7 mejores consejos sobre el subsidio mayores 55 años

Hemos recopilado algunas de las mejores respuestas sobre el subsidio mayores 55 años que nos ha enviado nuestro colaborador y experto en este tipo de ayudas, Jose María. Desde aquí le agradecemos toda la labor que está haciendo de forma altruista.

Contenido del artículo

Cuentan las cotizaciones en el extranjero?

Para solicitar el subsidio de mayores de 55 años es necesario tener 15 años cotizado y 6 de ellos durante tu vida laboral cotizados a Régimen General. Yo he trabajado 15 en el extranjero (Alemania) a Régimen General y 11 en España como autónomo, podría con estas circunstancias solicitarlo?

La cotizaciones en el extranjero te valen, pero tienes que ir a la seguridad social para que te lo convaliden, seguramente te pedirán justificantes de dichos trabajos en Alemania, pero si que sirven.

Como calculo los ingresos con cargas familiares?

Las cargas familiares se calculan con el sueldo bruto x 14 pagas y se divide entre 12 y después se divide por los que conviven en casa. Se descuentan las retenciones de la nomina?

Si en nómina te meten cada mes la paga extra, ósea, solo tienes 12 pagas al año, tienes que coger el total devengado, que es lo que cobras neto, más todas las retenciones y nada más.

Si por el contrario las pagas extras las tienes en junio y diciembre, tienes que coger el total devengado y luego sumarle la prorrata de pagas extras, que es lo que le correspondería cada mes si las cobrara como el ejemplo anterior (esta cantidad casi siempre viene en la parte inferior a la izquierda y viene como te he dicho total devengado+prorrata de pagas.ayuda o subsidio mayores 55 años

Como ves es muy sencillo, el total devengado suele venir en el centro de la nómina en la parte derecha y de ahí le restan el IRPF, seguridad social, etc. y sacan el líquido a pagar. Para el INEM, todos los conceptos de la nómina se cuentan excepto las dietas que se dan por alojamiento, comida etc., por ejemplo a camioneros y viajantes.

Con respecto a lo que comentas de tu marido que tenia el mayor de 52 y luego trabajó tres meses y cogió 3 meses que le quedaban de paro, no te entiendo, dices que tenía el mayor de 52 y que hacia la declaración anual de rentas y luego me sales que le quedaban 3 meses de paro y no sé exactamente a qué te refieres, o cobraba el subsidio o tenía paro.

Cuando uno tiene un mayor de 52 o 55 años, supongamos que cobra 426 euros, y genera un derecho a paro, se pueden hacer 2 cosas: si ese paro es a tiempo completo puede pedir el paro y luego volver a pedir otro subsidio, el anterior le queda extinguido.

Otro ejemplo, generas paro pero a tiempo parcial (cuidado) el nuevo subsidio que generes será con la cuantía de la última parcialidad que te dé derecho a paro, es decir, el subsidio ya no lo cobrarás a 426 euros, entonces si te ves perjudicada, puedes optar por seguir cobrando tu subsidio y no cobrar el paro y perderás las cotizaciones, pero el subsidio será el mismo que tenías.

Otro ejemplo, estás cobrando el subsidio mayor de 52 años, el de antes de julio del 2012, este tipo de subsidio hasta marzo del 2013 no se pedían cargas familiares, por lo que sólo dependías de tus propias rentas, pues imagínate que cobras ese subsidio y general un derecho a paro, tienes igualmente 2 opciones, si el nuevo derecho te perjudica, porque estás casado por ejemplo y tu mujer se pasa de rentas con el nuevo subsidio esto ya se tiene en cuenta, entonces como seguramente no podrás acceder a las nuevas condiciones, puedes optar a seguir cobrando el antiguo subsidio y no cobrar el paro, eso si las cotizaciones de ese paro las perderías.

Espero no haberte liado mucho, la moraleja de todo es que si cobrando el subsidio mayores 55 años o 52 años, generas un derecho a paro y este te perjudica para un posterior subsidio, puedes optar, pues el legislador entiende que es una prestación hasta la jubilación y no se puede perjudicar a una persona por generar un paro que le perjudicaría para muchos años.

Cumplo todos los requisitos para solicitarla?

Acabo de cumplir los 55 y tengo todos los requisitos para cobrar el subsidio mayores 55 años, excepto a que el paro lo agoté hace muchísimo tiempo y de momento solo tengo unos 120 días cotizados…que puedo hacer para solicitar el subsidio?

Si crees que reúnes los requisitos para el mayor de 55 años, 15 años cotizados y de ellos 6 al desempleo, y ahora tienes más de 90 días cotizados, solamente necesitas un contrato de trabajo, a poder ser a jornada completa. El subsidio mayor de 55 años, se puede acceder con 90 días cotizados, no hace falta 180 en caso de carecer de rentas, así que con un contrato para tener situación de desempleo te bastaría.

Nuevos requisitos para cobrar el subsidio mayores 55 años

Cumplo todos los requisitos para solicitar la ayuda para mayores de 55 años, salvo uno, que al parecer es nuevo, o añadido a lo que ya había. ¿Es cierto que si no tienes 12 meses cotizados, debes tener al menos 3 meses -y aquí viene la novedad-, si tienes cargas familiares o seis si no las tienes. Yo tengo tres meses pero no cargas.

Efectivamente desde julio del 2012 ya no se puede acceder directamente al subsidio para mayores de 55 años, como se hacía antes, ahora tienes que cobrar un subsidio, agotar un paro que te dé derecho a subsidio y en su defecto tener 3 meses cotizados que te den derecho a acceder al subsidio mayores 55 años.
Efectivamente en los subsidios normales para acceder a un subsidio de 3 meses necesitas tener cargas familiares, pero el legislador ha entendido como este subsidio se puede tener sin cargas familiares con 3 meses es suficiente para acceder a él. Ojo, solamente para el mayor de 55 años, si no reunieras algunos de los requisitos, no podrías con estos 3 meses acceder a otro tipo de subsidio.
Por lo tanto si tienes los 3 meses cotizados solicita el subsidio.

Como se imputan los fondos de inversión a efecto de ingresos?

Tanto los fondos de inversión como las acciones se consideran incrementos patrimoniales y se pagan en un pago único.
Si tienes un fondo o unas acciones, los ingresos que se cuentan solo es a la hora del rescate de dicho fondo o con la venta de acciones.
Supongamos que tienes 1000 acciones y las compras a 20 euros y al cabo de unos meses, las vendes a 40 euros, la ganancia patrimonial es de 20000 euros, que dividido para 12 meses da una cantidad superior a 486 euros.
Si esas acciones las vendes el 15 de julio, se lo comunicas al SEPE y se te dará de baja ese mismo día y previa solicitud por tu parte se te reanudará con fecha 15 de agosto, por lo que solo se te suspenderá un mes, luego se puede cobrar el subsidio.
Para compensar ganancias con pérdidas, solo lo puedes hacer si ambas cosas coinciden el mismo mes, si ganas 20000 y pierdes con otra venta 15000, solo se considerarían unas ganancias de 5000 euros si se producen el mismo mes, si es en mes distinto tendrías unas ganancias de 20000 euros.
Con los fondos pasa igual, fecha de venta, se divide para doce y si el resultado es mayor de 486 euros, se suspende el subsidio un mes y se reanuda. Estas condiciones afectan en este caso solamente al subsidio mayores 55 años.

Las herencias, como afectan?

Como afecta el cobro de una herencia a las condiciones para seguir cobrando el subsidio mayores 55 años? Siempre hay que comunicar al SEPE, cualquier variación patrimonial.
El tema de la herencia va de la siguiente manera:
Hay que comunicar al SEPE el incremento patrimonial desde el mismo día que se formaliza la escritura, si superas rentas se suspende un mes y al mes siguiente se reanuda, si te das cuenta, es igual que lo que comento normalmente en este foro.
Como dicha vivienda, fondo, acciones etc., tiene un valor en la fecha en que pasa a tu propiedad, en caso de venta, hay que hacer la diferencia entre el valor en que recibiste dichos bienes y el valor de la venta, si la ganancia dividida para 12 supera 486 euros, tienes que volver a suspender la prestación.
O sea, tienes dos incrementos, uno cuando recibes la herencia que tiene un valor x, y otro cuando vendes que tienes ganancias o pérdidas, por lo tanto si tienes ganancias superiores sería otro incremento patrimonial.

Otras dudas

Si estoy cobrando el subsidio de desempleo por un contrato de tres meses, y cumplo los 55 años en el ultimo mes de subsidio, puedo solicitar el de los 55 años, o tiene que haber mas margen para poder solicitarlo?

Para acceder al mayor de 55 años tienes que estar cobrando el subsidio, da igual el primer o el último día, tienes que cumplir los 55 años durante la vigencia del subsidio, así que justo cuando cumplas la edad, acude a tu oficina para que te cambien el tipo de subsidio.

1.877 comentarios sobre «7 mejores consejos sobre el subsidio mayores 55 años»

  1. Hola, tengo 58 y acabo la prestación por desempleo en julio, resido y estoy empadronado en España y mi esposa en Francia donde trabaja, tributa y está empadronada.
    Me afectarían los ingresos de ella a la hora de solicitar el subsidio?
    Muchas gracias.

    1. Hola. Independientemente de donde trabaje o resida la esposa, hay que contar los ingresos familiares.
      Un saludo

  2. hola y gracias
    otra duda
    trabajando media jornada la seguridad social se pone un año de trabajo trabajando dos
    duda – para seguridad social depende de cuantos HORAS trabajas por dia pero para SEPE y trabajas se pone un dia no importa cuantos horas trabajas por dia
    pregunta- y cobro subsidio para mayores de 55 años parcial como se pone año por año o tengo que cobrar dos años pare se poner uno
    he cobrado subsidio para mayores de 55 años pero mi se ha quitado por que se parece que el ultimo trabajo fue una simulación con todo que nu hache falta este simulación para tener derecho y el SEPE me ha puesto en justicia y este tarda
    entre tiempo trabajando he generado derecho al paro sin cobrar subsidio
    pregunta
    una sanción puede ser no tener derecho un año a prestaciones
    mi duda es- como se hache calculo de cuando me a quitado subsidio o de cundo va ha salir sentencia
    y me despide tengo derecho al paro y después al subsidio o tengo que esperar hasta cuando sale la sentencia
    gracial

    1. Hola. La seguridad social para las cotizaciones por la pensión de jubilación cuenta los días en función de la parcialidad del contrato, es decir, si tu trabajas a media jornada 50 por ciento, cada 2 días cotizas 1 . El SEPE, los días los cuenta por día trabajado, dia cotizado, independientemente de la parcialidad, es decir si tienes un contrato de una hora al día y trabajas al menos 5 dias a la semana para el SEPE estás trabajando todos los días independientemente de la parcialidad.
      Si ahora tienes cotizaciones para el paro, podrás echar el paro y luego cuando salga la sentencia, deberás de acudir al SEPE, para que se arregle la situación, dependiendo de lo que diga el juez en su sentencia.
      Un saludo

  3. «Efectivamente desde julio del 2012 ya no se puede acceder directamente al subsidio para mayores de 55 años, como se hacía antes, ahora tienes que cobrar un subsidio, agotar un paro que te dé derecho a subsidio y en su defecto tener 3 meses cotizados que te den derecho a acceder al subsidio mayores 55 años.»

    De todas las reformas que hizo el PP en este subsidio esta es, sin duda, la más injusta pues no tiene otro fin que el de impedir el acceso al subsidio a un gran numero de personas que afectadas por despidos a los 50 años y con toda una vida cotizando, se quedan sin poder acceder directamente al subsidio y, posteriormente, a la jubilación.

    Ahora se cumple un año de la fecha en que todos los partidos políticos, menos el PP, pidieron revertir las reformas en este subsidio a la situación anterior al año 2012.

    Lamentablemente, ahora que el PP está en minoría parlamentaría, parece que se han olvidado del tema y de los muchos afectados

  4. Actualmente tengo 57 años cobro la prestación de mayores de 45 años tengo cotizado 30 años ss. Mi pregunta termine como autonomo ,puedo solicitar mi prestación por ser mayor de 55 años, muchas gracias un saludo

    1. Hola. La ayuda de mayor de 45 años, no sé si te refieres al subsidio ( 6 meses ) o a la RAI, me imagino por lo que dices que es esta última. Si es la RAI, no puedes acceder porque deberías de cotizar al menos 90 días, si lo que cobras es el mayor de 45 años (6 meses de subsidio) , podías solicitarlo siempre y cuando no supere rentas la unidad familiar, si esta existe.
      Un saludo

  5. Hola,soy extranjera mayor de 55 ,tengo cotizado 10 años en España .4años a la hostelería ,6años servicio domestico,los últimos años son servicio doméstico. Tengo derechos a recibir subcidio para mayores de 55

    1. Hola. No tienes derecho al mayor de 55 años, porque para eso deberías de estar cobrando un subsidio o tener derecho a acceso de uno ( cotizar 90 días) las cotizaciones tampoco las tienes , son 15 años cotizados y de estos 6 al desempleo, las cotizaciones de empleada de hogar no sirven para el desempleo. No me dices si tienes cotizaciones en tú pais, de todas maneras , ahora mismo no podrías acceder.
      Un saludo

  6. Buenas tardes. Tengo 54 años y cumplo los 55 en mayo, éste mes de marzo seme termina la ayuda llamada RAI, (tengo cotizados 30 años) pero estoy sin trabajo desde septiembre del 2013, ¿con éstas circunstancias puedo solicitar la ayuda de los 55 años cuando los cumpla en mayo? no tengo tampoco ningún ingreso por rentas, y no tengo cargas familiares. Me falta algún requisito para poder acceder a dicha Ayuda?
    Muchas gracias por su atención.
    Un saludo

    1. Hola. Para acceder al mayor de 55 años, no se puede hacer directamente desde una RAI, necesitas estar cobrando un subsidio por desempleo, agotar un paro que te dé derecho a un subsidio o tener cotizados 90 días al desempleo, que te darían derecho a acceder al mayor de 55 años. Así que la única manera de poder acceder al subsidio es cotizar 90 días al desempleo, en tu caso.
      Un saludo

  7. Buenos dias, yo cobro la ayuda tras agotar el paro. He echado los papeles para la ayuda para mayores de 55 años y estoy esperando la respuesta para ver si me la conceden o no. Mi marido estaba cobrando la ayuda de mayores de 55 años, pero a empezado a trabajar media jornada y ahora me dicen que a mi me van a quitar la ayuda. Que pasara conmigo cuando mi marido dejara de trabajar(es un trabajo temporal)? Y cuanto tiempo dura mas o menos hasta que te llega la respuesta para esa ayuda de mayores de 55? Llevo 8 meses esperando. Un saludo, gracias

    1. Hola . La respuesta para mayores de 55 años en un 80 por ciento es inmediata y el otro 20 por ciento tenemos que esperar al certificado del INSS que tarda casi un mes, por lo que no veo lógico lo que dices de que llevas esperando 8 meses.
      Si tu marido trabaja a media jornada, es muy posible que tengas que suspender tu subsidio por superar rentas, otra cosa es que tengas aprobado el mayor de 55 años, porque los topes se miran de otra manera.
      El subsidio normal tu marido no puede ganar más de 530,78 euros brutos mes, pero con el subsidio para mayores de 55 años el top es el doble, por lo tanto si sigues cobrando el subsidio normal seguramente tendrás que suspender la prestación.
      Pregunta por qué no te han aprobado el mayor de 55 años, porque no es normal que tarden mucho en responder.
      Un saludo

  8. Buenas tardes Jose Maria, el dia 19 de Abril cumplo 55 años, ahora cobro la ayuda familiar (mayor de 45 años) tengo que ir al sepe en esa fecha para comunicarlo ??? Hay mes de espera entre la ayuda que ya cobro y la de mayor de 55 años ???

    Muchisimas gracias por tu ayuda.

    1. Hola. Efectivamente tienes que ir al SEPE, para solicitar el mayor de 55 años, una vez que tengas la edad y no hay que hacer mes de espera, esto sólo se hace cuando agotas un paro y pides subsidio por agotamiento y no es tu caso.
      Otra cosa, me has dicho que cobras el subsidio para mayores de 45 años ( 6 meses) esto puede ser por dos cosas, una que estés sólo sin cargas familiares, o que lo hayas pedido porque la unidad familiar, si la tuvieras, se pasara de rentas, por lo cual si es así tendrás el mismo problema para el mayor de 55 años, puesto que dependerías de los ingresos familiares.
      Un saludo

  9. Hola . Actualmente estoy cobrando la paga de mayores de 55 años ,de 40 euros mensuales .Esta cantidad es por agotamiento del paro que cobraba 80 euros al mes ya que era de un contrato a tiempo parcia .la tengo concedida hasta el 2022 .Ahora voy a trabajar tres meses a jornada completa .Cuando vuelva a pedir la paga de mayores de 55 años , me la darán completa de 425 o de los 40 euros .Muchas gracias , un saludo

    1. Hola. Si utilizas los 3 meses cotizados, para pedir un nuevo subsidio, este, lo cobrarás a 426 euros, puesto que trabajas a jornada completa y es un subsidio nuevo y no el que tenías concedido anteriormente.
      Un saludo

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