7 mejores consejos sobre el subsidio mayores 55 años

Hemos recopilado algunas de las mejores respuestas sobre el subsidio mayores 55 años que nos ha enviado nuestro colaborador y experto en este tipo de ayudas, Jose María. Desde aquí le agradecemos toda la labor que está haciendo de forma altruista.

Contenido del artículo

Cuentan las cotizaciones en el extranjero?

Para solicitar el subsidio de mayores de 55 años es necesario tener 15 años cotizado y 6 de ellos durante tu vida laboral cotizados a Régimen General. Yo he trabajado 15 en el extranjero (Alemania) a Régimen General y 11 en España como autónomo, podría con estas circunstancias solicitarlo?

La cotizaciones en el extranjero te valen, pero tienes que ir a la seguridad social para que te lo convaliden, seguramente te pedirán justificantes de dichos trabajos en Alemania, pero si que sirven.

Como calculo los ingresos con cargas familiares?

Las cargas familiares se calculan con el sueldo bruto x 14 pagas y se divide entre 12 y después se divide por los que conviven en casa. Se descuentan las retenciones de la nomina?

Si en nómina te meten cada mes la paga extra, ósea, solo tienes 12 pagas al año, tienes que coger el total devengado, que es lo que cobras neto, más todas las retenciones y nada más.

Si por el contrario las pagas extras las tienes en junio y diciembre, tienes que coger el total devengado y luego sumarle la prorrata de pagas extras, que es lo que le correspondería cada mes si las cobrara como el ejemplo anterior (esta cantidad casi siempre viene en la parte inferior a la izquierda y viene como te he dicho total devengado+prorrata de pagas.ayuda o subsidio mayores 55 años

Como ves es muy sencillo, el total devengado suele venir en el centro de la nómina en la parte derecha y de ahí le restan el IRPF, seguridad social, etc. y sacan el líquido a pagar. Para el INEM, todos los conceptos de la nómina se cuentan excepto las dietas que se dan por alojamiento, comida etc., por ejemplo a camioneros y viajantes.

Con respecto a lo que comentas de tu marido que tenia el mayor de 52 y luego trabajó tres meses y cogió 3 meses que le quedaban de paro, no te entiendo, dices que tenía el mayor de 52 y que hacia la declaración anual de rentas y luego me sales que le quedaban 3 meses de paro y no sé exactamente a qué te refieres, o cobraba el subsidio o tenía paro.

Cuando uno tiene un mayor de 52 o 55 años, supongamos que cobra 426 euros, y genera un derecho a paro, se pueden hacer 2 cosas: si ese paro es a tiempo completo puede pedir el paro y luego volver a pedir otro subsidio, el anterior le queda extinguido.

Otro ejemplo, generas paro pero a tiempo parcial (cuidado) el nuevo subsidio que generes será con la cuantía de la última parcialidad que te dé derecho a paro, es decir, el subsidio ya no lo cobrarás a 426 euros, entonces si te ves perjudicada, puedes optar por seguir cobrando tu subsidio y no cobrar el paro y perderás las cotizaciones, pero el subsidio será el mismo que tenías.

Otro ejemplo, estás cobrando el subsidio mayor de 52 años, el de antes de julio del 2012, este tipo de subsidio hasta marzo del 2013 no se pedían cargas familiares, por lo que sólo dependías de tus propias rentas, pues imagínate que cobras ese subsidio y general un derecho a paro, tienes igualmente 2 opciones, si el nuevo derecho te perjudica, porque estás casado por ejemplo y tu mujer se pasa de rentas con el nuevo subsidio esto ya se tiene en cuenta, entonces como seguramente no podrás acceder a las nuevas condiciones, puedes optar a seguir cobrando el antiguo subsidio y no cobrar el paro, eso si las cotizaciones de ese paro las perderías.

Espero no haberte liado mucho, la moraleja de todo es que si cobrando el subsidio mayores 55 años o 52 años, generas un derecho a paro y este te perjudica para un posterior subsidio, puedes optar, pues el legislador entiende que es una prestación hasta la jubilación y no se puede perjudicar a una persona por generar un paro que le perjudicaría para muchos años.

Cumplo todos los requisitos para solicitarla?

Acabo de cumplir los 55 y tengo todos los requisitos para cobrar el subsidio mayores 55 años, excepto a que el paro lo agoté hace muchísimo tiempo y de momento solo tengo unos 120 días cotizados…que puedo hacer para solicitar el subsidio?

Si crees que reúnes los requisitos para el mayor de 55 años, 15 años cotizados y de ellos 6 al desempleo, y ahora tienes más de 90 días cotizados, solamente necesitas un contrato de trabajo, a poder ser a jornada completa. El subsidio mayor de 55 años, se puede acceder con 90 días cotizados, no hace falta 180 en caso de carecer de rentas, así que con un contrato para tener situación de desempleo te bastaría.

Nuevos requisitos para cobrar el subsidio mayores 55 años

Cumplo todos los requisitos para solicitar la ayuda para mayores de 55 años, salvo uno, que al parecer es nuevo, o añadido a lo que ya había. ¿Es cierto que si no tienes 12 meses cotizados, debes tener al menos 3 meses -y aquí viene la novedad-, si tienes cargas familiares o seis si no las tienes. Yo tengo tres meses pero no cargas.

Efectivamente desde julio del 2012 ya no se puede acceder directamente al subsidio para mayores de 55 años, como se hacía antes, ahora tienes que cobrar un subsidio, agotar un paro que te dé derecho a subsidio y en su defecto tener 3 meses cotizados que te den derecho a acceder al subsidio mayores 55 años.
Efectivamente en los subsidios normales para acceder a un subsidio de 3 meses necesitas tener cargas familiares, pero el legislador ha entendido como este subsidio se puede tener sin cargas familiares con 3 meses es suficiente para acceder a él. Ojo, solamente para el mayor de 55 años, si no reunieras algunos de los requisitos, no podrías con estos 3 meses acceder a otro tipo de subsidio.
Por lo tanto si tienes los 3 meses cotizados solicita el subsidio.

Como se imputan los fondos de inversión a efecto de ingresos?

Tanto los fondos de inversión como las acciones se consideran incrementos patrimoniales y se pagan en un pago único.
Si tienes un fondo o unas acciones, los ingresos que se cuentan solo es a la hora del rescate de dicho fondo o con la venta de acciones.
Supongamos que tienes 1000 acciones y las compras a 20 euros y al cabo de unos meses, las vendes a 40 euros, la ganancia patrimonial es de 20000 euros, que dividido para 12 meses da una cantidad superior a 486 euros.
Si esas acciones las vendes el 15 de julio, se lo comunicas al SEPE y se te dará de baja ese mismo día y previa solicitud por tu parte se te reanudará con fecha 15 de agosto, por lo que solo se te suspenderá un mes, luego se puede cobrar el subsidio.
Para compensar ganancias con pérdidas, solo lo puedes hacer si ambas cosas coinciden el mismo mes, si ganas 20000 y pierdes con otra venta 15000, solo se considerarían unas ganancias de 5000 euros si se producen el mismo mes, si es en mes distinto tendrías unas ganancias de 20000 euros.
Con los fondos pasa igual, fecha de venta, se divide para doce y si el resultado es mayor de 486 euros, se suspende el subsidio un mes y se reanuda. Estas condiciones afectan en este caso solamente al subsidio mayores 55 años.

Las herencias, como afectan?

Como afecta el cobro de una herencia a las condiciones para seguir cobrando el subsidio mayores 55 años? Siempre hay que comunicar al SEPE, cualquier variación patrimonial.
El tema de la herencia va de la siguiente manera:
Hay que comunicar al SEPE el incremento patrimonial desde el mismo día que se formaliza la escritura, si superas rentas se suspende un mes y al mes siguiente se reanuda, si te das cuenta, es igual que lo que comento normalmente en este foro.
Como dicha vivienda, fondo, acciones etc., tiene un valor en la fecha en que pasa a tu propiedad, en caso de venta, hay que hacer la diferencia entre el valor en que recibiste dichos bienes y el valor de la venta, si la ganancia dividida para 12 supera 486 euros, tienes que volver a suspender la prestación.
O sea, tienes dos incrementos, uno cuando recibes la herencia que tiene un valor x, y otro cuando vendes que tienes ganancias o pérdidas, por lo tanto si tienes ganancias superiores sería otro incremento patrimonial.

Otras dudas

Si estoy cobrando el subsidio de desempleo por un contrato de tres meses, y cumplo los 55 años en el ultimo mes de subsidio, puedo solicitar el de los 55 años, o tiene que haber mas margen para poder solicitarlo?

Para acceder al mayor de 55 años tienes que estar cobrando el subsidio, da igual el primer o el último día, tienes que cumplir los 55 años durante la vigencia del subsidio, así que justo cuando cumplas la edad, acude a tu oficina para que te cambien el tipo de subsidio.

1.877 comentarios sobre «7 mejores consejos sobre el subsidio mayores 55 años»

  1. Hola. Tengo 55 años, soltero y mas de 15 años cotizados. Todos los años vengo trabajando aproximadamente 3 meses como fijo discontinuo y otros 3 meses como eventual. Mi pregunta es la siguiente: después de agotar la prestación por desempleo de 4 meses y pasando un mes como demandante de empleo, puedo solicitar el subsidio para mayores de 55 años.
    Un saludo.

    1. Hola. El fijo discontinuo no tiene derecho al mayor de 55 años
      Un saludo

  2. Los demás requisitos que se piden para este subsidio de los 55 los cumplo todos

  3. Chelo dice:
    Cumplo los 55 años durante los 15 días hábiles que tengo para solicitar el subsidio ,para mayores de 55,,acabo de terminar un contrato de trabajo por 3 meses,lo terminé el 19 de diciembre y el día 21 me fuí a la oficina de empleo para darme de alta como demandante ,y los 55 ,no los cumplo hasta el día 4 de enero o sea que estaría durante el periodo de los 15 días,no sé si es válido para hacer la solicitud,
    Espero su respuesta gracias

    1. Hola. Los requisitos hay k cumplirlos a fecha de solicitud, independientemente de los días k tengas para solicitar, otra cosa es k al tener derecho a subsidio en el momento k cumplas la edad se puede transformar al mayor de 55, pero a fecha de solicitud, tendrás k pedir un subsidio normal y luego pasarlo a mayor de 55, porque al finalizar el contrato no tenías la edad, eso si tienes cargas familiares ( no me has dicho nada al respecto)
      Un saludo

      1. Perdon. Los requisitos hay que cumplirlos a fecha de hecho causante, es decir, cuando terminas el trabajo.

  4. En marzo cumplo 55 años ,llevo desde el 2010 en paro ,cobre el paro correspondiente ,y 6 meses de prorroga y se acabo ,ninguna ayuda mas ,tengo los 7 años de antigüedad de paro y cotizados mas de 20 anteriormente,estoy empadronado donde mis padres,pero vivo hace 5 años en Barcelona en un piso de alquiler que paga una amiga ,sin ningún parentesco ,quiero solicitar la ayuda de los 55 años ,lógicamente al no recibir ingresos en años ,no hago declaración ,dinero banco nada ,propiedades nada ,que me van exigir para esa ayuda gracias

    1. Hola. Lo más importante, tener 15 años cotizados para la pensión de jubilación y estar cobrando subsidio o estar en condiciones de acceder y creo por lo k dices k este requisito no lo cumples
      Un saludo

  5. Hola! Estoy cobrando el subsidio para mayores De 55 años y tengo pensado vender mi vivienda habitual y ir De alquilar ya que el importe del subsidio no me llega para vivir. Habra algun problema para seguir cobrando el subsidio? Gracias

    1. Hola. La venta de la vivienda habitual, no genera incremento patrimonial, por lo tanto no vas a tener problema para seguir cobrando el subsidio
      Un saludo

  6. Hola,
    Cobrando el subsidio +55 tengo claro que si consigo trabajo se suspende el subsidio y posteriormente lo podré reanudar (o cobrar el nuevo paro), pero no tengo claro que pasaría con el subsidio +55 de mi marido, ¿también se suspendería?, ¿podría reanudarlo en algún momento?

    Muchas gracias por su excelente labor.
    Felices fiestas !!
    Un saludo.

    1. Hola. Como bien dices, si cobras subsidio y trabajas, se suspende el subsidio y luego reanudas.
      En cuanto a k pasaría con el subsidio de tu marido? ,pues depende de lo k ganes.
      Si estáis los 2, no puedes superar 1060 euros brutos mes.
      Como no dices nada de hijos te pongo un ejemplo
      El 15 de diciembre te hacen un contrato hasta el 9 de enero por las Navidades, en tu caso cobrarías subsidio del 1 al 14 de diciembre y lo reanudarlas el 10 de enero
      Y k pasaría con el de tu marido?
      Imagina k los 15 días de trabajo de diciembre cobras 850 k sumados a los 215 del subsidio( 15 días de diciembre) haría un total de 1065 euros ganados en diciembre, por lo tanto a tu marido habría k suspenderle de cobrar el mes de enero, luego con los 9 días de enero y los 21 días de subsidio ganas 900 euros, entonces tu marido podría reanudar con fecha 1 de febrero
      Un saludo

      1. Gracias José María!!
        ¿En el caso de que fuese un trabajo de más de un año (15 meses) y por un salario que nos haga superar el límite de rentas familiares, mi marido ya no podría reanudar el subsidio?

        1. Hola. Desde k se suspende el subsidio por superar rentas, hay un año para reanudar, si superas rentas durante 15 meses seguidos el subsidio de tu marido se extingue y necesitaría al menos cotizar 3 meses para tener derecho a un nuevo subsidio
          Un saludo

  7. Buenos días,
    Mi duda es con respecto a la fecha de los ingresos que se toman en cuenta para el subsidio > 55:
    ¿Si lo solicito en diciembre miran los ingresos de noviembre tanto míos como de mi esposa?
    En noviembre cobré el subsidio > 45 430€ (correspondiente a octubre) y mi mujer el paro (1087€ brutos) pero en diciembre ya no tenemos ingresos.
    Mi duda viene porque en la solicitud pone «Se incluyen las rentas obtenidas en el mes anterior a la solicitud, siempre que se mantengan en el actual». En el actual -diciembre- ya no tenemos esas rentas.
    Muchas gracias.
    Un saludo.

    1. Hola. Me imagino k la unidad familiar en este caso sois tu y tu mujer, si es así, como bien dices se tiene en cuenta los ingresos del mes anterior, es decir, si solicitas en diciembre se tendrá en cuenta los ingresos de noviembre (ojo, el paro k cobro tu mujer el 10 de noviembre, corresponde a Octubre) y si en noviembre tu mujer no alcanza 1060 euros, podrás solicitar tu subsidio
      Tus ingresos de 430 euros no cuenta para ti, solamente los de tu mujer
      Un saludo

  8. Muchas gracias Jose María .como siempre tan atento a todos…seguiremos esperando haber si nos benefician en algo..por lo menos a los que tenemos tantos años cotizados y sin derecho a nada.gracias y feliz

  9. Hol@ José María. Sabes algo sobre la proposición que el consejo de gobierno aprobó el 17 de octubre de retomar el subsidio de 52 años? Parece que en extramadura ya ha entrado en vigor… Y para el resto para cuando…podrias confirmarlo. .gracias ..un saludo

    1. Hola. Como muy bien has dicho es una «proposición». Se basaba en que los partidos de la oposición instaban al gobierno a que dejara el subsidio para mayores de 55 años, en las mismas condiciones que estaban antes de julio del 2012.
      Ha dia de hoy todo sigue igual que antes y en Extremadura no ha cambiado nada porque son prestaciones a nivel nacional, es decir, que afectan a todos por igual.
      Seguramente esta primavera habrá una reforma de las prestaciones, para reunificar todas las ayudas que se han ido haciendo desde la crisis, pero no sé si afectará o no al mayor de 55 años.
      Un saludo

  10. Tengo 55 años, 13años seguidos cotizados y 2años en el paro total 15 años tengo derecho al subsidio de mayores de 55 años.

    1. Hola. El solo hecho de tener 15 años cotizados no es suficiente. Además tienes que estar percibiendo un subsidio o estar en condiciones de percibirlo y no superar rentas.
      Si acabas de agotar el paro y vas a solicitar subsidio te dirán si cumples estas condiciones que te he dicho.
      Un saludo

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