Renta Activa de Inserción RAI

Renta activa insercion

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Renta activa insercion RAI

Renta Activa de Inserción RAI es una ayuda para los desempleados con especiales dificultades para incorporarse al mercado de trabajo y en situación de necesidad económica, que se comprometan a la búsqueda activa de trabajo.

Podrán participar en este programa de renta activa de inserción los desempleados que cumplan los requisitos y se incluyen en uno de los siguientes grupos:

•  Desempleados de larga duración.
•  Personas con discapacidad.
•  Emigrantes retornados.
•  Víctimas de violencia de género o víctimas de violencia doméstica.

* Uno de los recortes del decreto del 11 de Julio es que se exigirá haber trabajado previamente para acceder a la Renta Activa de Inserción, con lo que la mayoría de desempleados que no han conseguido su primer empleo se quedarán sin poder cobrar esta ayuda (a las víctimas de violencia o emigrantes retornados, no les afecta esta modificación). Esto no significa que cada vez que tengamos que renovar, tenemos que volver a trabajar y cobrar un subsidio, sino que solamente con que alguna vez en nuestra vida laboral hayamos cobrado el paro o un subsidio, es suficiente para tener derecho a solicitar el RAI por primera vez o para renovarlo.

Si en su oficina de empleo le han explicado otra cosa, insístales en que usted tiene derecho a la renovación.
Espero le haya aclarado su duda.

Requisitos necesarios:

  • Menor de 65 años
  • Ingresos menores que el 75% del Salario Mínimo SMI (menos de 712,5€ en 2021)
  • Estar inscrito como demandante de empleo y suscribir el compromiso de actividad
  • No tener derecho a la prestación o subsidio de desempleo
  • No haber recibido la Renta Activa de Inserción RAI en el último año, salvo las victimas de violencia de género, doméstica y discapacitados
  • No haber recibido tres RAI anteriormente

Además de cumplir todos los requisitos anteriores, para cada grupo de desempleados, deberá cumplir:

Desempleados de larga duración:

  • Tener más de 45 años de edad.
  • Estar como demandantes de empleo inscritos durante doce meses o más. La inscripción no se interrumpe si se ha trabajado menos de 90 días en el último año.

Desempleados con discapacidad:

  • Tener reconocido un 33% de discapacidad o más.
  • Estar como demandantes de empleo inscritos durante doce meses o más. La inscripción no se interrumpe si se ha trabajado menos de 90 días en el último año.

Desempleados emigrantes retornados:

  • Tener más de 45 años de edad.
  • Haber trabajado por lo menos 6 meses en el extranjero y haber retornado hace menos de 1 año.

Desempleados víctimas de violencia de género:

  • Acreditar con un certificado oficial la condición de victima de violencia de género.

Los trabajadores deben cumplir los requisitos anteriores y además firmar un Compromiso de actividad, por el cual deberá realizar las tareas que se designen desde su centro de empleo para su Plan de Inserción.

Todos los desempleados de larga duración deben esperar 12 meses para volver a solicitarla,  salvo victimas de violencia de genero o con minusvalía mayor del 33%

Cuantía de la Renta Activa de Inserción RAI:

Debe ser de 80% del IPREM mensual, que en el 2022 es de: 463,21 euros mensuales, un 2,5% mayor que en el 2021 (451,92 euros) debido a la subida del IPREM establecida en los Presupuestos Generales del Estado.

Determinar la cantidad de renta activa de inserción y las contribuciones de seguridad social para su percepción se inicia desde el día siguiente a la fecha de solicitud de admisión para el programa.

El derecho de admisión en el programa y el mantenimiento de la percepción de la renta activa de inserción conlleva la participación de determinadas actividades para desempleados obligatorias que son ofrecidos por los Servicios de Empleo de cada comunidad.

El pago de la renta se hará en cuotas mensuales, dentro de los 30 días del mes siguiente.

Duración:

El máximo es de once meses de renta.

Las víctimas de violencia doméstica que se han visto obligados a cambiar  su residencia dentro de los 12 meses anteriores a la solicitud de admisión a la renta activa de inserción, o durante su estancia en ella, tendrán derecho a tanto alzado adicional.

Documentación para la presentación de la RAI:

  • Solicitud cumplimentada
  • Certificado de Periodo ininterrumpido como desempleado.
  • Certificado Seguridad Social de no percibir pensión alguna.
  • Documento de Asuntos Sociales  de no percibir ayuda alguna, si la hubiera, cuantía.
  • Declaración de Renta año anterior.

Donde presentar la solicitud:

Se puede presentar:

Compromiso de actividad:

Los empleados deben firmar un Acuerdo de Actividades, en virtud del cual las diversas acciones llevadas a cabo la colocación de que se determine en materia de personal y la integración se desarrollará para complementarse entre sí, mientras que el trabajador incorporado permanece en el programa.

El programa incluye:

  • Asesoramiento individual, el trabajador dará lugar a la asignación de asesor de empleo en todo el desarrollo del programa, ofrecerá una atención personalizada, seguimiento y actualización de su itinerario de inserción laboral, proponer y evaluar las acciones para mejorar su empleabilidad y que le informe, en su caso, del incumplimiento de las obligaciones que puedan surgir.
  • Ruta de empleabilidad: desde la admisión al programa, y dentro de 15 días en septiembre será el desarrollo del curso de empleo de los que buscan empleo a través de:
  • La entrevista de trabajo: a través de él, el consejero de trabajo o el consejero de completar y actualizar la información empresarial sobre el trabajador que ya está en los servicios públicos de empleo, lo cual es necesario definir su perfil profesional.
  • Elaboración o actualización de un plan de inversión personal. Por características personales, y la formación profesional en la entrevista identificado, el consejero de trabajo o asesor establecerá el diagnóstico de la situación de los trabajadores y la vía de inserción de trabajo individual con las actividades de tiempo y el desarrollo. Este calendario se actualiza periódicamente.
  • Ofertas de gestión de inversiones: El consejero de empleo promoverá la participación de los empleados en el proceso de selección para cubrir las ofertas de empleo
  • Programas de empleo y / o formación: los trabajadores que desarrollan un itinerario personalizado de inserción laboral pueden ser considerados para la participación en planes o programas:
  • La orientación profesional
  • Nacional de formación e integración: los trabajadores para proporcionar las habilidades requeridas por el sistema de producción y lograr su empleo o que la falta de formación específica o la calificación es insuficiente o inadecuada
  • Programas de Talleres de Empleo, los talleres de la escuela y el comercio: la adquisición de la formación profesional y experiencia laboral necesaria para facilitar la reinserción en el mercado laboral
  • Planes de empleo para la contratación de desempleados en la realización de obras y servicios de interés general y social, para proporcionar la adquisición de práctica profesional adecuada
  • O programas experimentales de empleo integrado, que combina acciones de diferente naturaleza s, tales como, información y consejos de entrenamiento, experiencia y movilidad geográfica
  • Consejos para el autoempleo y otros programas para la empleabilidad de los desempleados

Se pierde la antigüedad como demandante si trabajo unos días y luego vuelvo a estar en el paro?

No, solamente tendría que volver a contar los doce meses como demandante en el caso de haber trabajado 90 días o más en el último año.

Puedo solicitar la nueva ayuda a parados de larga duración durante el año de espera de la RAI? 

El incumplimiento de las obligaciones del beneficiario, en el caso de la RAI, tiene la máxima sanción : baja total en el programa. Además, se causará baja entre otras razones por trabajar por cuenta propia o ajena a tiempo completo por un período igual o superior a seis meses, acceder a una prestación por desempleo, a un subsidio por desempleo o a la renta agraria, obtener pensiones o prestaciones de carácter económico de la Seguridad Social que sean incompatibles con el trabajo o que, sin serlo, excedan en su cuantía de los límites que se fijan para poder percibir la renta activa de inserción. También se pierde la RAI por salir del país, ya que el SEPE no concede autorizaciones para viajar al extranjero mientras se cobra la RAI, salvo si se traslada al extranjero para la búsqueda o realización de trabajo o perfeccionamiento profesional o cooperación internacional, por un período inferior a seis meses. En estos casos y siempre que se haya solicitado la autorización, el pago de la ayuda se interrumpe y al regreso se puede solicitar su reanudación. (FLOR)

Puedo solicitar la RAI estando de autónomo?

 La RAI es incompatible con el trabajo, antes de solicitar este. Si tú estás trabajando como autónoma, asalariada, en contrato mercantil, etc., sea cual sea tu jornada no se puede cobrar la RAI. Por lo tanto, si quieres cobrar no puedes estar de alta como autónomo, de todas maneras eso te lo van a decir en el SEPE, porque lo primero que van a ver si solicitas es que tienes trabajo y por lo tanto te dirán que no puedes solicitar.

Tengo mas del 33% de discapacidad, he solicitado la RAI y me la han concedido. Quería saber si cuando llega el 11º mes se renueva automáticamente o hay que renovarlo antes? 

No se renueva automáticamente, es más tienes que volver a entregar la misma documentación y una solicitud nueva a partir del día siguiente, nunca antes del agotamiento de la rai.
Ahora también tienes que hacer la búsqueda activa de empleo.

Que documentación necesito para el caso de violencia de género?

Para la RAI, si la solicitas, necesitarás sentencia o medidas cautelares, o en su defecto un certificado del Instituto de la Mujer acreditando que eres victima de violencia de género, si te es más fácil llevar la sentencia o medidas cautelares pues con eso te basta. Libro de familia original y certificado de convivencia para que comprueben que el padre de tu niño no vive contigo.

De que formas puedo justificar la Búsqueda Activa de Empleo?

Efectivamente 3 currículum es una acción, 2 portales de empleo, una entrevista, un día de trabajo. etc.
Lo que hace mucha gente es entregar un currículum y en otro le van poniendo un sello, y ese mismo currículum le van poniendo los sellos de las distintas empresas, por lo que al final en el currículum que te sellan te figurarán los 9 sellos en un sólo currículum. (Jose María)

El teléfono de información del SEPE para el RAI es 901 119999

Comentarios destacados:

ayudasparados: Vamos a aclarar este punto sobre las renovaciones del RAI.
Con las modificaciones del último decreto de recortes de los subsidios, se exige que para poder cobrar el RAI se debe haber cobrado anteriormente o la prestación por desempleo (paro) o algún subsidio distinto al RAI.
Esto no significa que cada vez que tengamos que renovar, tenemos que volver a trabajar y cobrar un subsidio, sino que solamente con que alguna vez en nuestra vida laboral hayamos cobrado el paro o un subsidio, es suficiente para tener derecho a solicitar el RAI por primera vez o para renovarlo.
Si en su oficina de empleo le han explicado otra cosa, insístales en que usted tiene derecho a la renovación.
Espero le haya aclarado su duda.

Alber_48Mad: Hola. En este comentario voy a intentar transmitirle una información de un caso real, es decir, el mío. Así todas aquellas personas que como yo han llegado hasta esta Web buscando información, les quede bien claro en que situación se puede acceder a cobrar la RAI.
El único requisito que cambio el gobierno, es que para poder acceder a cobrar la RAI (Por primera, segunda o tercera vez) Es haber cobrado el paro o subsidio en algún momento de la vida.
Mi caso en particular. En los 80 empecé a trabajar y cotizar, en el 92/93 más o menos, cobre el paro, después he estado trabajando como empleado, autónomo, empleado y como último, de autónomo. Y me han dicho que tengo el derecho a cobrarla. Por lo tanto: Si en tu último trabajo has sido empleado o autónomo y luego te has apuntado al paro sin derecho a ninguna prestación, mientras que en algún momento de tu vida laboral hayas cobrado el paro, tienes derecho a la RAI. (A mi no me han informado que existiera algún limite sobre en que años se ha cobrado el paro)
ADVERTENCIA: Curiosamente, no se si mi caso es uno que se dio entre miles o se ha dado en más casos, por ejemplo: por cambios que hayan realizado a la hora de informatizar los datos en el SEPE, pero no figura en mi registro, el que yo haya cobrado el paro sobre esos años, así que en estos momentos, estoy intentando averiguar como puedo hacer para demostrar que cobre el paro, ya que han pasado muchos años y no guardo ningún comprobante y en aquellos años el paro no se domiciliaba por cuenta bancaria. Si alguien me puede orientar a mi y a otras personas que quizá les suceda lo mismo, lo agradecería.
NOTA: Si tramitan la RAI por Internet y cumplen con todos los requisitos y les sale el cartelito de AVISO (Como ya comente en el anterior comentario) diciendo que no les corresponde, pidan cita personal y averigüen que no sea porque no aparece en su registro que alguna vez no han cobrado el paro, quizá pueda ser por eso y a ver luego como se puede demostrar. Espero que la información esta les sirva de ayuda y les deje las cosas más claras, reconociendo que en esta Web ya las aclaraban bien, pero por si les quedaba alguna duda y necesitaban de un caso real.

Marina: Este comentario es para las mujeres que hayan sido víctimas de violencia de género o doméstica, y que hayan ido a solicitar el Rai, y que le hayan dicho que no, porque su orden de protección haya ya finalizado. Es mi caso, he cobrado el primer rai, y ahora para el segundo, me quieren poner pegas, pues dicen que como se me ha caducado la orden de protección, que ya no soy víctima. He contactado con el departamento de la mujer del gobierno valenciano, y me han dicho que eso no tiene nada que ver. Una vez te han declarado víctima, lo eres. Es como si te declaran víctima del terrorismo, eso es para toda tu vida, y no tiene nada que ver con la orden de protección. En fin, que tenéis que ir a algún departamento de la Mujer, donde hay asistencia jurídica y psicológica gratuita y donde te emiten un certificado de víctima de violencia. Con ese certificado no pueden negarte el Rai. Me dieron el número 900 580 888, gratuito, pero no sé si sólo es para Valencia. Un abrazo a tod@s y mucha suerte.

Flor: En efecto, para cobrar la RAI es necesario haber cobrado antes el paro o subsidio (cosas que ha puesto este gobierno…). Si llevas 12 meses apuntado al paro puedes solicitar la ayuda de 6 meses que han firmado ayer (son 426€) pero aún no ha salido publicada.
Y lo otro que queda es ir a tu Ayuntamiento y hablar con los Servicios sociales.

Jose María: Para cobrar el subsidio con 3 meses te basta para cobrar 3 meses y la cantidad a cobrar será proporcional a la parcialidad de tu trabajo, si trabajas a media jornada cobrarás la mitad, 213 euros.
Las ayudas adicionales sí que se cobran enteras, pero….. después de cobrar 3 meses de subsidio no puedes cobrar la rai, porque un requisito es que en el año inmediatamente anterior a la solicitud de la rai, no se pueden trabajar 3 meses o más y por lo tanto tendrías que esperar un año desde la finalización del contrato.
Como todo no son malas noticias, decirte que después del subsidio podías solicitar el prepara con 2 niño y esposa 450 euros a 6 meses y cuando termines el prepara ya te faltará poco para llevar el año y poder acceder a la rai.

2.035 comentarios sobre «Renta Activa de Inserción RAI»

  1. Hola. Me queda por cobrar mi último mes de la R.A.I.Durante el año 2016, en lo meses de: Marzo, abril, mayo y junio, trabaje en total 36 días. Si me doy de alta en la cartilla agraria( Sellos) perdería el abono de la r.a.i. del mes que me queda por cobrar?
    Gracias

    1. Hola. El darte de alta en el sistema especial agrario, no influye para el cobro de la prestación, por lo tanto si deseas darte de alta en ese régimen, no vas a tener problema.
      Un saludo

  2. yo voy aempezar a cobrar la 2 rai ahora en febrero pero me a salido un trabajo por 4 horas me pueden quitar la rai o lo puedo compaginar con las 4 horas diarias que heche por que no es todos los dias serian dias sultos nesecito respuesta lo antes posible gracias

    1. . La RAI es COMPATIBLE con un trabajo trabajo por cuenta ajena a tiempo parcial

      Un contrato a tiempo parcial existe cuando entre el empresario y el trabajador se acuerda que éste prestará sus servicios durante un número de horas al día, a la semana, al mes o al año inferior al de un trabajador normal a jornada completa.

      La normativa permite trabajar a tiempo parcial y cobrar la RAI. Se reduciría de los 426 euros de la RAI la parte proporcional al tiempo trabajado, pero la duración de la RAI pendiente por cobrar se ampliará en el mismo tiempo en que el trabajador esté con el contrato a tiempo parcial

      *Por ejemplo, si el trabajo es a media jornada (50% de la jornada normal), el trabajador cobraría la mitad de la RAI (213 euros) y lo que pagase el empresario por el contrato. Si al trabajador le quedan dos meses de RAI antes de empezar a trabajar a tiempo parcial, cuando termine este contrato le quedarán los mismos dos meses por cobrar, es decir, no se consume RAI.
      Mientras se está trabajando a tiempo parcial y cobrando la RAI hay que seguir sellando la demanda de empleo (muy importante). Lo que si desaparece es la obligación de asistir a cursos de formación.

      Para compatibilizar la RAI y un trabajo a tiempo parcial, el salario por el trabajo no debe provocar que se supere el límite de rentas, es decir, no tendrá que superar los 530,78 euros al mes (*)

  3. Hola;
    Soy discapacitado con un 33% reconocido. Estoy cobrando la RAI por primera vez y se me termina el 3 de marzo. ¿Hay algún plazo para solicitar la RAI por segunda vez? Es que hasta mediados de mes no lo podre hacer y no se si hay un plazo para solicitarla. Muchas gracias.

    1. Hola. No hay plazo, el único límite es no cumplir los 65 años. La RAI, se empieza a cobrar al dia siguiente de solicitar.
      Un saludo

  4. Hola,

    Ahora el próximo dia 10 de Enero cobro la última mensualidad ( por 2ª vez) de la RAI:

    He de ir al SEPE?, o mandan alguna carta conforme se me ha acabado?

  5. hola yo cobre los once meses en el 2015 en el 2016 no cobre nada trabaje 35 dias he ido a solicitar otra ves los otros once meses y me han dicho k no tengo que presentar nada que solo ponga la fecha en la que empece a trabajar y la finalizacion del contrato y el dia 24 de enero del 2017 tengo que sellar y que pida cita para entregar todos los papeles el dia 25 enero
    esto es asin o me pediran luego que selle curriculum gracias y
    FELIZ AÑO 2017 A TODOS AVER SI NOS DAN TRABAJOS A LOS MAYORES DE 45 AÑOS QUE YA ESTA BIEN DE TANTO PROMETER

    1. Hola. Es así. Si trabajas 3 días en el año inmediatamente anterior a la solicitud, ya tienes realizada la busqueda activa de empleo.
      Un saludo

  6. hola solicite la rai y estuve cobrando los primeros once meses.seguidamente estuve sellando en el inem durante once meses. y actualmente llevo dos meses trabajando como autonomo. mi pregunta es si por cualquier razon me quedara sin trabajo tendria que volver a empezar a sellar durante un año entero o solamente me bastaria sellar un mes que es lo que me falta por sellar para poder volver a solicitar los segundos once meses que no lo hice porque como bien dije antes empece a trabajar. gracias

    1. Hola. Conservarás el derecho a solicitar la RAI, por tener un año sellando la tarjeta siempre y cuando no trabajes 90 días o más en el año inmediatamente anterior a la solicitud. Si ahora trabajas 90 días o más, tendrás que esperar un año desde que te hagas de nuevo la tarjeta o termines el trabajo.
      Un saludo

  7. El día 21 de noviembre solicite la rai y cumplo los requisitos pero aún no me an dicho nada

    1. El Servicio de empleo tiene que resolver a la solicitud presentada en el plazo de 15 días. En este plazo deberá decidir si aprueba la solicitud, si la deniega, o si tiene que pedir a quien la presentó que subsane algún defecto o aporte alguna documentación.

      Una vez resuelto, tiene 10 días para notificar la resolución al trabajador.

      Por lo que en un máximo de 25 días el trabajador debe de haber recibido una notificación sobre su solicitud.

      Si no se recibe nada, una vez pasados 3 meses desde la fecha de presentación de la solicitud, debe de entenderse que la solicitud está desestimada y ante esta desestimación por silencio administrativo negativo, se puede presentar una reclamación.

    2. Hola Elena! Yo solicité mi segunda RAI por discapacidad el 28 de noviembre y el 7 de diciembre me ingresaron 2 días posteriormente me llegó la carta. Si estás segura q no te han ingresado nada en diciembre y te esperas hasta el mes de enero y no recibes ninguna notificación , te aconsejo q te llegues a la oficina por si hay algún error tanto en documentación como en el número de cuenta bancaria . Un saludo.

  8. Hola, acabo de llegar del inem donde había solicitado la renovación de la RAI para emigrantes retornados. Me la concedieron de enero a diciembre de 2015. Como no he trabajado en el extranjero en los últimos 12 meses me han dicho que no tengo derecho a ella porque no cumplo ese requisito de haber trabajado fuera al menos 6 meses end el 2016. Es esto cierto? Lo que me dijeron hace un año es que todas las RAI tienen una 2a y una 3a anualidad. Es que la RAI de los inmigrantes retornados mayores de 45 no?

    Les pido consejo urgente porque no tengo derecho a ninguna otra prestación, ni siquiera a la de parados de larga duración porque nunca cobré el paro en España. También me gustaría saber dónde puedo recurrir el rechazo de mi solicitud, dentro y fuera del ministerio de empleo. Gracias, y Felices fiestas al que pueda tenerlas.

  9. holla buenos dias una pregunta yo cobro la ayuda de rai por violencia y trabaje en una empresa con contracto de rabajo pierdo la ayuda por ese dia ?

  10. Hola tengo la ayuda Rai ahora ara 3 años y me gustaria saber si puedo cobrar algun tipo mas de ayuda i mi discapacidad es de un 60% gracias .

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