Ayuda parados de larga duración

Ayuda parados larga duracion

En este artículo le explicamos el funcionamiento de la ayuda parados de larga duración, así como los días en que se están pagando en cada provincia.

Contenido del artículo

Que es la Ayuda Parados de Larga Duración ?

Es una nueva prestación destinada a aquellos desempleados que hayan agotado todas las prestaciones a las que tuviera derecho.  Hasta el momento solamente podría solicitar dos ayudas extraordinarias: la RAI y el Plan Prepara. Ahora tambien puede que le corresponda cobrar el Programa Extraordinario de Activación para el Empleo para los desempleados de Larga Duración. La principal novedad es que este Programa de Activación es  compatible con un empleo por cuenta ajena (de momento no es posible cobrarla estando como autonomo), pensada para que los parados reciban ofertas de empleo acordes a su cualificación.
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El importe de esta ayuda es de 426 euros al mes.

Requisitos:

  • Haber agotado el programa prepara, el PRODI o la tercera Renta Activa de Inserción RAI hace más de 6 meses, y además no tengan derecho a ninguna prestación por desempleo, subsidio o Renta Activa de Inserción
  • Tener responsabilidades familiares
  • No pueden Ayuda parados de larga duraciónestar cobrando el salario social, Renta mínima o ayudas análogas concedidas por las comunidades autónomas o entidades locales
  • Deben figurar como demandante de empleo  y haber estado inscritos ininterrumpidamente durante al menos los 12 meses anteriores, salvo por haber encontrado un empleo de menos de 3 meses de duración
  • Los beneficiarios deben suscribir un compromiso de actividad realizando las acciones que determinen los servicios públicos de empleo. Previamente deben haber realizado una búsqueda activa de empleo coma participar en acciones de políticas activas de empleo, así como no rechazar oferta adecuada de empleo

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  • No tener ingresos superiores a 484 euros mensuales por cada miembro de la unidad familiar
  • Estar inscrito ininterrumpidamente durante 12 meses como demandantes de empleo.

Duración: 6 meses

Para comprobar si le corresponde cobrar esta ayuda, tenemos esta guía:

Beneficiarios:
Desempleados de larga duración
  • Haber cesado involuntariamente en un trabajo por cuenta ajena.
  • Inscritos como demandantes de empleo a fecha 1 de diciembre de 2014.
  • Haber estado inscritos al menos 12 de los 18 meses previos a la solicitud.
que han agotado sus ayudas por desempleo
  • Haber agotado hace al menos seis meses la tercera RAI, el PRODI o el PREPARA (excepto sanción o baja por causa imputable al beneficiario).
  • Sin acceso a otras prestaciones o subsidios por desempleo.
y están en situación de necesidad.
  • Con cargas familiares
  • No superan los umbrales de renta habituales para estas ayudas ni a nivel individual, ni a nivel de unidad familiar. Este requisito debe cumplirse durante toda la duración del programa.
Obligaciones:
En el plazo de un mes desde la solicitud
  • El solicitante realizará una búsqueda activa de empleo (BAE) y deberá acreditarla ante el SEPE.
  • El Servicio público de empleo autonómico elaborará un itinerario personalizado de inserción (IPI) atendiendo al perfil del solicitante.
  • El servicio de empleo autonómico le asignará un tutor individual.
Durante la participación en el programa
  • No rechazar ninguna oferta adecuada de empleo propuesta por los servicios de empleo o agencias colaboradoras.
  • Realizar cualesquiera acciones de activación que le sean propuestas por los servicios de empleo y acreditarlo.
Compatibilidad con el empleo
  • El Programa permite compatibilizar hasta 5 meses la percepción de la ayuda de acompañamiento con el trabajo por cuenta ajena.
  • El empresario descontará la cuantía de la ayuda económica del importe del salario
Cuantía y duración de la ayuda:
Ayuda económica 426€/mes
  • 80% del IPREM
  • Incompatible con otras ayudas ligadas a programas de empleo y otras rentas mínimas si se superan los umbrales individuales y de núcleo familiar
  • Durante un periodo máximo de seis meses.
Duración
  • Se podrá solicitar la admisión en el Programa desde el 15 de enero de 2015 al 15 de abril de 2016 (ampliado hasta el 15 de abril de 2017)

Los beneficiarios de esta ayuda parados de larga duración deben haber agotado anteriormente la protección por desempleo.

Además, los que se acojan a este programa deberán acreditar de forma regular la búsqueda activa de empleo, asi como participar en acciones de inserción propuestas por los servicios de empleo.

La gestión de estas ayudas se harán a través de los servicios públicos de empleo de las comunidades autónomas, sus Oficinas de Empleo, y serán éstos los que trámiten el itinerario personalizado de inserción de cada demandante.

La ayuda será compatible con un empleo por cuenta ajena, si bien al sueldo que se perciba en ese trabajo se le descontará la ayuda.

El programa estará vigente desde el 15 de enero de 2015 hasta el 15 de abril de 2016 y se revisará su continuidad tres meses antes de su fnalización.

Comentarios destacados:

Fuentes: Comunicado ministerio Empleo

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716 comentarios sobre «Ayuda parados de larga duración»

    1. Hola. Hasta que no se entrega la BAE, no se puede cobrar.
      La nómina de marzo que sería tu caso, se cobraría el 10 de abril.
      Un saludo

  1. Hola., entregue la bae el 23 de febrero, he entrado con certificado digital al sepe y me encuentro que pone en solicitudes fecha de solicitud 21 de enero que fue cuando lo solicite , tipo de solicitud alta inicial, y en situacion de la solicitud no pone nada esta en blanco, no aparece si esta aprobado o no, ¿debo preocuparme? ¿cuando suele tardar en aprobar y reconocerme esta ayuda? Me preocupa porque por suerte son muchos los requisitos para poder acceder a esta ayuda y con suerte al parecer los he reunido y temo que falle algo en la documentacion o en la bae entregada y se me deniegue. Pues eso saber cuanto tarda en reconocerla teniendo en cuenta la fecha de entrega. Muchas gracias.

    1. Hola Rocio. Deberías de acudir a tu oficina.
      Cuando se entrega la solicitud, se reconoce si tienes derecho no y al grabar la solicitud debería indicar alta en fase previa. Después se te dá un mes para entregar la BAE y cuando se entrega esta, se graba la aprobación definitiva.
      Por lo tanto acude a tu oficina porque si en la solicitud no pone nada puede ser que no te hayan grabado la fase previa, otra cosa es que en caso de denegación te hubieras enterado y no parece el caso, por lo tanto tiene que ser otro problema, seguramente no se ha grabado.
      Un saludo.

  2. Hola, mi duda es en general para la nueva ayuda o para un subsidio y saberlo pues me resulta un dilema tanto si es para una ayuda o para otra solo necesitaria saber la solucion a mi pregunta independientemente de que me corresponda una ayuda u otra por favor, soy soltero tengo una hija menor de 15 años que convive con la madre tenemos un convenio regulador y sentencia firme para las visitas y quiero solicitar una ayuda en sepe, me solicitais el dni de menores por tener mi hija mas de 14 años, y la madre se niega a dejarme el dni de mi hija, porque aunque no hay problema con las visitas no puedo pasarle la manutencion desde hace bastante tiempo, que puedo hacer al respecto? puedo solicitar la ayuda de alguna manera, solo por ejemplo? puedo solicitar algun documento que reemplace el dni de mi hija para poderlo acreditar ante vosotros? solo tengo un duplicado del libro familia que he solicitado en el juzgado de familia, seria suficiente?.
    Entonces mi dilema es si puedo acreditar con algun otro documento que no sea el DNi de mi hija.
    Gracias.
    Gracias.

    1. Hola Sergio. Para solicitar el D.N.I tú hija tiene que tener como mínimo 16 años y esto es así porque se entiende que con esa edad una persona está en edad de trabajar y podría ser que si trabajara dicha hija no se pudiera ser carga familiar.
      Dicho esto cuando solicites un subsidio, por ejemplo se te pedirá el libro de familia y el convenio regulador y si tiene la edad de 16 años el D.N.I. Logicamente si tú vives en Madrid y tu hija vive en Albacete es totalmente imposible que traigas su D.N.I. original. Nosotros sólo necesitamos saber el número de D.N.I. para poder acceder a sus datos y ver si trabaja, cobra pensiones, irpf etc, por lo que nos bastaría que lo acreditases de alguna manera, para poder acceder nosotros a sus datos, con esto es suficiente. Como te he dicho, mucha gente no puede traer este documento, porque ni siquiera viven en la misma ciudad.
      El convenio regulador, por favor, sellado y firmado por el juzgado.
      Un saludo

      1. Hola, josemaria perdona que insista, el dni no me lo facilita la madre porque como no les podria pasar la pension de alimentos no me lo quieren dar por ese motivo, ya que esta ayuda seria para mi hipoteca, ojala pudiera pasarle la manutencion pero no puedo, y es por eso que no me dice ni la numeracion, entonces me pregunto como puedo conseguir una copia del dni de mi hija? eel nie se puede sacar teniendo ya el dni hecho? o es solo para menores que no sacaron aun el dni y le dan mientras tanto el dni por ejemplo para abrir una cuenta bancaria con ese nie? con eso podria sacar la numeracion del dni? ojala supieras orientarme estoy muy agobiado y no se como conseguir alguna copia del dni de mi hija. Gracias nuevamente.

  3. yo heche los papele para nueva ayuda en 27 de enero,en 2 de marzo entrege el bae y ahora espero que me asigne el tutor.mi pregunta es de cuando se paga de cuando entreque los papele ho de cuando entreque el bae?

    1. Hola. Aqui en Jaen, cuando mecanizamos la BAE ya se tiene asignado el tutor, por lo que comienzan a cobrar a partir de ese instante.
      Como es un tema de cada comunidad autónoma, aunque imagino que todas funcionaran más o menos igual no te puedo asegurar cuando cobrarás, pero cuando se echa la BAE, ya tendrías que estar en condiciones de comenzar a cobrar
      Un saludo

  4. Hola jose maria, a ver si pudieras orientarme entregue la solicitud el 26 de enero en el sepe y pocos dias despues me llamaron del sae para actualizar datos no se si a esto le llaman una entrevista o ya en ese momento me asignaron ese tutor, el 27 de febrero entregur la bae, aqui mi duda… ya tengo tutor? Me tienen que llamar cada mes con el tutor o con el orientador, son durante los 6 meses lo que hay que acudir una vez al mes a las charlas? Son individuales o colectivas? Ojala pudiera orientarme referente a todo esto. Muchas gracias de antemano jose maria. Un saludo

    1. Hola Esther. Como trabajo en prestaciones y no sé exactamente como funcionan los tutores, ahora en que pueda me pongo en contacto con uno para que me diga lo que se tiene que hacer.
      Te contesto en que tenga esta información.
      Un saludo

      1. Hola de nuevo. En respuesta a lo del tutor, ya me he informado. Decirte que no hay plazo para que te llamen depende de la situación individual de cada uno, aunque en un principio las entrevistas serán individuales y no tienen por qué ser cada mes, a lo mejor incluso pueden no llamarte en todo el tiempo.
        Todavía no están echas las instrucciones definitivas, te hablo del SAE, en otras comunidades lo desconozco, pero como me han comentado, también dependerá del número de orientadores, que haya en cada oficina.
        Por lo tanto no se te puede decir cuantas veces te llamarán, sobre todo dependerá de tu perfil y del número de personas que haya trabajando en tu zona, lo que si me han comentado es que cualquier situación nueva la comuniques a tú tutor, es muy importante, cambios de domicilio, trabajos, etc.
        Un saludo

  5. Buenas tardes mi pregunta es en junio puedo presentar la solicitud de esta ayuda ya que cumplo los requisitos cobre subsidio 21 meses y después prepara a pesar de trabajar media jornada aún se cobraba 426 euros
    Si me la conceden cobrare 426 o la mitad 213 euros?
    Un saludo.

  6. hola,aver si alquien me puede ayudar,he trabajado como autonoma 5años,estoy de baja del 2013,no he cobrado nada,he trabajado este año 2meses medio jornada y tampoco tengo derecho a ayuda,estoy desesperada,tengo una hija de 15 años ,yo tengo 47años,no soy española pero he pagado mis impuestos,la seguridad social,no entiendo por que no tengo derecho,por favor si alquien me puede ayudar,gracias

    1. Hola Marlena. No tiene que ver nada con que no seas española. El caso por lo que comentas es que al no cobrar nunca paro o subsidio no se te puede conceder la RAI, por parada de larga duración, y para cobrar un subsidio con cargas familiares, que por lo que dices las tienes, necesitas mínimo 3 meses para acceder a un subsidio de la misma duración.
      Cuando tengas 3 meses cotizados al desempleo, verás como a partir de ahí podrás acceder a varios tipos de subsidios, que te corresponden por cotización y por edad.
      Los 5 años de autónomo no cotizan al desempleo, por lo que no te sirven para ninguna prestación.
      Un saludo

  7. Hola. Agradecer vuestra labor.
    Tengo una duda que no supieron decirme en mi oficina. Presente la solicitud para esta nueva ayuda el 22 de enero pasado el mes 23 de febrero presente los curriculum para acreditar la busqueda de empleo activa. Y no me supieron decir mas. No se cuando cobrare? Gracias.

    1. Hola Ana. Lo mas difícil ya esta hecho ahora para cobrar depende de cuando te asignen el tutor, k corresponde al servicio de empleo de tu comunidad.
      En Jaen creo k en todas oficinas nada mas mecanizar la BAE, ya lo están asignando, pero como te digo depende de como lo haya tomado, el servicio de empleo de tu comunidad.
      Creo k tal con están las cosas se te hará rápido, y a partir de asignarle el tutor, comenzaría la prestación, así k podría ser posible k el 10 de marzo cobres algún día incluso
      Un saludo

  8. Buenos dias.
    Eche la solicitud el 19 de enero. Despues de muchas pegas del trabajador.
    Consulte despues y me dijeron que si me correspondia perodespues me ha llegado la resomucion informandome que estaba denegada porque no he agotado una de las prestaciones requeridas.
    Resulta que yo he agotado un subsidio de desempleo. Despues un salario social y no pude solicitar el plan prepara pk anteeiormente habia agotado el prodi.
    Me dicen en el inem que lo que puedo hacer es reclamar pero ¿como lo hago?
    Tengo dos comentarios de trabajadores del inem totalmente opuestos uno me dice que no tengo derecho y otro me dice que cumplo con los requisitos pk aun mi ultima prestacion de subsidio familiar yo si he agotado el prodi.
    Me podeis dar vuestra opinion?????
    Puedo reclamar?
    Graciass

    1. Hola. si después de cobrar el prodi, has cobrado un subsidio, no puedes recibirla nueva ayuda.

      Un saludo

    2. yo estoy en tu misma situación, y he reclamado. ahora estoy a la espera de haber que me contestan.

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