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Renta Activa de Inserción RAI es una ayuda para los desempleados con especiales dificultades para incorporarse al mercado de trabajo y en situación de necesidad económica, que se comprometan a la búsqueda activa de trabajo.
Podrán participar en este programa de renta activa de inserción los desempleados que cumplan los requisitos y se incluyen en uno de los siguientes grupos:
• Desempleados de larga duración.
• Personas con discapacidad.
• Emigrantes retornados.
• Víctimas de violencia de género o víctimas de violencia doméstica.
* Uno de los recortes del decreto del 11 de Julio es que se exigirá haber trabajado previamente para acceder a la Renta Activa de Inserción, con lo que la mayoría de desempleados que no han conseguido su primer empleo se quedarán sin poder cobrar esta ayuda (a las víctimas de violencia o emigrantes retornados, no les afecta esta modificación). Esto no significa que cada vez que tengamos que renovar, tenemos que volver a trabajar y cobrar un subsidio, sino que solamente con que alguna vez en nuestra vida laboral hayamos cobrado el paro o un subsidio, es suficiente para tener derecho a solicitar el RAI por primera vez o para renovarlo.
Si en su oficina de empleo le han explicado otra cosa, insístales en que usted tiene derecho a la renovación.
Espero le haya aclarado su duda.
Requisitos necesarios:
- Menor de 65 años
- Ingresos menores que el 75% del Salario Mínimo SMI (menos de 712,5€ en 2021)
- Estar inscrito como demandante de empleo y suscribir el compromiso de actividad
- No tener derecho a la prestación o subsidio de desempleo
- No haber recibido la Renta Activa de Inserción RAI en el último año, salvo las victimas de violencia de género, doméstica y discapacitados
- No haber recibido tres RAI anteriormente
Además de cumplir todos los requisitos anteriores, para cada grupo de desempleados, deberá cumplir:
Desempleados de larga duración:
- Tener más de 45 años de edad.
- Estar como demandantes de empleo inscritos durante doce meses o más. La inscripción no se interrumpe si se ha trabajado menos de 90 días en el último año.
Desempleados con discapacidad:
- Tener reconocido un 33% de discapacidad o más.
- Estar como demandantes de empleo inscritos durante doce meses o más. La inscripción no se interrumpe si se ha trabajado menos de 90 días en el último año.
Desempleados emigrantes retornados:
- Tener más de 45 años de edad.
- Haber trabajado por lo menos 6 meses en el extranjero y haber retornado hace menos de 1 año.
Desempleados víctimas de violencia de género:
- Acreditar con un certificado oficial la condición de victima de violencia de género.
Los trabajadores deben cumplir los requisitos anteriores y además firmar un Compromiso de actividad, por el cual deberá realizar las tareas que se designen desde su centro de empleo para su Plan de Inserción.
Todos los desempleados de larga duración deben esperar 12 meses para volver a solicitarla, salvo victimas de violencia de genero o con minusvalía mayor del 33%
Cuantía de la Renta Activa de Inserción RAI:
Debe ser de 80% del IPREM mensual, que en el 2022 es de: 463,21 euros mensuales, un 2,5% mayor que en el 2021 (451,92 euros) debido a la subida del IPREM establecida en los Presupuestos Generales del Estado.
Determinar la cantidad de renta activa de inserción y las contribuciones de seguridad social para su percepción se inicia desde el día siguiente a la fecha de solicitud de admisión para el programa.
El derecho de admisión en el programa y el mantenimiento de la percepción de la renta activa de inserción conlleva la participación de determinadas actividades para desempleados obligatorias que son ofrecidos por los Servicios de Empleo de cada comunidad.
El pago de la renta se hará en cuotas mensuales, dentro de los 30 días del mes siguiente.
Duración:
El máximo es de once meses de renta.
Las víctimas de violencia doméstica que se han visto obligados a cambiar su residencia dentro de los 12 meses anteriores a la solicitud de admisión a la renta activa de inserción, o durante su estancia en ella, tendrán derecho a tanto alzado adicional.
Documentación para la presentación de la RAI:
- Solicitud cumplimentada
- Certificado de Periodo ininterrumpido como desempleado.
- Certificado Seguridad Social de no percibir pensión alguna.
- Documento de Asuntos Sociales de no percibir ayuda alguna, si la hubiera, cuantía.
- Declaración de Renta año anterior.
Donde presentar la solicitud:
Se puede presentar:
- Por internet: en la página https://sede.sepe.gob.es
- En la oficina de Empleo que le corresponda
Compromiso de actividad:
Los empleados deben firmar un Acuerdo de Actividades, en virtud del cual las diversas acciones llevadas a cabo la colocación de que se determine en materia de personal y la integración se desarrollará para complementarse entre sí, mientras que el trabajador incorporado permanece en el programa.
El programa incluye:
- Asesoramiento individual, el trabajador dará lugar a la asignación de asesor de empleo en todo el desarrollo del programa, ofrecerá una atención personalizada, seguimiento y actualización de su itinerario de inserción laboral, proponer y evaluar las acciones para mejorar su empleabilidad y que le informe, en su caso, del incumplimiento de las obligaciones que puedan surgir.
- Ruta de empleabilidad: desde la admisión al programa, y dentro de 15 días en septiembre será el desarrollo del curso de empleo de los que buscan empleo a través de:
- La entrevista de trabajo: a través de él, el consejero de trabajo o el consejero de completar y actualizar la información empresarial sobre el trabajador que ya está en los servicios públicos de empleo, lo cual es necesario definir su perfil profesional.
- Elaboración o actualización de un plan de inversión personal. Por características personales, y la formación profesional en la entrevista identificado, el consejero de trabajo o asesor establecerá el diagnóstico de la situación de los trabajadores y la vía de inserción de trabajo individual con las actividades de tiempo y el desarrollo. Este calendario se actualiza periódicamente.
- Ofertas de gestión de inversiones: El consejero de empleo promoverá la participación de los empleados en el proceso de selección para cubrir las ofertas de empleo
- Programas de empleo y / o formación: los trabajadores que desarrollan un itinerario personalizado de inserción laboral pueden ser considerados para la participación en planes o programas:
- La orientación profesional
- Nacional de formación e integración: los trabajadores para proporcionar las habilidades requeridas por el sistema de producción y lograr su empleo o que la falta de formación específica o la calificación es insuficiente o inadecuada
- Programas de Talleres de Empleo, los talleres de la escuela y el comercio: la adquisición de la formación profesional y experiencia laboral necesaria para facilitar la reinserción en el mercado laboral
- Planes de empleo para la contratación de desempleados en la realización de obras y servicios de interés general y social, para proporcionar la adquisición de práctica profesional adecuada
- O programas experimentales de empleo integrado, que combina acciones de diferente naturaleza s, tales como, información y consejos de entrenamiento, experiencia y movilidad geográfica
- Consejos para el autoempleo y otros programas para la empleabilidad de los desempleados
Se pierde la antigüedad como demandante si trabajo unos días y luego vuelvo a estar en el paro?
No, solamente tendría que volver a contar los doce meses como demandante en el caso de haber trabajado 90 días o más en el último año.
Puedo solicitar la nueva ayuda a parados de larga duración durante el año de espera de la RAI?
El incumplimiento de las obligaciones del beneficiario, en el caso de la RAI, tiene la máxima sanción : baja total en el programa. Además, se causará baja entre otras razones por trabajar por cuenta propia o ajena a tiempo completo por un período igual o superior a seis meses, acceder a una prestación por desempleo, a un subsidio por desempleo o a la renta agraria, obtener pensiones o prestaciones de carácter económico de la Seguridad Social que sean incompatibles con el trabajo o que, sin serlo, excedan en su cuantía de los límites que se fijan para poder percibir la renta activa de inserción. También se pierde la RAI por salir del país, ya que el SEPE no concede autorizaciones para viajar al extranjero mientras se cobra la RAI, salvo si se traslada al extranjero para la búsqueda o realización de trabajo o perfeccionamiento profesional o cooperación internacional, por un período inferior a seis meses. En estos casos y siempre que se haya solicitado la autorización, el pago de la ayuda se interrumpe y al regreso se puede solicitar su reanudación. (FLOR)
Puedo solicitar la RAI estando de autónomo?
La RAI es incompatible con el trabajo, antes de solicitar este. Si tú estás trabajando como autónoma, asalariada, en contrato mercantil, etc., sea cual sea tu jornada no se puede cobrar la RAI. Por lo tanto, si quieres cobrar no puedes estar de alta como autónomo, de todas maneras eso te lo van a decir en el SEPE, porque lo primero que van a ver si solicitas es que tienes trabajo y por lo tanto te dirán que no puedes solicitar.
Tengo mas del 33% de discapacidad, he solicitado la RAI y me la han concedido. Quería saber si cuando llega el 11º mes se renueva automáticamente o hay que renovarlo antes?
No se renueva automáticamente, es más tienes que volver a entregar la misma documentación y una solicitud nueva a partir del día siguiente, nunca antes del agotamiento de la rai.
Ahora también tienes que hacer la búsqueda activa de empleo.
Que documentación necesito para el caso de violencia de género?
Para la RAI, si la solicitas, necesitarás sentencia o medidas cautelares, o en su defecto un certificado del Instituto de la Mujer acreditando que eres victima de violencia de género, si te es más fácil llevar la sentencia o medidas cautelares pues con eso te basta. Libro de familia original y certificado de convivencia para que comprueben que el padre de tu niño no vive contigo.
De que formas puedo justificar la Búsqueda Activa de Empleo?
Efectivamente 3 currículum es una acción, 2 portales de empleo, una entrevista, un día de trabajo. etc.
Lo que hace mucha gente es entregar un currículum y en otro le van poniendo un sello, y ese mismo currículum le van poniendo los sellos de las distintas empresas, por lo que al final en el currículum que te sellan te figurarán los 9 sellos en un sólo currículum. (Jose María)
El teléfono de información del SEPE para el RAI es 901 119999
Comentarios destacados:
ayudasparados: Vamos a aclarar este punto sobre las renovaciones del RAI.
Con las modificaciones del último decreto de recortes de los subsidios, se exige que para poder cobrar el RAI se debe haber cobrado anteriormente o la prestación por desempleo (paro) o algún subsidio distinto al RAI.
Esto no significa que cada vez que tengamos que renovar, tenemos que volver a trabajar y cobrar un subsidio, sino que solamente con que alguna vez en nuestra vida laboral hayamos cobrado el paro o un subsidio, es suficiente para tener derecho a solicitar el RAI por primera vez o para renovarlo.
Si en su oficina de empleo le han explicado otra cosa, insístales en que usted tiene derecho a la renovación.
Espero le haya aclarado su duda.
Alber_48Mad: Hola. En este comentario voy a intentar transmitirle una información de un caso real, es decir, el mío. Así todas aquellas personas que como yo han llegado hasta esta Web buscando información, les quede bien claro en que situación se puede acceder a cobrar la RAI.
El único requisito que cambio el gobierno, es que para poder acceder a cobrar la RAI (Por primera, segunda o tercera vez) Es haber cobrado el paro o subsidio en algún momento de la vida.
Mi caso en particular. En los 80 empecé a trabajar y cotizar, en el 92/93 más o menos, cobre el paro, después he estado trabajando como empleado, autónomo, empleado y como último, de autónomo. Y me han dicho que tengo el derecho a cobrarla. Por lo tanto: Si en tu último trabajo has sido empleado o autónomo y luego te has apuntado al paro sin derecho a ninguna prestación, mientras que en algún momento de tu vida laboral hayas cobrado el paro, tienes derecho a la RAI. (A mi no me han informado que existiera algún limite sobre en que años se ha cobrado el paro)
ADVERTENCIA: Curiosamente, no se si mi caso es uno que se dio entre miles o se ha dado en más casos, por ejemplo: por cambios que hayan realizado a la hora de informatizar los datos en el SEPE, pero no figura en mi registro, el que yo haya cobrado el paro sobre esos años, así que en estos momentos, estoy intentando averiguar como puedo hacer para demostrar que cobre el paro, ya que han pasado muchos años y no guardo ningún comprobante y en aquellos años el paro no se domiciliaba por cuenta bancaria. Si alguien me puede orientar a mi y a otras personas que quizá les suceda lo mismo, lo agradecería.
NOTA: Si tramitan la RAI por Internet y cumplen con todos los requisitos y les sale el cartelito de AVISO (Como ya comente en el anterior comentario) diciendo que no les corresponde, pidan cita personal y averigüen que no sea porque no aparece en su registro que alguna vez no han cobrado el paro, quizá pueda ser por eso y a ver luego como se puede demostrar. Espero que la información esta les sirva de ayuda y les deje las cosas más claras, reconociendo que en esta Web ya las aclaraban bien, pero por si les quedaba alguna duda y necesitaban de un caso real.
Marina: Este comentario es para las mujeres que hayan sido víctimas de violencia de género o doméstica, y que hayan ido a solicitar el Rai, y que le hayan dicho que no, porque su orden de protección haya ya finalizado. Es mi caso, he cobrado el primer rai, y ahora para el segundo, me quieren poner pegas, pues dicen que como se me ha caducado la orden de protección, que ya no soy víctima. He contactado con el departamento de la mujer del gobierno valenciano, y me han dicho que eso no tiene nada que ver. Una vez te han declarado víctima, lo eres. Es como si te declaran víctima del terrorismo, eso es para toda tu vida, y no tiene nada que ver con la orden de protección. En fin, que tenéis que ir a algún departamento de la Mujer, donde hay asistencia jurídica y psicológica gratuita y donde te emiten un certificado de víctima de violencia. Con ese certificado no pueden negarte el Rai. Me dieron el número 900 580 888, gratuito, pero no sé si sólo es para Valencia. Un abrazo a tod@s y mucha suerte.
Flor: En efecto, para cobrar la RAI es necesario haber cobrado antes el paro o subsidio (cosas que ha puesto este gobierno…). Si llevas 12 meses apuntado al paro puedes solicitar la ayuda de 6 meses que han firmado ayer (son 426€) pero aún no ha salido publicada.
Y lo otro que queda es ir a tu Ayuntamiento y hablar con los Servicios sociales.
Jose María: Para cobrar el subsidio con 3 meses te basta para cobrar 3 meses y la cantidad a cobrar será proporcional a la parcialidad de tu trabajo, si trabajas a media jornada cobrarás la mitad, 213 euros.
Las ayudas adicionales sí que se cobran enteras, pero….. después de cobrar 3 meses de subsidio no puedes cobrar la rai, porque un requisito es que en el año inmediatamente anterior a la solicitud de la rai, no se pueden trabajar 3 meses o más y por lo tanto tendrías que esperar un año desde la finalización del contrato.
Como todo no son malas noticias, decirte que después del subsidio podías solicitar el prepara con 2 niño y esposa 450 euros a 6 meses y cuando termines el prepara ya te faltará poco para llevar el año y poder acceder a la rai.
hola a todos! estoy cobrando la rai por violencia de genero empece a trabajar el dia 9 del mes pasado a tiempo parcial alguien sabe si cobrare algunos dias este mes
? gracias d antemano
Hola. tienes que acudir a tu oficina para compatibilizar la prestación.
Un saludo
gracias por responder pero lo q quiero saber es si este mes cobrare los dias del 1 al 9 que me dieron de alta en el trabajo ya que e cobrado una pena de nomina, gracias de nuevo…
Hola, me denegaron hace más de un año la RAI por superar los ingresos de la unidad familiar.Queria saber si puedo volver a solicitarla contando con que los ingresos no han variado y el salario mínimo ha subido. Gracias
Hola. La respuesta es depende. El año pasado el ingreso máximo eran 491 euros por integrante de la unidad familiar. Este año son 530 euros .
Multiplica 530 por los miembros que componen tu unidad familiar y mira el ingreso bruto mes que tienes.
Un saludo
Hola. Este es mi último mes por cobrar la RAI. Me quedan 40 días por cobrar. Pero al mirar por internet la nómina, en este último mes, me pone, la misma cantidad de todos los meses, 426. Cuando me pagan los últimos 10 días? Me pone que el último mes para finalizar la ayuda es este, pero no aparecen los 10 días, que faltan para completar, los 330.
Gracias
Hola. No te pueden pagar mas de 30 dias que tiene el mes, por eso te han pagado 426. Si como dices te quedan 10 días de enero por cobrar , estos los cobraras el 10 de febrero que es cuando se cobra la nómina de enero.
Un saludo
Hola. Aunque la fecha de finalización de la ayuda sea este mes, me pagan los 10 DIAS el próximo mes? Cuando finalizaría la ayuda, este mes, o el próximo? Lo pregunto, porque pensaba de solicitar el subsidio, ya que, tengo un periodo de días trabajados…
Gracias
Hola. Como comprenderás yo no puedo saber cuando se te acaba una prestación, yo te puedo resolver dudas, pero no decirte cuando se acaba algo que te han concedido a ti.
Como todos los meses, si te queda algún día por cobrar del mes de enero, esos los cobrarás el 10 de febrero, siempre el cobre de un mes es el dia 10 del mes siguiente.
Entérate bien cuando te finaliza la prestación, porque eso solo lo puedes saber tú, o informarte en tu oficina.
Con respecto a pedir un subsidio te diré una cosa. Si has trabajado y reanudado la RAI, no podrás solicitar subsidio hasta que vuelvas a trabajar otra vez, no se puede solicitar una prestación si has acabado una RAI, y posteriormente solicitar un subsidio por cotización insuficiente.
Un saludo
Gracias
Hola buenos dias,
He estado cobrando la rai hasta el 24 de enero,para renovarla me piden q renueve el certificado d victima.Como el pin donde me tratan esta cerrado temporalmente,en el juzgado de violencia me expidieron un certificado pero al inem no le vale.Que puedo hacer?
Hola. Solicita la RAI, para que te cuente la nueva prestación desde que solicitas, te requerirán el certificado de violencia, pero te darán 15 días, creo que es tiempo más que suficiente para que te expidan un certificado que diga que sigues en la misma condición.
Un saludo
Hola buenas tardes. Estoy cobrando la rai por violencia de genero y queria solicitar la ayuda por cambio de residencia que corredponde a tres meses de rai en un pago unico. Queria saber que documentacion necesito. Ayudarme porfavor.
Hola. Certificado de empadronamiento de donde estaba tu domicilio anterior y el actual. Y certificado emitido por asuntos sociales u organismo competente en que conste que la causa del cambio de domicilio es por tu situación de victima.
Un saludo
Hola. Tengo 61 años y en mi vida laboral he cotizado más de 15 años como trabajador por cuenta ajena y después como autónomo y un año cobrado paro por Fremap en total 38 años ahora estoy cobrando el R.A.I. y cotizando un convenio especial con la S. Social. Para el próximo año no tengo el subsidio
pero tengo que seguir cotizando hasta la jubilación anticipada a los 63 años (si no cambia). tengo posibilidad de trabajar cuatro o cinco meses en el verano, pero no sé si esto me perjudica y puedo perder la RAI o si después puedo tener paro por lo que tengo dudas (¿ cuanto tiempo cobraría el paro? y si¿ tendría que pagar el convenio especial? agradecería información y ¿que sería más conveniente? Anticipadamente GRACIAS..
Hola. Con los datos que me has dado te voy a contestar lo que considero que podrías hacer.
Como me dices que has cobrado un paro ( creo que es por trabajador autónomo), no podrías tener derecho a paro porque las únicas cotizaciones que tendrás serán las de este verano y me dices que van a ser unos cuatro meses.
A la pregunta si perderás la RAI, la respuesta es no, la RAI, solamente la perderías en el caso de trabajar 6 o más meses seguidos y a tiempo completo, por lo tanto podrías reanudar.
Una cosa que no preguntas es el subsidio mayor para 55 años, que por los datos que me das podrías solicitar si trabajas 3 meses o más, di tienes mas de 15 años cotizados, estos en su mayoria son en regimen general , con 3 meses cotizados posiblemente tendrás derecho a este subsidio y te concederán hasta que tengas derecho a la jubilación.
Por lo tanto, no te preocupes por trabajar 3 o 4 meses, porque la RAI, no la vas a perder, y si al terminar de trabajar tienes derecho al mayor de 55 años, lo solicitas y tendrás un subsidio hasta la jubilacion, que cotiza a salario mínimo y que te da la posibilidad de seguir con el convenio especial.
Un saludo
Hola,cobre mi primer ciclo de la RAI,en el año siguiente de espera me contrataron 5 meses y despues 1 mes,en total seis meses que me daban derecho a la ayuda por insuficiencia de cotizacion de 21 meses.Ahora termino esta ayuda,mi duda es si tengo derecho a solicitar el segundo ciclo de la RAI o que plazos tengo que esperar,muchas gracias de antemano.
Hola. Si ya has agotado el subsidio de 21 meses , en el último año no has dejado de sellar la tarjeta y no has trabajado más de 90 días en el año inmediatamente anterior a la solicitud de la nueva RAI, puedes solicitarla cuando quieras.
Un saludo
Soy emigrante retornado y esto cobrando el 1er año de la RAY puedo solicitarlo inmediatamente cuando se me termine o podre optar por otra ayuda mientras no se me renueva como la RISGA GRACIAS
Hola. Para poder cobrar la 2 RAI, tendrás que esperar un año, las únicas RAI que se pueden cobrar sin esperar un año, son el de violencia de género y minusvalía del 33 por ciento o superior.
Un saludo
Solicite el día 22 de diciembre la raíz por victima violencia de genrero ya la cobre anterior mente y me caduco el 15de diciembre estamos a 17de enero u aun no me a llegado ninguna carta aprobandomela ero en enero me pago el paro 180euros se supone que me la an aceptado y que no me a llegado aun la carta o se trata de algún finiquito de la ayuda?por favor ayudaa
Hola. Si en la oficina has entregado toda la documentación y no te han requerido nada, no tiene que haber ningún problema. Lo que has cobrado posiblemente sean los días que te quedaban pendientes de diciembre.
Y la nueva prestación puede haber ocurrido que no la puedan mecanizar hasta el mes de enero porque informáticamente aunque agotes en diciembre la prestación se queda en alta todo el mes entero y hasta enero no se puede mecanizar.
Si te quieres quedar más tranquila pregunta en tu oficina, pero te repito en tu caso , si no te han requerido nada es difícil que no la tengas ya aprobada.
Un saludo
Hola he trabajado tres meses tengo tres meses cotizado a cuatro horas d trabajos e cobrado el subsidio x falta d cotización tres meses aora toi cobrando el plan prepara en febrero es mi ultimo mes en marzo hago un año con el paro tengo 36% d minusvalía mi pregunta es si puedo hechar la rai después de agotar el prepara x minusvalía??
Hola. Si podrás solicitar la RAI, la respuesta es si.
En cuanto a cuando te explico. Si los 3 meses los trabajaste seguidos, tendrás que solicitar la RAI, un año después de terminar el trabajo y sacaste tu tarjeta de desempleo, cuando trabajas 3 meses o mas, pierdes la antigüedad de la tarjeta y tienes que estar un año con la tarjeta de desempleo en alta.
Si el trabajo de 3 meses fue en periodos alternos tendrás que ir a tu oficina para que te digan, cuando cumples el año.
De todas maneras tranquila que sí puedes solcitar la RAI, el cuando espero habertelo contestado, más o menos.
Un saludo
Buenos días
Completé el primer periodo de la RAi el 3 de marzo del año pasado (2016). Me corresponde pedir el segundo plazo de la RAI en breve pero en el SEPE (a toda prisa y corriendo) me han dicho que debo hacerlo el 6 de febrero en vez de en marzo como creía y me indicaron en otra ocasión anterior.
Además, estoy a a la espera de que me comuniquen si me contratan 6 meses para un trabajo que se ejecutaría en febrero 2017, septiembre 2017 o febrero de 2018 por lo que en el propio SEPE me indican que puedo esperar a solicitar ese segundo plazo de la RAI sin necesidad de hacerlo en la fecha exacta en que me tocaría e incluso que puedo pasar meses enteros sin hacerlo porque cuando quiera hacerlo no habrá problemas para pericibir ese segundo tramo de la RAI en el caso de que, finalmente, no me contraten. Mis preguntas son las siguientes:
1.- Debo solicitar el segundo tramo de la RAI en febrero o en marzo?
2.- Realmente puedo estar varios meses sin pedir ese segundo tramo en el caso de que se dilate mi posible incorporación al trabajo antes mencionado?
Muchísimas gracia y perdón por lo largo del post.
Hola. La RAI se puede solicitar un años después de agotar la última , no te puedo decir la fecha porque me has puesto varias y el requisito es muy sencillo, un años después del agotamiento.
Dicho esto la RAI, no tiene plazo y puedes solicitarla en cualquier momento.
Creo que en la oficina lo que te han dicho es que si te van a llamar a trabajar no la solicites, porque si como tú dices te hacen un contrato de 6 meses o más y tienes la RAI concedida esta se extinguiría porque esta circunstancia (contrato de 6 meses a jornada completa, hace que no vuelvas a poder reanudar esta RAI), por lo tanto creo que lo que te aconsejan en la oficina es que siendo que puedes esperar a solicitar la RAI, solamente lo hagas cuando estés seguro que no te van a llamar a trabajar.
Si el contrato fuera inferior a 6 meses no habría problema en reanudar la RAI.
Un saludo
Muchísimas gracias José María.
Buen domingo y feliz semana.