Hemos recopilado algunas de las mejores respuestas sobre el subsidio mayores 55 años que nos ha enviado nuestro colaborador y experto en este tipo de ayudas, Jose María. Desde aquí le agradecemos toda la labor que está haciendo de forma altruista.
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Cuentan las cotizaciones en el extranjero?
Para solicitar el subsidio de mayores de 55 años es necesario tener 15 años cotizado y 6 de ellos durante tu vida laboral cotizados a Régimen General. Yo he trabajado 15 en el extranjero (Alemania) a Régimen General y 11 en España como autónomo, podría con estas circunstancias solicitarlo?
La cotizaciones en el extranjero te valen, pero tienes que ir a la seguridad social para que te lo convaliden, seguramente te pedirán justificantes de dichos trabajos en Alemania, pero si que sirven.
Como calculo los ingresos con cargas familiares?
Las cargas familiares se calculan con el sueldo bruto x 14 pagas y se divide entre 12 y después se divide por los que conviven en casa. Se descuentan las retenciones de la nomina?
Si en nómina te meten cada mes la paga extra, ósea, solo tienes 12 pagas al año, tienes que coger el total devengado, que es lo que cobras neto, más todas las retenciones y nada más.
Si por el contrario las pagas extras las tienes en junio y diciembre, tienes que coger el total devengado y luego sumarle la prorrata de pagas extras, que es lo que le correspondería cada mes si las cobrara como el ejemplo anterior (esta cantidad casi siempre viene en la parte inferior a la izquierda y viene como te he dicho total devengado+prorrata de pagas.
Como ves es muy sencillo, el total devengado suele venir en el centro de la nómina en la parte derecha y de ahí le restan el IRPF, seguridad social, etc. y sacan el líquido a pagar. Para el INEM, todos los conceptos de la nómina se cuentan excepto las dietas que se dan por alojamiento, comida etc., por ejemplo a camioneros y viajantes.
Con respecto a lo que comentas de tu marido que tenia el mayor de 52 y luego trabajó tres meses y cogió 3 meses que le quedaban de paro, no te entiendo, dices que tenía el mayor de 52 y que hacia la declaración anual de rentas y luego me sales que le quedaban 3 meses de paro y no sé exactamente a qué te refieres, o cobraba el subsidio o tenía paro.
Cuando uno tiene un mayor de 52 o 55 años, supongamos que cobra 426 euros, y genera un derecho a paro, se pueden hacer 2 cosas: si ese paro es a tiempo completo puede pedir el paro y luego volver a pedir otro subsidio, el anterior le queda extinguido.
Otro ejemplo, generas paro pero a tiempo parcial (cuidado) el nuevo subsidio que generes será con la cuantía de la última parcialidad que te dé derecho a paro, es decir, el subsidio ya no lo cobrarás a 426 euros, entonces si te ves perjudicada, puedes optar por seguir cobrando tu subsidio y no cobrar el paro y perderás las cotizaciones, pero el subsidio será el mismo que tenías.
Otro ejemplo, estás cobrando el subsidio mayor de 52 años, el de antes de julio del 2012, este tipo de subsidio hasta marzo del 2013 no se pedían cargas familiares, por lo que sólo dependías de tus propias rentas, pues imagínate que cobras ese subsidio y general un derecho a paro, tienes igualmente 2 opciones, si el nuevo derecho te perjudica, porque estás casado por ejemplo y tu mujer se pasa de rentas con el nuevo subsidio esto ya se tiene en cuenta, entonces como seguramente no podrás acceder a las nuevas condiciones, puedes optar a seguir cobrando el antiguo subsidio y no cobrar el paro, eso si las cotizaciones de ese paro las perderías.
Espero no haberte liado mucho, la moraleja de todo es que si cobrando el subsidio mayores 55 años o 52 años, generas un derecho a paro y este te perjudica para un posterior subsidio, puedes optar, pues el legislador entiende que es una prestación hasta la jubilación y no se puede perjudicar a una persona por generar un paro que le perjudicaría para muchos años.
Cumplo todos los requisitos para solicitarla?
Acabo de cumplir los 55 y tengo todos los requisitos para cobrar el subsidio mayores 55 años, excepto a que el paro lo agoté hace muchísimo tiempo y de momento solo tengo unos 120 días cotizados…que puedo hacer para solicitar el subsidio?
Si crees que reúnes los requisitos para el mayor de 55 años, 15 años cotizados y de ellos 6 al desempleo, y ahora tienes más de 90 días cotizados, solamente necesitas un contrato de trabajo, a poder ser a jornada completa. El subsidio mayor de 55 años, se puede acceder con 90 días cotizados, no hace falta 180 en caso de carecer de rentas, así que con un contrato para tener situación de desempleo te bastaría.
Nuevos requisitos para cobrar el subsidio mayores 55 años
Cumplo todos los requisitos para solicitar la ayuda para mayores de 55 años, salvo uno, que al parecer es nuevo, o añadido a lo que ya había. ¿Es cierto que si no tienes 12 meses cotizados, debes tener al menos 3 meses -y aquí viene la novedad-, si tienes cargas familiares o seis si no las tienes. Yo tengo tres meses pero no cargas.
Efectivamente desde julio del 2012 ya no se puede acceder directamente al subsidio para mayores de 55 años, como se hacía antes, ahora tienes que cobrar un subsidio, agotar un paro que te dé derecho a subsidio y en su defecto tener 3 meses cotizados que te den derecho a acceder al subsidio mayores 55 años.
Efectivamente en los subsidios normales para acceder a un subsidio de 3 meses necesitas tener cargas familiares, pero el legislador ha entendido como este subsidio se puede tener sin cargas familiares con 3 meses es suficiente para acceder a él. Ojo, solamente para el mayor de 55 años, si no reunieras algunos de los requisitos, no podrías con estos 3 meses acceder a otro tipo de subsidio.
Por lo tanto si tienes los 3 meses cotizados solicita el subsidio.
Como se imputan los fondos de inversión a efecto de ingresos?
Tanto los fondos de inversión como las acciones se consideran incrementos patrimoniales y se pagan en un pago único.
Si tienes un fondo o unas acciones, los ingresos que se cuentan solo es a la hora del rescate de dicho fondo o con la venta de acciones.
Supongamos que tienes 1000 acciones y las compras a 20 euros y al cabo de unos meses, las vendes a 40 euros, la ganancia patrimonial es de 20000 euros, que dividido para 12 meses da una cantidad superior a 486 euros.
Si esas acciones las vendes el 15 de julio, se lo comunicas al SEPE y se te dará de baja ese mismo día y previa solicitud por tu parte se te reanudará con fecha 15 de agosto, por lo que solo se te suspenderá un mes, luego se puede cobrar el subsidio.
Para compensar ganancias con pérdidas, solo lo puedes hacer si ambas cosas coinciden el mismo mes, si ganas 20000 y pierdes con otra venta 15000, solo se considerarían unas ganancias de 5000 euros si se producen el mismo mes, si es en mes distinto tendrías unas ganancias de 20000 euros.
Con los fondos pasa igual, fecha de venta, se divide para doce y si el resultado es mayor de 486 euros, se suspende el subsidio un mes y se reanuda. Estas condiciones afectan en este caso solamente al subsidio mayores 55 años.
Las herencias, como afectan?
Como afecta el cobro de una herencia a las condiciones para seguir cobrando el subsidio mayores 55 años? Siempre hay que comunicar al SEPE, cualquier variación patrimonial.
El tema de la herencia va de la siguiente manera:
Hay que comunicar al SEPE el incremento patrimonial desde el mismo día que se formaliza la escritura, si superas rentas se suspende un mes y al mes siguiente se reanuda, si te das cuenta, es igual que lo que comento normalmente en este foro.
Como dicha vivienda, fondo, acciones etc., tiene un valor en la fecha en que pasa a tu propiedad, en caso de venta, hay que hacer la diferencia entre el valor en que recibiste dichos bienes y el valor de la venta, si la ganancia dividida para 12 supera 486 euros, tienes que volver a suspender la prestación.
O sea, tienes dos incrementos, uno cuando recibes la herencia que tiene un valor x, y otro cuando vendes que tienes ganancias o pérdidas, por lo tanto si tienes ganancias superiores sería otro incremento patrimonial.
Otras dudas
Si estoy cobrando el subsidio de desempleo por un contrato de tres meses, y cumplo los 55 años en el ultimo mes de subsidio, puedo solicitar el de los 55 años, o tiene que haber mas margen para poder solicitarlo?
Para acceder al mayor de 55 años tienes que estar cobrando el subsidio, da igual el primer o el último día, tienes que cumplir los 55 años durante la vigencia del subsidio, así que justo cuando cumplas la edad, acude a tu oficina para que te cambien el tipo de subsidio.
Hola meba asegura dos hora diarias eparado la yuda familia tengo keseya la demanda y renoba la yuda familia cada 6 mese soi bienve
Hola. Si has suspendido la ayuda por el trabajo y no has decidido compatibilizar, tendrás que renovar la ayuda una vez que hayas acabado el contrato. tendrás quince días para solicitar la reanudación.
Pregunta por la compatibilidad por si te puede interesar.
Un saludo
Hola, tengo 24 años cotizados y ahora con 59 años voy a solicitar la ayuda para mayores de 55 años, mis base de cotizaciones rondan los 1200€ , cómo afectaría a mi jubilación el cobro de la ayuda para mayores de 55 años?
Muchas gracias
Hola. Es un tema de Seguridad Social, pero ni siquiera ellos te podrán resolver esa duda, porque un cambio en la ley antes de jubilarte te afectaría, por lo tanto no te van a poder decir nada cierto en estos momentos.
El mayor de 55 años cotiza a Salario mínimo.
Un saludo
Buenos días, me voy a separar de mi marido y actualmente estoy cobrando el subsidio de mayores de 55 años. ¿Al ejecutarse la sentencia seguiría disfrutando de la prestación?
Tengo dos hijos menores de 26 años pero ambos se quedarían con su padre.
Muchas gracias!
Hola. No tendrás ningún problema para seguir cobrando el subsidio, cuando te admitan a trámite el divorcio o cuando se ejecute la sentencia, debes de acudir al SEPE, para dar a conocer tu nueva situación, pero como te digo seguirás cobrando la prestación.
Un saludo
Buenas tardes, stoy q no se dnd dirigirme a q me informen, twngo cotizados 12 añis y medio stoy cobrando la ayuda del rai, y quisiera saber si cuando termine sta ayuda puediera hacer algun tipo d convenio con la seguidad social para podrer cotizar los 2 años y medios q me faltan para poder acogerme a la subsidio para mayores d 55 años, en julio cumpliria los 53 años y tengo los 6 añis q piden d requisito
Pregunta a la S.S. si como autónoma con la opción de cese de actividad tendrás derecho después de cobrar el paro de autonomo.
Erica t agradesco tu contestacion, y si no es abusar de tu tiempo t preguntaria si los meses q t.convalidad x embarazos solo los convalidad en la jubilacion d los 60 y algos , no los cinvalidan para la jubilacion d los 55 años?.y tendria q cotizar como.autonoma los 2 años y medios q me quedan para los 15 añis requeridos, mas los 3 meses ultimos en regimen general? Muchisimas gracias
Hola. No hay convenio para alcanzar los 15 años cotizados. Tienen que contratarte o bien darte de alta de autónomo, y a la hora de tener los 15 años cotizados, tienes que cobrar subsidio o tener derecho por cotizaciones (3 meses).
Un saludo
Buenos dias Jose Maria, he estado en la seguridad social y me dicen q como el subsidio para mayores d 55 añis la dan en el inem, q preguntes si haciendome un convenio con la seguidad social para cotizar los los 2.5 años q me faltan para los 15 añis q piden, q si ellos lo dan pir valido la s.s. me hace el convenio. ,pero con lo q tu me dijeste no me fio d ellos, t seguire informando.Muchas gracias x tu asesoramiento
Muchas gracias JOse Maria, hoy he estado en la tesoreria d la s.s. y me han dicho q el inem es quien concede el subsidio a mayores d 55 años y si ellos me aceptan la cotizacion x convenio por ellos no hay probleman q me lo hacen, asi q ire al inem a ver si me pueden asegurar q si q me las acwptaria, t ire diciendo cosas.muchas gracias por tu cobtestacion
Bueno dias Jose M@. le quiero preguntar, yo cobro la ayuda mayores de 55 años (tengo 60) he preguntado en la seguridad social y me comentan que me tengo que jubilar a los 61 años obligatoriamente por que cumplo todos los requisitos, pero la diferencia del importe de la pension lleva una rebaja muy importante.
Podria renunciar a la ayuda de mayor de 55 años y asi esperar a jubilarme cuando me corresponda por mi edad y no tener esa penalizacion tan grande. Muchisimas gracias.
Hola. La renuncia para cualquier tipo de prestación está contemplada, por lo tanto no hay problema en qué renuncies al subsidio para mayores de 55 años. Lo que no te puedo decir es que si tal renuncia serviría para que no te jubilaras a los 61 años, porque eso es la seguridad social la que te lo tiene que decir.
Un saludo
perdona JOSE
en este caso
tengo derecho al subsidio que se ha archivado antes de simulación de trabajo cundo solo me faltaba unos papeles por cual ajora le tengo
gracias
hola y perdóname
como tengo una duda me repito
fui al SEPE y pregunte y tengo derecho al subsidio cual se ha archivado por falta de sentencia de divorcio y formulario U 006
esperando a recibir estos documentos he hecho un simulación de trabajo por que el SEPE me dice que
necesito 6 meses de trabajo que tres no vale sin encarga familiar hablo de el para mayores de 55 años
tener documentos que mi se pide y mas estos 3 meses de trabajo donde mi se ha puesto trampa y yo he hecho
ajora recibo formulario U-006 ,sale sentencia de divorcio tener 6 meses de trabajo de donde los últimos 3 son una simulación de trabajo parece
cumplo por todo lado los requisitos
mi se ha aprobado subsidio
mi se da de baja por culpa que últimos tres meses son una simulación de trabajo por cual SEPE ME HA OBLIGADO ACERLO pero y sin estos tengo derecho de antes tener todos los documentos que se ha pedido antes de simulacion
que opinas
yo creo que no tiene nada que ver el DIRECHO al subsidio con simulación de trabajo son dos cosas diferente
que yo no he hecho una simulación para tener derecho ya le tenido de antes
mi pregunta
en este caso tiene derecho a me quitar el subsidio
no tiene nada que ver
Me gustaria saber si tengo derecho al subsidio de mayores de 55 habiendo agotado la prestacion contributiva de desempleo antes de cumplir los 55, pero no llegue a cobrar el subsidio de desempleo por superar rentas. Ahora estoy cobrando el rai. Saludos y gracias.
Hola. No puedes acceder al mayor de 55 años, porque para aprobarse la RAI, no tenías k tener derecho a subsidio, k es requisito para acceder a mayor de 55 años
Un saludo
Buenas noches. Acabo de cumplir 55 años y tengo 21 años cotizados hasta julio de 2012.
Actualmente tengo un contrato de media jornada de 3 meses.
Mis preguntas son:
Teniendo cotizados esos 3 meses, puedo solicitar la ayuda de mayores de 55?
Por otra parte, al tener media jornada en el último contrato, entiendo que la cantidad a cobrar sería la mitad pero…la cotización que harían por mi de cara a la jubilación, también sería de la mitad?
Muchas gracias
Hola, con esos 3 meses puedes solicitarla y tanto la cuantía como la cotización serian al 50 por ciento, es decir 213 euros y la mitad del salario mínimo de cotización
Un saludo
Hola, actualmente me encuentro en situación legal de desempleo, sin prestación ni subsidio y sin cargas familiares, hay una empresa que quiere contratarme cuatro meses este verano, entiendo que cumpliría los requisitos para acceder al subsidio de mayores de 55 años? Tengo las cotizaciones de más de 15 años
La duda que me surge es que percibo una pensión de viudedad de 520 mensuales además de las dos pagas, cumpliría el requisito de rentas?
Gracias de antemano y saludos
Salvador
Hola, superas rentas, porque hay k transformar las 14 pagas a 12, es de circulación tu pensión por 14 y luego dividir por 12, y el tope son 530,78, por lo k superarás rentas
Un saludo
Buenas tardes Jose María, pero en la carencia de ingresos dice el 75% del salario mínimo excluida la parte proporcional de las dos pagas extraordinarias, o no es así?
Gracias
Hola. Lo k dices es para los topes de ingresos, es decir el 75 por ciento son 530,78, para los ingresos cuenta el total devengado, incluidas las pagas.
Un saludo