7 mejores consejos sobre el subsidio mayores 55 años

Hemos recopilado algunas de las mejores respuestas sobre el subsidio mayores 55 años que nos ha enviado nuestro colaborador y experto en este tipo de ayudas, Jose María. Desde aquí le agradecemos toda la labor que está haciendo de forma altruista.

Contenido del artículo

Cuentan las cotizaciones en el extranjero?

Para solicitar el subsidio de mayores de 55 años es necesario tener 15 años cotizado y 6 de ellos durante tu vida laboral cotizados a Régimen General. Yo he trabajado 15 en el extranjero (Alemania) a Régimen General y 11 en España como autónomo, podría con estas circunstancias solicitarlo?

La cotizaciones en el extranjero te valen, pero tienes que ir a la seguridad social para que te lo convaliden, seguramente te pedirán justificantes de dichos trabajos en Alemania, pero si que sirven.

Como calculo los ingresos con cargas familiares?

Las cargas familiares se calculan con el sueldo bruto x 14 pagas y se divide entre 12 y después se divide por los que conviven en casa. Se descuentan las retenciones de la nomina?

Si en nómina te meten cada mes la paga extra, ósea, solo tienes 12 pagas al año, tienes que coger el total devengado, que es lo que cobras neto, más todas las retenciones y nada más.

Si por el contrario las pagas extras las tienes en junio y diciembre, tienes que coger el total devengado y luego sumarle la prorrata de pagas extras, que es lo que le correspondería cada mes si las cobrara como el ejemplo anterior (esta cantidad casi siempre viene en la parte inferior a la izquierda y viene como te he dicho total devengado+prorrata de pagas.ayuda o subsidio mayores 55 años

Como ves es muy sencillo, el total devengado suele venir en el centro de la nómina en la parte derecha y de ahí le restan el IRPF, seguridad social, etc. y sacan el líquido a pagar. Para el INEM, todos los conceptos de la nómina se cuentan excepto las dietas que se dan por alojamiento, comida etc., por ejemplo a camioneros y viajantes.

Con respecto a lo que comentas de tu marido que tenia el mayor de 52 y luego trabajó tres meses y cogió 3 meses que le quedaban de paro, no te entiendo, dices que tenía el mayor de 52 y que hacia la declaración anual de rentas y luego me sales que le quedaban 3 meses de paro y no sé exactamente a qué te refieres, o cobraba el subsidio o tenía paro.

Cuando uno tiene un mayor de 52 o 55 años, supongamos que cobra 426 euros, y genera un derecho a paro, se pueden hacer 2 cosas: si ese paro es a tiempo completo puede pedir el paro y luego volver a pedir otro subsidio, el anterior le queda extinguido.

Otro ejemplo, generas paro pero a tiempo parcial (cuidado) el nuevo subsidio que generes será con la cuantía de la última parcialidad que te dé derecho a paro, es decir, el subsidio ya no lo cobrarás a 426 euros, entonces si te ves perjudicada, puedes optar por seguir cobrando tu subsidio y no cobrar el paro y perderás las cotizaciones, pero el subsidio será el mismo que tenías.

Otro ejemplo, estás cobrando el subsidio mayor de 52 años, el de antes de julio del 2012, este tipo de subsidio hasta marzo del 2013 no se pedían cargas familiares, por lo que sólo dependías de tus propias rentas, pues imagínate que cobras ese subsidio y general un derecho a paro, tienes igualmente 2 opciones, si el nuevo derecho te perjudica, porque estás casado por ejemplo y tu mujer se pasa de rentas con el nuevo subsidio esto ya se tiene en cuenta, entonces como seguramente no podrás acceder a las nuevas condiciones, puedes optar a seguir cobrando el antiguo subsidio y no cobrar el paro, eso si las cotizaciones de ese paro las perderías.

Espero no haberte liado mucho, la moraleja de todo es que si cobrando el subsidio mayores 55 años o 52 años, generas un derecho a paro y este te perjudica para un posterior subsidio, puedes optar, pues el legislador entiende que es una prestación hasta la jubilación y no se puede perjudicar a una persona por generar un paro que le perjudicaría para muchos años.

Cumplo todos los requisitos para solicitarla?

Acabo de cumplir los 55 y tengo todos los requisitos para cobrar el subsidio mayores 55 años, excepto a que el paro lo agoté hace muchísimo tiempo y de momento solo tengo unos 120 días cotizados…que puedo hacer para solicitar el subsidio?

Si crees que reúnes los requisitos para el mayor de 55 años, 15 años cotizados y de ellos 6 al desempleo, y ahora tienes más de 90 días cotizados, solamente necesitas un contrato de trabajo, a poder ser a jornada completa. El subsidio mayor de 55 años, se puede acceder con 90 días cotizados, no hace falta 180 en caso de carecer de rentas, así que con un contrato para tener situación de desempleo te bastaría.

Nuevos requisitos para cobrar el subsidio mayores 55 años

Cumplo todos los requisitos para solicitar la ayuda para mayores de 55 años, salvo uno, que al parecer es nuevo, o añadido a lo que ya había. ¿Es cierto que si no tienes 12 meses cotizados, debes tener al menos 3 meses -y aquí viene la novedad-, si tienes cargas familiares o seis si no las tienes. Yo tengo tres meses pero no cargas.

Efectivamente desde julio del 2012 ya no se puede acceder directamente al subsidio para mayores de 55 años, como se hacía antes, ahora tienes que cobrar un subsidio, agotar un paro que te dé derecho a subsidio y en su defecto tener 3 meses cotizados que te den derecho a acceder al subsidio mayores 55 años.
Efectivamente en los subsidios normales para acceder a un subsidio de 3 meses necesitas tener cargas familiares, pero el legislador ha entendido como este subsidio se puede tener sin cargas familiares con 3 meses es suficiente para acceder a él. Ojo, solamente para el mayor de 55 años, si no reunieras algunos de los requisitos, no podrías con estos 3 meses acceder a otro tipo de subsidio.
Por lo tanto si tienes los 3 meses cotizados solicita el subsidio.

Como se imputan los fondos de inversión a efecto de ingresos?

Tanto los fondos de inversión como las acciones se consideran incrementos patrimoniales y se pagan en un pago único.
Si tienes un fondo o unas acciones, los ingresos que se cuentan solo es a la hora del rescate de dicho fondo o con la venta de acciones.
Supongamos que tienes 1000 acciones y las compras a 20 euros y al cabo de unos meses, las vendes a 40 euros, la ganancia patrimonial es de 20000 euros, que dividido para 12 meses da una cantidad superior a 486 euros.
Si esas acciones las vendes el 15 de julio, se lo comunicas al SEPE y se te dará de baja ese mismo día y previa solicitud por tu parte se te reanudará con fecha 15 de agosto, por lo que solo se te suspenderá un mes, luego se puede cobrar el subsidio.
Para compensar ganancias con pérdidas, solo lo puedes hacer si ambas cosas coinciden el mismo mes, si ganas 20000 y pierdes con otra venta 15000, solo se considerarían unas ganancias de 5000 euros si se producen el mismo mes, si es en mes distinto tendrías unas ganancias de 20000 euros.
Con los fondos pasa igual, fecha de venta, se divide para doce y si el resultado es mayor de 486 euros, se suspende el subsidio un mes y se reanuda. Estas condiciones afectan en este caso solamente al subsidio mayores 55 años.

Las herencias, como afectan?

Como afecta el cobro de una herencia a las condiciones para seguir cobrando el subsidio mayores 55 años? Siempre hay que comunicar al SEPE, cualquier variación patrimonial.
El tema de la herencia va de la siguiente manera:
Hay que comunicar al SEPE el incremento patrimonial desde el mismo día que se formaliza la escritura, si superas rentas se suspende un mes y al mes siguiente se reanuda, si te das cuenta, es igual que lo que comento normalmente en este foro.
Como dicha vivienda, fondo, acciones etc., tiene un valor en la fecha en que pasa a tu propiedad, en caso de venta, hay que hacer la diferencia entre el valor en que recibiste dichos bienes y el valor de la venta, si la ganancia dividida para 12 supera 486 euros, tienes que volver a suspender la prestación.
O sea, tienes dos incrementos, uno cuando recibes la herencia que tiene un valor x, y otro cuando vendes que tienes ganancias o pérdidas, por lo tanto si tienes ganancias superiores sería otro incremento patrimonial.

Otras dudas

Si estoy cobrando el subsidio de desempleo por un contrato de tres meses, y cumplo los 55 años en el ultimo mes de subsidio, puedo solicitar el de los 55 años, o tiene que haber mas margen para poder solicitarlo?

Para acceder al mayor de 55 años tienes que estar cobrando el subsidio, da igual el primer o el último día, tienes que cumplir los 55 años durante la vigencia del subsidio, así que justo cuando cumplas la edad, acude a tu oficina para que te cambien el tipo de subsidio.

1.877 comentarios sobre «7 mejores consejos sobre el subsidio mayores 55 años»

  1. Hola. Despues de una prestacion de regimen especial agrario tienes derecho a una ayuda ? Tengo una hija

    1. Hola. Por lo general no. Solamente hay dos casos. Uno que se a un paro agrícola que venga de un fijo agrícola y otro es que si has cobrado renta agraria o REASS , y la otra es que si tienes más de 45 años, y has cobrado alguna vez una prestación en régimen general, puedas tener derecho a la Renta Activa de Inserción.
      Un saludo

  2. Hola Jose Maria!! Tengo 6O años y 30 años cotizados , hace más de un año me rechazarón el subsidio a mayores de 55 años ,por la pensión de mi marido q se pasaba un poco… ahora llevo un poco tiempo trabajando a media jornada.. pero en un par de meses se termina el trabajo, mi pregunta es la siguiente: para poder cobrar el subsidio completo y no reducido al 50%. basta q la empresa me cambie a jornada completa el ultimo més, o al ser la misma empresa no vale???…si tuviera q ser otra empresa con trabajar un més a jornada completa seria suficiente para poder cobrar el subsidio completo Gracias!!

    1. Hola. La ley dice que el subsidio se cobrará en función del último contrato que te dá derecho al subsidio, no habla de si es una u otra empresa.
      Lo único que si tú tienes un trabajo y en esa misma empresa te cambian la parcialidad pero dentro del mismo contrato, lo que se te hace es la media ponderada de todo el contrato, es decir, si tu trabajas a media jornada un mes, y dentro del mismo contrato, trabajas otros mes a jornada completa, la media es del 75 por ciento, pues has trabajado 2 parcialidades distintas dentro del mismo contrato.
      Para cobrar a completo el subsidio tiene que ser un nuevo contrato fuera del parcial.
      Un saludo

  3. Hola,he trabajado dos años con un contrato parcial de dos horas al día,ahora desde Abril me han hecho contrato de jornada completa,tengo 57 años,mi pregunta es si cuando termine, podré cobrar el subsidio de los 55 años completo,reúno los requisitos,mi duda sólo es si esa jornada completa al ser de la misma empresa me vale para cobrar 430€.o cobraría lo equivalente a las dos horas.Gracias.

  4. Buenos días. Cobro subsidios ayor de 55 años. Me ha salido un trabajo por un mes y no se si comunicarlo y si luego lo puedo reanudar.

    1. Lo mejor es que suspendas el subsidio porque a lo mejor no ha habido cruce con la seguridad social y no estás de baja. Una vez terminado el contrato, puedes reanudar la prestación.
      Un saludo

  5. Hola, tengo 56 años, y ahora leo que para conseguir el subsidio de mayores de 55 años, hay que cotizar al menos 3 meses, cuando llevo más de 4 años sin encontrar trabajo y sin recibir ninguna oferta de la oficina de empleo, como voy a cotizar al menos 3 meses? Si pudiera cotizar estos 3 meses es que ya tendría trabajo y entonces ya no me interesaría el subsidio.
    Es cierto lo de cotizar al menos 3 meses?
    Gracias

    1. Hola. Es cierto que para poder acceder al mayor de 55 años, necesitas al menos 3 meses de cotización.
      Un saludo

  6. Hola. Tengo 62 años y 20 años cotizados. me concedieron el subsidio en el año 2013 y estuve cobrando 2 años y medio, entonces me suspenden la prestacion y a la vez me reclaman la devolucion de los ultimos 6 meses porque consideran que me lo han dado de mas, actualmente lo estoy pagando en plazos. Desde entonces no he vuelto a trabajar.Que requisitos tengo que tener para poder recuperar la prestacion.P.D La prestacion que me quitaron era indefinida

    1. Hola. Para recuperar el subsidio tienes k volver a tener cargas familiares

      De todas maneras, como ahora no se tienen en cuenta las rentas del resto de la unidad familiar, solicita para ver si la puedes recuperar tras la sentencia
      Un saludo

  7. Hola, aunque ya me has aclarado algo, te explico mejor, mi mujer cobró el paro y la ayuda que se le acabó el 27 de mayo de este año, como aún no había salido la ley del TS, le denegaron la ayuda de los 55 años (tiene 57) ya que en la renta conjunta se pasaba. Mi pregunta es ¿puede acceder directamente a esa ayuda? o tiene que hacer algún tipo de trámite, Gracias un Saludo.

    1. Hola. Cada oficina ha realizado distintas preguntas al no saber muy bien k hacer. Todas preguntas están en Abogacía del estado para k nos den instrucciones.
      Nos han dicho k cojamos las solicitudes y esperemos hasta k nos digan k hacer con los distintos supuestos. Por lo tanto te aconsejo k solicites de nuevo y esperes respuestas, porque seguramente recibiremos instrucciones para los distintos casos. Ahora mismo solamente sabemos k para las nuevas solicitudes no influyen las rentas, para un caso como el tuyo lo mejor es solicitar y esperar respuesta.
      Un daludo

  8. Hola .mi pregunta es la siguiente tengo 60años a los 56 me quede en paro tengo unos 20 cotizados cobre 2 años de paro y luego me concedieron el subsidio de los 55 años hasta los 61 pero sólo pude cobrarlo un año porque mi marido se jubiló y me lo quitaron con esta nueva ley lo podría recuperar yo desde entonces estoy inscrita en la inen y no me han llamado nunca para trabajar .porque de los tres años solo pude cobrar 1 Gracias
    Un saludo

    1. Hola. Digo lo mismo k antes, solicita y espera a k te respondan, todavía no sabemos k pasará con la gente k perdió el subsidio por superar rentas
      Un saludo

  9. Hola cobró la ayuda de mayores de 55 años pero a hora mis hijos an encontrado trabajo y superan la cantidad me quitaran la ayuda para echarla otra vez cuando dejen de trabajar que debo hacer muchas gracias

    1. Hola. Si la unidad familiar supera rentas hay k suspender el subsidio. Puedes decir a tus hijos k se empadrone no en otro sitio y así no dependerás de k trabajen o no.
      De todas maneras en pocos días sabremos si los subsidios aprobados con cargas , los podremos pasar sin cargas tras la nueva sentencia. Creo k en pocos días sabremos k hacer
      Un ssludo

  10. Buenas tardes! He sido autonoma,los ultimos diez años. Mi negocio dejo de funccionar. Hace dos años deje de trabajar,pero me apunte al paro tres meses a tras.en mes de agosto cumplire 55 años. Tengo derecho a alguna ayuda??? No cobre paro. No cobre nada!! Castigada por ser autonoma. Muchas gracias!

    1. Hola. Con esos datos no tendrías derecho a ninguna prestación, pero te aconsejo k acudas a tu oficina por si hay algún dato k se te ha escapado.
      Si nunca has cobrado nada. No podrás solicitar nada y si alguna vez has cobrado prestación, puedes preguntar por la RAI, pero necesitas un año con la tarjeta de desempleo
      Un saludo

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