Hemos recopilado algunas de las mejores respuestas sobre el subsidio mayores 55 años que nos ha enviado nuestro colaborador y experto en este tipo de ayudas, Jose María. Desde aquí le agradecemos toda la labor que está haciendo de forma altruista.
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Cuentan las cotizaciones en el extranjero?
Para solicitar el subsidio de mayores de 55 años es necesario tener 15 años cotizado y 6 de ellos durante tu vida laboral cotizados a Régimen General. Yo he trabajado 15 en el extranjero (Alemania) a Régimen General y 11 en España como autónomo, podría con estas circunstancias solicitarlo?
La cotizaciones en el extranjero te valen, pero tienes que ir a la seguridad social para que te lo convaliden, seguramente te pedirán justificantes de dichos trabajos en Alemania, pero si que sirven.
Como calculo los ingresos con cargas familiares?
Las cargas familiares se calculan con el sueldo bruto x 14 pagas y se divide entre 12 y después se divide por los que conviven en casa. Se descuentan las retenciones de la nomina?
Si en nómina te meten cada mes la paga extra, ósea, solo tienes 12 pagas al año, tienes que coger el total devengado, que es lo que cobras neto, más todas las retenciones y nada más.
Si por el contrario las pagas extras las tienes en junio y diciembre, tienes que coger el total devengado y luego sumarle la prorrata de pagas extras, que es lo que le correspondería cada mes si las cobrara como el ejemplo anterior (esta cantidad casi siempre viene en la parte inferior a la izquierda y viene como te he dicho total devengado+prorrata de pagas.
Como ves es muy sencillo, el total devengado suele venir en el centro de la nómina en la parte derecha y de ahí le restan el IRPF, seguridad social, etc. y sacan el líquido a pagar. Para el INEM, todos los conceptos de la nómina se cuentan excepto las dietas que se dan por alojamiento, comida etc., por ejemplo a camioneros y viajantes.
Con respecto a lo que comentas de tu marido que tenia el mayor de 52 y luego trabajó tres meses y cogió 3 meses que le quedaban de paro, no te entiendo, dices que tenía el mayor de 52 y que hacia la declaración anual de rentas y luego me sales que le quedaban 3 meses de paro y no sé exactamente a qué te refieres, o cobraba el subsidio o tenía paro.
Cuando uno tiene un mayor de 52 o 55 años, supongamos que cobra 426 euros, y genera un derecho a paro, se pueden hacer 2 cosas: si ese paro es a tiempo completo puede pedir el paro y luego volver a pedir otro subsidio, el anterior le queda extinguido.
Otro ejemplo, generas paro pero a tiempo parcial (cuidado) el nuevo subsidio que generes será con la cuantía de la última parcialidad que te dé derecho a paro, es decir, el subsidio ya no lo cobrarás a 426 euros, entonces si te ves perjudicada, puedes optar por seguir cobrando tu subsidio y no cobrar el paro y perderás las cotizaciones, pero el subsidio será el mismo que tenías.
Otro ejemplo, estás cobrando el subsidio mayor de 52 años, el de antes de julio del 2012, este tipo de subsidio hasta marzo del 2013 no se pedían cargas familiares, por lo que sólo dependías de tus propias rentas, pues imagínate que cobras ese subsidio y general un derecho a paro, tienes igualmente 2 opciones, si el nuevo derecho te perjudica, porque estás casado por ejemplo y tu mujer se pasa de rentas con el nuevo subsidio esto ya se tiene en cuenta, entonces como seguramente no podrás acceder a las nuevas condiciones, puedes optar a seguir cobrando el antiguo subsidio y no cobrar el paro, eso si las cotizaciones de ese paro las perderías.
Espero no haberte liado mucho, la moraleja de todo es que si cobrando el subsidio mayores 55 años o 52 años, generas un derecho a paro y este te perjudica para un posterior subsidio, puedes optar, pues el legislador entiende que es una prestación hasta la jubilación y no se puede perjudicar a una persona por generar un paro que le perjudicaría para muchos años.
Cumplo todos los requisitos para solicitarla?
Acabo de cumplir los 55 y tengo todos los requisitos para cobrar el subsidio mayores 55 años, excepto a que el paro lo agoté hace muchísimo tiempo y de momento solo tengo unos 120 días cotizados…que puedo hacer para solicitar el subsidio?
Si crees que reúnes los requisitos para el mayor de 55 años, 15 años cotizados y de ellos 6 al desempleo, y ahora tienes más de 90 días cotizados, solamente necesitas un contrato de trabajo, a poder ser a jornada completa. El subsidio mayor de 55 años, se puede acceder con 90 días cotizados, no hace falta 180 en caso de carecer de rentas, así que con un contrato para tener situación de desempleo te bastaría.
Nuevos requisitos para cobrar el subsidio mayores 55 años
Cumplo todos los requisitos para solicitar la ayuda para mayores de 55 años, salvo uno, que al parecer es nuevo, o añadido a lo que ya había. ¿Es cierto que si no tienes 12 meses cotizados, debes tener al menos 3 meses -y aquí viene la novedad-, si tienes cargas familiares o seis si no las tienes. Yo tengo tres meses pero no cargas.
Efectivamente desde julio del 2012 ya no se puede acceder directamente al subsidio para mayores de 55 años, como se hacía antes, ahora tienes que cobrar un subsidio, agotar un paro que te dé derecho a subsidio y en su defecto tener 3 meses cotizados que te den derecho a acceder al subsidio mayores 55 años.
Efectivamente en los subsidios normales para acceder a un subsidio de 3 meses necesitas tener cargas familiares, pero el legislador ha entendido como este subsidio se puede tener sin cargas familiares con 3 meses es suficiente para acceder a él. Ojo, solamente para el mayor de 55 años, si no reunieras algunos de los requisitos, no podrías con estos 3 meses acceder a otro tipo de subsidio.
Por lo tanto si tienes los 3 meses cotizados solicita el subsidio.
Como se imputan los fondos de inversión a efecto de ingresos?
Tanto los fondos de inversión como las acciones se consideran incrementos patrimoniales y se pagan en un pago único.
Si tienes un fondo o unas acciones, los ingresos que se cuentan solo es a la hora del rescate de dicho fondo o con la venta de acciones.
Supongamos que tienes 1000 acciones y las compras a 20 euros y al cabo de unos meses, las vendes a 40 euros, la ganancia patrimonial es de 20000 euros, que dividido para 12 meses da una cantidad superior a 486 euros.
Si esas acciones las vendes el 15 de julio, se lo comunicas al SEPE y se te dará de baja ese mismo día y previa solicitud por tu parte se te reanudará con fecha 15 de agosto, por lo que solo se te suspenderá un mes, luego se puede cobrar el subsidio.
Para compensar ganancias con pérdidas, solo lo puedes hacer si ambas cosas coinciden el mismo mes, si ganas 20000 y pierdes con otra venta 15000, solo se considerarían unas ganancias de 5000 euros si se producen el mismo mes, si es en mes distinto tendrías unas ganancias de 20000 euros.
Con los fondos pasa igual, fecha de venta, se divide para doce y si el resultado es mayor de 486 euros, se suspende el subsidio un mes y se reanuda. Estas condiciones afectan en este caso solamente al subsidio mayores 55 años.
Las herencias, como afectan?
Como afecta el cobro de una herencia a las condiciones para seguir cobrando el subsidio mayores 55 años? Siempre hay que comunicar al SEPE, cualquier variación patrimonial.
El tema de la herencia va de la siguiente manera:
Hay que comunicar al SEPE el incremento patrimonial desde el mismo día que se formaliza la escritura, si superas rentas se suspende un mes y al mes siguiente se reanuda, si te das cuenta, es igual que lo que comento normalmente en este foro.
Como dicha vivienda, fondo, acciones etc., tiene un valor en la fecha en que pasa a tu propiedad, en caso de venta, hay que hacer la diferencia entre el valor en que recibiste dichos bienes y el valor de la venta, si la ganancia dividida para 12 supera 486 euros, tienes que volver a suspender la prestación.
O sea, tienes dos incrementos, uno cuando recibes la herencia que tiene un valor x, y otro cuando vendes que tienes ganancias o pérdidas, por lo tanto si tienes ganancias superiores sería otro incremento patrimonial.
Otras dudas
Si estoy cobrando el subsidio de desempleo por un contrato de tres meses, y cumplo los 55 años en el ultimo mes de subsidio, puedo solicitar el de los 55 años, o tiene que haber mas margen para poder solicitarlo?
Para acceder al mayor de 55 años tienes que estar cobrando el subsidio, da igual el primer o el último día, tienes que cumplir los 55 años durante la vigencia del subsidio, así que justo cuando cumplas la edad, acude a tu oficina para que te cambien el tipo de subsidio.
Hola buenos dias,alguien a quien le haya pasado podría asegurarme que en el SEPE de Andalucia,si se percibe un ingreso extraordinario por una venta de 22.000€,y no se tienen ingresos regulares que superen la media mensual de 75% del SMI,al mes siguiente de haberte suspendido el subsidio para mayores de 55 años te lo renuevan sin ninguna dificultad?Gracias.
Hola. En Andalucía y en cualquier punto de España si no tienes otro tipo de ingresos solamente se te suspenderán un mes, luego podrás reanudar el subsidio
Un saludo
Muchas gracias Jose Maria,muy amable y claro.
Buenas tardes. Tengo 56 años de edad y 18 años cotizados en Régimen General de la Seguridad Social. Me quedé sin trabajo en el 2011 y ya agoté el paro. Que tendría que hacer para acceder al subsidio para mayores de 55 años.¿Tengo derecho?.
Muchas gracias.
Hola. Necesitas generar un nuevo subsidio y para ello necesitas cotizar al menos tres meses
Un saludo
Hola,
Mi marido esta cobrando la ayuda de mayores de 55 años, el año que viene cumple 63 años y se le acaba la prestación, todavía no quiere jubilarse, tiene una discapacidad del 33%, puede solicitar una RAI.
Muchas gracias
Hola, tengo varias razones para decirte k no puede solicitar, pero tambien podría encontrar alguna razón para decirte k si.
He mandado la pregunta a asesoría jurídica para k me respondan
En k sepa algo te lo comento
Un saludo
Muchas gracias por contestarme y por preocuparte de una respuesta adecuada
Haces una labor estupenda, asesorando a mucha gente.
Muy agradecida.
Hola. Puedes solicitar la RAI, porque esta prestacion solo indica k no tienes k tener 65 años, y no tener derecho a ninguna prestación, por lo tanto, puedes solicitarla, si reúnes el resto de los requisitos
Un saludo
Muchas gracias José María.
Hola estoy cobrando la ayuda para mayores de 55 años estoy esperando para que me operen para ponerme una prótesis de rodilla yo me puedo dar de baja cobraría algo muchas gracias
Hola. No hay problema , puedes seguir cobrando el subsidio.
Un saludo
Hola Jose Maria. Estoy cobrando el subsidio para mayores de 55 años. Dentro de unos dias se firmará la escritura de una casa que hemos vendido. La casa no tenía escritura y el proceso que se ha seguido es el siguiente: Primeramente se puso a nombre de mi madre , mis dos hermanos y yo (como herederos), y posteriormente la venderemos. La cantidad total de venta es de 21.500 euros y creo que esta cantidad se va a dividir entre cuatro partes ( mi madre,mis dos hermanos y yo). Si divido la cantidad entre cuatro a mi me corresponderían 5.375 euros. ¿ Debería comunicarlo en el sepe?, ¿ Como me afecta en el cobro del subsidio el cobro de esta cantidad?. Gracias.
Hola. Yo siempre te aconsejaría k lo comuniques por medio de un parte de consulta al SEPE. Dicho esto y si las cantidades k dices si exactamente así, no te afectaría para k te suspendieran durante un mes el subsidio puesto k esa cantidad dividida para 12, no da 551 euros, por lo tanto comunica y seguramente no tendrá incidencia
Un saludo
Gracias José María
Hola estoy cobrando la prestacion contribitiva agricula eventual Fijo discontinuo. Tengo 53 cotizados 19 en lo agrario 9 tendria derecho a solicitar el subsidio especial agrario Y si es asi tengo ke esperar cobrar la prestacion?
Hola, pregunté la semana pasada y no he recibido respuesta.Despues de dos años trabajando con un contrato de dos horas al día,llevo seis meses en la misma empresa con contrato de ocho horas,cuando deje de trabajar el subsidio de los 55 será de jornada completa ? Gracias
Hola. El subsidio lo cobrarás a jornada completa, una vez agotado el paro
Un saludo
Gracias,por contestar,pero he leído en otra respuesta parecida a la mía que contestabas que si era jornada parcial y le hacían a jornada completa hacían la media,yo tenía contrato de dos horas y ahora trabajo todo el día,pero claro no sé si es el mismo contrato.
Hola. Es como dices, pero como el contrato a tiempo completo dices que llevas 6 meses, la media ponderada se coge de todo este tiempo por lo tanto siempre sería a tiempo completo.
La media ponderada afecta cuando el último contrato es menor de 6 meses.
Un saludo
Ahora ya está claro,decirte que hace unos tres años me ayudaste con mi marido y perdí tu pista,me alegro mucho de haberte encontrado,ya que nos ayudas muchísimo,no se me olvida una expresión que dijiste que en el paro tenía que enseñarles un documento y se quedarían con cara de poker,nos hizo mucha gracia.Saludos.
Hola. Si, lo recuerdo, creo k tu marido era camarero y le hicieron un contrato para compatibilizar el mayor de 55 años.
A veces, como me va a ocurrir después del verano , no puedo contestar por cuestiones de traslados etc, pero cuando puedo contesto, y más ahora k no para de sacar modificaciones
Un saludo
Exacto,ese es mi marido,ahora las cosas se nos han arreglado y trabajamos los dos.Un saludo y gracias por tu ayuda-
Hola de nuevo tengo 53 tengo cotizado 19 de regimen agrario tengo 9 estoy cobrando la prestacion contribitiva de regimen especial agrario . Cuando puedo solicitar el subsidio especial agrario Tengo que esperar cobrar la prestacion? Gracias
Hola. Es muy difícil contestarte, porque llamas a las prestaciones de una manera particular. Te repito, el paro agrícola depende si viene de fijo agrícola o eventual agrícola. El fijo agrícola si tiene derecho a subsidio por agotamiento de paro el eventual agrícola no
En Andalucía y Extremadura existe el subsidio Reass y la Renta agraria, pero estos son independientes de si cobras o no paro y me imagino k no preguntas por esto
Un saludo
Yo me encontré con el cambio de ley y ahora hace tres años que deje de recibir sudsidio alguno, teniendo cuarenta años cotizados.
Mi pregunta es la siguiente: Si con 53 años perdí mi empleo y no he conseguido ningún otro, como pretenden que ahora con 58 años y para que me concedan el derecho del subsidio para mayores de 55 años consiga un contrato de tres meses, que hago me lo saco de la chistera?
De esta manera persiste la gran injusticia que se ha perpetrado con todas las personas que nos encontramos en esta situación.
Los que cobraban han seguido cobrándolo, los que lo soliciten ahora porque han agotado la presentación por desempleo también lo cobrarán y a nosotros de nuevo nos ponen trabas y se nos trata injustamente.
No hay derecho!!
Hola tengo una duda para solicitar el subsidio especial agrario cuantos anos tienes ke tener 52 o 55?
Hola. La edad para no tener k presentar jornales y cobrar todo el año son 52 años
Un saludo