Ayuda parados de larga duración

Ayuda parados larga duracion

En este artículo le explicamos el funcionamiento de la ayuda parados de larga duración, así como los días en que se están pagando en cada provincia.

Contenido del artículo

Que es la Ayuda Parados de Larga Duración ?

Es una nueva prestación destinada a aquellos desempleados que hayan agotado todas las prestaciones a las que tuviera derecho.  Hasta el momento solamente podría solicitar dos ayudas extraordinarias: la RAI y el Plan Prepara. Ahora tambien puede que le corresponda cobrar el Programa Extraordinario de Activación para el Empleo para los desempleados de Larga Duración. La principal novedad es que este Programa de Activación es  compatible con un empleo por cuenta ajena (de momento no es posible cobrarla estando como autonomo), pensada para que los parados reciban ofertas de empleo acordes a su cualificación.
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El importe de esta ayuda es de 426 euros al mes.

Requisitos:

  • Haber agotado el programa prepara, el PRODI o la tercera Renta Activa de Inserción RAI hace más de 6 meses, y además no tengan derecho a ninguna prestación por desempleo, subsidio o Renta Activa de Inserción
  • Tener responsabilidades familiares
  • No pueden Ayuda parados de larga duraciónestar cobrando el salario social, Renta mínima o ayudas análogas concedidas por las comunidades autónomas o entidades locales
  • Deben figurar como demandante de empleo  y haber estado inscritos ininterrumpidamente durante al menos los 12 meses anteriores, salvo por haber encontrado un empleo de menos de 3 meses de duración
  • Los beneficiarios deben suscribir un compromiso de actividad realizando las acciones que determinen los servicios públicos de empleo. Previamente deben haber realizado una búsqueda activa de empleo coma participar en acciones de políticas activas de empleo, así como no rechazar oferta adecuada de empleo

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  • No tener ingresos superiores a 484 euros mensuales por cada miembro de la unidad familiar
  • Estar inscrito ininterrumpidamente durante 12 meses como demandantes de empleo.

Duración: 6 meses

Para comprobar si le corresponde cobrar esta ayuda, tenemos esta guía:

Beneficiarios:
Desempleados de larga duración
  • Haber cesado involuntariamente en un trabajo por cuenta ajena.
  • Inscritos como demandantes de empleo a fecha 1 de diciembre de 2014.
  • Haber estado inscritos al menos 12 de los 18 meses previos a la solicitud.
que han agotado sus ayudas por desempleo
  • Haber agotado hace al menos seis meses la tercera RAI, el PRODI o el PREPARA (excepto sanción o baja por causa imputable al beneficiario).
  • Sin acceso a otras prestaciones o subsidios por desempleo.
y están en situación de necesidad.
  • Con cargas familiares
  • No superan los umbrales de renta habituales para estas ayudas ni a nivel individual, ni a nivel de unidad familiar. Este requisito debe cumplirse durante toda la duración del programa.
Obligaciones:
En el plazo de un mes desde la solicitud
  • El solicitante realizará una búsqueda activa de empleo (BAE) y deberá acreditarla ante el SEPE.
  • El Servicio público de empleo autonómico elaborará un itinerario personalizado de inserción (IPI) atendiendo al perfil del solicitante.
  • El servicio de empleo autonómico le asignará un tutor individual.
Durante la participación en el programa
  • No rechazar ninguna oferta adecuada de empleo propuesta por los servicios de empleo o agencias colaboradoras.
  • Realizar cualesquiera acciones de activación que le sean propuestas por los servicios de empleo y acreditarlo.
Compatibilidad con el empleo
  • El Programa permite compatibilizar hasta 5 meses la percepción de la ayuda de acompañamiento con el trabajo por cuenta ajena.
  • El empresario descontará la cuantía de la ayuda económica del importe del salario
Cuantía y duración de la ayuda:
Ayuda económica 426€/mes
  • 80% del IPREM
  • Incompatible con otras ayudas ligadas a programas de empleo y otras rentas mínimas si se superan los umbrales individuales y de núcleo familiar
  • Durante un periodo máximo de seis meses.
Duración
  • Se podrá solicitar la admisión en el Programa desde el 15 de enero de 2015 al 15 de abril de 2016 (ampliado hasta el 15 de abril de 2017)

Los beneficiarios de esta ayuda parados de larga duración deben haber agotado anteriormente la protección por desempleo.

Además, los que se acojan a este programa deberán acreditar de forma regular la búsqueda activa de empleo, asi como participar en acciones de inserción propuestas por los servicios de empleo.

La gestión de estas ayudas se harán a través de los servicios públicos de empleo de las comunidades autónomas, sus Oficinas de Empleo, y serán éstos los que trámiten el itinerario personalizado de inserción de cada demandante.

La ayuda será compatible con un empleo por cuenta ajena, si bien al sueldo que se perciba en ese trabajo se le descontará la ayuda.

El programa estará vigente desde el 15 de enero de 2015 hasta el 15 de abril de 2016 y se revisará su continuidad tres meses antes de su fnalización.

Comentarios destacados:

Fuentes: Comunicado ministerio Empleo

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716 comentarios sobre «Ayuda parados de larga duración»

  1. Hola gracias por contestarme pero me podrías decir si hay que pedir cita previa otra vez en el inem o es en otro sitio? Es que la funcionaria que me atendió me dijo que allí ya no tenía que volver.

    1. Si lo k te falta es la BAE, tienes k pedir cita en el sepe, primero se echa la solicitud y al mes la BAE.
      Un saludo

  2. Hola yo presente la solicitud el 2 febrero y me dijeron que a partir del 3 de marzo llevara los curriculum o acciones de busqueda de empleo pero no se si tengo que esperat que me llamen o pedir cita para entregarlos ni donde tengo que ir, no he recibido ninguna carta ni llamada.

    1. Hola. A partir del 3 de marzo tienes 10 días hábiles para entregar la BAE búsqueda activa de empleo, tienes que pedir cita y entregar las 3 acciones.
      Un saludo

  3. Hola,al finales del mes se me acaba el subsidio por desempleo con cargas familiares.No he cobrado el Plan PREPARA y queria saber si primero tengo que pedir la nueva ayuda de activacion para el trabajo o primero tengo que pedir PREPARA.Gracias

    1. Hola. la nueva ayuda se pide cuando agotas el prodi o el prepara, si no has cobrado ninguna de estas ayudas, tienes k pedir el prepara
      Un saludo

      1. Buenos dias , mi pareja lleva 3 años sellando el desempleo , anteriormente trabajo y cobro el paro .Tenemos 1 hija de 4 años , y por supuesto no superamos la renta minima , tiene derecho a esta ayuda?

  4. gracias x la primera respuesta ya tengo tutor asignado desde 6 febrero al q ya he visto 2 veces x lo q entiendo cobrare el 10 de marzo. Espero tu segunda respuesta con impaciencia ya q me esta quitando el sueño. gracias otra vez. un saludo

    1. Hola. No tejas dado cuenta, pero la segunda respuesta la tienes justo al lado de la otra.
      Si trabajas a media jornada tienes k decírselo a tu tutor y cobrarías la mitad de 426 y la otra mitad iría para el empresario, y puedes trabajar un máximo de 5 meses a partir de ahí ya no tendrías prestación, si trabajas menos de 5 meses puedes reanudar hasta gastar los 6 meses.
      Un saludo

    1. Fermin. O das más datos o es imposible contestar.
      Libro de familia, sentencia y convenio regulador, nómina de la esposa, cuenta del banco.
      Son documentos relativos a la familia, depende de tu estado, yo te he puesto lo habitual, en caso de matrimonio o separación, si estás casado y tu pareja trabaja, la nómina.
      Para esta ayuda es imprescindible tener cargas familiares.
      Un saludo

      1. y si no tengo cargas familiares que ayudas hay porque llevo mucho tiempo desempleado

        1. Actualmente sin cargas solo podrías acceder a la RAI, pero es para mayores de 45 años o minusvalía del 33 por ciento o superior
          Un saludo

  5. Hola, buenas tardes. En el caso de que haya entregado mi solicitud el 4 de febrero, el 5 de marzo entregado lo del bae y en el transcurso de ese mes me hayan asignado tutor e itinerario, ¿cuando se supone que cobraria la ayuda? ¿El dia10 de marzo al igual que la prestacion por desempleo y subsidio? ¿ O por el contrario nada tiene que ver con eso y en mi caso deberian ingresarme sobre el 6 de marzo? Muchas gracias.

    1. Hola. El tutor se asigna una vez entregada la BAE, en tu caso si todo va bien cobraras parte de la nomina de marzo el día 10 de abril.
      Un saludo

  6. Se supone cumplo todos los requisitos y ya presente la bae dia 19 febrero. Dos preguntas:
    El 10 de marzo se supone q ya cobrare no? Yq se cobra entero o parte proporcional del 19 q entrego papeles
    Y x otro lado me ha llamado una empresa con la q ya trabaje y q pagaban fatal y a cachos para saber si soy beneficiario de esta ayuda y al decirles q si me dicen q a lo mejor me contratan a media jornada. La pregunta es los 426 me los sigue pagando el paro y la diferencia la empresa o el inem le da el dinero al empresario pa q el me pague. Y si yo cobro directamente los 426 y el contrato es de media jornada y es menos importe. Entonces q pasa? Lo pierdo? Gracias

    1. Hola. Una vez entregada la BAE, te tienen k asignar un tutor, a partir de entonces empiezas a cobrar, si el tutor te lo asignan este mes cobraras aldun día el 10 de marzo.
      La segunda pregunta twela contesto mañana
      Un saludo

    2. Hola. Si trabajas a media jornada, tienes que comunicarlo a tu tutor, que es el que se encargará de hacer la compatibilidad, cobraras 213 euros y los otros 213 irán para el empresario, puedes estar un máximo de 5 meses compatibilizando.
      Un saludo

  7. Y que pasa con los mayores de 50, larga duración, sin cargas familiares y que agotaron RAI, etc, esos no tienen ni posibilidad de ninguna ayuda ni de trabajo

    1. Hola María. Es verdad que si no tienes cargas familiares y has agotado las 3 RAI, ya no tienes ningún tipo de prestación, salvo las que se dan por trabajo realizado.
      Como bien dices el trabajo no sobra, pero sólo te puedo informar de lo yo buenamente sé.
      Suerte

    1. Hola. Por el hecho de cumplir 45 años, no te quitan la ayuda.
      Saludos

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