Hemos recopilado algunas de las mejores respuestas sobre el subsidio mayores 55 años que nos ha enviado nuestro colaborador y experto en este tipo de ayudas, Jose María. Desde aquí le agradecemos toda la labor que está haciendo de forma altruista.
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Cuentan las cotizaciones en el extranjero?
Para solicitar el subsidio de mayores de 55 años es necesario tener 15 años cotizado y 6 de ellos durante tu vida laboral cotizados a Régimen General. Yo he trabajado 15 en el extranjero (Alemania) a Régimen General y 11 en España como autónomo, podría con estas circunstancias solicitarlo?
La cotizaciones en el extranjero te valen, pero tienes que ir a la seguridad social para que te lo convaliden, seguramente te pedirán justificantes de dichos trabajos en Alemania, pero si que sirven.
Como calculo los ingresos con cargas familiares?
Las cargas familiares se calculan con el sueldo bruto x 14 pagas y se divide entre 12 y después se divide por los que conviven en casa. Se descuentan las retenciones de la nomina?
Si en nómina te meten cada mes la paga extra, ósea, solo tienes 12 pagas al año, tienes que coger el total devengado, que es lo que cobras neto, más todas las retenciones y nada más.
Si por el contrario las pagas extras las tienes en junio y diciembre, tienes que coger el total devengado y luego sumarle la prorrata de pagas extras, que es lo que le correspondería cada mes si las cobrara como el ejemplo anterior (esta cantidad casi siempre viene en la parte inferior a la izquierda y viene como te he dicho total devengado+prorrata de pagas.
Como ves es muy sencillo, el total devengado suele venir en el centro de la nómina en la parte derecha y de ahí le restan el IRPF, seguridad social, etc. y sacan el líquido a pagar. Para el INEM, todos los conceptos de la nómina se cuentan excepto las dietas que se dan por alojamiento, comida etc., por ejemplo a camioneros y viajantes.
Con respecto a lo que comentas de tu marido que tenia el mayor de 52 y luego trabajó tres meses y cogió 3 meses que le quedaban de paro, no te entiendo, dices que tenía el mayor de 52 y que hacia la declaración anual de rentas y luego me sales que le quedaban 3 meses de paro y no sé exactamente a qué te refieres, o cobraba el subsidio o tenía paro.
Cuando uno tiene un mayor de 52 o 55 años, supongamos que cobra 426 euros, y genera un derecho a paro, se pueden hacer 2 cosas: si ese paro es a tiempo completo puede pedir el paro y luego volver a pedir otro subsidio, el anterior le queda extinguido.
Otro ejemplo, generas paro pero a tiempo parcial (cuidado) el nuevo subsidio que generes será con la cuantía de la última parcialidad que te dé derecho a paro, es decir, el subsidio ya no lo cobrarás a 426 euros, entonces si te ves perjudicada, puedes optar por seguir cobrando tu subsidio y no cobrar el paro y perderás las cotizaciones, pero el subsidio será el mismo que tenías.
Otro ejemplo, estás cobrando el subsidio mayor de 52 años, el de antes de julio del 2012, este tipo de subsidio hasta marzo del 2013 no se pedían cargas familiares, por lo que sólo dependías de tus propias rentas, pues imagínate que cobras ese subsidio y general un derecho a paro, tienes igualmente 2 opciones, si el nuevo derecho te perjudica, porque estás casado por ejemplo y tu mujer se pasa de rentas con el nuevo subsidio esto ya se tiene en cuenta, entonces como seguramente no podrás acceder a las nuevas condiciones, puedes optar a seguir cobrando el antiguo subsidio y no cobrar el paro, eso si las cotizaciones de ese paro las perderías.
Espero no haberte liado mucho, la moraleja de todo es que si cobrando el subsidio mayores 55 años o 52 años, generas un derecho a paro y este te perjudica para un posterior subsidio, puedes optar, pues el legislador entiende que es una prestación hasta la jubilación y no se puede perjudicar a una persona por generar un paro que le perjudicaría para muchos años.
Cumplo todos los requisitos para solicitarla?
Acabo de cumplir los 55 y tengo todos los requisitos para cobrar el subsidio mayores 55 años, excepto a que el paro lo agoté hace muchísimo tiempo y de momento solo tengo unos 120 días cotizados…que puedo hacer para solicitar el subsidio?
Si crees que reúnes los requisitos para el mayor de 55 años, 15 años cotizados y de ellos 6 al desempleo, y ahora tienes más de 90 días cotizados, solamente necesitas un contrato de trabajo, a poder ser a jornada completa. El subsidio mayor de 55 años, se puede acceder con 90 días cotizados, no hace falta 180 en caso de carecer de rentas, así que con un contrato para tener situación de desempleo te bastaría.
Nuevos requisitos para cobrar el subsidio mayores 55 años
Cumplo todos los requisitos para solicitar la ayuda para mayores de 55 años, salvo uno, que al parecer es nuevo, o añadido a lo que ya había. ¿Es cierto que si no tienes 12 meses cotizados, debes tener al menos 3 meses -y aquí viene la novedad-, si tienes cargas familiares o seis si no las tienes. Yo tengo tres meses pero no cargas.
Efectivamente desde julio del 2012 ya no se puede acceder directamente al subsidio para mayores de 55 años, como se hacía antes, ahora tienes que cobrar un subsidio, agotar un paro que te dé derecho a subsidio y en su defecto tener 3 meses cotizados que te den derecho a acceder al subsidio mayores 55 años.
Efectivamente en los subsidios normales para acceder a un subsidio de 3 meses necesitas tener cargas familiares, pero el legislador ha entendido como este subsidio se puede tener sin cargas familiares con 3 meses es suficiente para acceder a él. Ojo, solamente para el mayor de 55 años, si no reunieras algunos de los requisitos, no podrías con estos 3 meses acceder a otro tipo de subsidio.
Por lo tanto si tienes los 3 meses cotizados solicita el subsidio.
Como se imputan los fondos de inversión a efecto de ingresos?
Tanto los fondos de inversión como las acciones se consideran incrementos patrimoniales y se pagan en un pago único.
Si tienes un fondo o unas acciones, los ingresos que se cuentan solo es a la hora del rescate de dicho fondo o con la venta de acciones.
Supongamos que tienes 1000 acciones y las compras a 20 euros y al cabo de unos meses, las vendes a 40 euros, la ganancia patrimonial es de 20000 euros, que dividido para 12 meses da una cantidad superior a 486 euros.
Si esas acciones las vendes el 15 de julio, se lo comunicas al SEPE y se te dará de baja ese mismo día y previa solicitud por tu parte se te reanudará con fecha 15 de agosto, por lo que solo se te suspenderá un mes, luego se puede cobrar el subsidio.
Para compensar ganancias con pérdidas, solo lo puedes hacer si ambas cosas coinciden el mismo mes, si ganas 20000 y pierdes con otra venta 15000, solo se considerarían unas ganancias de 5000 euros si se producen el mismo mes, si es en mes distinto tendrías unas ganancias de 20000 euros.
Con los fondos pasa igual, fecha de venta, se divide para doce y si el resultado es mayor de 486 euros, se suspende el subsidio un mes y se reanuda. Estas condiciones afectan en este caso solamente al subsidio mayores 55 años.
Las herencias, como afectan?
Como afecta el cobro de una herencia a las condiciones para seguir cobrando el subsidio mayores 55 años? Siempre hay que comunicar al SEPE, cualquier variación patrimonial.
El tema de la herencia va de la siguiente manera:
Hay que comunicar al SEPE el incremento patrimonial desde el mismo día que se formaliza la escritura, si superas rentas se suspende un mes y al mes siguiente se reanuda, si te das cuenta, es igual que lo que comento normalmente en este foro.
Como dicha vivienda, fondo, acciones etc., tiene un valor en la fecha en que pasa a tu propiedad, en caso de venta, hay que hacer la diferencia entre el valor en que recibiste dichos bienes y el valor de la venta, si la ganancia dividida para 12 supera 486 euros, tienes que volver a suspender la prestación.
O sea, tienes dos incrementos, uno cuando recibes la herencia que tiene un valor x, y otro cuando vendes que tienes ganancias o pérdidas, por lo tanto si tienes ganancias superiores sería otro incremento patrimonial.
Otras dudas
Si estoy cobrando el subsidio de desempleo por un contrato de tres meses, y cumplo los 55 años en el ultimo mes de subsidio, puedo solicitar el de los 55 años, o tiene que haber mas margen para poder solicitarlo?
Para acceder al mayor de 55 años tienes que estar cobrando el subsidio, da igual el primer o el último día, tienes que cumplir los 55 años durante la vigencia del subsidio, así que justo cuando cumplas la edad, acude a tu oficina para que te cambien el tipo de subsidio.
hola
historia y mi duda
pido subsidio para mayores de 55 años mi se ha aprobado pero por tres meses tener un hijo en cargo
ir al SEPE y le digo que tengo derecho a el para mayores de 55 años
la trabajadora se pone nerviosa y me pide el formulario U-006 que sin el necesito 6 mases de trabajo que nu vale 3
doi de baja el de tres meses por no tener este formulario en espera de al recibir
caduca mi DNI y mi hilo no puede sacarlo pero y se da otro que confirma que no tiene renta
me he renovado el DNI con este documento y con tramite de divorcio pido otra vez subsidio
no mi se ha aprobado por falta de formulario U-006 Y SENTENCIA DE DIVORCIO
recibo formulario sale sentencia de divorcio me ha renovado y el DNI una empresa me ha echo y un contracto por 3 meses
ir al SEPE con este documentos y mi se ha aprobado
encontró un trabajo y mi se da de baja
a partir de dos meses recibo un sobre que he echo una infraccion muy grave por que el ultimo trabajo fue una simulación
con este empresa yo no tengo nada que ver
mi duda
tener derecho al subsidio y aprobado de antes de sa digo este simulación tiene algo que ver subsidio con simulación o nu are que ver nada una con otras
gracias
Hola . Yo lo único que puedo hacer es aconsejar, a cosas que no se saben o entienden, pero tú caso es tan complejo y además parece que no tiene fin, que la única forma de resolverlo o aclararlo es que hagas las pertinentes reclamaciones previas. Te puedo asegurar que asesoría jurídica actua escrupulosamente sobre derecho y si tienes razón te la van a dar.
Dicho esto si han detectado fraude de ley o simulación de contrato, es una falta muy grave como te han dicho y si el contrato es el que te dió derecho a subsidio me imagino que habrás recibido una comunicación de revocación. Pero como te digo esto no es una cuestión de informar, más bien es de que eches tus reclamaciones.
Un saludo
Hola en octubre cumpliré 55 y hace dos años Me descubrieron una cadera mal y me dieron una pensión por discapacidad ave un mes me la quitaron y no encuentro empleo me afectara a la hora de solicitar al sepe la paga de los 55 años?
Hola. Me imagino que te habrán dicho que al tener una incapacidad y luego extinguirla por mejoría, te corresponden 18 meses de subsidio, despues de hacer el mes de espera.
Por lo tanto si cuando cumplas 55 años estás cobrando subsidio y cumples el resto de los requisitos, no tendrías que tener problemas para acceder a dicho subsidio.
Un saludo
perdona
ha salido y sentencia de divorcio y he recibido y el formulario U-006 y estoy y trabajando
otra vez
GRACIAS
hola
creo que una vez que mi se ha dado y un avocado de oficio el divorcio esta en curso
mi hijo vive en otro pais y yo he trabajado la ultima vez unos 4 meses en régimen general
cumplir otros requisitos hache falta solo mis documentos para pedir subsidio para mayores de 55 años
gracias
la próxima vez te voy ha informar sobre este caso ha ver que opinas y después no voy ha te molestar mas por que y otros necesita este pagina
gracias para todo
no soy experto pero se parece que el SEPE me ha puesto una trampa
Buenos dias, estoy cobrando el subsidio para mayores de 55, mi mujer trabajaba, la han despedido y le han finiquitado, al finiquitarle le han pagado su parte proporcional de paga extra que le corresponde con lo que supuestamente pasamos el limite de rentas.
Mi pregunta es si para el calculo de rentas se tiene en cuenta el porrateo de pagas aunque no lo cobres en el momento, eso que le han pagado se deberia descontar o como se tiene en cuenta.
Porque si cada vez que le finiquiten nos pasamos en rentas, que sentido tiene el porrateo de pagas, entiendo que meterian las pagas por dos veces, cuando se porratean y cuando se cobran realmente.
gracias
Hola. No te pueden contar 2 veces el mismo concepto.
Las nóminas las suelen hacer de 2 formas.
1 que la paga extra te la incluyen en la nómina por lo tanto lo que se tiene en cuenta es el total devengado.
2 que la paga extra se cobra en los meses de junio y diciembre, por lo que se tiene en cuenta es el total devengado , más el prorrateo de la paga extra.
Y para que sea más fácil de ver esta cantidad viene reflejada en un cuadro que pone BCC, base de contingencias comunes, que para entendernos es lo que cotizas para la pensión.
Esa es la cantidad que te van a tener en cuenta, pero como te digo, si la nómina te la han hecho bien, solo se tendrá en cuenta o el total devengado si las pagas van incluidad o total devengado mas el prorrateo si van aparte.
Un saludo
Hola¡¡ mi marido ha cumplido los 55 años, cumple todos los requisitos, menos que en los últimos años estuvo cotizano por autónomo pero no en el reg gral. Parece que no se puede solicitar si no se tienen 3 meses de cotización en régimen general ? valdría igual en el régimen de empleados de hogar para completar este requisito de los 3 meses cotizados en régimen general?
Muchas gracias por tu tiempo¡¡
Un saludo,
Hola. Para acceder al subsidio tiene k ser 3 meses de trabajo k coticen al desempleo y en la actualidad este gremio no cotiza.
Un saludo
Buenos días,José María, NO HAY PALABRAS PARA AGRADECERTE LO QUE HACES POR TANTA GENTE. UN ABRAZO.
Gracias a vosotros. No me cuesta nada responder a algunas preguntas, lo que más me preocupa a veces es que no pueda ser todo lo claro o acertado posible, porque la información que se me da no sea o no lo entienda bien. Es un problema contestar al 100 por 100 sin conocer todos los datos.
Un saludo
Hola. Voy a cumplir 57 Años en Abril, estoy cobrado el paro que se me termina en Agosto. En el Sepe me digeron que despues de un mes de espera podia pedir el subsidio para mayores de 55 Años. En enero mi mujer vendió una vivienda que habia heredado al 50 % con su hermana empleando el dinero en quitar parte de la hipoteca. En casa somos tres mi mujer, mi hijo de 11 Años y yo. Mis dudas son las siguientes: si la venta de la vivienda tengo que comunicarla en el Sepe ahora,?y si me afectará a la hora de pedir la ayuda? En casa no hay mas ingresos que los que estoy cobrando de paro. Gracias.
Hola. No hay nada que comunicar. Mientras cobras el paro, la venta de cualquier inmueble no afecta a esa prestación.
En cuanto al subsidio por desempleo los ingresos que se tienen en cuenta son los que se generan en el mes inmediatamente anterior a la solicitud, es decir, a partir de terminar tu prestación por desempleo.
Otra cosa son los intereses que se puedan generar con los ingresos de la venta, pero tal como están los intereses bancarios, mucho tendrías que ganar en la venta o herencia para que eso afectara, además comentas que lo has invertido en amortizar hipoteca, por lo tanto, no hay nada que decir al SEPE.
Un saludo
Muchas gracias por su respuesta. Me ha servido para tener mucho mas claro las cosas. Gracias.
Hola. He solicitado y me han concedido el subsidio de desempleo por 6 meses. Tengo 60 años cumplidos. ¿Tendria que haber solicitado el subsidio para mayores de 55? ¿Lo puedo solicitar ahora? Un saludo y muchas gracias.
Hola. Si todavía estás cobrando el subsidio, si que lo puedes solicitar. Otra cosa es que o no se han dado cuenta de tú edad, o a lo mejor, es que en el momento que solicitaste no tenías derecho a dicho subsidio, porque me extraña que no te hubieran informado de solicitar el mayor de 55 directamente.
Un saludo
Hola Jose Maria. Hice la solicitud el viernes y me lo aprobaron ayer. No solicite el de mayores de 55 porque pensaba que tenia que haber cobrado la prestacion contributiba. Pues no se dieron cuenta de mi edad por lo que se ve.
Un saludo
Hola buenos días, por favor cobro el subsidio para mayores de 55 años, y ahora me están ofreciendo un trabajo a tiempo parcial de unos 500 euros mensuales incluyendo las pagas extras,
puedo aceptar ese contrato, ya que me interesaría cotizar para la jubilación, o no sería conveniente.
Como quedaría la ayuda, es que tengo que trasladarme a otro lugar y tendría mas gastos, también por esa razón necesito calcular el total a cobrar.
Un saludo,
Gracias.
Hola. lo primero y más importante para trabajar y poder compatibilizar el subsidio, tú nómina no puede sobrepasar los 530,78 euros brutos mes, es decir el total devengado y el prorrateo de pagas extras, si estas se cobran a parte ( el empresario te puede decir esta cantidad), a parte de la nómina también tendrás que ver que no tengas otro tipo de ingreso en la renta como intereses bancarios etc.
Si no sobrepasaras rentas podrás compatibilizar y el subsidio lo cobrarias con el porcentaje de trabajo no realizado, es decir, si trabajas al 40 por ciento de jornada, cobrarías el 60 por ciento de tu prestación , si tu jornada es del 50 por ciento, cobrarías el otro 50 por ciento del subsidio.
Un saludo