7 mejores consejos sobre el subsidio mayores 55 años

Hemos recopilado algunas de las mejores respuestas sobre el subsidio mayores 55 años que nos ha enviado nuestro colaborador y experto en este tipo de ayudas, Jose María. Desde aquí le agradecemos toda la labor que está haciendo de forma altruista.

Contenido del artículo

Cuentan las cotizaciones en el extranjero?

Para solicitar el subsidio de mayores de 55 años es necesario tener 15 años cotizado y 6 de ellos durante tu vida laboral cotizados a Régimen General. Yo he trabajado 15 en el extranjero (Alemania) a Régimen General y 11 en España como autónomo, podría con estas circunstancias solicitarlo?

La cotizaciones en el extranjero te valen, pero tienes que ir a la seguridad social para que te lo convaliden, seguramente te pedirán justificantes de dichos trabajos en Alemania, pero si que sirven.

Como calculo los ingresos con cargas familiares?

Las cargas familiares se calculan con el sueldo bruto x 14 pagas y se divide entre 12 y después se divide por los que conviven en casa. Se descuentan las retenciones de la nomina?

Si en nómina te meten cada mes la paga extra, ósea, solo tienes 12 pagas al año, tienes que coger el total devengado, que es lo que cobras neto, más todas las retenciones y nada más.

Si por el contrario las pagas extras las tienes en junio y diciembre, tienes que coger el total devengado y luego sumarle la prorrata de pagas extras, que es lo que le correspondería cada mes si las cobrara como el ejemplo anterior (esta cantidad casi siempre viene en la parte inferior a la izquierda y viene como te he dicho total devengado+prorrata de pagas.ayuda o subsidio mayores 55 años

Como ves es muy sencillo, el total devengado suele venir en el centro de la nómina en la parte derecha y de ahí le restan el IRPF, seguridad social, etc. y sacan el líquido a pagar. Para el INEM, todos los conceptos de la nómina se cuentan excepto las dietas que se dan por alojamiento, comida etc., por ejemplo a camioneros y viajantes.

Con respecto a lo que comentas de tu marido que tenia el mayor de 52 y luego trabajó tres meses y cogió 3 meses que le quedaban de paro, no te entiendo, dices que tenía el mayor de 52 y que hacia la declaración anual de rentas y luego me sales que le quedaban 3 meses de paro y no sé exactamente a qué te refieres, o cobraba el subsidio o tenía paro.

Cuando uno tiene un mayor de 52 o 55 años, supongamos que cobra 426 euros, y genera un derecho a paro, se pueden hacer 2 cosas: si ese paro es a tiempo completo puede pedir el paro y luego volver a pedir otro subsidio, el anterior le queda extinguido.

Otro ejemplo, generas paro pero a tiempo parcial (cuidado) el nuevo subsidio que generes será con la cuantía de la última parcialidad que te dé derecho a paro, es decir, el subsidio ya no lo cobrarás a 426 euros, entonces si te ves perjudicada, puedes optar por seguir cobrando tu subsidio y no cobrar el paro y perderás las cotizaciones, pero el subsidio será el mismo que tenías.

Otro ejemplo, estás cobrando el subsidio mayor de 52 años, el de antes de julio del 2012, este tipo de subsidio hasta marzo del 2013 no se pedían cargas familiares, por lo que sólo dependías de tus propias rentas, pues imagínate que cobras ese subsidio y general un derecho a paro, tienes igualmente 2 opciones, si el nuevo derecho te perjudica, porque estás casado por ejemplo y tu mujer se pasa de rentas con el nuevo subsidio esto ya se tiene en cuenta, entonces como seguramente no podrás acceder a las nuevas condiciones, puedes optar a seguir cobrando el antiguo subsidio y no cobrar el paro, eso si las cotizaciones de ese paro las perderías.

Espero no haberte liado mucho, la moraleja de todo es que si cobrando el subsidio mayores 55 años o 52 años, generas un derecho a paro y este te perjudica para un posterior subsidio, puedes optar, pues el legislador entiende que es una prestación hasta la jubilación y no se puede perjudicar a una persona por generar un paro que le perjudicaría para muchos años.

Cumplo todos los requisitos para solicitarla?

Acabo de cumplir los 55 y tengo todos los requisitos para cobrar el subsidio mayores 55 años, excepto a que el paro lo agoté hace muchísimo tiempo y de momento solo tengo unos 120 días cotizados…que puedo hacer para solicitar el subsidio?

Si crees que reúnes los requisitos para el mayor de 55 años, 15 años cotizados y de ellos 6 al desempleo, y ahora tienes más de 90 días cotizados, solamente necesitas un contrato de trabajo, a poder ser a jornada completa. El subsidio mayor de 55 años, se puede acceder con 90 días cotizados, no hace falta 180 en caso de carecer de rentas, así que con un contrato para tener situación de desempleo te bastaría.

Nuevos requisitos para cobrar el subsidio mayores 55 años

Cumplo todos los requisitos para solicitar la ayuda para mayores de 55 años, salvo uno, que al parecer es nuevo, o añadido a lo que ya había. ¿Es cierto que si no tienes 12 meses cotizados, debes tener al menos 3 meses -y aquí viene la novedad-, si tienes cargas familiares o seis si no las tienes. Yo tengo tres meses pero no cargas.

Efectivamente desde julio del 2012 ya no se puede acceder directamente al subsidio para mayores de 55 años, como se hacía antes, ahora tienes que cobrar un subsidio, agotar un paro que te dé derecho a subsidio y en su defecto tener 3 meses cotizados que te den derecho a acceder al subsidio mayores 55 años.
Efectivamente en los subsidios normales para acceder a un subsidio de 3 meses necesitas tener cargas familiares, pero el legislador ha entendido como este subsidio se puede tener sin cargas familiares con 3 meses es suficiente para acceder a él. Ojo, solamente para el mayor de 55 años, si no reunieras algunos de los requisitos, no podrías con estos 3 meses acceder a otro tipo de subsidio.
Por lo tanto si tienes los 3 meses cotizados solicita el subsidio.

Como se imputan los fondos de inversión a efecto de ingresos?

Tanto los fondos de inversión como las acciones se consideran incrementos patrimoniales y se pagan en un pago único.
Si tienes un fondo o unas acciones, los ingresos que se cuentan solo es a la hora del rescate de dicho fondo o con la venta de acciones.
Supongamos que tienes 1000 acciones y las compras a 20 euros y al cabo de unos meses, las vendes a 40 euros, la ganancia patrimonial es de 20000 euros, que dividido para 12 meses da una cantidad superior a 486 euros.
Si esas acciones las vendes el 15 de julio, se lo comunicas al SEPE y se te dará de baja ese mismo día y previa solicitud por tu parte se te reanudará con fecha 15 de agosto, por lo que solo se te suspenderá un mes, luego se puede cobrar el subsidio.
Para compensar ganancias con pérdidas, solo lo puedes hacer si ambas cosas coinciden el mismo mes, si ganas 20000 y pierdes con otra venta 15000, solo se considerarían unas ganancias de 5000 euros si se producen el mismo mes, si es en mes distinto tendrías unas ganancias de 20000 euros.
Con los fondos pasa igual, fecha de venta, se divide para doce y si el resultado es mayor de 486 euros, se suspende el subsidio un mes y se reanuda. Estas condiciones afectan en este caso solamente al subsidio mayores 55 años.

Las herencias, como afectan?

Como afecta el cobro de una herencia a las condiciones para seguir cobrando el subsidio mayores 55 años? Siempre hay que comunicar al SEPE, cualquier variación patrimonial.
El tema de la herencia va de la siguiente manera:
Hay que comunicar al SEPE el incremento patrimonial desde el mismo día que se formaliza la escritura, si superas rentas se suspende un mes y al mes siguiente se reanuda, si te das cuenta, es igual que lo que comento normalmente en este foro.
Como dicha vivienda, fondo, acciones etc., tiene un valor en la fecha en que pasa a tu propiedad, en caso de venta, hay que hacer la diferencia entre el valor en que recibiste dichos bienes y el valor de la venta, si la ganancia dividida para 12 supera 486 euros, tienes que volver a suspender la prestación.
O sea, tienes dos incrementos, uno cuando recibes la herencia que tiene un valor x, y otro cuando vendes que tienes ganancias o pérdidas, por lo tanto si tienes ganancias superiores sería otro incremento patrimonial.

Otras dudas

Si estoy cobrando el subsidio de desempleo por un contrato de tres meses, y cumplo los 55 años en el ultimo mes de subsidio, puedo solicitar el de los 55 años, o tiene que haber mas margen para poder solicitarlo?

Para acceder al mayor de 55 años tienes que estar cobrando el subsidio, da igual el primer o el último día, tienes que cumplir los 55 años durante la vigencia del subsidio, así que justo cuando cumplas la edad, acude a tu oficina para que te cambien el tipo de subsidio.

1.877 comentarios sobre «7 mejores consejos sobre el subsidio mayores 55 años»

  1. Hola buenas, tengo 55 años y soy autonomo desde hace un año y 2 meses mas o menos, en total tengo cotizado 14 años y 8 meses en total entre regimen de autonomo y general (más de 6 años). Mi pregunta es que es lo que me haría falta para poder acceder al subsidio para mayores de 55 años? Ya que como autónomo no me va muy bien y no creo que a mi edad encuentre nada…

    1. Hola. Se necesitan 15 años cotizados y de estos 6 al desempleo. Además tienes que estar cobrando subsidio o tener cotizaciones para poder acceder, para este subsidio con 3 meses cotizados al desempleo es suficiente. Además no debes de superar rentas en caso de tener otros miembros de la unidad familiar 530 euros por miembro.
      Un saludo

      1. Muchas gracias José María de verdad, yo vivo con mis padres (ya mayores) y con mi hijo que tiene 28 años, se considerarian miembros de la unidad familiar?

        1. En tu caso no tienes responsabilidades porque tú hijo ya no cuenta al tener más de 26 años. Por lo tanto si cumples los requisitos antes mencionados podrás acceder al mayor de 55 años.
          Un saludo

          1. Ya por ultimo, yo estoy esperando una ayuda del ayuntamiento de mi localidad para autonomos (que aun no sé si me la han concedido) pero mi pregunta es, si esa ayuda la recibo el mes anterior al que tengo que pedir el subsidio menlo denegarian? Y si es así, podría volver a pedirlo al mes siguiente o algo de eso?? Muchas gracias de nuevo

          2. Hola. Normalmente dichas ayudas se consideran un pago único por lo que debería de ser superior a 6000 euros para que te puedan suspender el subsidio durante un mes.
            Si superaras rentas en el mes inmediatamente anterior, se retrasaría el pago de la prestación un mes y podrías volver a solicitar al mes siguiente, no hay problema.
            Un saludo

  2. Buenos días,
    Tengo una duda que espero puedas responderme.
    No he utilizado el RAI (me toca empezarlo en agosto) y cumplo 55 años a final de abril.
    Esta Semana Santa puede que me hagan un contrato de 10 días y es posible que me vayan haciendo de fines de semana hasta el verano.
    ¿Sirven estos contratos de días para sumar a los 90 días que preciso para la ayuda de 55 años o al ser «no continuos» no me servirán?
    Otra cosa, si no llego a los 90 días y cojo los 11 meses de RAI que me tocan en Agosto, suponiendo que durante el periodo de esa ayuda encuentre más días de trabajo ¿se podrían sumar a los que ya tendré (por el trabajo que me han ofrecido, comentado más arriba, y así acceder a la ayuda de 55 años aunque haya consumido algo de la RAI?
    Sé que me pagarían más si el último contrato fuera de jornada completa ¿este contrato tiene un mínimo de días o, por el contrario, valdrían por ejemplo una semana (siempre teniendo en cuenta lo de los 90 días)?
    Gracias,
    Nuria

    1. Perdona, me he olvidado de una cosa.
      En algún lado he leído que has respondido esto: «Los requisitos son tener derecho a la jubilación salvo la edad ( 15 años cotizados), de estos al menos 6 cotizados al desempleo.»
      Tengo más de 15 años cotizados como trabajadora por cuenta ajena ¿que significa «de estos al menos 6 cotizados al desempleo?
      Gracias por todo, José Mª.
      Nuria.

    2. Hola. Cuando digo 6 años que coticen al desempleo, son cotizaciones que sirven para cobrar el paro ( normalmente por cuenta ajena) , no cuentan por ejemplo, empleados de hogar, autónomos o contratos mercantiles.
      En cuanto a lo de los 90 días, por supuesto que valen días sueltos, dia trabajado es día cotizado.
      Te sirven todos los días trabajados desde la última vez que pediste una prestación utilizando cotizaciones, o bien paro o bien subsidio por cotización insuficiente, siempre con el límite máximo de 6 años.
      En cuanto a la RAI, si cuando la solicites todavía no tienes cotizaciones para el mayor de 55 años, en el momento de tenerlos, puedes optar por seguir cobrando la RAI o pedir un subsidio para mayores de 55 años, este caso por ejemplo sería en el caso de que el ultimo contrato fuera a tiempo parcial y no te interesara pedir el subsidio de momento, pero en el instante que tengas 90 días o más y quieras pedir el mayor de 55 años, puedes hacerlo perfectamente.
      Un saludo

  3. una broma
    si tengo razón se parece
    que se busca:
    ¿ COMO PODEMOS TENER MAS PARADOS?

  4. mi pareja cobra subsidio para mayores de 55 años parcial y trabaja a tiempo parcial
    mirando su vida laboral veo
    trabajo parcial se pone la vida laboral parcial pero cobrando subsidio parcial se considera dia por dia la seguridad social para jubilación
    parece que -como ya estoy trabajando a tiempo parcial 2 horas por dia en 4 años se pone un año de trabajo para jubilacion pero cobrando subsidio se pone 4 años de trabajo
    en este caso mejor me dejo de trabajar si no voy a perder la jubilación mas que ya tengo 60 años
    gracias

    1. Hola . Es verdad que si trabajas 2 horas, cada 4 días cotizas un día para la seguridad social.
      Y también es verdad que el subsidio cotizas día cobrado, día cotizado.
      Me has dicho que cobras subsidio y compatibilizas, entonces no veo el problema, cotizas por días completos y aumentas la cotización, porque el subsidio cotizas a diario pero el dinero no es mucho, así que si trabajas y cobras subsidio, tendrías las 2 cosas todos los días cotizados y aumentas un poco el valor de la cotización.
      Un saludo

  5. tengo 58 ños y estoy en el paro.mi marido es pensionista por tener una minusvalia y cobra la incapacidad absoluta.puedo pedir alguna ayuda.gracias

    1. buenos dias,tengo 58 años y estoy en al paro.mi marido tiene una incapacidad absoluta.puedo pedir alguna ayuda.gracias por sun respuesta

    2. Hola. No tengo ningún dato para poder responderte. Por lo general si tu marido cobra más de 530 euros brutos mes no tendrías derecho a ninguna ayuda. Para cobrar la RAI, no puede sobrepasar de 1060 euros brutos mes, pero además tienes que reunir otros requisitos que no me menciones.
      un saludo

  6. Buenos días,Jose Maria,en primer lugar disculpa las molestias.Te escribí anteriormente indicándote q había firmado una aceptación de herencia el 14 de Noviembre de 2016,estoy cobrando el subsidio de mayores de 45_años,di parte al sepe y me suspendieron un mes,tras la firma han seguido los tramites en el registro y el día 20 de Marzo me han ingresado en mi cuenta una cantidad en metálico correspondiente a dicha herencia,tengo q volver a dar parte al sepe o con.lo anterior ya es suficiente?
    Muchísimas gracias

    1. Hola. Por un mismo concepto no te pueden sancionar 2 veces. Si cuando aceptaste la herencia ya te suspendieron un mes y ahora a la hora de cobrarla es la misma cantidad que la aceptación, no te pueden suspender otra vez.
      Guarda todo el escrito, para no tener problemas y ya está.
      Un saludo

      1. Muchas gracias Jose Maria, mi duda venia motiva porque claro si cuando se me termina el subsidio en Junio y si tengo la posibilidad de pedir el rai, pues el dinero que me han ingresado el 20 de Marzo no saldría reflejado en la declaración de la renta de 2016, entonces por lo que me dices puedo estar tranquilo?Un saludo y muchas gracias por la labor que efectuas.

  7. gracias JOSE para todo lo que haches y en el nombre de mas personas
    dudas y mas dudas
    mi pareja cobra subsidio parcial y trabaja parcial a compatibilizado subsidio con trabajo
    he mirado su vida laboral
    el trabajo se pone proporcional la vida laboral la seguridad social pero subsidio parcial se pune dia por dia la seguridad social
    yo trabajo parcial y la dos dia se pone un dia de trabajo para jubilación la seguridad social mirando mi vida laboral
    entiendo que trabajando voy a perder años de mi vida laboral
    como estoy cerca de jubilación se parece que mejor me dejo de trabajo y cobrando subsidio hago mas años de trabajo y trabajando hago menos y me va afectar la jubilación como dinero
    de momento trabajando o cobrar subsidio cobro lo mismo
    el problema es
    sin trabajar me aburo en casa pero trabajando voy ha perder dinero la jubilación
    me puedo equivocar y mi duda es
    parece que y cobro subsidio para mayores de 55 años parcial para seguridad social se pone dia por dia de cotización la seguridad social no importa que le cobras parcial como el trabajo cuando trabajas parcial importa numero de horas cuantas trabajas por dia
    gracias

  8. Hola buenas, tengo 55 años y soy autónoma pero voy a tener que acabar la actividad porque las cosas no van muy bien, tengo 15 años cotizados de ellos 6 años menos 15 en el régimen general, tengo entendido que para pedir el subsidio para mayores de 55 años tendría que tener al menos 6 años cotizados en régimen general es así? Y también que tendría que cotizar 3 o 6 meses (esto tampoco lo tengo claro) en el régimen general después de darme de baja en autónomo para tener derecho a él. Gracias de antemano

    1. Hola. Los requisitos son tener derecho a la jubilación salvo la edad ( 15 años cotizados), de estos al menos 6 cotizados al desempleo.
      Para acceder, como de autónomo no va a ser posible, independientemente de que tengas cargas familiares o no las tengas , necesitas 90 días cotizados al desempleo, para poder acceder, con estos días, por lo que has dicho ya cumplirías las cotizaciones de 6 años también.
      Un saludo

      1. Muchas gracias por contestar, esque había leido que si no tenia cargas familiares eran 6 meses, tambien es cierto que para pedir dicho subsidio hay que tener en los ultimos 15 años un mínimo de 2 años cotizados?

        1. Hola. Lo de los 6 meses sin cargas familiares, es para el resto de los subsidios, en el mayor de 55 años, con 3 meese es suficiente para poder acceder aunque no se tengan cargas familiares.
          En cuanto a los 2 años en los últimos 15 es verdad, pero la Seguridad Social que es el que lleva el tema este tiene su propia forma de hacer y tiene en cuenta otros trabajos y si estás o no con la tarjeta de demandante de empleo, por lo tanto hasta que no solicites, no podrás saber si reunes este requisito.
          Un saludo

  9. Hola. Creo que reuno todos los requisitos para solicitar la ayuda de mayores de 55, Mi pregunta es; para cobrar el importe integro de 426e. , necesito tener un contrato previo a tiempo completo? de cuanta duración, puede ser de unos dias solo?
    Un saludo y gracias.

    1. Hola. Para cobrar el subsidio íntegro, el último contrato que te dé derecho a subsidio debe de ser a tiempo completo, no especifica tiempo, solamente que sea el último contrato, eso sí, este contrato tiene que ser el que te dé derecho al subsidio, no vale estar cobrando un subsidio al 50 por ciento y por el hecho de trabajar a jornada completa cambiar la cuantía.
      Un saludo

  10. Estabdo casada en régimen de separación de bienes ¿tambièn se tendría en cuenta el salario de mi marido para tener derecho yo a la pensión para mayores de 55 años?. MUCHAS GRACIAS
    MARÍA

    1. Hola. Si, se tiene en cuenta la nómina de tu marido.
      Un saludo

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