los últimos 18 meses. Esa situación de desempleo tiene que haber sido ocasionada por la pérdida de un trabajo, es decir, no es una prestación asistencial como puede serlo la Renta Activa de Inserción ni una ayuda para los que buscan su primer empleo. Hará falta también tener al menos un familiar a cargo. Los beneficiarios no pueden tener ingresos superiores al 75% del IPREM (unos 480 euros mensuales) y deben llevar al menos seis meses sin percibir ninguna prestación, un plazo que se ha reducido desde la anterior propuesta del Gobierno, que planteaba que hubiera transcurrido un año.
Jose Maria: Se necesitan muchos requisitos para esta nueva ayuda parados de larga duración y están muy bien explicados en esta página, pero uno de ellos es precisamente haber agotado PRODI, prepara o RAI y te repito uno de ellos es haber agotado el PRODI, que es la ayuda adicional que había antes del prepara. Si te ha dicho eso el funcionario, será mejor que se recicle un poco, porque es uno de los requisitos básicos. A modo resumen te digo el resto y si los cumples lo puedes echar.
Ojo, si después del prodi, has cobrado alguna otra prestación ya no podrías solicitar la nueva ayuda, el prodi, tiene que ser la última prestación cobrada, además de eso, no haber causado baja voluntaria en el último trabajo, tener cargas familiares, estar desempleado el 1 de diciembre del 2014 y llevar desempleado en los últimos 18 meses, al menos 1 año y no haber cobrado salarios sociales al menos los 6 meses anteriores.
Como puedes ver es lo mismo que tienes muy bien detallado en la página y te repito, el haber cobrado el prodi, ES PRECISAMENTE uno de los requisitos principales, además de los que te he comentado, mírate bien todos los requisitos de esta página y si crees que los cumples todos haz tu solicitud.
Fuentes: Comunicado ministerio Empleo
Otras ayudas más buscadas:
ayuda para parados de larga duracion, ayudas parados larga duracion 2015, nueva ayuda a parados, ayudas parados, ayudas desempleo 2015, ayuda a parados de larga duración, ayuda parados larga duración, nueva ayuda para parados, nuevas ayudas para parados, ayudas parados de larga duracion, ayuda para desempleados 2015, ayuda parados larga duracion, ayuda a parados de larga duracion 2015, requisitos ayuda parados larga duracion 2015, ayudas para parados de larga duracion sin cargas familiares, desempleo de larga duracion, ayudas 2015 parados, Ayuda parados de larga duración 2015, ayudas para parados 2015, nueva ayuda parados, ayudas al desempleo 2015, ayuda a desempleados, ayudas a parados de larga duracion con cargas familiares
Cobre el subsidio hace años y me denegaron el prodi porque vivía con mis padres, tampoco cobre prepara ahora vivo sola y he terminado de cobrar el salario social puedo pedir la ayuda cuando pasen lios 6 meses
Hola Marisa. Aunque ahora tuvieras cargas familiares, uno de los requisitos indispensables es agotar prodi o prepara, como no pudiste pedirlo en su momento, no podrás acceder a la nueva ayuda.
Un saludo
Buenas noches.
Jose maria gracias x contestar. Si termine el salario social hace mas de 6 meses. Inscrita como demandante ininterrumpida mas de 1 año. He trabajado si y se me termino el contrato. He leido y reeleido los requisitos y los cumplo todos.creo. mi duda era x el trabajador del inem k me decia k no pk mi ultima prestacion del inem fue el subsidio famiiar. Le dije k no podia solicitar el prepara x el prodi k habia cobrado. Ni el rai x la edad. X eso solicite el salario social. K agote en junio
Hola Verónica. Entiendo que cobraste el prodi en su momento y luego no pudiste cobrar el prepara, porque es una prestación que sustituyó a aquel y no se pueden cobrar los dos.
Si despues del prodi o el prepara has cobrado un subsidio como creo que comentas, es verdad lo que te dijo el funcionario. El prodi, el prepara o las 3 rai, son la última prestación que se ha debido cobrar, si despues has cobrado un subsidio o un paro, ya no reunes uno de los requisitos.
Si es así el funcionario te ha informado bien.
Un saludo
Hola me puedes decir por favor si tengo derecho a nueva ayuda en 2012 e cobrado la prepara y de dos años no cobro nada
Buenas noches¡¡Cobré la RAI Hace más de 3 años y soy parada de largo duración con un hijo a mi cargo. Cree que me pertenece ésta nueva ayuda ?
Hola Mercedes: Los datos que me das son correctos, pero hay otros requisitos.
Haber trabajado en algún momento y que el último contrato antes de agotar la rai, no sea baja voluntaria, así como el último contrato si lo hubo, que estés inscrita como demandante de empleo el 1 de diciembre de 2014, que en los últimos 18 meses, al menos 12 hayas estado inscrita como demandante de empleo, que en los últimos 6 meses no hayas cobrado ningun tipo de salario social, no superar rentas y como es tu caso haber agotado las 3 rai, por lo menos 6 meses antes de solicitar.
Si cumples todos estos requisitos, deberías acudir por tu oficina.
Un saludo
¡¡Gracias Jose Maria ¡¡ Hoy he tenido cita en el Sepe, y me han dicho que vaya dentro de 4 meses, porque hace 2 meses que cobré el salario social. ¿Será que me han dicho que vaya porque cumplo los requisitos?y si no los cumplo no me hubieran dicho que vaya? Es que no me ha querido decir nada el de la mesa.Simplemente que como cobré el salario social. que vaya dentro de 4 meses.
Un saludo
hola buenas,en el país vasco en concreto bizkaia se puede solicitar la nueva ayuda?gracias,saludos.
Hola Juan. La nueva ayuda del gobierno es a nivel estatal, por lo tanto se puede hacer en cualquier provincia española.
Un saludo
Buenos dias. Yo he solicitado esta ayuda el 19 de enero. Aunque el trabajador se negaba a recogerme la solicitud.
Mi situación:
Madre soltera con dos hijos a mi cargo.
0€ ingresos.
Pensión de mis hijos 360€ para los dos.
Lo ultimo que percibí fue un salario social. Estuve cobrando el subsidio por desempleo. Anteriormente el prodi. El prepara en su momento me dijeron que no por el Prodi, y el RAI no por la edad.
Creéis que me lo concederán?
Gracias
Hola Verónica: Todos los datos que dices están bien para la nueva prestación, el problema es que hay más cosas que hay que mirar.
Una es que desde que se te agotó el salario social tienen que pasar al menos 6 meses para solicitar la nueva ayuda, tal vez va por ahi los tiros.
Tienes que estar inscrita en el inem a 1 de diciembre y en los últimos 18 meses al menos 1 año en el desempleo, tampoco puedes tener una baja voluntaria, etc.
Por lo tanto tienes que reunir una cantidad de requisitos enorme y tienes que cumplir todos, aunque pudiera ser lo que te he comentado que el salario social hace menos de 6 meses que lo agotaste.
Un saludo
Buenas tardes. Mi situación es la siguiente. He terminado de cobrar la 2 RAI. Cumplo 55 años en sepbre 2015. He ido a informarme para solicitar la ayuda mas55 y me dicen que tengo q cotizar seis meses previos a la solicitud. Mi pregunta es si esa cotización sería valida hacerla en el régimen agrario. Gracias
Hola Maria Luisa. Con 3 meses serían suficientes si cuando acabaras el contrato tuvieras 55 años, tengas o no tengas cargas, si tienes cargas familiares, con 3 meses y cumplir los 55 años dentro de esos 3 meses de subsidio también te valdría.
La otra pregunta es no, no te sirven los 3 meses en el régimen agrícola, primero porque tendrías que hacer 90 jornales, no vale pagarte la seguridad social agraria 3 meses y luego porque las jornadas agrícolas no sirven para el subsidio, solo sirven para cobrar la prestación contributiva (paro).
Los 3 meses tienen que ser por régimen general.
Si el funcionario te vuelve a insistir que necesitas 6 meses, dile que se informe bien que para este colectivo con 3 es suficiente.
Un saludo
Gracias José Maria. Por tu respuesta y por estar ahí haciendo esta magnífica labor.
buenas tardes tengo una pregunta.Ha mi marido le queda 6 meses de ayuda familiar y en abril cumple 45 años puede pedir el RAI para mayore de 45 años?como es mejor hacerlo cobrar lo que le queda de ayuda y luego RAI .gracias
Hola iuliana: Aquí no consiste en qué es mejor, para cobrar la RAI es imprescindible agotar el subsidio por desempleo, hasta el agotamiento de este no podrás solicitar la RAI.
Un saludo
gracias
hola buenas yo cobre el subsidio hace mas de dos años,pero no ni el Prodi,ni el prepara,rai… los demás requisitos creo que los cumplo. podría solicitar la nueva ayuda?gracias,saludos.
Hola Oscar . Si no has cobrado prodi ni prepara, no podrás cobrar la nueva ayuda.
Un saludo
Buenas tardes, mi consulta es la siguiente: convivo con mi pareja y tenemos en comun un niño de dos años, estoy en paro y no cobro ninguna ayuda. He ido ha preguntar y me piden el ultimo recibo de salario de mi pareja, ahora bien, el es separado y de ese salario que ingresa, un porcentaje va para sus hijos del anterior matrimonio, eso cuenta a la hora de contabilizar los ingresos? Porque he ido a la seguridad social el año pasado para solicitar un subsidio y me lo denegaron por sus ingresos, sin considerar lo que por ley tiene que ingresar para la pension de alimentos de sus otros dos hijos.
Gracias y Saludos
Hola Marisol, tal y como lo cuentas, se te denegó correctamente, el pago de la pensión a los niños no se resta del total de la nomina.
Un saludo
De todas maneras, si no estáis casados, la solución es muy simple, k tu pareja se empadronen en otro sitio y asunto arreglado, solo tienes k estar tu y tu hij@.
Muchas gracias Jose Maria.
Un saludo