7 mejores consejos sobre el subsidio mayores 55 años

Hemos recopilado algunas de las mejores respuestas sobre el subsidio mayores 55 años que nos ha enviado nuestro colaborador y experto en este tipo de ayudas, Jose María. Desde aquí le agradecemos toda la labor que está haciendo de forma altruista.

Contenido del artículo

Cuentan las cotizaciones en el extranjero?

Para solicitar el subsidio de mayores de 55 años es necesario tener 15 años cotizado y 6 de ellos durante tu vida laboral cotizados a Régimen General. Yo he trabajado 15 en el extranjero (Alemania) a Régimen General y 11 en España como autónomo, podría con estas circunstancias solicitarlo?

La cotizaciones en el extranjero te valen, pero tienes que ir a la seguridad social para que te lo convaliden, seguramente te pedirán justificantes de dichos trabajos en Alemania, pero si que sirven.

Como calculo los ingresos con cargas familiares?

Las cargas familiares se calculan con el sueldo bruto x 14 pagas y se divide entre 12 y después se divide por los que conviven en casa. Se descuentan las retenciones de la nomina?

Si en nómina te meten cada mes la paga extra, ósea, solo tienes 12 pagas al año, tienes que coger el total devengado, que es lo que cobras neto, más todas las retenciones y nada más.

Si por el contrario las pagas extras las tienes en junio y diciembre, tienes que coger el total devengado y luego sumarle la prorrata de pagas extras, que es lo que le correspondería cada mes si las cobrara como el ejemplo anterior (esta cantidad casi siempre viene en la parte inferior a la izquierda y viene como te he dicho total devengado+prorrata de pagas.ayuda o subsidio mayores 55 años

Como ves es muy sencillo, el total devengado suele venir en el centro de la nómina en la parte derecha y de ahí le restan el IRPF, seguridad social, etc. y sacan el líquido a pagar. Para el INEM, todos los conceptos de la nómina se cuentan excepto las dietas que se dan por alojamiento, comida etc., por ejemplo a camioneros y viajantes.

Con respecto a lo que comentas de tu marido que tenia el mayor de 52 y luego trabajó tres meses y cogió 3 meses que le quedaban de paro, no te entiendo, dices que tenía el mayor de 52 y que hacia la declaración anual de rentas y luego me sales que le quedaban 3 meses de paro y no sé exactamente a qué te refieres, o cobraba el subsidio o tenía paro.

Cuando uno tiene un mayor de 52 o 55 años, supongamos que cobra 426 euros, y genera un derecho a paro, se pueden hacer 2 cosas: si ese paro es a tiempo completo puede pedir el paro y luego volver a pedir otro subsidio, el anterior le queda extinguido.

Otro ejemplo, generas paro pero a tiempo parcial (cuidado) el nuevo subsidio que generes será con la cuantía de la última parcialidad que te dé derecho a paro, es decir, el subsidio ya no lo cobrarás a 426 euros, entonces si te ves perjudicada, puedes optar por seguir cobrando tu subsidio y no cobrar el paro y perderás las cotizaciones, pero el subsidio será el mismo que tenías.

Otro ejemplo, estás cobrando el subsidio mayor de 52 años, el de antes de julio del 2012, este tipo de subsidio hasta marzo del 2013 no se pedían cargas familiares, por lo que sólo dependías de tus propias rentas, pues imagínate que cobras ese subsidio y general un derecho a paro, tienes igualmente 2 opciones, si el nuevo derecho te perjudica, porque estás casado por ejemplo y tu mujer se pasa de rentas con el nuevo subsidio esto ya se tiene en cuenta, entonces como seguramente no podrás acceder a las nuevas condiciones, puedes optar a seguir cobrando el antiguo subsidio y no cobrar el paro, eso si las cotizaciones de ese paro las perderías.

Espero no haberte liado mucho, la moraleja de todo es que si cobrando el subsidio mayores 55 años o 52 años, generas un derecho a paro y este te perjudica para un posterior subsidio, puedes optar, pues el legislador entiende que es una prestación hasta la jubilación y no se puede perjudicar a una persona por generar un paro que le perjudicaría para muchos años.

Cumplo todos los requisitos para solicitarla?

Acabo de cumplir los 55 y tengo todos los requisitos para cobrar el subsidio mayores 55 años, excepto a que el paro lo agoté hace muchísimo tiempo y de momento solo tengo unos 120 días cotizados…que puedo hacer para solicitar el subsidio?

Si crees que reúnes los requisitos para el mayor de 55 años, 15 años cotizados y de ellos 6 al desempleo, y ahora tienes más de 90 días cotizados, solamente necesitas un contrato de trabajo, a poder ser a jornada completa. El subsidio mayor de 55 años, se puede acceder con 90 días cotizados, no hace falta 180 en caso de carecer de rentas, así que con un contrato para tener situación de desempleo te bastaría.

Nuevos requisitos para cobrar el subsidio mayores 55 años

Cumplo todos los requisitos para solicitar la ayuda para mayores de 55 años, salvo uno, que al parecer es nuevo, o añadido a lo que ya había. ¿Es cierto que si no tienes 12 meses cotizados, debes tener al menos 3 meses -y aquí viene la novedad-, si tienes cargas familiares o seis si no las tienes. Yo tengo tres meses pero no cargas.

Efectivamente desde julio del 2012 ya no se puede acceder directamente al subsidio para mayores de 55 años, como se hacía antes, ahora tienes que cobrar un subsidio, agotar un paro que te dé derecho a subsidio y en su defecto tener 3 meses cotizados que te den derecho a acceder al subsidio mayores 55 años.
Efectivamente en los subsidios normales para acceder a un subsidio de 3 meses necesitas tener cargas familiares, pero el legislador ha entendido como este subsidio se puede tener sin cargas familiares con 3 meses es suficiente para acceder a él. Ojo, solamente para el mayor de 55 años, si no reunieras algunos de los requisitos, no podrías con estos 3 meses acceder a otro tipo de subsidio.
Por lo tanto si tienes los 3 meses cotizados solicita el subsidio.

Como se imputan los fondos de inversión a efecto de ingresos?

Tanto los fondos de inversión como las acciones se consideran incrementos patrimoniales y se pagan en un pago único.
Si tienes un fondo o unas acciones, los ingresos que se cuentan solo es a la hora del rescate de dicho fondo o con la venta de acciones.
Supongamos que tienes 1000 acciones y las compras a 20 euros y al cabo de unos meses, las vendes a 40 euros, la ganancia patrimonial es de 20000 euros, que dividido para 12 meses da una cantidad superior a 486 euros.
Si esas acciones las vendes el 15 de julio, se lo comunicas al SEPE y se te dará de baja ese mismo día y previa solicitud por tu parte se te reanudará con fecha 15 de agosto, por lo que solo se te suspenderá un mes, luego se puede cobrar el subsidio.
Para compensar ganancias con pérdidas, solo lo puedes hacer si ambas cosas coinciden el mismo mes, si ganas 20000 y pierdes con otra venta 15000, solo se considerarían unas ganancias de 5000 euros si se producen el mismo mes, si es en mes distinto tendrías unas ganancias de 20000 euros.
Con los fondos pasa igual, fecha de venta, se divide para doce y si el resultado es mayor de 486 euros, se suspende el subsidio un mes y se reanuda. Estas condiciones afectan en este caso solamente al subsidio mayores 55 años.

Las herencias, como afectan?

Como afecta el cobro de una herencia a las condiciones para seguir cobrando el subsidio mayores 55 años? Siempre hay que comunicar al SEPE, cualquier variación patrimonial.
El tema de la herencia va de la siguiente manera:
Hay que comunicar al SEPE el incremento patrimonial desde el mismo día que se formaliza la escritura, si superas rentas se suspende un mes y al mes siguiente se reanuda, si te das cuenta, es igual que lo que comento normalmente en este foro.
Como dicha vivienda, fondo, acciones etc., tiene un valor en la fecha en que pasa a tu propiedad, en caso de venta, hay que hacer la diferencia entre el valor en que recibiste dichos bienes y el valor de la venta, si la ganancia dividida para 12 supera 486 euros, tienes que volver a suspender la prestación.
O sea, tienes dos incrementos, uno cuando recibes la herencia que tiene un valor x, y otro cuando vendes que tienes ganancias o pérdidas, por lo tanto si tienes ganancias superiores sería otro incremento patrimonial.

Otras dudas

Si estoy cobrando el subsidio de desempleo por un contrato de tres meses, y cumplo los 55 años en el ultimo mes de subsidio, puedo solicitar el de los 55 años, o tiene que haber mas margen para poder solicitarlo?

Para acceder al mayor de 55 años tienes que estar cobrando el subsidio, da igual el primer o el último día, tienes que cumplir los 55 años durante la vigencia del subsidio, así que justo cuando cumplas la edad, acude a tu oficina para que te cambien el tipo de subsidio.

1.877 comentarios sobre «7 mejores consejos sobre el subsidio mayores 55 años»

  1. Hola, mi padre ha sido operado del corazón y le han dicho que debe dejar de trabajar es autónomo y en Julio cumple 62 años, de momento está de baja , debe seguir así debemos de asesorarnos donde nos podemos dirigir para que nos informen de cuál será su situación a partir de ahora.
    Muchas gracias

    1. Hola. En el caso de tu padre es el INSS el que te puede informar de qué hacer puesto que está en edad de posible jubilación y después de que tenga el alta médica a lo mejor podría jubilarse o bien alcanzar una incapacidad. Pero en mi caso, solamente puedo informar de prestaciones por desempleo y no es el caso de tu padre.
      Un saludo

  2. Buenas tardes Jose Maria gracias por la labor que haces,te expongo mi caso,agote la prestación por desempleo,solicite la ayuda para mayores de 45 años que termina el 30 de Junio,me han ofrecido un trabajo va tiempo parcial,la pregunta es si ese empleo durara 3 meses,cuando terminara ese empleo,podría a continuación solicitara la rai?muchas gracias

    1. Hola. Si agotado el paro, luego cobras los 6 meses de subsidio y llevas 1 año desempleado, si k puedes solicitar la RAI, pero si trabajas 3 meses antes de solicitar la RAI, pierdes el año como desempleado y tendrías k esperar un año desde el agotamiento del trabajo para poder solicitar esta prestacion
      Un saludo

  3. Buenas tardes, he cumplido 55 años, tengo 20 años cotizados, la prestación por desempleo finalizó en noviembre de 2015, tengo actualmente subscrito un convenio especial con la S.S., cumplo el requisito de rentas, mi pregunta es si para solicitar el subsidio de mayores de 55 años tengo que estar contratada mínimo durante 3 meses, o al cotizar mediante ese convenio especial es suficiente para poder tramitarlo. Muchas gracias. Un saludo.

    1. Hola. Para poder acceder al mayor de 55 años, tienes que agotar un paro que te dé derecho a subsidio o estar cobrando subsidio. como no se dan ninguno de estos 2 casos, deberás de cotizar al menos 3 meses para poder solicitarlo.
      Un saludo

  4. Jose Maria, agradecerte toda la informacion q nos das. He leido q si trabajas 3,4,5, meses y si tienes cargas familiares t correspondden 3,4,5 mese d paro,mi pregunta es q si ese paro tmb t cotiza para la seguridad social?y otra pregunta es q si trabajas 6 meses y tienes cargas familiares t corrrsponden 21 meses d paro, pero de esos 21 meses cuantos d ellos t cuantos d cotizacion? Muchas gracias

    1. Hola. Los subsidios no cotizan para la pensión de jubilación salvo el mayor de 55 años que cotiza el equivalente al 100 por cien del salario mínimo interprofesional.
      Cuando no se tienen cargas familiares, con 6 meses de trabajo te corresponden 6 meses de subsidio , si el último contrato es a jornada completa te corresponde 426 euros, si es a jornada parcial al equivalente a esa parcialidad.
      Si tienes cargas familiares te corresponden por 3,4,5 meses cotizados 3,4 5 meses de subsidio ( que no cotiza para la pensión como te he dicho antes) y si tienes 6 meses con cargas te corresponden 21 meses de subsidio que tampoco cotizan, ( recuerda que te he dicho que solamente cotiza el mayor de 55 años.
      El llamado paro que te corresponde 4 meses por 1 año cotizado y 2 meses más por cada 6 meses más que cotices, si que cotiza para la pensión de jubilación.
      Un saludo

  5. Hola tengo 55 años y. 13 años cotizados y ahora 6 mese de mi ultimo trabajo puedo cobrra ya los 426€ De los 55 años hasta la hosra de mi juvilacion gracias besos

    1. Hola. Para poder acceder al mayor de 55 años, hacen falta tener cotizaciones suficientes para la jubilación salvo la edad ( actualmente 15 años)
      Un saludo

  6. Hola tengo 55 años y. 13 años cotizados y ahora 6 mese de mi ultimo trabajo puedo cobrra ya los 426€ si me pagan el plan prepara gracias

    1. Hola. Para poder cobrar el mayor de 55 años, se necesitan cotizaciones suficientes para la jubilación salvo la edad ( 15 años).
      Un saludo

  7. Hola. Yo estoy cobrando el subsidio delos 52 años. 426€. Vamos a vender un piso por lo que me van a corresponder 14.750€ .¿ de esta cantidad hay que deducir algun gasto de inmobiliarias, sucesiones, notario? .
    Solamente te suspenden un mes de cobrar según indica Vd.
    Es que a mi me habían comentado que podías dejar de cobrar varios meses y si te pasas de 12 te quitan el subsidio.
    Un saludo.

    1. Hola. El SEPE lo que tiene en cuenta es el incremento patrimonial de la vivienda , es decir, la diferencia entre el valor inicial del inmueble, venta o herencia y el valor de venta, es decir, lo que costó en la compra o el valor que se le dió en la herencia y el valor de venta. Esa diferencia es el incremento de valor patrimonial y esa cantidad resultante es la que cuenta y no el valor de venta.
      Normalmente utilizamos estos 2 baremos, compra y venta , pero es verdad que puedes incrementar gastos en la compra o deducir gastos en la venta, igual que harás cuando declares a Hacienda , pero nosotros normalmente solo utilizamos compra y venta porque no disponemos de los medios de hacienda, pero es verdad que si no llegas a comunicarlos al SEPE , nosotros vemos el incremento patrimonial a traves de la declaración de la renta.
      Por lo tanto puedes aportar la venta y los gastos ocasionados.
      En la segunda parte , olvídate de varios meses y de historias que cada uno cuenta como le va.
      Una vez visto el incremento patrimonial, este se divide para 12, si esta cantidad es inferior a 530,78 euros, puedes seguir cobrando normalmente el subsidio, si es superior a esta cantidad, hay que suspender el subsidio con fecha de venta del inmueble y reanudar previa cita por la oficina al mes siguiente.

      Un saludo

  8. Tengo 58 años cumplo los requisitos para poder recibir la ayuda a falta de 83 días para tener completos los 6 años. Mí pregunta es, cuenta él tiempo del servicio militar Como cotización.

    1. Hola. Los requisitos son tener cotizaciones suficientes salvo la edad ( 15 años) y de estos, al menos 6 años cotizados al desempleo.
      El servicio militar no cotiza para el desempleo, por lo tanto no sirve para la cuenta de los 6 años cotizados por este concepto.
      Un saludo

  9. Buenas tardes:
    Voy a cumplir los 57 años y he estado cobrando los 426 euros el año pasado durante 8 meses y durante este año 2017 me han revocado dicho subsidio, he hecho una alegación y estoy en espera.
    Quisiera preguntar. Como se puede reducir las rentas que se perciben. 1º- Yo tengo un hijo al que le tengo que pasar la pensión de alimentos mensualmente, que es un importe de 155.00 euros al mes. Tengo que añadirlo como que tengo responsabilidades familiares?
    2º. Se puede cotizar a la Seguridad Social con convenio especial para completar las cotizaciones a la Seguridad Social.Con la diferencia que aporta el SEPE. Y así reducir ingresos de rentas?

    1. Hola. La palabra revocar, significa, que dicho subsidio desde su comienzo no está bien aprobado, por lo tanto se te quita desde el inicio y si no te tienen en cuenta las alegaciones y ha pasado más de un año, no podrás volver a recuperar dicho subsidio si es por agotamiento del paro, si es por cotizaciones, estas todavía te servirían pero tendrías que volver a trabajar para generar un nuevo subsidio, aunque fuera un día.
      Para el mayor de 55 años, no hace falta tener cargas familiares, por lo tanto si estás divorciado y tus hijos viven con su madre y tú pasas una pensión, puedes solicitar una prestación que necesite cargas familiares porque las tienes, pero en el caso del mayor de 55 años, si quieres puedes no incluirlos porque no viven contigo y si trabajaran te podría causar algún problema.
      En cuanto al convenio especial, el hecho de pagar dicho convenio no te reduce los ingresos.
      Un saludo

  10. tengo un fondo que ha dado 15000 euros de intereses si lo saco ¿me quitarian el subsidio un mes o serán mas meses?.porque si lo divido por 12 serán 1250 euros cada mes.gracias

    1. Hola. Independientemente de la cantidad ( siempre que supere 530,78 bruto mes ), se suspende un mes y luego se puede volver a reanudar.
      Un saludo

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