- Menores de 45 años que han agotado una prestación de 4 meses: 18 meses
- Menores de 45 años que han agotado una prestación de 6 meses: 24 meses
- Mayores de 45 años que han agotado una prestación de 4 meses: 24 meses
- Mayores de 45 años que han agotado una prestación de 6 meses: 30 meses
Contenido del artículo
Cantidad a percibir:
La cantidad del subsidio mensual de desempleo es igual al 80% del Indicador Público de Renta de Efectos Multiples: 426 euros al mes en 2013, aunque desde el último decreto de recortes, solamente se cobra la parte proporcional de los 426 euros en el caso de trabajo a tiempo parcial. Para los trabajadores fijos discontinuos de más de 52 años se pagará la cotización por la contingencia de jubilación durante todo el período de recepción de la ayuda. Puedes compaginar tu trabajo a tiempo parcial con el cobro de la ayuda familiar. La cuantía de la ayuda se reducirá en proporción al tiempo trabajado, sólo se paga el porcentaje de la jornada que no se trabaje hasta completar una jornada normal que marque su convenio y que generalmente será de ocho horas diarias. La cantidad a cobrar se utiliza también para el cálculo de la prestación desempleo o para calcular el paro.Contenido de la Ayuda Familiar:
El beneficiario de una prestación por desempleo tiene derecho a la formación específica, perfeccionamiento, orientación, reconversión, la inserción profesional y las destinadas a la promoción del empleo estable .Solicitud y documentación:
El plazo de solicitud es de 15 días hábiles a partir del mes de espera. El mes de espera comienza a contar desde el día siguiente de la finalización de la prestación o «subsidio especial para trabajadores mayores de 45 años” que hayan agotado las prestaciones por desempleo de 24 meses. Si presentamos la solicitud más allá de los 15 días, no perdemos el derecho a la ayuda, sino que simplemente perdemos de cobrar los días de retraso. Podemos presentar la solicitud hasta 12 meses después de finalizar el mes de espera si durante ese tiempo cambian las circunstancias por las que no teniamos derecho a solicitarla (hemos tenido un hijo o las rentas entran dentro del máximo). La documentación para la ayuda familiar deberá presentarse de la siguiente manera:- Solicitud en modelo oficial
- El formulario de inscripción incluye: la declaración de la renta del solicitante y los miembros de la unidad familiar que viven o dependen de éste, os datos para la domiciliación del pago, el compromiso y la autorización para solicitar la información de la AEAT (Agencia Tributaria)
- Documento de identificación del solicitante e hijos que conviven o son dependientes incluidos en la solicitud (DNI / NIE de extranjero / Libro de Familia)
- Cuando sea requerido por la entidad gestora debe proveer justificante de rentas.
Comentarios destacados:
sipame: La ayuda familiar solo la conceden después de haber trabajado y cobrado paro. Como máximo es de 24 meses (si has tenido paro de 6 meses o más) y de 18 meses (si tu paro ha sido de menos). Si como en tu caso cotizas durante 6 meses, no tendrás derecho a generar una nueva prestación de desempleo (hay que trabajar 1 año) ni el subsiguiente subsidio, pero sí podrás reanudar la que te concedieron anteriormente u optar por un subsidio que se concede para aquellos que no han cotizado un año completo. Ojo con esto porque tienes que hacer cuentas. En este último subsidio si trabajas 3 meses el subsidio es de 3 meses, si trabajas 4, son 4 meses , si son 5, 5 meses pero si son 6 (y esto es lo bueno) el subsidio es de 21 meses. Hoy por hoy a tí te quedan 20 meses. Berta: Para cobrar una baja de maternidad, Irene, tienes que estar dada de alta en la Seguridad Social en el momento de dar a luz, cotizando, bien por estar empleada, o bien por estar en los meses de paro contributivo, es decir, los primeros seis meses. Puedes hacer dos cosas, encontrar trabajo, o que algún conocido te de de alta como trabajadora (pagandole tú lo que cotiza el por tí) e inmediatamente cogerte la baja (por accidente de tráfico, que es fácil hacer papeles con otro vehículo, o por enfermedad común). Durante esos meses de baja paga a la empresa lo que cobres de baja, para que cotice tu conocido por tí, y no supongas un gasto. Vas alargando la baja hasta el momento de dar a luz. Entonces ya si quiere la empresa te puede mandar al paro, y no cotizar por tí, ya que cobrarías la baja de la Seguridad Social. Y también puede darse el caso de que la empresa de tu conocido te mantenga como empleada, ya que durante ese tiempo no supones un gasto de cotización, y cotiza la Mutua de la empresa. Cobrarás tu salario 100%, durante cuatro meses desde el momento del nacimiento de tu hijo/a, te lo pagará la Seguridad Social. Si antes de finalizar la prestación, te coges una baja por depresión, aunque la empresa te mande al paro, estás en una situación asimilada al alta, y los meses que te de la gana hasta el alta médica, seguirás cobrando de la Seguridad Social, pero en un porcentaje de tu salario diferente, ya no será el 100%, sino el correspondiente a baja por enfermedad común, que no caigo ahora cuál es.La Ayuda Familiar, también conocida como Subsidio de desempleo, es la ayuda a la que tienen derecho los parados que han agotado la prestación por desempleo de tipo retributiva, o sea, el paro. Se le llama ayuda familiar porque uno de los requisitos es tener cargas familiares (hijos menores), y la cantidad a cobrar durante el 2015 es de 426 euros mensuales. Es necesario renovar la ayuda familiar dentro del plazo establecido, pues sino tendrá una penalización como les explicaremos más abajo. Requisitos para el acceso a las prestaciones por desempleo con responsabilidades familiares, por agotar la contributiva. * Estar desempleado * como desempleados durante el período de un mes a partir de la finalización de la prestación, sin haber rechazado oferta de colocación adecuada, o negarse a participar, salvo por causa justificada, en la promoción, formación o reconversión profesional desde la finalización de la prestación contributiva. * Suscribir un compromiso de Actividad. * Ausencia de rentas de cualquier naturaleza, superiores al 75% del salario mínimo interprofesional, excluida la parte proporcional de las pagas extraordinarias. En el caso de pareja con niño, basta con que convivan en el mismo domicilio para que cuenten los dos para la renta. Si no tienen niños, deben estar casados legalmente para que sea responsabilidad familiar. * Haber agotado las prestaciones contributivas por desempleo. * Tener responsabilidades familiares, es decir, tiene a cargo a su cónyuge, hijos menores de veintiséis años, mayores de esa edad discapacitados o menores de 18 años acogidos. Para que la pareja cuente como responsabilidad familiar, deben estar casados legalmente, no sirve que sean pareja de hecho. Solamente en el caso en que tengan hijos en común no sería necesario que estuvieran casados, simplemente por ser padre y madre del hijo ya se considera responsabilidad familiar. Para comprobar el requisito de cargas familiares en el caso de víctimas de violencia de género y víctimas de violencia doméstica, el cónyuge agresor no se considerará miembro de la unidad familiar ni se tendrán en cuenta sus rentas. Si el trabajador tenía derecho al «subsidio por desempleo para trabajadores mayores de 52 años«, lo seguirá recibiendo. Más información en el teléfono de información de ayuda familiar 901 11 99 99Duración:
Seis meses, prorrogables por dos periodos de igual duración hasta un máximo de 18 meses, con las siguientes salvedades:- Menores de 45 años que han agotado una prestación de 4 meses: 18 meses
- Menores de 45 años que han agotado una prestación de 6 meses: 24 meses
- Mayores de 45 años que han agotado una prestación de 4 meses: 24 meses
- Mayores de 45 años que han agotado una prestación de 6 meses: 30 meses
Cantidad a percibir:
La cantidad del subsidio mensual de desempleo es igual al 80% del Indicador Público de Renta de Efectos Multiples: 426 euros al mes en 2013, aunque desde el último decreto de recortes, solamente se cobra la parte proporcional de los 426 euros en el caso de trabajo a tiempo parcial. Para los trabajadores fijos discontinuos de más de 52 años se pagará la cotización por la contingencia de jubilación durante todo el período de recepción de la ayuda. Puedes compaginar tu trabajo a tiempo parcial con el cobro de la ayuda familiar. La cuantía de la ayuda se reducirá en proporción al tiempo trabajado, sólo se paga el porcentaje de la jornada que no se trabaje hasta completar una jornada normal que marque su convenio y que generalmente será de ocho horas diarias. La cantidad a cobrar se utiliza también para el cálculo de la prestación desempleo o para calcular el paro.Contenido de la Ayuda Familiar:
El beneficiario de una prestación por desempleo tiene derecho a la formación específica, perfeccionamiento, orientación, reconversión, la inserción profesional y las destinadas a la promoción del empleo estable .Solicitud y documentación:
El plazo de solicitud es de 15 días hábiles a partir del mes de espera. El mes de espera comienza a contar desde el día siguiente de la finalización de la prestación o «subsidio especial para trabajadores mayores de 45 años” que hayan agotado las prestaciones por desempleo de 24 meses. Si presentamos la solicitud más allá de los 15 días, no perdemos el derecho a la ayuda, sino que simplemente perdemos de cobrar los días de retraso. Podemos presentar la solicitud hasta 12 meses después de finalizar el mes de espera si durante ese tiempo cambian las circunstancias por las que no teniamos derecho a solicitarla (hemos tenido un hijo o las rentas entran dentro del máximo). La documentación para la ayuda familiar deberá presentarse de la siguiente manera:- Solicitud en modelo oficial
- El formulario de inscripción incluye: la declaración de la renta del solicitante y los miembros de la unidad familiar que viven o dependen de éste, os datos para la domiciliación del pago, el compromiso y la autorización para solicitar la información de la AEAT (Agencia Tributaria)
- Documento de identificación del solicitante e hijos que conviven o son dependientes incluidos en la solicitud (DNI / NIE de extranjero / Libro de Familia)
- Cuando sea requerido por la entidad gestora debe proveer justificante de rentas.
Tengo 53 anios. Am. Cotizado 21 anios in romania i4 de cuidadores i empleada de hogar, Tengo derecio para cobrar algo Gratias
Hola muy buenas, a ver si alguien puede ayudarme. Tengo 27años, Estoy embarazada de 31semanas. He cobrado el subsidio (el que no llegas al año de cotización, tenia más de 6mees trabajados) desde febrero de 2013 a agosto de 2013. Cuando se me acabó fui a preguntar si tenía derecho a alguna ayuda más. Me dijeron que a la prepara, pero no me la concedieron por no cumplir sus requisitos. Y me dijo también que si tenía un hijo antes de 1año se me reanudaba el subsidio. Bien, he ido a informarme de nuevo y me han dicho que no saben si es un año después de acabar en el trabajo (que seria enero) o si es cuando acabó la prestación del subsidio que fue en agosto. Si fue en agosto aun entro en la reanudación. Pero si no ya nada porque ha pasado un año y aun me faltan 9semanas para tener a mi hija. Alguien lo sabe? Porque allí en la oficina me dijeron que no podían asegurarme nada porque no lo saben fijo que con eso siempre tuvieron debate en la oficina y que hasta que lo solicite y tenga a la niña no lo saben. Entonces… QUIERO LO SABE?? Ya no se a quien recurrir si me reanudan la ayuda puedo seguir en el piso, si no pues me tengo que marchar. Entonces.. Si alguien sabe que me ayuda por favor. MUCHAS GRACIAS UN SALUDO
Hola tengo 35 años y acabo de tener un bebe y me gustaria saber si tengo derecho a alguna ayuda contando que la ultima vez que trabaje fue en agosto de 2012 un mes solo.
Gracias
Ola tengo 20 años estoi casada en este momento estoi cobrando los 426€ de ayuda se me acaba el 10 de abril, e trabajado slo 6 meses, asi que slo me an dado 6 meses de ayuda. Queria saber si la puede volver a pedir la ayuda y me la darian no tengo hijos y mi marido n trabaja esta en el paro. Gracias.
Mi pareja termina en marzo de cobrar el subsidio por ser menor de 45 años con cargas familiares (tiene un hijo).
Durante los 4 años que ha estado en paro ha cotizado un total de 5,5 meses y se que hay un subsidio por no haber cotizado el tiempo suficiente y en el inem le dicen que no tiene derecho a el.
¿Le correspondería cobrarlo? y si no es así ¿Por que?
También quisiera saber donde se puede solicitar el Informe del Ministerio Fiscal de reconocimiento de existencia de Violencia Doméstica, ya que su ex-pareja y madre del hijo le agredió pero todavía no se ha celebrado el juicio y lo único que tenemos es un escrito de acusación del Fiscal donde la acusa de Violencia Doméstica y solicita orden de alejamiento y en el inem nos dicen que tenemos que llevar la sentencia, pero en el folleto pone que también sirve un informe del Ministerio Fiscal.
Muchas gracias
tengo 4 hijos menores mi marido y yo estamos sin trabajo y en junio se me termina la asignacion familiar, 426€ queria saber si podia volver a solicitarla ó en su defecto si hubiera algun tipo de subsidio o ayuda que pudiera pedir, muchas gracias
Hola tengo 43 años estoy divorciada con tres hijos a cargo menores estoy en paro sin ninguna ayuda tan solo la que pasa el padre de mis hijos por ellos que son de 500 euros .De ahi tengo que pagar la mitad de la hipoteca que son 140 euros y todos los gastos que conyeba un piso mensualmente no me queda casi ni para darles de comer a mis hijos.¿puedo pedir alguna clase de ayuda?
hola hace un mes que e solicitado los 1000e por nacimiento de el tercer hijo(familia numerosa)y quisiera saber si hay alguien que lo aya cobrado para decirme que tiempo tarda
Hol tengo 34 años se me acaba el parp el 25 de marzo, quiero saber si me concederan el sudsidio ,tengo 2 niños pequeños, pero me han dicho que la nomina de mi marido la miran en bruto si es alta en bruto me la daran? Tienen en cuenta los gastos de hipteca yo pago 850 de hipoteca, que alguien me conteste, por favor gracias
Hola, buenos días. Tengo 32 años, el 10 de Abril se me termina el paro. Vivo con mi pareja(pareja de hecho)y nuestra hija de 2 años. Ella trabaja, tiene una nómina de 800€.¿Tengo derecho a cobrar la ayuda familiar? ¿Cuanto tiempo me correspondería?
Muchas gracias de antemano.
Un saludo.