Ayuda parados de larga duración

Ayuda parados larga duracion

En este artículo le explicamos el funcionamiento de la ayuda parados de larga duración, así como los días en que se están pagando en cada provincia.

Contenido del artículo

Que es la Ayuda Parados de Larga Duración ?

Es una nueva prestación destinada a aquellos desempleados que hayan agotado todas las prestaciones a las que tuviera derecho.  Hasta el momento solamente podría solicitar dos ayudas extraordinarias: la RAI y el Plan Prepara. Ahora tambien puede que le corresponda cobrar el Programa Extraordinario de Activación para el Empleo para los desempleados de Larga Duración. La principal novedad es que este Programa de Activación es  compatible con un empleo por cuenta ajena (de momento no es posible cobrarla estando como autonomo), pensada para que los parados reciban ofertas de empleo acordes a su cualificación.
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El importe de esta ayuda es de 426 euros al mes.

Requisitos:

  • Haber agotado el programa prepara, el PRODI o la tercera Renta Activa de Inserción RAI hace más de 6 meses, y además no tengan derecho a ninguna prestación por desempleo, subsidio o Renta Activa de Inserción
  • Tener responsabilidades familiares
  • No pueden Ayuda parados de larga duraciónestar cobrando el salario social, Renta mínima o ayudas análogas concedidas por las comunidades autónomas o entidades locales
  • Deben figurar como demandante de empleo  y haber estado inscritos ininterrumpidamente durante al menos los 12 meses anteriores, salvo por haber encontrado un empleo de menos de 3 meses de duración
  • Los beneficiarios deben suscribir un compromiso de actividad realizando las acciones que determinen los servicios públicos de empleo. Previamente deben haber realizado una búsqueda activa de empleo coma participar en acciones de políticas activas de empleo, así como no rechazar oferta adecuada de empleo

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  • No tener ingresos superiores a 484 euros mensuales por cada miembro de la unidad familiar
  • Estar inscrito ininterrumpidamente durante 12 meses como demandantes de empleo.

Duración: 6 meses

Para comprobar si le corresponde cobrar esta ayuda, tenemos esta guía:

Beneficiarios:
Desempleados de larga duración
  • Haber cesado involuntariamente en un trabajo por cuenta ajena.
  • Inscritos como demandantes de empleo a fecha 1 de diciembre de 2014.
  • Haber estado inscritos al menos 12 de los 18 meses previos a la solicitud.
que han agotado sus ayudas por desempleo
  • Haber agotado hace al menos seis meses la tercera RAI, el PRODI o el PREPARA (excepto sanción o baja por causa imputable al beneficiario).
  • Sin acceso a otras prestaciones o subsidios por desempleo.
y están en situación de necesidad.
  • Con cargas familiares
  • No superan los umbrales de renta habituales para estas ayudas ni a nivel individual, ni a nivel de unidad familiar. Este requisito debe cumplirse durante toda la duración del programa.
Obligaciones:
En el plazo de un mes desde la solicitud
  • El solicitante realizará una búsqueda activa de empleo (BAE) y deberá acreditarla ante el SEPE.
  • El Servicio público de empleo autonómico elaborará un itinerario personalizado de inserción (IPI) atendiendo al perfil del solicitante.
  • El servicio de empleo autonómico le asignará un tutor individual.
Durante la participación en el programa
  • No rechazar ninguna oferta adecuada de empleo propuesta por los servicios de empleo o agencias colaboradoras.
  • Realizar cualesquiera acciones de activación que le sean propuestas por los servicios de empleo y acreditarlo.
Compatibilidad con el empleo
  • El Programa permite compatibilizar hasta 5 meses la percepción de la ayuda de acompañamiento con el trabajo por cuenta ajena.
  • El empresario descontará la cuantía de la ayuda económica del importe del salario
Cuantía y duración de la ayuda:
Ayuda económica 426€/mes
  • 80% del IPREM
  • Incompatible con otras ayudas ligadas a programas de empleo y otras rentas mínimas si se superan los umbrales individuales y de núcleo familiar
  • Durante un periodo máximo de seis meses.
Duración
  • Se podrá solicitar la admisión en el Programa desde el 15 de enero de 2015 al 15 de abril de 2016 (ampliado hasta el 15 de abril de 2017)

Los beneficiarios de esta ayuda parados de larga duración deben haber agotado anteriormente la protección por desempleo.

Además, los que se acojan a este programa deberán acreditar de forma regular la búsqueda activa de empleo, asi como participar en acciones de inserción propuestas por los servicios de empleo.

La gestión de estas ayudas se harán a través de los servicios públicos de empleo de las comunidades autónomas, sus Oficinas de Empleo, y serán éstos los que trámiten el itinerario personalizado de inserción de cada demandante.

La ayuda será compatible con un empleo por cuenta ajena, si bien al sueldo que se perciba en ese trabajo se le descontará la ayuda.

El programa estará vigente desde el 15 de enero de 2015 hasta el 15 de abril de 2016 y se revisará su continuidad tres meses antes de su fnalización.

Comentarios destacados:

Fuentes: Comunicado ministerio Empleo

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716 comentarios sobre «Ayuda parados de larga duración»

  1. Buenas tardes.
    tengo una duda. Eche la solicitud el 19.de enero pese a que el trabajador me dijo que no me pertenecia. Despues pregunte x aki. Jose maria muchisimas gracias por tu ayuda. Acudi de nuevo al inem y volvi a preguntar. La chika k me atendio me comento k si me pertenecia pues aun siendo un subsidio familiar mi ultima prestacion como habia cobrado anteriormente el prodi y agotado(rai no x edad) mi ultima prestacion fue salario social k termine de cobrarlo hace mas de 6 meses. Reuno todos los requisitos. Me explico la hoja que tenia que entregar el 19.febrero.
    yo pensaba k esta prestacion se cobraba sobre el 10 pero yo no he recibido nada y consultando con el certificado digital la solicitud esta registrada pero no me sale aprobada ni denegada.
    ¿cuando se cobra? Tiene que llegar antes carta con resolucion?
    Gracias

    1. Veronica ¡¡ Solo decirte que si no cobras nada, No hay ningun problema, seguro que te la han aceptado… Y no te fies de la carta.. A veces llega, y otras no. ¡¡Suerte¡¡

    2. Hola Verónica. Lo k te han aprobado es la fase previa de la nueva ayuda. Ahora tienes k estar un mes para hacer las tres acciones de la BAE, luego te asignaran un tutor y a partir de ahí comenzaras a poder cobrar la nueva ayuda.
      Un saludo

    1. Hola Mercedes. El hecho de cobrar esta ayuda no es impedimento para cobrar la RAI, claro esta, que si ahora tuvieras derecho a la RAI, no tendrías derecho a la nueva ayuda, parece un lío pero no lo es. La nueva ayuda se concede cuando has agotado prodi, prepara o las Tres RAI, por eso te digo k si ahora tuvieras derecho a esta no podrías pedir la nueva ayuda. Si agotada la nueva ayuda reunieras los requisitos para cobrar la RAI, no te preocupes k no hay problema.
      Un saludo

  2. Mi pareja lo echo el día 16 de Enero le dijeron que el bae lo tenia que llevar del 17 de febrero al 27 de febrero y hoy le han llamado del paro que tenia que haberse presentado el día 30 de Enero ( que a nosotros no nos a llegado nada) y que vaya lo antes posible porque si no no puede cobrar, ¿ que día se cobrarato esta ayuda?

    1. Hola. Para cobrar la nueva ayuda tienes le tener realizada la BAE, como bien has dicho el 17 de febrero, Si te han llamado sera por algo k te falte de la solicitud, porque me imagino k al ser el segundo día pudo haber algo de confusión.
      Un saludo

    2. Eva, si no, tiene trabajo y dercho de una prestación de la Inem. Seguro que cobrais pronto¡¡ Suerte a tod@s¡¡

  3. Hola buenos días,quería hacerle una pregunta.voy a ir a solicitar la nueva ayuda ya que creo que cumplo todos los requisitos,pero tengo una duda,el verano anterior se me paso la fecha de sellar la demanda y en julio tuve que ir a la oficina para que me dieran otra nueva….es un inconveniente para pedir la ayuda? Gracias

    1. Hola. La respuesta es no hay inconveniente, los dos requisitos para la tarjeta es, estar inscrito a fecha 1 diciembre 2014 y k en los últimos 18 meses al menos 12 hayas estado en el desempleo
      Un salydo

  4. hola..estcuve trabajando 5 años de empleada domestica, he cotizado casi 7..puedo solicitar alguna ayuda? hace 2 años y medio he dejado d trabajar tengo una hija de casi 3 años,y estoy apuntada en el inem. gracias

    1. Hola Isabel. Lamentablemente si en los últimos 6 años no has cotizado al desempleo, no podrás pedir ninguna prestación
      Un saludo

  5. Gracias Jose Maria tengo dos años como demandante de empleo sin interumpir y sin cobrar nada .Un saludo y muchas gracias

  6. Hola en 2012 cobre la plan prepara y desde entonces estoy parada tengo una niña de 10 años no se si puedo cobrar esta ayuda .

    1. Hola Verónica. Si has seguido teniendo la tarjeta de desempleo en alta y no has cobrado salarios sociales en los últimos 6 meses, es fácil que tengas derecho, aunque hay otros pequeños detalles, que ya los he contestado por ahi.
      Tienes que estar inscrita en el desempleo a fecha 1 de diciembre, y no tener baja voluntaria en tu último trabajo.
      Esto es en plan general los requisitos.
      Un saludo

  7. hola buenas,si hace mas de dos años cobre el subsidio y no la Prodi ni prepara no puedo cobrar la nueva ayuda,pero tampoco puedo solicitar la ayuda prepara no?se tiene que solicitar en un plazo de 3 meses desde que se finaliza el subsidio no?gracias,saludos.

    1. Hola Oscar, como bien dices si no has agotado un prodi o prepara, no puedes solicitar la nueva ayuda.
      El prepara tiene 2 meses de plazo desde el agotamiento de paro o subsidio.
      Un saludo

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